COBERTURA DE DAÑOS Cláusulas de Ejemplo

COBERTURA DE DAÑOS. 1.1. Garantías cubiertas y límites de indemnización 1. Se garantizan todos los daños que no estén expresamente excluidos y que sobrevengan de forma súbita e imprevista a los bienes asegurados, a condición de que el hecho tenga lugar en el emplazamiento de la obra asegurada. (Incendio, Rayo, Explosión, etc...) 2. Los trabajos de obra civil e instalaciones (costes de materiales y mano de obra) incluyendo los materiales acopiados a pie de obra, para su uso en la misma, aunque no hayan sido colocados en el momento del siniestro.
COBERTURA DE DAÑOS. Los daños de cualquier tipo que por negligencia, impericia o imprudencia pudieran ocasionarse a personas, instalaciones, mercancías y objetos de cualquier tipo, durante o a causa de la ejecución de los servicios, serán de entera responsabilidad de la Empresa Adjudicataria, quien concertará con una Compañía de Seguros, póliza de responsabilidad civil de cuantía suficiente para la cobertura de los posibles daños. El Seguro de Responsabilidad Civil General, que cubra la posible Responsabilidad Civil por daños al Ayuntamiento y a terceros y los riesgos de siniestros a personas, instalaciones y a los propios empleados de la Empresa Adjudicataria, derivados de la ejecución del presente contrato, será de un capital mínimo de 300.000,00 euros por accidente. El Coordinador o delegado de la adjudicataria se obliga expresamente a indemnizar los daños que cause a terceros y/o al Ayuntamiento como consecuencia del ejercicio de la actividad a desarrollar.
COBERTURA DE DAÑOS. La póliza podrá cubrir los daños accidentales, totales o parciales que sufran los equipos, sujeto a los límites, montos, condiciones y demás estipulaciones indicadas en La Póliza, conforme se indica a continuación. 4.2.1. PERDIDA TOTAL EN CASO DE DAÑOS Sujeto a lo establecido en el Condicionado Particular, se entenderá configurada una pérdida total en caso de daños con cargo a la póliza, cuando el equipo haya quedado totalmente destruido en virtud de un accidente o resultado dañado y los gastos de reparación de la materia asegurada igualen o excedan el valor del equipo asegurado. Ante un siniestro de daños, el Asegurado deberá presentarlo ante alguna de las entidades autorizadas para el efecto según lo establecido en el Condicionado Particular, al cual deberá concurrir o remitir el equipo dañado. En caso de pérdida total, La Compañía se reserva el derecho de elegir entre indemnizar al asegurado o proceder al reemplazo del equipo siniestrado por uno similar (marca, año, uso y modelo) o equivalente (mismas características técnicas, estado de conservación por uso y equipamiento), sujeto a los límites y estipulaciones que al respecto se establezcan en La Póliza. La reposición del equipo asegurado produce la inmediata extinción de la cobertura de La Póliza y de la responsabilidad del Asegurador, salvo que en las Condiciones Particulares se establezca algo distinto. 4.2.2. PERDIDA PARCIAL EN CASO DE DAÑOS Sujeto a lo establecido en el Condicionado Particular, se entenderá configurada una pérdida parcial, cuando el equipo haya quedado parcialmente dañado en virtud de un accidente en el cual el costo de reparación es inferior al valor del equipo asegurado. Ante un siniestro de daños cubierto, el Asegurador se reserva el derecho a elegir entre indemnizar al asegurado o proceder a gestionar directamente la reparación del equipo a través de la red de entidades autorizadas para realizar tal reparación, según lo establecido en el Condicionado Particular, al cual deberá concurrir o remitir el equipo dañado el asegurado, todo lo anterior conforme a los límites y estipulaciones que al respecto se establezcan en La Póliza. En caso de pérdida parcial, La Compañía podrá exigir, como condición para el pago del siniestro, la presentación de las piezas o partes reemplazadas, las que quedarán de su propiedad. En caso de existir eventos posteriores de daño parcial durante la vigencia de la Póliza, la Compañía sólo estará obligada a asumir el diferencial entre el monto asegurado y...
COBERTURA DE DAÑOS a) incendio (incluyendo el humo del incendio ocurrido dentro o fuera del terreno donde se encuentra el inmueble) - consiste en el pago de una indemnización por los daños materiales directamente causados por el incendio.
COBERTURA DE DAÑOS a) inmuebles para vivienda - R$ 30.000,00 (treinta mil reales);
COBERTURA DE DAÑOS. Código de verificación : PY3aeffe29c1e814 Los daños de cualquier clase, que por negligencia, impericia o imprudencia durante los trabajos de mantenimiento o como consecuencia de los mismos se causen en instalaciones o se produzcan a terceras personas o a las mercancías depositadas en lugares inmediatos, serán de la entera responsabilidad de la empresa adjudicataria, quién para la cobertura de posibles daños que cause, concertará con una Compañía de Seguros una Póliza de Responsabilidad Civil de cuantía suficiente. EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS Fdo. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx. Autor Pliego de Prescripciones Técnicas para el Servicio de Mantenimiento de Escaleras Mecánicas en el ámbito de la adecuación del ferrocarril al entorno urbano en la Avenida de Entrevías Expediente nº 300/2013/00279 Página: 6 de 10 La instalación está compuesta por cuatro (4) escaleras mecánicas, distribuidas por parejas. Dichas escaleras son del tipo intemperie para servicio público -gran tráfico-. Las características técnicas de las escaleras mecánicas situadas en la Avenida de Entrevías de Madrid son las siguientes: MARCA THYSSENKRUPP Código de verificación : PY3aeffe29c1e814 MODELO/TIPO AVANTE TNE 2022 DESNIVEL 7,80 m. VELOCIDAD 0,50 m/s ACOMETIDA ELÉCTRICA 380 V/50Hz. POTENCIA 7 kW ÁNGULO DE INCLINACIÓN 30º ANCHO UTIL PELDAÑO 800 mm SISTEMA DE ARRANQUE VARIADOR FRECUENCIA BALAUSTRADA CRISTAL ARMARIO ELECTRICO EXTERIOR Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección xxxx://xxx- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx El tiempo estimado de funcionamiento son dieciséis (16) horas diarias, durante todo el año. Autor Pliego de Prescripciones Técnicas para el Servicio de Mantenimiento de Escaleras Mecánicas en el ámbito de la adecuación del ferrocarril al entorno urbano en la Avenida de Entrevías Expediente nº 300/2013/00279 APÉNDICE Nº 2 Página: 7 de 10 La realización mínima de los trabajos de mantenimiento preventivo que deben contemplar las empresas licitadoras son las siguientes: 1.- DIARIAMENTE 2.- MENSUALMENTE
COBERTURA DE DAÑOS. A. ZLS ASEGURADORA DE COLOMBIA S.A. MEDIANTE ESTA COBERTURA AMPARA LA MAQUINA O MAQUINAS ASEGURADAS ANTE LOS DAÑOS QUE OCURRAN: 1. DENTRO DE LOS LÍMITES TERRITORIALES
COBERTURA DE DAÑOS. Los daños de cualquier clase, que por negligencia, impericia o imprudencia durante los trabajos de mantenimiento o como consecuencia de los mismos se causen en las instalaciones o se produzcan a terceras personas o bienes situados en las dependencias de las Terminales de TM objeto de esta licitación, serán de entera responsabilidad de la empresa ADJUDICATARIA, quien para la cobertura de posibles daños que cause concertará con una Compañía de Seguros, Póliza de Responsabilidad Civil de cuantía suficiente remitiendo copia a ADIF.
COBERTURA DE DAÑOS. Materiales.