ACTUALIZACIÓN XX XXXXXX Cláusulas de Ejemplo

ACTUALIZACIÓN XX XXXXXX. Documentación Respecto a la actualización xx xxxxxx, en cada prórroga del contrato, la prima se calculará de acuerdo con la tarifa que, basada en criterios técnico-actuariales, tenga la Compañía en vigor en el momento de la emisión del recibo, teniendo en cuenta, además, las modificaciones de garantías o las causas de agravación o disminución del riesgo que se hubieran producido. Dicha tarifa será aplicada sobre los capitales revalorizados, modificados o ampliados. REALE, con anterioridad al vencimiento del contrato, notificará al Tomador las primas aplicables para cada nuevo período de cobertura. Cuando la actualización anual de la prima suponga un incremento superior al pactado, el Tomador tendrá la facultad de resolver el contrato, quedando éste extinguido al vencimiento del período en curso.
ACTUALIZACIÓN XX XXXXXX. La renta consignada por el adjudicatario en su oferta se actualizará anualmente, conforme a la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo o Índice que lo sustituya, en el año natural inmediatamente anterior a aquel en que se inicie una nueva anualidad del contrato, para establecer esta referencia se tendrá en cuenta la fecha a partir de la cual se devengue la renta, conforme a lo establecido en la cláusula 5.2 del presente Pliego. Los incrementos de cantidad que se vayan produciendo como consecuencia de su revisión fijarán la nueva renta de cada año de manera que la siguiente revisión se practicará sobre la vigente inmediatamente anterior, ya revisada, y no sobre por la que se adjudicó el contrato. Dicha revisión de precios se deberá aprobar expresamente por el órgano de contratación, previo informe del Servicio promotor del expediente y de la Intervención General.
ACTUALIZACIÓN XX XXXXXX. La Renta será forzosa para las Partes, misma que estará vigente durante el Plazo. Ejemplo De acuerdo con lo anterior, y en caso de el Arrendador le otorgue al Arrendatario la Opción de Prórroga del Contrato, salvo que en el convenio de prórroga las Partes lo acuerden en sentido diverso, el nuevo importe xx xxxxx mensual del Inmueble que deberá ser cubierto por el Arrendatario para el siguiente periodo de 12 (doce) meses de arrendamiento, se calculará conforme al incremento del INPC correspondiente a los últimos doce meses que publique Banco de México en su portal de Internet.
ACTUALIZACIÓN XX XXXXXX. La renta consignada por el adjudicatario en su oferta se actualizará anualmente, conforme a la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo o Índice que lo sustituya, en el año natural inmediatamente anterior a aquel en que se inicie una nueva anualidad del contrato.
ACTUALIZACIÓN XX XXXXXX. Respecto a la actualización xx xxxxxx, en cada prórroga del contrato, la prima se calculará de acuerdo con la tarifa que, basada en criterios técnico-actuariales, tenga la Compañía en vigor en el momento de la emisión del recibo, teniendo en cuenta, además, las modificaciones de garantías o las causas de agravación o disminución del riesgo que se hubieran producido. Dicha tarifa será aplicada sobre los capitales revalorizados, modificados o ampliados. REALE, con al menos dos meses antes del vencimiento del periodo del seguro en curso, notificará al Tomador las primas aplicables para cada nuevo período de cobertura. En caso de no estar conforme con las nuevas condiciones, el Tomador o Asegurado debe comunicar esta circunstancia REALE con al menos un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso, en caso contrario la póliza se renovará con las nuevas condiciones. En cumplimiento de la Orden ECO/734/2004, de 11 xx xxxxx, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, Reale Seguros Generales, S.A., dispone de un Servicio de Atención y Defensa del Cliente, sito en la Xxxxx X/ XXXXXXXX XX XXXXXXX, 125, 28002 MADRID y se puede contactar con el mismo utilizando el formulario incluido en esta página xxxxx://xxx.xxxxx.xx/xx/xx- ayudamos/reclamaciones/quejas o el teléfono 000 000 000. La misión de dicho Servicio es la de atender y resolver las quejas y reclamaciones que presenten las personas físicas o jurídicas que reúnan la condición de usuario de los servicios xx Xxxxx, REALE SEGUROS GENERALES, S.A. X/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 125. 28002 - Madrid. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 7.795 general, 6.478 de la sección 3ª del Libro de Sociedades, Folio 153, Hoja n 76.036-1, Inscripción 1ª - C.I.F.: A-78520293 siempre que tales quejas y reclamaciones se refieran a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos del sector asegurador. Las quejas o reclamaciones podrán presentarse personalmente en cualquiera de las oficinas xx Xxxxx abiertas al público. A tal efecto existen formularios de queja o reclamación a disposición de los clientes en todas las oficinas xx Xxxxx. Asimismo pueden presentarse mediante correo certificado dirigido al Servicio de Atención y Defensa del Cliente xx Xxxxx, a la dirección señalada, utilizando los mismos modelos indica...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.