CONCURSO PÚBLICO Cláusulas de Ejemplo

CONCURSO PÚBLICO. “CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV” Por tanto, en cumplimiento de la normativa ecuatoriana, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma, posee la potestad de autorizar, delegar o implementar el centro de revisión y control técnico vehicular y matriculación y otros servicios que estén estipulados en la Resolución No. 025-DIR-2019- ANT o en la norma que establezca el ente rector nacional. De esta manera, en aras de cumplir con parámetros de calidad, bajo criterios de eficiencia administrativa, y en virtud de la acreditación de la falta de capacidad técnica y económica para la gestión directa del servicio por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, se ha justificado la necesidad de aplicar la excepcionalidad prevista en el artículo 238 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) para delegar en la iniciativa privada la provisión del servicio público de revisión técnica de tránsito vehicular. Mediante Ordenanza Municipal No. CMQ-013-2020, de fecha 08 de septiembre de 2020, se autorizó y reguló en los aspectos fundamentales la delegación a la iniciativa privada que involucra el “Diseño, Financiamiento, Construcción, Equipamiento, Operación y Mantenimiento del Centro de Revisión de Tránsito Vehicular del cantón Quinsaloma”. Así, este procedimiento de concurso público para la selección del concesionario, se rige por la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el Código Orgánico Administrativo, la Ordenanza para el Diseño, Construcción, Administración, Funcionamiento y Concesión del Centro de Revisión de Tránsito Vehicular del cantón Quinsaloma, los pliegos de contratación, y demás normas del ordenamiento jurídico que le fueran aplicables. En este proceso se evaluará al oferente, a la oferta técnica y a la oferta económica en base a los criterios detallados en los pliegos. Se deja expresa constancia que la concesionaria deberá asumir, a su entera y exclusiva cuenta y riesgo, la totalidad de los gastos e inversiones que sean necesarios para el eficiente y eficaz cumplimiento del objeto contractual. No se garantizará, en ningún caso, la rentabilidad de la concesión, ni aun en eventos de caso fortuito o fuerza mayor. La oferta económica tendrá dos componentes puntuables, detallad...
CONCURSO PÚBLICO. Art. 60.- El Concurso Público es el procedimiento en el que se promueve competencia, invitando públicamente a todas las personas naturales o jurídicas interesadas en la prestación de servicios de consultoría.
CONCURSO PÚBLICO. El Concurso Público se convoca para la contratación de servicios de toda naturaleza, incluyendo consultorías y arrendamientos, dentro de los márgenes que establece la Ley Anual de Presupuesto.
CONCURSO PÚBLICO. Dispóngase la realización del Concurso Público para otorgar la concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y para asignar a nivel nacional el rango de frecuencias 1 750 - 1 780 MHz y 2 150 - 2 180 MHz, y el rango de frecuencias 2 300 - 2 330 MHz conforme a la canalización que determine el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las bases del citado concurso. Se encarga a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la conducción del Concurso Público, descrito en el párrafo precedente, y el otorgamiento de la buena pro. El Viceministerio de Comunicaciones, a través de los órganos de línea competentes, realiza las coordinaciones técnicas, económicas y legales con PROINVERSIÓN, respecto del Concurso Público en referencia.”
CONCURSO PÚBLICO. Formulario No. 8 NOMBRE DEL OFERENTE:
CONCURSO PÚBLICO. Constituye la regla general para la contratación, cuando el llamado a participar esté dirigido a una cantidad indeterminada de posibles oferentes, el criterio de selección recaiga primordialmente en factores subjetivos no económicos, como idoneidad, capacidad técnica, científica, artística u otras, y el valor estimado de la contratación supere UN MIL (1.000) Unidades de Contratación, o bien, cuando no se supere ese valor, pero por las características de la prestación requerida resulte conveniente una mayor concurrencia de proveedores. ARTÍCULO 20 —
CONCURSO PÚBLICO. “CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV” METODOLOGÍA Y ESQUEMA DE CALIFICACIONES DEL CONCURSO PARA LA SELECCIÓN DEL CONCESIONARIO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN QUINSALOMA
CONCURSO PÚBLICO. Formulario No. 3 MODELO DE CARTA DE CONFIDENCIALIDAD
CONCURSO PÚBLICO. Formulario No. 4 DETALLE DE LA EXPERIENCIA
CONCURSO PÚBLICO. Formulario No. 5 DETALLE DE LOS EQUIPOS OFERTADOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO