Comisión Coordinadora Cláusulas de Ejemplo
Comisión Coordinadora. Las partes podrán constituir una Comisión Coordinadora que se integrará por igual número de miembros representantes de ambas instituciones debidamente autorizados y la que actuará como nexo interinstitucional y tendrá los siguientes cometidos: Estudiar, establecer y proyectar las áreas y posibles programas, proyectos y/o actividades de cooperación, los que serán sometidos previo a cualquier acción de implementación, a la previa aprobación expresa y por escrito de las autoridades competentes de ambas instituciones, Evaluar los resultados de la ejecución de los diferentes programas, proyectos y/o actividades realizadas al amparo del presente convenio y los acuerdos complementarios. Todo otro cometido que las partes de común acuerdo le asignen.
Comisión Coordinadora. CAPÍTULO ÚNICO Comisión Coordinadora
Comisión Coordinadora. En caso de problemas graves o conflictos relacionados con la marcha del convenio y que trasciendan las posibilidades de resolución entre la Dirección local y el Comité de Empresa o Delegados de Personal respectivos, se constituye una comisión compuesta por miembros de la Parte Social y de la Dirección. A la detección de un problema o conflicto de las características arriba mencionadas la Comisión se reunirá y recabará la información relacionada con el asunto y, en caso necesario, tratará de solucionarlo «in situ». De no alcanzar una solución como anteriormente se indica, se presentará a la Comisión Mixta de Vigilancia e Interpretación del Convenio. cve: BOE-A-2017-14092 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
Comisión Coordinadora. Para la coordinación y armonización de la gestión tributaria de aquellos Impuestos que deban ser exaccionados conforme a los mismos principios básicos y normas sustantivas, se crea una Comisión Coordinadora integrada por el Delegado de Hacienda en Xxxxx y dos Funcionarios afectos a la misma que él designe, y por parte de la Diputación, por el Diputado Presidente de la Comisión de Hacienda y Patrimonio y dos Funcionarios al servicio de la Diputación. Dicha Comisión se reunirá, al menos, dos veces al año durante los meses de enero y julio, y tendrá asimismo la misión de realizar los estudios que se estimen pertinentes y examinar los supuestos o cuestiones que se hayan planteado en materia de inspección que afecten a ambas Administraciones, así como la emisión de informes que sean solicitados por el Ministerio de Hacienda o la Diputación.
Comisión Coordinadora. Para los efectos de la planeación, instrumentación, y ejecución, seguimiento, operación y control de las acciones del presente convenio, así como para establecer una continua y estrecha colaboración entre sus respectivas estructuras operativas, “LAS PARTES” designan como responsables:
Comisión Coordinadora. DISPOSICIONES ADICIONALES
Comisión Coordinadora. Para la ejecución del presente Convenio, las partes designan una comisión coordinadora que estará integrada, por La Direcciones de Obras Públicas del GAD Municipal de Sigchos; y, por El GAD Parroquial Rural de Las Pampas, el Señor Presidente o su delegado quien hará sus veces, además de la señorita Secretaria de la Junta. El presente convenio podrá darse por terminado por las siguientes causas:
1. Cumplimiento del plazo;
2. Mutuo acuerdo de las partes;
3. Incumplimiento manifiesto de una de las partes, en el desarrollo de sus obligaciones o de los acuerdos que se suscriban, para lo cual deberá existir la notificación debidamente motivada de terminación unilateral por parte de cualquiera de las instituciones firmantes;
4. Fuerza mayor o caso fortuito, que hicieran imposible continuar con la ejecución del presente instrumento; y,
5. Si por razones de fuerza mayor o caso fortuito se interrumpiere temporalmente el cumplimiento de las obligaciones adquiridas al amparo de este instrumento, la parte afectada notificará la suspensión a la otra, en el término de 48 horas y, conjuntamente las instituciones intervinientes, harán todos sus esfuerzos necesarios para superar, siendo éstas causas justificables para la terminación de mutuo acuerdo. Se consideran causas de fuerza mayor o caso fortuito, las contempladas en el Art. 30 de La Codificación del Código Civil. Una vez concluido el convenio, por cualquier causa, las partes realizarán una evaluación mutua sobre el cumplimiento y procederán a suscribir un acta, en la que se dejará constancia de las actividades realizadas y las recomendaciones procedentes en la búsqueda de las mejores alternativas de solución a los problemas que pudieren quedar pendientes.
Comisión Coordinadora. Con el objeto de programar, orientar y coordinar las actividades que deriven del presente Acta Acuerdo, cada una de las partes designará 1 (un) representante coordinador, quienes en conjunto conformarán la COMISIÓN COORDINADORA que actuará como nexo institucional. Los coordinadores representantes de “LA SUPREMA CORTE”, “LA MUNICIPALIDAD” y de “EL MINISTERIO” entregarán de acuerdo a su competencia, los informes, memorias, relevamientos, planos, mensuras, estudios técnicos, fotos, representación gráfica, niveles, antecedentes, programa de necesidades, esquemas funcionales, reglamentaciones y toda otra documentación que se considere de importancia para la confección xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones y el desarrollo del Concurso.------------------------------------------
Comisión Coordinadora. 1. Se constituirá una Comisión Coordinadora, cuya composición será la siguiente:
a) Seis representantes de la Administración del Estado.
Comisión Coordinadora. Las partes constituyen una Comisión Coordinadora integrada por igual número de representantes por cada una de ellas, quienes se designan en este acto, y reportarán a las autoridades centrales de cada una de las instituciones partes que resulten competentes por razón de materia para entender en la aprobación, seguimiento y supervisión de todos los aspectos vinculados al Proyecto y demás actividades de cooperación académica y de investigación que se pretendan desarrollar en el marco del presente Convenio. La Comisión Coordinadora del Programa tendrá a su cargo, entre otros, los cometidos que se establecen seguidamente:
A) Coordinación y seguimiento de todo otro aspecto relativo a la gestión académica y/o administrativa del Proyecto.
B) Elaboración y presentación a aprobación por las partes de toda otra actividad académica que sea de interés común en función de los lineamientos y misiones institucionales de cada institución en el área de la gestión de empresas de alto desempeño y de los objetivos de cooperación interinstitucional derivados del presente Convenio; una vez aprobada la actividad de que se trate, tendrá a su cargo, la coordinación y seguimiento de la misma.
C) Informar a las autoridades de cada institución parte respecto del desarrollo de las actividades ejecutadas al amparo de este Convenio, pudiendo efectuar todas las observaciones y/o recomendaciones que estime pertinentes para el mejoramiento continuo de la calidad académicas de las misma, así como respecto del mejor logro de los objetivos establecidos en el presente en xxxxxx de cooperación interinstitucional.
D) Todo otro cometido que las partes de común acuerdo le asignen.