Causales de desechamiento Cláusulas de Ejemplo

Causales de desechamiento. Serán causales de desechamiento de proposiciones, los siguientes supuestos: 1. La falta de alguno o presentación de documento incompleto, alterado o diferido del original, de cualquiera de los indicados en el artículo 31 fracción XXXI de la LOPSRM y los artículos 34 fracción VIII, 44 fracciones I, V, y VIII del Reglamento. 2. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos como causales en estas BASES DE LICITACIÓN, así como la comprobación de que algún LICITANTE ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES tal y como lo señala el Art. 31 fracc. XXIII de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. 3. Cuando la APITOPO reciba información oficial de que al LICITANTE, después de estar inscrito, se le haya rescindido, por causas imputables a éste, un contrato o se encuentre en los supuestos de los artículos 51 ó 78 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas. El proceso de evaluación será confidencial. Después de descargar en el acto de entrega y apertura las proposiciones técnicas y económicas, toda información relacionada con la revisión, evaluación y comparación de las mismas, así como recomendaciones concernientes a la adjudicación del contrato, no será dada a conocer a ningún LICITANTE u otras personas no oficialmente relacionadas con este proceso, hasta que se haya realizado la evaluación y se haya anunciado la adjudicación del contrato. La evaluación y comparación de las proposiciones se hará conforme a lo establecido en el artículo 38 de la LOPSRM, la APITOPO, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en esta Convocatoria; una vez hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el contrato se adjudicará, en su caso, de entre los LICITANTES, a aquel cuya proposición resulta solvente porque reúne conforme a los criterios de evaluación establecidos en esta Convocatoria, las condiciones legales, técnica y económicas requeridas por la APITOPO, y garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y corresponde al precio más bajo. Las condiciones contenidas en esta Convocatoria y en las proposiciones presentadas por los LICITANTES no podrán ser negociadas, sin prejuicio de que la APITOPO pueda solicitar a los LICITANTES aclaraciones o información adicional...
Causales de desechamiento. Se desecharan las propuestas de los licitantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos: Que no cumplan con cualquiera de los requisitos o características establecidas en esta Convocatoria o sus anexos, así como los que se deriven del Acto de Junta de Aclaraciones y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la propuesta. Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar el costo de los bienes solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Cuando no presente uno o más de los escritos o manifiestos solicitados con carácter de “Bajo protesta de decir verdad”, solicitados en las presente convocatoria u omita la leyenda requerida. Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada o incompleta. Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 70 de la Ley. Cualquier otra violación a las disposiciones que establece la Ley. Cuando no este firmada la propuesta de manera autógrafa Los impuestos y derechos que procedan con motivo de los bienes objeto de la presente invitación, serán pagados por el proveedor conforme a la legislación aplicable en la materia. La Universidad sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia.
Causales de desechamiento. Serán causales de desechamiento las siguientes: a. Que no cumplan con los requisitos especificados en la convocatoria y que afecten a la seguridad del proceso y la razonabilidad y solvencia de las proposiciones. b. Cuando se compruebe que algún licitante ha acordado con otros licitantes elevar el costo de los bienes, objeto de la licitación, o cualquier otro acuerdo con el fin de obtener alguna ventaja sobre los demás licitantes. c. Cotizar otro tipo de bien diferente al solicitado en esta licitación. d. No acreditar la evaluación técnica y económica. e. Que durante el proceso de la licitación la Secretaría de la Función Pública dictamine la imposibilidad de contratar con un determinado proveedor. f. Que en su propuesta presente documentos alterados. g. Que no se presente el documento (Anexo 4) para acreditar su existencia legal y personalidad jurídica. h. Que se encuentre en alguno de los supuestos previstos por los Artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Artículos 49 fracción IX y Artículo 67 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Anexo 6. i. Tener contratos con la Universidad Veracruzana en los que se registre atraso en la entrega de bienes o servicio de mantenimiento descritos en los pedidos de compra o servicios convenidos en las órdenes de servicio de acuerdo a las fechas pactadas, así como el incumplimiento en la entrega de garantías. j. Cotizar en otra moneda diferente a la Moneda Nacional (Pesos Mexicanos) k. Presentar la proposición técnica y económica, en otro idioma diferente al español. l. Que para la presentación y firma de sus proposiciones, no utilicen la e.firma que emite el servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales o que esta no sea válida en el sistema CompraNet m. Presentar proposiciones, y en su caso, la documentación requerida, en archivos electrónicos que no puedan abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Universidad Veracruzana El incumplimiento de estos requisitos afectaría la solvencia de la proposición y motivaría su desechamiento. En todos los casos, se incluirán las observaciones correspondientes en el acta de fallo.
Causales de desechamiento. En apego a lo establecido en el artículo 29, fracción XV de la Ley se establecen las siguientes causales de desechamiento de las propuestas. Comprobarse que algún “Licitante” ha acordado con otro u otros elevar el costo de los servicios o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás “Licitantes”. Que se presente más de una proposición como persona física o moral por medio de las personas acreditadas legalmente para ello o los integrantes y/o socios de la misma, o que las razones sociales compartan información fiscal entre ellas. Presentar las proposiciones carentes de folios, o foliadas de tal forma que no sea posible identificar una continuidad o a que parte de la propuesta pertenecen. Si durante el análisis detallado de la documentación distinta a sus “Proposiciones” clasificada como obligatoria, no presentan o no cumplen en los términos solicitados, o presenten cambios en la redacción que altere el sentido de lo establecido originalmente. No presentar uno o más escritos, formatos y/o anexos marcados como “obligatorios”. No presentar los escritos, formatos y anexos de cada uno de los integrantes del convenio de participación conjunta si es el caso, y marcados como “PRESENTAR POR CADA UNO DE LOS INTEGRANTES EN PARTICIPACIÓN CONJUNTA” para todas las partes. No cumplir, con uno o más de los requisitos técnicos clasificados como “obligatorios”. No cumplir, con los requisitos económicos. Presentar su proposición sin firma autógrafa y rúbrica del representante legal acreditado. Que la propuesta económica presentada exceda del monto autorizado en suficiencia presupuestal para el servicio motivo de la licitación. El análisis detallado de la documentación distinta a las “Proposiciones” lo realizará la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales, a través de la Administración Titular de Adquisiciones, durante la evaluación de “Proposiciones”, verificando que dicha documentación cumpla con lo establecido en la presente Convocatoria. La evaluación de las propuestas técnicas recibidas será realizada por el “Área Técnica”. La evaluación de las propuestas económicas recibidas será realizada por el “Área Técnica” y “Contratante”. El criterio que se utilizará, para la evaluación, será por medio de puntos y porcentajes. La convocante podrá, durante el periodo de evaluación de las propuestas recibidas, pedir la comprobación de la autenticidad o vigencia de uno o más documentos que formen parte de las propuestas de los “Licitantes”, así como ...
Causales de desechamiento. Descalificación de los licitantes, declaración de licitación desierta y cancelación de licitación.
Causales de desechamiento. En cualquiera de las etapas de la licitación es motivo de desechamiento de una propuesta, el incumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, que afecte la solvencia de la propuesta. En caso de igualdad de condiciones se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. En caso de empate en el precio, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que haya presentado el requisito solicitado en el punto 2.1 inciso G de esta convocatoria con, o en su defecto, se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación en el acto de fallo, lo anterior con fundamento en el Artículo 44 del reglamento de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Por ningún motivo se utilizarán mecanismos de puntos, o porcentajes para evaluar propuestas.
Causales de desechamiento. Numeral 19. 19.- Que el participante se encuentre en cualquiera de los supuestos señalados en el numeral III.1.4 de las Políticas y Lineamientos para el Desarrollo de la Debida Diligencia en Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, en materia de Ética e Integridad Corporativa publicadas el 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxx con lo siguiente: 19.- Que el participante se encuentre en cualquiera de los supuestos señalados en el numeral III.1.4 de las Políticas y Lineamientos para el Desarrollo de la Debida Diligencia en Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, en materia de Ética e Integridad Corporativa, vigentes a partir del 30 de noviembre de 2018, de acuerdo con lo siguiente: Bases de Contratación.
Causales de desechamiento. En la fecha señalada para la presentación y apertura de proposiciones y de conformidad con el punto 4 “Requisitos y documentos que deben presentar los licitantes”, el sobre electrónico que se entregue deberá contener la documentación legal, técnica y económica establecida a que se refiere el numeral antes señalado, serán causa de desechamiento lo siguiente:  La no presentación de los documentos enlistados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 18 y 20 serán causa de desechamiento de la oferta. En el caso de proposiciones conjuntas también es causal de desechamiento no presentar el numeral 19.  Será causa de desechamiento si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los bienes, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. La no presentación de los documentos aplicables en los numerales 10, 15 16 y 17 no es causa de desechamiento. Se excluye también el numeral 19 si no hubiera participación de dos o más licitantes a través de un convenio de participación conjunta.
Causales de desechamiento. Serán causales de desechamiento las siguientes: a. Que no cumplan con los requisitos especificados en la convocatoria y que afecten a la seguridad del proceso y la razonabilidad y solvencia de las proposiciones.
Causales de desechamiento. En lo aplicable, la “Convocante” desechará las proposiciones en las que incurra en uno o varios de los siguientes supuestos: a) Cuando el “Licitante” no presente la totalidad de los documentos solicitados en el numeral 6 de la b) Que la documentación y/o información presentada por el “Licitante” se encuentre incompleta o ilegible. c) Cuando los escritos, la documentación requerida y/o las proposiciones no sean presentadas con firma autógrafa por parte de la persona facultada para tal fin. d) Cuando el “Licitante” presente la proposición con tachaduras o enmendaduras. e) Cuando el archivo electrónico que contenga la documentación y/o demás información que conforma la proposición, no pueda abrirse por tener algún virus informático, por encontrarse cifrados o encriptados o por cualquier otra causa ajena a la “Convocante”.