CONTROL TÉCNICO Cláusulas de Ejemplo

CONTROL TÉCNICO. Comprende: a). Velar y verificar que (el) o (la) CONTRATISTA cumpla con la calidad del objeto contractual. b). Estudiar y conceptuar sobre la viabilidad de aceptar la modificación de las especificaciones del objeto contractual, siempre y cuando dicha modificación sea conveniente para el DEPARTAMENTO. c). Estudiar las situaciones particulares e imprevistas que se presenten en desarrollo del Contrato, conceptuar sobre su desarrollo general y los requerimientos para su mejor ejecución, manteniendo siempre el equilibrio contractual. d). Verificar que las solicitudes de (el) o (la) CONTRATISTA estén debidamente sustentadas; de no ser así, rechazará las peticiones. PARÁGRAFO.- El Supervisor responderá solidariamente de acuerdo al Artículo 53 de la Ley 80 de 1993. Las divergencias que se presenten entre el supervisor y (el) o (la) CONTRATISTA, relacionadas con la ejecución del Contrato, serán dirimidas por una persona delegada por el DEPARTEMENTO y un representante de (el) o (la) CONTRATISTA. En caso de no llegar a un acuerdo, las dirimirá el Gobernador.
CONTROL TÉCNICO. Comprende: a). Velar y verificar que el CONTRATISTA cumpla con la calidad del objeto contractual. b). Estudiar y conceptuar sobre la viabilidad de aceptar la modificación de las especificaciones del objeto contractual, siempre y cuando dicha modificación sea conveniente para el DEPARTAMENTO. c).Estudiar las situaciones particulares e imprevistas que se presenten en desarrollo del Contrato, conceptuar sobre su desarrollo general y los requerimientos para su mejor ejecución, manteniendo siempre el equilibrio contractual. d). Verificar que las solicitudes del CONTRATISTA estén debidamente sustentadas; de no ser así, rechazará las peticiones. PARÁGRAFO.- El Supervisor y/o interventor responderá solidariamente de acuerdo al Artículo 53 de la Ley 80 de 1993. Las divergencias que se presenten entre el supervisor y el CONTRATISTA, relacionadas con la ejecución del Contrato, serán dirimidas por una persona delegada por el DEPARTAMENTO y un representante del CONTRATISTA. En caso de no llegar a un acuerdo, las dirimirá la Secretaría de Contratación.
CONTROL TÉCNICO. El control técnico de la obra será realizado directamente por un Supervisor designado por ZOFRACOBIJA, que en coordinacion con el personal tecnico del Área de Sistemas, tendrá la autoridad necesaria para que se de cumplimiento a todo lo especificado en el presente documento y en el contrato. El Adjudicado deberá otorgar al Supervisor de la Obra todas las facilidades para el buen cumplimiento de su cometido. También deberá proveer a su costo un Libro de Órdenes debidamente notariado en un original y dos copias. Este libro servirá para el control, comunicación y solución inmediata de los problemas que se puedan suscitar a lo largo del proyecto. El Adjudicado y el Supervisor procederán a la revisión de cada una de las partes de la obra ejecutada para la posterior elaboración de la planilla por parte del Adjudicado.
CONTROL TÉCNICO. La inspección y seguimiento del proceso constructivo, llevado a cabo por el ORGANISMO DE CONTROL TÉCNICO, desde su comienzo hasta la RECEPCION DE LA OBRA y, en caso necesario, con posterioridad a ésta.
CONTROL TÉCNICO. Comprende: a). Velar y verificar que el CONTRATISTA cumpla con la calidad del objeto contractual. b). Estudiar y conceptuar sobre la viabilidad de aceptar la modificación de las especificaciones del objeto contractual, siempre y cuando dicha modificación sea conveniente para EMPODUITAMA S.A. E.S.P. c) Estudiar las situaciones particulares e imprevistas que se presenten en desarrollo del Contrato, conceptuar sobre su desarrollo general y los requerimientos para su mejor ejecución, manteniendo siempre el equilibrio contractual. d). Verificar que las solicitudes del CONTRATISTA estén debidamente sustentadas; de no ser así, rechazará las peticiones.
CONTROL TÉCNICO. Las interventorías de los contratos de prestación de servicio de alumbrado público además de las obligaciones contenidas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, ejercerán un control técnico con sujeción a la normatividad que expida para esos fines el Ministerio de Minas y Energía.
CONTROL TÉCNICO. Proyecto de Ingeniería y Construcción En el Contrato PPP y en los pliegos de especificaciones técnicas se fijarán los mecanismos de control a fin de establecer las condiciones de conformidad con las cuales el Contratista PPP deberá ejecutar las Obras Principales y prestar los Servicios de Operación y Mantenimiento de la Estación Central Roca y sus túneles. El Ente Contratante posee amplia experiencia en el control de contratos de obra pública, en la revisión de proyectos de infraestructura y en la supervisión e inspección de obras ferroviarias en particular. Por lo tanto, el Ente Contratante verificará a través de su Dirección de Obra e Inspección de campo, y durante todo el plazo de vigencia del Contrato PPP, que el Contratista PPP cumpla con los requerimientos y estándares de diseño, construcción y conservación establecidos en la documentación contractual. El Contratista PPP elaborará el Proyecto Ejecutivo de las Obras Principales, a partir del Anteproyecto Técnico emitido por el Ministerio de Transporte de la Nación y de las pautas y especificaciones técnicas establecidas en los pliegos de especificaciones técnicas. Este Proyecto Ejecutivo será revisado y aprobado por el Ente Contratante, de acuerdo al mecanismo fijado en los pliegos de especificaciones técnicas. Solo con la aprobación del Proyecto Ejecutivo por parte de la Dirección de Obras e Inspección de Campo, el Contratista PPP podrá iniciar la construcción de las Obras Principales, de acuerdo a los programas de trabajo de ingeniería y construcción. Los pliegos contendrán las especificaciones técnicas para la ejecución de las Obras Principales y el Contratista PPP tendrá la obligación de realizar el control de la calidad y medioambiental de las obras que ejecute, sin perjuicio de lo cual el Ente Contratante también realizará un control a través de su Dirección de Obras e Inspección de Campo y equipo de inspección, y a su criterio podrá efectuar ensayos o solicitar la ejecución a terceros, con el fin de satisfacer sus inquietudes en lo referente a la no obtención de la calidad de lo ejecutado, dimensiones especificadas y todo otro criterio de diseño o ejecución. Estos ensayos podrán realizarse respecto a cualquiera de los materiales o equipos incorporados a las obras. También se efectuarán controles de calidad de terminación con equipamiento propio que el Ministerio de Transporte de la Nación dispondrá a tal efecto. En el Contrato PPP y los pliegos de especificaciones técnicas se fijarán los mecani...
CONTROL TÉCNICO. 6.1. Objeto del control técnico 11 6.2. Alcance del control técnico 12 6.3. Obligaciones que el Tomador del seguro y/o Asegurado exigirán contractualmente al Organismo de Control Técnico 12 6.4. Obligaciones del Tomador del seguro y/o Asegurado respecto al Organismo de Control Técnico 13

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