CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES Cláusulas de Ejemplo

CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Cuando un contribuyente realice varias actividades en el mismo local ya sean comerciales, industriales, de servicios, o industriales con comerciales, industriales con servicios, comerciales con servicios o cualquier otra combinación a las que de conformidad con las reglas establecidas correspondan diferentes tarifas, se determinará la base gravable de cada una de ellas y se aplicará la tarifa correspondiente de acuerdo con el movimiento contable en los libros legalmente registrados. El resultado de cada operación se sumará para determinar el impuesto total a cargo del contribuyente.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Cuando un mismo
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Cuando un contribuyente, realice varias actividades en el mismo local ya sean industriales con comerciales, industriales con servicios, comerciales con servicios o cualquier otra combinación a las que de conformidad con las reglas establecidas correspondan diferentes tarifas, se determinará la Base gravable de cada una de ellas y se aplicará la tarifa correspondiente de acuerdo al movimiento contable en los libros legalmente registrados. El resultado de cada operación se sumará para determinar el impuesto total a cargo del contribuyente. 1) La generación de energía eléctrica continuará siendo gravada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 56 de 1981. 2) En las actividades de transmisión y conexión de energía eléctrica, el impuesto se causa en el municipio donde se encuentre ubicada la subestación (numeral 3) En la compraventa de energía eléctrica realizadas por empresas no generadoras y cuyos destinatarios no sean usuarios finales, el impuesto se causa en el municipio que corresponda al domicilio del vendedor, sobre el valor mensual facturado. PARÁGRAFO 1: En ningún caso los ingresos obtenidos por la prestación de los servicios públicos acá mencionados, se gravarán más de una vez por la misma actividad. PARÁGRAFO 2: Cuando el Impuesto de Industria y Comercio causado por la prestación de los servicios públicos domiciliarios a que se refiere este artículo, se determine anualmente, se tomará el total de ingresos mensuales promedio obtenidos en el año correspondiente. Para la determinación del impuesto por períodos inferiores a un año, se tomará el valor mensual promedio del respectivo período.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Cuando un mismo contribuyente realice varias actividades, ya sean varias comerciales, varias industriales, varias de servicios o industriales con comerciales, industriales con servicios, comerciales con servicios o cualquier otra combinación, a las que correspondan diversas tarifas, determinará la base gravable de cada una de ellas y aplicará la tarifa correspondiente. El resultado de cada operación se sumará para determinar el impuesto a cargo del contribuyente.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Cuando un contribuyente realice en un sólo local, actividades que corresponda a distintas tarifas de las establecidas en el artículo anterior, la base gravable estará compuesta por la sumatoria resultante de aplicar la tarifa correspondiente a cada actividad, aplicada a los promedios mensuales de los ingresos brutos percibidos de cada actividad registrados contablemente.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Cuando un mismo contribuyente realice varias actividades, ya sean varias comerciales, varias industriales, varias de servicios o industriales con comerciales, industriales con servicios comerciales con servicios o cualquier otra combinación, a las que de conformidad con lo previsto en la normatividad vigente corresponda a diversas tarifas, determinará la base gravable de cada una de ellas y aplicará la tarifa correspondiente. El resultado de cada operación se sumará para determinar el impuesto a cargo del contribuyente. La administración no podrá exigir la aplicación de tarifas sobre la base del sistema de actividad predominante.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Cuando un contribuyente realice varias actividades se determinará la base gravable de cada una de ellas y se aplicará la tarifa correspondiente. Para tal efecto deberá llevar registros contables que permitan la determinación del volumen de ingresos por cada actividad. DESPACHO PARAGRAFO 1. Cuando el sujeto pasivo no identifique los ingresos por cada una de las actividades, de conformidad con el inciso anterior, la totalidad de los ingresos gravables, se someterán a la tarifa más alta de la actividad que desarrolle.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Los sujetos pasivos del impuesto de Industria y Comercio que ejerzan varias actividades, industriales con comerciales, industriales con servicios, comerciales con servicios o cualquier otra combinación a las que de conformidad con las reglas establecidas correspondan diferentes tarifas, liquidarán el impuesto aplicando la tarifa que corresponda a cada actividad; es decir, determinando el código y la tarifa según el régimen tarifario vigente para cada actividad. El resultado de cada operación se sumara para determinar el impuesto total a cargo del contribuyente. En ningún caso podrá, el sujeto pasivo, exigir a la Administración que se apliquen las tarifas sobre la base del sistema de actividad predominante. Parágrafo 1º. En el caso del ejercicio de actividades industriales con locales comerciales para la venta de sus productos o la prestación de servicios relacionado con la actividad industrial, en que se integren unas con otras en una sola unidad jurídica, se liquidara y pagara el impuesto por la realización de la actividad industrial sobre la totalidad de los ingresos aplicando la tarifa correspondiente. Parágrafo 2º. Varios locales con actividades de la misma tarifa: Cuando un mismo contribuyente tenga varios locales donde se ejerzan actividades a la que corresponda una misma tarifa, la base gravable se determinará sumando los ingresos brutos generados en todos ellos a los que se aplicará la tarifa correspondiente. Parágrafo 3º. Varios locales con diferentes tarifas: Cuando un mismo contribuyente tenga varios locales donde se desarrollen actividades a la que correspondan distintas tarifas, la base gravable estará compuesta por la suma de los respectivos ingresos brutos de cada uno de los locales, a los que aplicara la tarifa correspondiente a cada actividad. Parágrafo 4º. Un local con varias actividades: Cuando un contribuyente desarrolle en un solo local actividades a las que correspondan distintas tarifas, la base gravable estará compuesta por los ingresos brutos percibidos por la actividad, a los que se aplicaran la tarifa correspondiente. Los resultados de cada operación se sumarán para determinar el impuesto total a cargo del contribuyente.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Los sujetos pasivos del Impuesto de Industria y Comercio que ejerzan dos o más actividades gravables, liquidarán el impuesto aplicando la tarifa que corresponda a cada actividad, es decir, determinando el código y la tarifa según el régimen tarifario vigente para cada actividad. Los formularios de declaración suministrado por la Secretaría de Finanzas Públicas tendrán las casillas para determinar cada una de las actividades. En caso de desarrollar más de cinco (05) actividades diferentes se anexarán un formulario adicional, pero en uno de ellos se liquidará el impuesto total con todos sus complementarios.
CONCURRENCIA DE ACTIVIDADES. Cuando un contribuyente tenga en un solo local, actividades que correspondan a las diferentes tarifas, la base gravable estará