Common use of CONDICIONES ESPECIALES Clause in Contracts

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social del postor debe referirse al desarrollo o promoción de actividades de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido de la finalidad prevista por la municipalidad. El postor deberá adjuntar un mínimo de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En caso de que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificado

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Samples: Arrendamiento

CONDICIONES ESPECIALES. o El plazo del contrato de arrendamiento será de veinticuatro meses (dos años) calendario, contado desde la suscripción del contrato, o hasta que el bien inmueble objeto social del postor debe referirse al desarrollo o promoción arrendamiento sea enajenado por parte del ISSFA, en dicho caso bastará la notificación realizada por el Instituto con 90 días de actividades de intermediación turística que garanticen anticipación, para su desocupación. De acuerdo a lo establecido en el cumplimiento debido art. 33 de la finalidad prevista ley de inquilinato o Cuando el arrendatario deseare dar por la municipalidad. El postor deberá adjuntar terminado el contrato de arrendamiento en un plazo menor al establecido, notificará al arrendador con (30) treinta días mínimo de dos anticipación. Cabe anotar también que con noventa (0290) constancias emitidas días antes del vencimiento del contrato, cada parte podrá notificar a la otra su voluntad de no renovar el mismo; caso contrario este se entenderá automáticamente renovado por Municipalidadesun periodo igual, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto conformidad con el artículo 368 de la convocatoria por Resolución RE-SERCOP-2016-0000072, en este hecho suscribirán un período no menor a dos (nuevo contrato de arrendamiento, considerando: 1) El cálculo del arriendo mediante los Artículos 17 y 18 de la Ley de Inquilinato y 2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por Con el mismo postor, por sus En aplicación del principio incremento de libre competencia, se considera un porcentaje que se cumple con tomará en cuenta en base al índice de inflación anual que establezca el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC. o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En caso de pérdidas, roturas o deterioros de alguna de las partes del bien inmueble, el futuro arrendatario se compromete a reemplazarlas con otros u otras de igual clase y calidad, exceptuándose únicamente el deterioro que el postor sea una empresa provenga del normal uso del bien inmueble. o El local Nro. 9 no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe dispone de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadobaño propio.

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Samples: Lease Agreement

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social del postor debe referirse 2.1. La(s) cuenta(s) de depósito(s) de ahorro(s) a plazo fijo, es el depósito de dinero que EL (LOS) SOCIO (S) se compromete a mantener en LA COOPERATIVA por el período de tiempo determinado, a una tasa de interés fija, modalidad de depósito elegida libremente por EL (LOS) SOCIO (S) y demás condiciones que constan detalladas en la Cartilla de Información que le ha sido entregada a EL (LOS) SOCIO (S) al desarrollo o promoción momento de actividades efectuar cada uno de/lo(s) depósito(s) y que ha suscrito en señal de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido conformidad. 2.2. LA COOPERATIVA fijará la tasa de interés dentro de los límites de la finalidad prevista libre competencia en el mercado, considerándose monto, plazo, moneda u otros. La tasa y plazos constarán detallados en la Cartilla de Información y en el Tarifario para cuenta(s) de depósito(s) de ahorro(s) a plazo fijo que LA COOPERATIVA publique como información masiva en sus agencias y/u oficinas u otro medio señalado en las Condiciones Generales del presente Contrato. 2.3. Al vencimiento del plazo estipulado, EL (LOS) SOCIO (S) podrá apersonarse a cualquiera de las agencias y/u oficinas de LA COOPERATIVA, en el horario de atención establecido, a fin de solicitar la cancelación de su cuenta(s) de depósito(s) de ahorro(s) a plazo fijo. Si la(s) cuenta(s) de depósito(s) de ahorro(s) a plazo fijo no fuera cancelado en la fecha de su vencimiento, y LA COOPERATIVA no recibiera instrucciones expresas respecto a la renovación de la(s) cuenta(s) de depósito(s) de ahorro(s) a plazo fijo por la municipalidad. El postor deberá adjuntar un mínimo parte de dos EL (02LOS) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria SOCIO (S): i) LA COOPERATIVA capitalizará los intereses y el depósito se renovará por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida periodo igual, salvo que este periodo sea mayor al máximo establecido en dicha fecha, en cuyo caso el depósito se renovará por el mismo postor, plazo máximo vigente a la fecha de vencimiento. Dicha renovación se regirá por sus En aplicación del principio las condiciones generales y especiales de libre competencia, contratación aplicables a los contratos de cuenta(s) de depósito(s) de ahorro(s) a plazo fijo vigentes para dicho depósito y se considera aplicará la tasa de interés que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo encuentre vigente para dicho depósito conforme al Tarifario que aparece publicado en todas las agencias y/u oficinas de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postorLA COOPERATIVA y en su página web. En caso EL (LOS) SOCIO (S) no se encuentre de acuerdo con las condiciones aplicables a la renovación del depósito podrá cancelarlo, de lo contrario se entenderá su total aceptación a las mismas; o ii) LA COOPERATIVA podrá dar por cancelado el depósito y poner a disposición de EL (LOS) SOCIO (S) el total de sus ahorros e intereses, mediante comunicación directa, conforme al procedimiento establecido. EL (LOS) SOCIO (S) podrá efectuar el cobro de los intereses devengados a la tasa pactada al término del plazo o luego de transcurridos por lo menos 30 días calendario de la apertura de la cuenta. 2.4. A la suscripción del presente Contrato y la Cartilla de Información, LA COOPERATIVA entregará un documento que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto permita la acreditación de cada uno de/ la(s) cuenta(s) de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico depósito(s) de cada espacio ahorro(s) a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito plazo fijo realizado(s) por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado EL (por mandato legal, concesión, delegación o contratoLOS) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadoSOCIO (S).

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Samples: Contrato De Depósito De Ahorro a Plazo Fijo

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social del postor debe referirse al desarrollo o promoción Bajo los convenios II y III se incluye el costo de actividades reposición de intermediación turística títulos valores. Las sumas aseguradas son a primer riesgo, no hay límites agregados anuales, con excepción de las sumas aseguradas que garanticen el cumplimiento debido se indican con límite agregado anual. Se deja constancia que la base de la finalidad prevista por valorización de las existencias y activo fijo en caso de siniestro bajo el convenio VI es a valor de reposición. Se otorga cobertura automática para cualquier otro local, donde la municipalidadempresa efectúe movimiento de dinero y/o activos. El postor deberá adjuntar un mínimo de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, En tal caso Caja Municipal se compromete que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto sus locales nuevos cumplan con todos los requisitos que establecen las normas vigentes de la convocatoria SBS y del Ministerio del Interior Deterioro al inmueble y/o bienes por un período robo o intento de robo Bajo el convenio I (Deshonestidad) están incluidos policías particulares, trabajadores contratados y/o eventuales y/o practicantes y/o proveedores de servicios y/o cooperativas y/o cualquier otra persona que tenga vinculo laboral y/o de servicio con el asegurado que no menor esté necesariamente formalizado y /o personal en base a dos honorarios profesionales y/o vendedores libres y/o vendedores comisionistas y/o personal de terceros al servicio del asegurado. La presente póliza se extiende a cubrir los siniestros descubiertos posteriores a los 3 meses de inicio de la vigencia de la póliza y cuyo origen se remonte a la vigencia pasada hasta 12 meses antes de la fecha de descubrimiento (2) añospara cambio de compañía de seguros). Bajo el Convenio I no se aplicará infraseguro si al momento de ocurrir el siniestro el número de trabajadores varió en forma ascendente; sin embargo la aseguradora podrá cobrar la extraprima de seguro correspondiente para que la empresa pueda ser indemnizada. Se considerará experiencia válida la obtenida amplía el plazo de aviso de siniestro a 15 días, a fin de evitar su rechazo por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postorextemporaneidad. En caso de que siniestro y cuando la Cia. de seguros decida optar por realizar el postor sea una empresa pago de la indemnización y no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno la reposición de los espacios que bienes, el asegurado, decidirá a nombre de qué proveedor se van arrendar. Este informe deberá contar con girar el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, cheque por la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadoindemnización correspondiente.

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Samples: Insurance Contract

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social del postor debe referirse 8.1. EL BANCO se reserva la calificación previa de los Documentos, no encontrándose obligado al desarrollo Descuento o promoción Adelanto de actividades de intermediación turística todos los Documentos que garanticen el cumplimiento debido de la finalidad prevista por la municipalidadEL CLIENTE le presente para su Descuento o Adelanto. El postor deberá adjuntar un mínimo de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competenciaAsimismo, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando reserva la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”facultad de -en cualquier momento- reducir, “promocionar”variar, “implementar”, “realizar” suspender o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En caso de que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y incrementar el monto de la contraprestación mínima mensuallínea de Descuento o Adelanto asignada a EL CLIENTE. 8.2. Los defectos de forma que afecten la validez de los Documentos son y serán de total y única responsabilidad de EL CLIENTE. 8.3. EL CLIENTE autoriza expresamente a EL BANCO para que en su condición de endosatario o cesionario de los Documentos, según corresponda, y siempre que ello se encuentre permitido por la legislación vigente, pueda otorgar prórrogas, renovaciones, reaceptaciones o sustituciones por nuevos Documentos, admitir pagos a cuenta o parciales y conceder cualesquiera otras facilidades y, en general, ejercer todos los cuales deben ser igual derechos sobre ellos. 8.4. En el caso de Documentos emitidos en moneda extranjera, EL BANCO y EL CLIENTE convienen en que su pago deberá realizarse en la misma moneda de su emisión, de acuerdo con lo establecido por el artículo 1237° del Código Civil, según pacto o mayor cláusula al respecto que lo indicado el CLIENTE declara mantener con sus deudores. Del mismo modo, en el punto 3.4.10caso de reembolsos y pagos que correspondan ser realizados por el CLIENTE en moneda extranjera, el CLIENTE se obliga a realizar en esa misma moneda extranjera. Se precisa Para el efecto, EL BANCO queda desde ahora irrevocablemente autorizado por EL CLIENTE para adquirir la moneda extranjera necesaria con cargo a sus cuentas o depósitos en moneda nacional del CLIENTE, según el tipo de cambio venta vigente en EL BANCO en el momento de su conversión. EL CLIENTE asume, además, cualquier diferencia de cambio que se considerarán “similares” pueda producirse hasta el momento en que finalmente EL BANCO haya recibido el íntegro del importe adeudado en moneda extranjera. 8.5. En el caso de Documentos entregados en Cobranza libre o en Cobranza Garantía a EL BANCO, el CLIENTE deberá haber señalado y acordado con sus deudores, que los pagos de su cargo deberán ser realizados sólo a través del BANCO, expidiéndoles el BANCO a dichos deudores, solo una constancia de pago, total o parcial. En ese caso, el BANCO comunicará al CLIENTE y a CAVALI donde estarán registrados los Documentos, del pago total o parcial realizado por el deudor del CLIENTE, para el respectivo registro de dicho pago y cancelación del registro del Documento en CAVALI o, en caso de pago parcial, para el ejercicio de las acciones correspondientes. 8.6. Toda obligación de cargo de EL CLIENTE, así como todos los gastos, tributos y demás conceptos a los que EL BANCO tiene derecho a reembolsarse de éste, serán cargados en cualquier cuenta o depósito que EL CLIENTE mantenga en EL BANCO a su nombre, o en forma conjunta con terceros. Igual calidad de garantía preferente a favor de EL BANCO tendrán los Documentos, valores y cualquier fondo, depósito, bien o activo que éste mantenga a nombre de EL CLIENTE. 8.7. Las sumas pagadas por los deudores del CLIENTE serán depositadas en las respectivas cuentas que el CLIENTE mantiene en el BANCO, con cargo a las constancias cuales se amortizarán o cancelarán las obligaciones de cargo de EL CLIENTE frente a EL BANCO, quien queda facultado por aquél para imputar libremente el orden de dichos pagos a sus acreencias. Solo de existir saldos mayores a favor de EL CLIENTE o no adeudar suma alguna a EL BANCO, este último pondrá a disposición de EL CLIENTE dichas sumas y saldos al haber de las cuentas, netos de comisiones, gastos, tributos y otros conceptos pertinentes. 8.8. En los casos que EL CLIENTE mantenga en EL BANCO Documentos en Cobranza libre, debe entenderse que EL BANCO está autorizado a recibir del deudor del CLIENTE, pagos parciales, sin asumir por ello responsabilidad alguna, salvo la de comunicar al CLIENTE con la frecuencia que las partes tengan establecido para ello; siendo de cargo del CLIENTE entenderse con sus deudores la renovación o sustitución del Documento parcialmente pagado. Además de lo antes señalado, en el caso de Documentos en Descuento o en Cobranza Garantía que sean renovados o sustituidos, EL CLIENTE mantendrá su calidad de obligado principal del Descuento o del Adelanto, aun cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública el Documento no tenga sus respectivas firmas o por ente privado encargado (por mandato legalregistros de endosante o de garante en el mismo valor registrado en CAVALI, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción quedando EL BANCO facultado mas no obligado a verificar dichos registros de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadocargo del CLIENTE en CAVALI.

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Samples: Marco De Afiliación Al Servicio De Envío De Documentos

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social del postor debe referirse al desarrollo o promoción (la, los) deudor (a, es) se somete (n) expresamente a las siguientes condiciones especiales: a) Se obliga (n) a mantener saldos compensatorios en forma de actividades de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido de la finalidad prevista por la municipalidad. El postor deberá adjuntar un mínimo de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida depósito por el mismo postorquince por ciento como mínimo del total del financiamiento; b) Autoriza (n) al Banco para que de no haber sido canceladas previamente las comisiones publicadas y estipuladas en la carta de aprobación o cualquier tipo de comisión, por sus En aplicación éstas sean retenidas del principio desembolso; c) Se obliga a cancelar en este acto las comisiones siguientes , más el impuesto a la transferencia de libre competenciabienes muebles y a la prestación de servicios correspondiente a cada una de ellas; d) Deberá presentar Estados Financieros a más tardar tres meses después de cada cierre fiscal y siempre que el Banco lo requiera; e) El deudor (a, es) y codeudor (a, es) solidario (s) han firmado Orden Irrevocable de Descuento a favor el Banco, la cual se considera que se cumple hará efectiva en caso xx xxxx; f) Deberá poseer cuenta de ahorro o corriente con el requisito Banco; g) COMISIONES Y RECARGOS: El deudor acepta y se obliga expresamente pagar las comisiones y recargos aplicables a este crédito, detalladas en anexo entregado al deudor en cumplimiento a la Ley y que forma parte integrante del objeto social incluso cuando presente contrato. (relacionar cualquier otra condición que aparezca en la redacción carta de aprobación del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En crédito y en caso de ser Sociedad agregar las tres condiciones que aparecen en Anexo 2 al final del modelo). XI) CODEUDOR (A, ES, AS) SOLIDARIO (A, AS): Ha (n) estado presente (s) desde el postor sea una empresa inicio de este instrumento el (los) señor (es) , de …………….años de edad, (profesión u oficio), del domicilio de ………., Departamento de , a quien ( es ) no domiciliada conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número ……………….. portador (es) de su Tarjeta de Identificación Tributaria número ; Y ME DICE (N): Que está (n) enterado (da, das) de las obligaciones contraídas en este instrumento por el país: deberá contar con una sucursal inscrita (la, los ) deudor (a, res ); y para garantizar las obligaciones por el (ella, ellos) contraídas, especialmente la de pago se constituye (n) a favor del SCOTIABANK EL XXXXXXXX, SOCIEDAD ANONIMA, CODEUDOR (A, RES) SOLIDARIO (A, XXXX ) del (la, los) señor (a, res) en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadomismos términos,

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Samples: Mutuo Hipotecario

CONDICIONES ESPECIALES. 9.01 El objeto social último pago acordado en el contrato estará sujeto a la aceptación del postor debe referirse al desarrollo o promoción informe final de actividades de intermediación turística que garanticen los Consultores por la Entidad Contratante u otra autoridad competente local y por el cumplimiento debido Banco. Dicho pago final constituirá por los menos un 10% (diez por ciento), del monto total de la finalidad prevista suma que por concepto de honorarios se convenga en el contrato. Programa de Reformas a la municipalidadAtención Primaria de Salud El Banco, en su calidad de administrador de la Cuenta de la Facilidad de Financiamiento Intermedio (en adelante "la Cuenta"), ha determinado que se financie con recursos de la Cuenta, sin cargo para el Prestatario, una parte de los intereses adeudados por éste al Banco en relación con la parte xxx Xxxxxxxx a la que se refiere el párrafo c) de la Cláusula 2.02 de las Estipulaciones Especiales del presente Contrato, en adelante "el Préstamo Aprobado", de conformidad con los siguientes términos: a) El Banco utilizará los recursos de la Cuenta para pagar, en las respectivas monedas designadas por el Banco, una parte de los intereses xxx Xxxxxxxx Aprobado adeudados por el Prestatario, que se devenguen sobre los saldos deudores en las fechas previstas para el pago de intereses o en la fecha o fechas en que el Banco reciba el pago del remanente de intereses adeudados al Banco por el Prestatario (en adelante "Remanente"). Dicha parte representará hasta el 5% (cinco por ciento), por año sobre los saldos deudores xxx Xxxxxxxx. Sin embargo, la tasa de interés efectiva que resulte de aplicar el subsidio no será inferior a la tasa que resulte de sumar 1,5% (uno coma cinco por ciento), al tipo de interés efectivo promedio de los préstamos en moneda convertible del Fondo para Operaciones Especiales. El postor deberá adjuntar un mínimo Directorio Ejecutivo del Banco fijará el tipo de subsidio de interés de esta Facilidad, dos (02) constancias emitidas veces por Municipalidadesaño, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten simultáneamente con la realización fijación del tipo normal de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación interés para los préstamos del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En caso de que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadocapital ordinario.

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Samples: Loan Agreement

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social 1. Cuentas corrientes en Moneda Nacional y Extranjera a) La apertura de una cuenta corriente se considerará autorizada por la simple aceptación del postor debe referirse al desarrollo o promoción de actividades de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido depósito inicial. b) Los retiros de la finalidad prevista por cuenta serán realizados a través de cheques en la municipalidadmoneda de la misma o en efectivo. El postor deberá adjuntar un mínimo Cliente podrá también solicitar la emisión de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales giros o extranjeros, que acrediten transferencias en la realización de actividades iguales/similares al objeto moneda de la convocatoria por cuenta, reservándose el Banco la facultad de cumplir dichas órdenes, independientemente de que existan o no fondos en la cuenta. En el Tarifario se incluyen los costos de chequeras, emisión de letras y de giros o transferencias. Los mismos podrán ser modificados de acuerdo a lo previsto en la cláusula 10.2 del Capítulo I. c) En caso que el Banco clausure la cuenta, podrá enviar al Cliente a la última dirección informada, un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida cheque o giro en la obtenida moneda de la cuenta por el mismo postor, por sus En aplicación del principio último saldo existente (previa deducción de libre competencia, se considera que se cumple los gastos correspondientes incluidos en el Tarifario o previamente pactados con el requisito Cliente). d) En cualquier momento el Banco podrá copiar en cualquier medio de reproducción (microfilm, etc.) todos los cheques, pudiendo devolver, a su solo arbitrio, los originales al Cliente, dentro de los primeros cinco días hábiles bancarios de cerrado el período mensual fijado por el Banco, para la cuenta en cuestión. Las constancias del objeto social incluso cuando la redacción medio que corresponda constituirán plena prueba respecto del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”pago por el Banco, “promocionar”fecha, “implementar”importe, “realizar” o “explotar” actividades turísticasfirma y todo elemento material del cheque, información turística, desarrollo turístico, desarrollo las que serán valoradas de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias acuerdo a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia las constancias del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. medio utilizado. e) En caso de solicitar el cierre de la cuenta o ser notificado de su suspensión, cierre o clausura, el Cliente se compromete a devolver al Banco todos los cheques no usados hasta esa fecha. f) En el caso eventual de que la cuenta corriente registre un saldo deudor, el Cliente deberá abonar intereses calculados a la tasa mensual en concepto de interés punitorio que se prevé en el Tarifario y que podrá ser modificada de acuerdo a lo pactado en la cláusula 10.2 b) del Capítulo I, hasta la cancelación total del descubierto, cancelación que el postor sea una empresa no domiciliada Cliente queda obligado a efectuar dentro de las veinticuatro horas siguientes de producido el saldo deudor. En todo caso, la tasa de interés por sobregiro en cuenta corriente será establecida en el país: deberá contar con una sucursal inscrita estado de cuenta que reciba el Cliente en la oportunidad que corresponda. g) El Banco está autorizado a determinar a su criterio cuáles son los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe cheques a pagar, sin tomar en consideración su fecha u orden cronológico de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadosu recibo.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

CONDICIONES ESPECIALES. 9.01 El objeto social último pago acordado en el contrato estará sujeto a la aceptación del postor debe referirse al desarrollo o promoción informe final de actividades de intermediación turística que garanticen los Consultores por la Entidad Contratante u otra autoridad competente local y por el cumplimiento debido Banco. Dicho pago final constituirá por lo menos un 10% del monto total de la finalidad prevista suma que por concepto de honorarios se convenga en el contrato. LEGI/PR-0789 ANEXO D Programa de lnversiones Sociales El Banco, en su calidad de administrador de la municipalidadCuenta de la Facilidad de Financiamiento lntermedio (en adelante "la Cuenta"), ha determinado que se financie con recursos de la Cuenta, sin cargo para el Prestatario, una parte de los intereses adeudados por éste al Banco en relación con el Préstamo al que se refiere el párrafo b) de la Cláusula 1.02 de las Estipulaciones Especiales del presente Contrato, en adelante "el préstamo aprobado", de conformidad con los siguientes términos: a) El Banco utilizará los recursos de la Cuenta para pagar, en las respectivas monedas designadas por el Banco, una parte de los intereses xxx Xxxxxxxx Aprobado adeudados por el Prestatario, que se devenguen sobre los saldos deudores a partir de la primera de las fechas previstas para el pago de intereses o en la fecha o fechas en que el Banco reciba el pago del remanente de intereses adeudados al Banco por el Prestatario (en adelante "remanente"). b) La parte de los intereses de que trata el párrafo anterior representará hasta el 5% por año sobre los saldos deudores xxx Xxxxxxxx. Sin embargo, la tasa de interés efectiva que resulte de aplicar el subsidio no será inferior a la tasa que resulte de sumar 1.5% al tipo de interés efectivo promedio de los préstamos en moneda convertible del Fondo para Operaciones Especiales. El postor deberá adjuntar un mínimo Directorio Ejecutivo del Banco fijará el tipo de subsidio de interés de esta Facilidad, dos (02veces por año, simultáneamente con la fijación del tipo normal de interés para los préstamos del capital ordinario. c) constancias emitidas Si el Prestatario no pagase en la fecha prevista el remanente, así como cualquier suma por Municipalidadesconcepto de amortización o comisiones, Gobiernos Localesel Banco retendrá el pago del monto de intereses autorizado para ser pagado al Banco con cargo a la Cuenta. En este último caso, Ayuntamientosel Prestatario continuará obligado por el monto total de los intereses vencidos y adeudados, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, hasta que acrediten el Banco haya recibido el pago del remanente y de las respectivas sumas por concepto de amortización y comisiones. d) En la realización de actividades iguales/similares al objeto medida en que el Banco reciba pagos de la convocatoria Cuenta por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida concepto de intereses debidos por el mismo postorPrestatario, hasta el total de la parte establecida en el párrafo a) precedente, el Prestatario quedará liberado de su responsabilidad de hacer efectivos dichos pagos y, consecuentemente, no estará obligado a reembolsar al Banco suma alguna por sus concepto de los intereses pagados al Banco con cargo a la Cuenta. e) El Prestatario podrá disponer el pago del monto íntegro de los intereses que devenguen los saldos deudores xxx xxxxxxxx aprobado ya sea durante toda la vida xxx xxxxxxxx aprobado o solamente durante el período de amortización del mismo. En aplicación del principio ambos casos, el Banco procederá a reembolsar al Prestatario, a la brevedad posible, los intereses que éste hubiese pagado al Banco y que corresponda cargar a la Cuenta, de libre competenciaacuerdo con lo dispuesto en el párrafo a), se considera anterior. f) En la medida en que el Banco determine que no existen suficientes disponibilidades de recursos en la Cuenta para efectuar los pagos a que se cumple con refieren los párrafos a) y d) anteriores, el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”Prestatario pagará los intereses adeudados, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además en las fechas y sobre los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En caso de que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios montos que se van arrendarespecifican en este Contrato, hasta el monto total devengado sobre los saldos deudores xxx xxxxxxxx aprobado, sin obligación de reembolso de monto alguno por parte del Banco. Este informe deberá contar con ATN/SF-5228-PR Res. DE-67/96 CONVENIO celebrado el registro fotográfico de cada espacio a adjudicardía 00 xx xxxxx xx 1996 entre la REPUBLICA DEL PARAGUAY, en adelante denominada la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno "Beneficiaria" y el Método BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, en adelante denominado el "Banco", sobre el otorgamiento de Valuación aplicadorecursos no reembolsables de cooperación técnica por el Banco, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de en adelante denominados la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificado"Contribución".

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Samples: Loan Agreement

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social del postor debe referirse al desarrollo o promoción 7.1. EL CLIENTE se obliga a emitir a favor de actividades EL BANCO y a requerimiento de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido éste, un pagaré incompleto, emitido en la fecha de la finalidad prevista suscripción del presente contrato, sin monto, ni tasa de interés, ni fecha de vencimiento, a fin de que, en caso de incumplimiento en el pago de las obligaciones materia del presente contrato, sea completado por EL BANCO, por un importe igual al total del saldo deudor, que incluye intereses, portes, seguros – de ser el caso – tributos, gastos y comisiones, y todos los demás conceptos aplicables y exigibles, así como la tasa de interés compensatorio vencido y moratorio; y, la fecha de vencimiento que al efecto EL BANCO señale. 7.2. EL BANCO se reserva la calificación de los Documentos, no encontrándose obligado al descuento de todas los DOCUMENTOS 7.3. Los defectos de forma que afecten la validez de los DOCUMENTOS son y serán de absoluta responsabilidad de EL CLIENTE. 7.4. EL CLIENTE autoriza expresamente a EL BANCO para que en su condición de Legítimo Tenedor de los DOCUMENTOS y siempre que ello se encuentre permitido por la municipalidad. El postor deberá adjuntar un mínimo legislación vigente, solicite el protesto y/o formalidad sustitutoria o pueda otorgar prórrogas, renovaciones, reaceptaciones o sustituciones por nuevos DOCUMENTOS, admitir pagos a cuenta o parciales y conceder cualesquiera otras facilidades y, en general, ejercer todos los derechos sobre ellos libre de dos (02) constancias emitidas por Municipalidadestoda responsabilidad frente a EL CLIENTE, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto inclusive de la convocatoria por un período no menor a dos (2) añosregularidad de las firmas o suficiencia de poderes de quienes intervengan en tales facilidades. 7.5. Se considerará experiencia válida En el caso de DOCUMENTOS emitidos en moneda extranjera, EL BANCO y EL CLIENTE convienen en que su pago deberá realizarse en la obtenida misma moneda de su emisión, de acuerdo con lo establecido por el mismo postorartículo 1237° del Código Civil. Para el efecto, EL BANCO queda desde ahora irrevocablemente autorizado por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando EL CLIENTE para adquirir la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En moneda extranjera necesaria en caso de que los obligados principales y/o solidarios pagasen en moneda nacional, por importe que no resulte equivalente a la moneda extranjera adeudada, según el postor sea una empresa no domiciliada tipo de cambio venta vigente en EL BANCO en el país: deberá contar con una sucursal inscrita momento de su cancelación, haciendo uso, de ser el caso, de los fondos y recursos de EL CLIENTE. EL CLIENTE asume, además, cualquier diferencia de cambio que pueda producirse hasta el momento en los Registros Públicos que finalmente EL BANCO haya recibido el íntegro del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto importe en moneda extranjera de cada uno de los espacios DOCUMENTOS, incluidos intereses, gastos, tributos y comisiones pactados. 7.6. En el caso de DOCUMENTOS entregados en cobranza libre o en cobranza garantía a EL BANCO, éste tramitará su cobro por cuenta, costo y riesgo de EL CLIENTE. En tal sentido, EL CLIENTE libera de toda responsabilidad a EL BANCO por falta, defecto o inadecuado protesto de los documentos y asume cualquier riesgo de pérdida, extravío, robo, sustracción o deterioro de los mismos, salvo que haya mediado dolo o culpa inexcusable imputable a EL BANCO y determinados mediante resolución firme de autoridad competente. Ante la ocurrencia de tales eventos, EL CLIENTE deberá recurrir al Poder Judicial o a los obligados respectivos, según corresponda, para solicitar la ineficacia o el duplicado de los DOCUMENTOS perjudicados, limitándose la responsabilidad de EL BANCO a informarle del evento y proporcionarle los elementos e información que se van arrendarpuedan encontrar en su poder. 7.7. Este informe deberá contar Toda obligación de cargo de EL CLIENTE, así como todos los gastos, tributos y demás conceptos a los que EL BANCO tiene derecho a reembolsarse de éste, serán cargados en cualquier cuenta o depósito que EL CLIENTE mantenga en EL BANCO a su nombre, o en forma conjunta con terceros. Igual calidad de garantía preferente a favor de EL BANCO tendrán los documentos, valores y cualquier fondo, bien o activo que éste mantenga a nombre de EL CLIENTE. 7.8. EL BANCO podrá exigir el registro fotográfico pago de cada espacio los DOCUMENTOS descontados o mantenidos en garantía ya sea a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado EL CLIENTE y/o un Arquitecto Colegiadoa los demás obligados. El postor deberá adjuntar una declaración precisando Si cargados las cuentas de EL CLIENTE con ese fin, se generan saldos deudores, EL BANCO podrá retener los documentos en garantía de dichos saldos deudores. 7.9. En los casos que EL BANCO sea Legítimo Tenedor de DOCUMENTOS en Cobranza Libre debe entenderse que EL BANCO está autorizado a recibir lo que el porcentaje de la utilidad neta mensual obligado principal le entregue en sustitución, sin asumir por ello responsabilidad alguna, ya sea por diferencias que ofrece puedan existir entre el valor en cartera y el monto sustituto, ni obligación de confirmar con EL CLIENTE su aceptación para tal sustitución o renovación o verificar la contraprestación mínima mensual, regularidad o legalidad de los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadorequisitos formales del DOCUMENTO.

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Samples: Contrato Marco Para Operaciones De Descuento, Cobranza Libre Y Cobranza Garantía De Documentos Con Contenido Crediticio

CONDICIONES ESPECIALES. Será de cuenta de arrendatario el abono de los suministros de agua, gas, electricidad, limpieza y mantenimiento de los terrenos. Durante los años de gestión del arrendatario, los abonos de agua, gas, electricidad y teléfono, así como cualquier otro gasto, pasarán a nombre de éste, siendo de su entera responsabilidad y obligación formalizar los cambios ante las empresas suministradoras, asumiendo los costes que de ello deriven, también en el supuesto de precisar mayores ampliaciones de este tipo de servicios. El objeto social arrendatario utilizará los terrenos con arreglo a los usos permitidos, realizando por su cuenta las construcciones y mantenimientos necesarios. No obstante, cualquier reparación, obra, etc. que sea llevada a cabo en las parcelas deberá comunicarse al Ayuntamiento con antelación suficiente para que sea autorizada. Serán de cuenta asimismo del postor debe referirse al desarrollo adjudicatario todos los gastos derivados de las futuras licencias o promoción de actividades de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido autorizaciones administrativas, y cualesquiera otros derivados de la finalidad prevista por la municipalidadexplotación y uso de los bienes arrendados. El postor deberá adjuntar un mínimo adjudicatario tendrá el carácter de dos empresario totalmente autónomo e independiente respecto al Ayuntamiento de Carrión de los Condes, y plenamente responsable frente a cualquier administración u organismo público, en especial la Seguridad Social y la Administración Tributaria. Será asimismo responsable de cualquier obligación que pudiera derivarse de las relaciones laborales, de seguridad e higiene en el trabajo y sanitarias, asi como estar al corriente de sus obligaciones tributarias o de otra indole del personal que pudiera contratar para el desarrollo de su actividad empresarial, sin que en ningún caso pueda entenderse o suponerse la existencia de relación alguna entre dicho personal y el Ayuntamiento de Carrión de los Condes. El arrendatario se obliga a contratar los correspondientes seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad (02incendios, responsabilidad civil frente a terceros, etc.) constancias emitidas por Municipalidadesen lo relativo a la explotación de todos los elementos que integran el objeto del contrato. Los limites del seguro deberán alcanzar las cantidades que, Gobiernos Localesrazonablemente cubran el importe del valor en venta de las parcelas. El Ayuntamiento xx Xxxxxxx de los Condes, Ayuntamientosrequerirá al adjudicatario para que presente las correspondientes pólizas de los seguros y recibos justificantes de su pago. No podrá subarrendar, organismos públicos descentralizados ceder o traspasar los derechos y obligaciones dimanantes del contrato, sin la autorización del Ayuntamiento, el cual la otorgará discrecionalmente, y en consideración a estoslas condiciones que ofrezca el subarrendador, u otros similarespudiendo incluso establecer condiciones adicionales para la autorización del traspaso o subarriendo. El adjudicatario también se obliga a: -Destinar las parcelas arrendadas, nacionales con carácter principal, al ejercicio de una actividad económica productiva o extranjerosde transformación, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto ya sea industrial o comercial. -A solicitar todas las autorizaciones y permisos necesarios para el ejercicio de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera actividad económica que se cumple con vaya a desarrollar en las parcelas (licencia urbanística, de actividad, etc.) -Indemnizar a terceros por daños que les ocasione el requisito funcionamiento de la actividad. -Al pago del objeto social incluso cuando canon que sea acordado. -No enajenar, ni gravar total o parcialmente los bienes que se le entregan. -El arrendatario será el titular de la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo actividad que en las parcelas arrendadas se desarrolle siendo su explotación por su cuenta y riesgo sin que al Ayuntamiento de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En caso de que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno Carrión de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito Condes le alcance responsabilidad alguna por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadoestos hechos.

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Samples: Arrendamiento De Parcelas

CONDICIONES ESPECIALES. La adjudicataria se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral (Grupo Nº 19, subgrupo 08 o los que los sustituyan o correspondan) en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. El objeto pago xx xxxxxx, jornales, aportes o cualquier otro gravamen y/u obligación derivada de aplicación xx xxxxx laborales y/o seguridad social así como del postor debe referirse cumplimiento de las obligaciones o de cualquier clase de compromiso contraído por la adjudicataria para la explotación de los servicios licitados, serán de su exclusivo cargo y su incumplimiento será causal de rescisión del contrato. La Administración, podrá exigir en cualquier momento al desarrollo o promoción adjudicatario y demás empresas que éste contrate, la documentación que acredite el pago de actividades salarios y demás rubros emergentes de intermediación turística las relaciones laborales, así como los recaudos que garanticen justifiquen que están al día con el cumplimiento debido pago de la finalidad prevista por la municipalidadpóliza contra accidentes de trabajos y contribuciones de seguridad social. El postor deberá adjuntar un mínimo adjudicatario y las empresas contratadas por éste deberán aportar los datos de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados los trabajadores afectados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización los efectos de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además puedan realizar los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postorcontroles correspondientes. En caso de incumplimiento la I.D.R podrá retener de los pagos debidos en virtud del contrato, de la garantía de cumplimiento del contrato y de los haberes que se le adeudan o créditos que la adjudicataria tenga derecho a percibir, lo que corresponda por pago de salarios, pólizas y contribuciones de seguridad social a los que tengan derecho los trabajadores de la misma y de las empresas que ésta subcontrate (ley 18.098, ley 18099, y ley 18251 , decreto 475/005 de 14 de noviembre de 2005 y concordantes). Si la I.D.R considera que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado adjudicatario y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje las empresas han incurrido en infracción a las normas, laudos o convenios colectivos vigentes dará cuenta a la Inspección General de Trabajo y de la utilidad neta mensual Seguridad Social a efectos de que ofrece y el monto se realicen las inspecciones correspondientes, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse en virtud de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadocontratación.

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Samples: Licitación Abreviada

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social del postor debe referirse al desarrollo o promoción de actividades de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido 1.1. MANEJO DE LA CUENTA.- La apertura de la finalidad prevista por la municipalidad. El postor deberá adjuntar un mínimo de dos (02cuenta será realizada: a) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”depósito inicial en efectivo, “promocionar”b) el llenado de los registro de firmas, “implementar”c) documentos requeridos por LA COOPERATIVA, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo quien a su vez le asignara una libreta para el posteo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postortransacciones. En caso de destrucción, extravío o robo de la libreta, el titular de la cuenta deberá dar aviso inmediato a LA COOPERATIVA, quien realizará la sustitución de la libreta, quedando sin valor ni efecto la libreta anterior, teniendo como válidos los saldos que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perúsistema de LA COOPERATIVA se reflejen. El postor costo de reposición de la libreta será de cincuenta lempiras exactos (L.50.00). 1.2. DEPOSITOS Y RETIROS.- se deberá adjuntar un Informe pagar una cuota de Valuación ingreso no reembolsable por metro cuadrado, respecto el valor de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicarveinte lempiras exactos (L.20.00), la memoria descriptivacantidad mínima para depósito inicial será de Ciento treinta lempiras exactos (L.130.00). las cantidades mínimas de apertura pueden ser modificadas por LA COOPERATIVA si así lo estima conveniente. La aportación anual no deberá ser menor de trescientos sesenta lempiras exactos (L.360.00). Esta cuenta no permite a EL AFILIADO realizar retiros parciales. 1.3. DE LOS INTERESES.- LA COOPERATIVA fijará las tasas de interés nominal sobre la cual se calcularán y pagarán intereses, las cuales estarán dentro de las tasas vigentes en el mercado financiero; el cómputo se hará sobre saldos diarios disponibles, su capitalización será trimestral, dichas tasas estarán disponibles para consulta de EL AFILIADO en la indicación página web y diferentes puntos de servicios. No se pagara interés sobre saldos menores o igual a quinientos lempiras exactos (L.500.00). 1.4. SEGUROS.- Conjuntamente con la apertura de la Infraestructura Pública del Entorno cuenta de aportaciones LA COOPERATIVA brindara a EL AFILIADO un seguro de vida con un techo de hasta cien mil Lempiras (L.100,000.00), y el Método gastos fúnebres hasta Cuatro mil quinientos Lempiras (L.4,500.00), siendo la edad máxima de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje ingreso para cobertura de este seguro setenta años (70 años) y será pagadero según las condiciones de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadopóliza.

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Samples: Cuenta De Aportaciones

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social Bajo todos los Convenios están incluidos policías particulares, trabajadores contratados y/o practicantes y/o eventuales, y/o miembros del postor debe referirse Ejército y la Policía y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o comisionistas y/o transportistas y/o vendedores libres, personal de terceros al desarrollo o promoción de servicio del asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades de intermediación turística que garanticen para el cumplimiento debido de la finalidad prevista por la municipalidad. El postor deberá adjuntar un mínimo de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postorasegurado. En caso de que huelgas, paros bancarios, domingos y feriados se duplicará el postor sea una empresa no domiciliada en límite asegurado por el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perútiempo de la huelga o paro. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno Se amplía la cobertura de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico convenios IV y V a la falsificación de cada espacio a adjudicarcheques, la memoria descriptivaboletas de depósito, la indicación cheques de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método gerencia, guías de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado entrega y/o un Arquitecto Colegiadoxx xxxxxxx . El postor deberá adjuntar una declaración precisando Para los casos de traslado de dinero para pago de planillas entiende todo el porcentaje proceso que dure el pago incluyendo conteo, ensobrado y pago final. Para los caso de traslado de dinero y/o valores, si la utilidad neta mensual línea aérea y/u cualquier otro medio de transporte se ve forzado a desviarse o hacer paradas técnicas por problemas meteorológicos, fallas técnicas o cualquier otro motivo de fuerza, la materia del seguro se encuentra en cobertura todo el tiempo de dicha demora hasta el lugar de destino incluyendo el conteo, ensobrado y pago final hasta US$ 5,000 Bajo el convenio III se cubren los tránsitos de dinero y/o valores del Poder Judicial realizados por funcionarios a sus domicilios y/o viceversa hasta US$ 1,000 La cobertura bajo el convenio III se extiende a cubrir cualquier traslado dentro del territorio nacional entre locales y/o lugares donde el cliente realice operaciones propias del giro. Asimismo, bajo esta cobertura se cubren los trasladados que ofrece el asegurado y/o personal autorizado por el asegurado realice en vehículos contratados en la vía pública hasta US$ 10,000. Los convenios II y III cubren toda pérdida, destrucción o desaparición de dinero y/o valores, sin que la cobertura sea limitada a solo robo con fractura y/o asalto. Se excluye limitación de que el monto de la contraprestación mínima mensualdinero esté guardado en Caja Fuerte para el Convenio II, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado mientras este se encuentre en el punto 3.4.10conteo o manipuleo necesario. No se incluirá ninguna cláusula de Garantía, descripción de seguridad, normas mínimas de control u otras limitaciones en la póliza sin previo acuerdo escrito con el Asegurado. Se precisa deja constancia que la base de valorización de las existencias en caso de siniestro será según su valor de reposición. No se considerarán “similares” rechazaran siniestros por declaración extemporánea siempre y cuando no constituya una agravación del riesgo para la aseguradora. Se cubre el dinero y/o valores en poder de empleados autorizados cuando por motivos de trabajo estos deban efectuar viajes a provincias y se vean obligados a guardar el dinero y/o valores en las constancias habitaciones del hotel y/o locales similares donde se hospeden, hasta US$ 5,000 y bajo todas las coberturas indicadas en las condiciones de está póliza. Las normas mínimas de control se incluyen como recomendaciones. Bajo los Convenios II y III se incluye el costo de reposición de cheques y/o letras y/u otros documentos bancarios. Bajo el Convenio III se cubren los tránsitos realizados por funcionarios y/o personal autorizado y/o vendedores/cobradores a sus domicilios y/o viceversa cuando cumplan concurrentemente el caso lo amerite, hasta US$ 2,500. Se cubren los siniestros cuyo origen u ocurrencia se remonten a la vigencia o contrato anterior, pero cuyo reclamo o conocimiento se presente en la vigencia actual. Bajo la cobertura de Deshonestidad y falsificación. Las cajas fuertes son de marca Better Protection y Harmans Seguridad, cuyas características es con clave y llave, ambas se encuentran instaladas en las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legaldiferentes oficinas administrativas y Corte Superiores a nivel nacional. 15 % del monto indemnización, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadomínimo $ 500.

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Samples: Contract for Insurance Services

CONDICIONES ESPECIALES. Aun cuando el AGENTE DE CARGA acepte las instrucciones del CLIENTE para cobrar el flete, impuestos, cargos, cuentas por pagar u otros gastos, mediante la recepción de una solicitud adecuada por parte del AGENTE DE CARGA y a falta de evidencia de pago (por cualquier razón) por parte del consignado, u otra persona; se entiende que el CLIENTE sigue siendo responsable de tales fletes, impuestos, cargos, cuentas por pagar u otros gastos. 1. EL AGENTE DE CARGA tendrá las siguientes facultades y obligaciones: 1.1. Recibir las instrucciones del CLIENTE, contenidas en la solicitud de servicios. 1.2. Recibir las mercancías determinadas en las solicitudes de servicios aceptadas por él, siempre que se adjunten a las especificaciones allí indicadas. 1.3. Prestar al CLIENTE la asesoría necesaria para la planificación, control, coordinación y dirección de los tránsitos que se le encomienda. 1.4. Celebrar en nombre propio el contrato de transporte de las mercancías, de acuerdo con las instrucciones dadas por el CLIENTE. 1.5. EL AGENTE DE CARGA ofrece sus servicios con base en estas cláusulas, mismas que son aplicables a toda actividad y/o servicio que éste ofrezca o tramite, en relación con la transportación de las mercancías o la prestación de servicios relacionados a éstas, tales como el almacenamiento y cualquier otro tipo de servicios logísticos. 1.6. EL AGENTE DE CARGA, se obliga a recibir las mercancías determinadas por el CLIENTE en la solicitud de servicios, cuyo transporte le ha sido encomendado en los términos de este documento y únicamente verificará la condición aparente de las mercancías que recibe y, eventualmente, su empaque, por lo que no será responsable por el contenido de las unidades de transporte. 1.7. Si las mercancías entregadas o su empaque parecen defectuosos o en malas condiciones, EL AGENTE DE CARGA deberá avisar oportunamente tal circunstancia al CLIENTE para que tome las medidas del caso. Si no lo hace en su debido momento, EL AGENTE DE CARGA deberá hacer la anotación en el respectivo documento de transporte, guardara los documentos y elaborara una declaración escrita donde conste dicha circunstancia, deslindando así su responsabilidad. 1.8. El objeto social AGENTE DE CARGA, se compromete a prestar los servicios de planeación, proyecto, coordinación, seguimiento, control y dirección de todas las operaciones necesarias para el traslado de los bienes o mercancías descritos en el presente documento, los diferentes medios de transportes, al igual que el manejo, depósito de los bienes al lugar de destino así solicitado por el CLIENTE, establecido en los anexos del postor presente documento. 1.9. EL AGENTE DE CARGA debe referirse al desarrollo o promoción de actividades de intermediación turística que garanticen tomar cuidado razonable en el cumplimiento debido de sus obligaciones, incluyendo la finalidad prevista por selección e instrucción de terceros que proporcionan sus servicios contratados en nombre del CLIENTE, debiendo desempeñar sus tareas con un nivel razonable de atención, diligencia, habilidad y juicio. 1.10. EL AGENTE DE CARGA podrá rechazar total o parcialmente las solicitudes de servicios, dentro de los 3 (tres) días siguientes a la municipalidad. El postor deberá adjuntar un mínimo recepción de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postorlas mismas. En tales casos caso de silencio, éstas se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postordeberán entender rechazadas. En caso de que una solicitud de servicios sea rechazada por EL AGENTE DE CARGA, EL CLIENTE podrá contratar los mismos servicios de que trata este contrato con cualquier otra persona. 1.11. De igual manera, si EL AGENTE DE CARGA no ha recibido la solicitud del CLIENTE y es notificado por terceros del envío de mercancías o bienes como consignatario para el postor sea una empresa manejo de la misma, éste podrá rechazar la mercancía dando aviso a las autoridades correspondientes de dicha negativa, como prevención para el envío de mercancías prohibidas. 1.12. En caso que EL AGENTE DE CARGA tenga que ejecutar actos de conservación de las mercancías enviadas, EL CLIENTE será responsable y pagará los costos que ellos impliquen sin que por practicar tales actos se entienda que acepta la solicitud de servicios. 1.13. EL AGENTE DE CARGA deberá supervisar el desplazamiento de las mercancías mediante los medios que considere adecuados, teniendo el deber de avisar al CLIENTE cualquier anomalía que se presente en la ejecución del mismo y pudiendo modificar las condiciones del transporte, aun si éste se hace más oneroso, con el fin de salvaguardar la integridad de la mercancía. En caso que el AGENTE DE CARGA tenga que realizar gastos adicionales, éstos serán asumidos por el CLIENTE en la forma indicada en este contrato. Cuando el AGENTE DE CARGA estime que es necesaria la modificación de las condiciones del transporte así lo hará saber al CLIENTE, explicándole las razones que fundamentan su sugerencia. Si no domiciliada es posible localizar al CLIENTE o si las circunstancias no permiten que se le consulte previamente, EL AGENTE DE CARGA tomará las medidas del caso con el fin de proteger los intereses del CLIENTE. 1.14. De acuerdo con las instrucciones del CLIENTE, o cuando el mismo no lo señale de manera diferente, EL AGENTE DE CARGA podrá elegir libremente el transportador, los modos, los medios y las rutas de transporte que estime convenientes con la naturaleza de las mercancías, las reglas de comercio, los términos de las cartas de crédito, los plazos de entrega y cualquier otra circunstancia adicional que pueda influir en dicha decisión. En casos especiales el AGENTE DE CARGA podrá apartarse de las instrucciones del CLIENTE y contratar medios o modos equivalentes, siempre y cuando obtenga completamente el tránsito al encomendado. 1.15. El AGENTE DE CARGA, tendrá derecho, más no obligación, de desviarse de las instrucciones del CLIENTE si a su solo juicio hay razón justificada para hacerlo en beneficio del propio CLIENTE. El AGENTE DE CARGA no adquirirá mayores responsabilidades en absoluto, además de las aquí descritas (en su caso). 1.16. En cualquier momento, EL AGENTE DE CARGA podrá cumplir con las órdenes o recomendaciones dadas por cualquier autoridad. 1.17. Deberá entregar los bienes o mercancías que por este medio se transportan, descritos en los anexos del presente documento o la solicitud de servicios, y serán entregados en el país: deberá contar con una sucursal inscrita lugar indicado en los Registros Públicos del Perúla misma, conforme a las condiciones establecidas. 1.18. El postor deberá adjuntar AGENTE DE CARGA, a solicitud del CLIENTE y por propio acuerdo, podrá realizar todos los trámites que correspondan ante las diferentes autoridades, y podrá contratar o ejecutar directamente los trámites de comercio exterior necesarios para la expedición, conducción, recibo, importación o exportación de las mercancías entregadas por EL CLIENTE. 1.19. Cuando el AGENTE DE CARGA actúe directamente ante las autoridades aduaneras, lo hará por cuenta del CLIENTE; así también cuando el AGENTE DE CARGA tenga la calidad de agente aduanal debidamente autorizado o contrate un Informe agente aduanal autorizado, EL CLIENTE será el responsable por cualquier reclamación que terceros le hagan con motivo de Valuación por metro cuadradolos actos que ejecute en desarrollo de los servicios. 1.20. La responsabilidad del AGENTE DE CARGA con respecto a los bienes terminará a la entrega de los mismos, respecto o bajo cualquier otra disposición, de acuerdo con las órdenes o recomendaciones que reciba. 1.21. El AGENTE DE CARGA podrá exigir la inspección de las mercancías al finalizar cada cargo y solicitar del CLIENTE o de la persona que reciba las mercancías, de acuerdo con lo estipulado en este contrato y en las instrucciones particulares de cada uno caso, un documento en el cual se declaren recibidas a satisfacción y se renuncie a cualquier reclamación en contra del AGENTE DE CARGA. 1.22. EL AGENTE DE CARGA, no está obligado a verificar la autenticidad o autoridad de los espacios firmantes de cualquier comunicación, instrucción o documento que afecte la disposición de las mercancías. Siendo estricta responsabilidad del CLIENTE darle la información de quiénes serán los firmantes y con qué documento serán identificados. 1.23. En caso que ninguna persona se presente a recibir la mercancía y el AGENTE DE CARGA se vea obligado a hacerlo, el CLIENTE asumirá toda la responsabilidad por el vencimiento de los términos legales o contractuales de reclamación al transportista por pérdidas o averías de las mercancías o por retrasos en la entrega. 1.24. Si por cualquier motivo no puede hacerse la entrega o exista discrepancia sobre las condiciones en que ésta deba hacerse o sobre la persona legitimada para recibir las mercancías, el AGENTE DE CARGA podrá recibirlas y devolverlas, depositarlas o tomar cualquier otra medida precautoria x xxxxx del CLIENTE, del destinatario y del propietario de las mercancías, en forma solidaria. Igualmente podrá disponer de las cosas fungibles o susceptibles de daño por su naturaleza o estado. 1.25. El AGENTE DE CARGA no será responsable por retrasos en la entrega de las mercancías. Cualquier reclamo por este concepto, deberá formularse en presencia del transportista, a excepción de la prestación de servicios con modalidad principal. 1.26. El CLIENTE será el único responsable por todos los gastos en que se van arrendarincurra ya sea por multas, demoras, almacenajes, daños, perjuicios y demás gastos que se generen. 2. Este informe De las modalidades de servicios: 2.1. EL AGENTE DE CARGA, deberá contar proveer sus servicios ya sea como principal o como agente. 2.2. Se entiende que de manera general el AGENTE DE CARGA actúa en su calidad de Agente. 2.3. Se entiende que el AGENTE DE CARGA presta sus servicios como Principal cuando: 2.3.1. Cuando realice cualquier transporte, manejo o almacenamiento de Bienes, pero sólo cuando el transporte lo realiza el mismo AGENTE DE CARGA, con bienes propios,, subcontratados o de terceros, y los Bienes están bajo custodia y control real de estos. 2.3.2. Cuando EL AGENTE DE CARGA contrata con el registro fotográfico CLIENTE bajo la figura legal de cada espacio Operador de Transporte Multimodal; 2.3.3. Cuando el AGENTE DE CARGA lo acepte expresamente y por escrito. 2.3.4. La figura de Principal sólo se actualizará respecto a adjudicarla parte del servicio prestada directamente por el AGENTE DE CARGA, por sus propios medios o empleados, sin considerar las demás partes contratadas por terceros. 2.4. Cuando el AGENTE DE CARGA funge como Agente, tiene la autoridad del CLIENTE para realizar y proponer contratos a su nombre, realizando tales actos en todos los sentidos, no obstante cualquier desviación de las instrucciones del CLIENTE. 2.5. El AGENTE DE CARGA deberá, a solicitud del CLIENTE, proporcionar evidencia de cualquier contrato firmado como agente del CLIENTE. En caso de que no cumpla con la obligación de proporcionar dicha evidencia, se considerará que el AGENTE DE CARGA firmó el contrato con el CLIENTE en papel de principal para el desempeño de las instrucciones del mismo. 2.6. El AGENTE DE CARGA, que acepte expresamente fungir como principal en cualquiera de sus servicios, tendrá plena libertad de desempeñar esos servicios por sí misma, o para subcontratar en cualquier término todos o una parte de tales servicios 2.7. Si el AGENTE DE CARGA funge como principal respecto al transporte de los bienes o mercancías por cualquier modalidad (terrestre, aérea o marítima), se emite la siguiente notificación: si el transporte involucra un destino final o parada en un país diferentes al país de salida podrán aplicarse las diversas Convenciones de la Haya (para el caso de transporte marítimo) y xx Xxxxxxxx, que respectivamente rigen, y en la mayoría de los casos limitan, la memoria descriptivaresponsabilidad de los transportistas respecto a la pérdida o daño al cargamento. De igual manera, la indicación se estipula que las partes se sujetan al contenido del clausulado del documento de transporte (guía aérea, carta porte, conocimiento de embarque u otro), que el AGENTE DE CARGA emita en su función de principal. 1. EL CLIENTE deberá cumplir con las normas locales e internacionales que regulan el transporte de mercancías peligrosas y en todo caso informar por escrito al AGENTE DE CARGA acerca de la Infraestructura Pública naturaleza exacta del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadopeligro.

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Samples: Condiciones Generales De Comercio Y Contratación

CONDICIONES ESPECIALES. o El plazo del contrato de arrendamiento será de veinticuatro meses (dos años) calendario, contado desde la suscripción del contrato, o hasta que el bien inmueble objeto social del postor debe referirse arrendamiento sea enajenado por parte del ISSFA, en dicho caso bastará la notificación realizada por el instituto con 3 meses de acuerdo al desarrollo o promoción de actividades de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido artículo 31 de la finalidad prevista Ley de Inquilinato. o Cuando el arrendatario deseare dar por la municipalidad. El postor deberá adjuntar terminado el contrato de arrendamiento en un plazo menor al establecido, notificará al arrendador con (30) treinta días mínimo de dos (02) constancias emitidas por Municipalidadesanticipación, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados de acuerdo a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto lo establecido en el artículo No. 31 de la convocatoria Ley de Inquilinato. Cabe anotar también que con noventa (90) días antes del vencimiento del contrato, cada parte podrá notificar a la otra su voluntad de no renovar el mismo; caso contrario este se entenderá automáticamente renovado por un período no menor a dos (periodo igual, de conformidad con el artículo 368 de la Resolución RE-SERCOP-2016-0000072, en este hecho suscribirán un nuevo contrato de arrendamiento, considerando: 1) el cálculo del arriendo mediante los Artículos 17 y 18 de la Ley de Inquilinato y 2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por con el mismo postor, por sus En aplicación del principio incremento de libre competencia, se considera un porcentaje que se cumple con tomará en cuenta en base al índice de inflación anual que establezca el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC. o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En caso de pérdidas, roturas o deterioros de alguna de las partes del bien inmueble, el futuro arrendatario se compromete a reemplazarlas con otros u otras de igual clase y calidad, exceptuándose únicamente el deterioro que el postor sea provenga del normal uso del bien inmueble. o El local No. 43 no dispone de una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe conexión de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadoagua potable.

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Samples: Lease Agreement

CONDICIONES ESPECIALES. a. Responsabilidad del supervisor: 1. El objeto social supervisor además ejecutará sus operaciones con la debida diligencia en el desarrollo del postor debe referirse proyecto y mantendrá relaciones satisfactorias con otros grupos, contratistas y sub-contratistas que ejecuten trabajos en las diversas áreas del proyecto. 2. Es además convenido que el supervisor, en la prestación de los servicios motivo del contrato, actuará de acuerdo al desarrollo o promoción de actividades de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido mejor interés de la finalidad prevista Alcaldía Municipal del Distrito Central durante el trabajo de construcción y su comportamiento será guiado por normas generalmente aceptadas de conducta profesional, cualquier acto del supervisor que afecte los intereses de la Municipalidad podrá ser sancionado con multas equivalentes al costo que se incurra por dicha afectación y de acuerdo al tipo de error la Municipalidad podrá rescindir el contrato como lo especifica los Criterios Generales del Contrato. 3. El supervisor no podrá emplear servicios de profesionales y técnicos que estén trabajando en oficinas públicas o entidades autónomas. 4. Se conviene que el supervisor no asignará, pignorará, transferirá, sub-contratará, cederá sus derechos a recibir pagos, ni efectuará transacciones sobre el contrato o cualquier parte del mismo, así como derechos, reclamos y obligaciones del supervisor derivados del contrato, a menos que tenga el consentimiento por escrito de la Municipalidad, no pudiendo ser en todo caso la suma de todos los sub-contratos mayor de treinta por ciento (30%) del contrato principal. 5. El supervisor no podrá retener por más xx xxxx (10) días calendario la documentación referente al pago de valuaciones mensuales de obras y reconocimiento de mayores costos reclamados o solicitados por el constructor de las obras (cuando corresponda) y deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el contrato y será responsable ante el mismo contratista por el monto de los valores reclamados en ese concepto si por su culpa, negligencia u otras causas a ellos imputables, la Municipalidad no toma en consideración la solicitud del contratista. 6. El supervisor deberá revisar y firmar las Valuaciones Mensuales de Obras del contratista, dentro de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días calendario contados a partir de la fecha de su presentación, sino lo hiciera así dentro del mismo plazo, deberá informar por escrito a la AMDC, dando las razones de su actitud y dejando constancia de la fecha en que procederá a firmar dicho documento de pago o exponiendo los requisitos que el contratista debe cumplir previamente para proceder con el trámite señalado. 7. El supervisor tendrá la responsabilidad de la supervisión de todo el trabajo en conexión con éste proyecto, de acuerdo con los planos, especificaciones y documentos del mismo, previamente aprobados por la municipalidadMunicipalidad. En cualquier otro caso no cubierto por los documentos aprobados, el supervisor se adherirá a las normas de ingeniería generalmente aceptadas utilizadas en proyectos similares. 8. El postor deberá adjuntar un mínimo supervisor acuerda que todos los bienes no fungibles con valor superior a cien lempiras (L. 100.00) adquiridos con fondos del proyecto pasarán a ser propiedad de dos (02) constancias emitidas la Municipalidad a la terminación del contrato, sin perjuicios a efectuar transferencias parciales al finalizar físicamente cualquier sección del proyecto. En caso que estos bienes no se devuelvan a la Municipalidad, estos serán pagados por Municipalidadesel supervisor al valor del costo, Gobiernos Localestomando en cuenta la depreciación que para tal efecto tienen establecidos los reglamentos del Ministerio de Finanzas. Los bienes con valor menor o igual a L. 100.00, Ayuntamientosno estarán sujetos a devolución. 9. Al fin de coordinar y discutir criterios y establecer si los trabajos se están ejecutando de acuerdo con lo establecido en estos términos de referencia, organismos públicos descentralizados el supervisor se compromete a estosconvocar a reuniones de trabajo al menos una vez al mes o como fuere necesario o bien, u otros similarescuando la Municipalidad lo ordene. A dichas reuniones asistirán el coordinador del proyecto, nacionales o extranjeroslos representantes que la Municipalidad designe; el supervisor mismo y por parte del contratista sus representantes respectivos. Durante estas reuniones el supervisor presentará a la AMDC una evaluación descriptiva y gráfica del avance de los trabajos y su relación con el programa de trabajo aprobado. Se discutirán, además, problemas que acrediten se hayan presentado en la realización de actividades iguales/similares los trabajos y si ellos hubieron causado alguna demora, solicitará al objeto contratista el respectivo ajuste del programa de trabajo para su posterior revisión y en su caso aprobación. El supervisor a su vez hará una exposición de la convocatoria por un período no menor forma como se realizarán los trabajos inmediatos y someterá a dos (2) añosconsideración de la AMDC decisiones técnicas y administrativas de importancia relevante para el buen éxito y finalización del proyecto en el tiempo programado. 10. Se considerará experiencia válida El supervisor apoyará con logística, vehículos y otros a la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera AMDC para realizar inspecciones conjuntas en los sitios que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” desarrollan los trabajos o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares recorrer las áreas que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En caso de que el postor sea una empresa no domiciliada en el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico de cada espacio a adjudicar, la memoria descriptiva, la indicación de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadorequieran diseños.

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Samples: Supervisión De Obras Exteriores

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social 5.1 Bajo todos los Convenios están incluidos policías particulares, trabajadores contratados y/o practicantes y/o eventuales, y/o miembros del postor debe referirse Ejército y la Policía y/o trabajadores en base a honorarios profesionales y/o comisionistas y/o transportistas y/o vendedores libres, personal de terceros al desarrollo o promoción de servicio del asegurado y en general cualquier trabajador que desarrolle actividades de intermediación turística que garanticen para el cumplimiento debido de la finalidad prevista por la municipalidad. El postor deberá adjuntar un mínimo de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales o extranjeros, que acrediten la realización de actividades iguales/similares al objeto de la convocatoria por un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida la obtenida por el mismo postor, por sus En aplicación del principio de libre competencia, se considera que se cumple con el requisito del objeto social incluso cuando la redacción del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”, “promocionar”, “implementar”, “realizar” o “explotar” actividades turísticas, información turística, desarrollo turístico, desarrollo de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. asegurado. 5.2 En caso de que huelgas, paros bancarios, domingos y feriados se duplicará el postor sea una empresa no domiciliada en límite asegurado por el país: deberá contar con una sucursal inscrita en los Registros Públicos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe tiempo de Valuación por metro cuadrado, respecto de cada uno la huelga o paro. 5.3 Se amplía la cobertura de los espacios que se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico convenios IV y V a la falsificación de cada espacio a adjudicarcheques, la memoria descriptivaboletas de depósito, la indicación cheques de la Infraestructura Pública del Entorno y el Método gerencia, guías de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado entrega y/o un Arquitecto Colegiadoxx xxxxxxx . 5.4 Para los casos de traslado de dinero para pago de planillas entiende todo el proceso que dure el pago incluyendo conteo, ensobrado y pago final. 5.5 Para los caso de traslado de dinero y/o valores, si la línea aérea y/u cualquier otro medio de transporte se ve forzado a desviarse o hacer paradas técnicas por problemas meteorológicos, fallas técnicas o cualquier otro motivo de fuerza, la materia del seguro se encuentra en cobertura todo el tiempo de dicha demora hasta el lugar de destino incluyendo el conteo, ensobrado y pago final hasta US$ 5,000 5.6 Bajo el convenio III se cubren los tránsitos de dinero y/o valores del Poder Judicial realizados por funcionarios a sus domicilios y/o viceversa hasta US$ 1,000 5.7 La cobertura bajo el convenio III se extiende a cubrir cualquier traslado dentro del territorio nacional entre locales y/o lugares donde el cliente realice operaciones propias del giro. El postor deberá adjuntar una declaración precisando Asimismo, bajo esta cobertura se cubren los trasladados que el porcentaje asegurado y/o personal autorizado por el asegurado realice en vehículos contratados en la vía pública hasta US$ 10,000. 5.8 La convenios II y III cubren toda pérdida, destrucción o desaparición de dinero y/o valores, sin que la utilidad neta mensual cobertura sea limitada a solo robo con fractura y/o asalto. 5.9 Se excluye limitación de que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensualdinero esté guardado en Caja Fuerte para el Convenio II, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado mientras este se encuentre en el punto 3.4.10conteo o manipuleo necesario. 5.10 No se incluirá ninguna cláusula de Garantía, descripción de seguridad, normas mínimas de control u otras limitaciones en la póliza sin previo acuerdo escrito con el Asegurado. 5.11 Se deja constancia que la base de valorización de las existencias en caso de siniestro será según su valor de reposición. 5.12 No se rechazaran siniestros por declaración extemporánea siempre y cuando no constituya una agravación del riesgo para la aseguradora. 5.13 Se cubre el dinero y/o valores en poder de empleados autorizados cuando por motivos de trabajo estos deban efectuar viajes a provincias y se vean obligados a guardar el dinero y/o valores en las habitaciones del hotel y/o locales similares donde se hospeden, hasta US$ 5,000 5.14Las normas mínimas de control se incluyen como recomendaciones. Se precisa que 5.15Bajo los Convenios II y III se considerarán “similares” incluye el costo de reposición de cheques y/o letras y/u otros documentos bancarios. 5.16Bajo el Convenio III se cubren los tránsitos realizados por funcionarios y/o personal autorizado y/o vendedores/cobradores a las constancias sus domicilios y/o viceversa cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública el caso lo amerite, hasta US$ 2,500. 5.17Se cubren los siniestros cuyo origen u ocurrencia se remonten a la vigencia o por ente privado encargado (por mandato legalcontrato anterior, concesión, delegación pero cuyo reclamo o contrato) y cuya competencia abarque conocimiento se presente en la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadovigencia actual.

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Samples: Public Procurement Agreement

CONDICIONES ESPECIALES. El objeto social 1. Cuentas corrientes en Moneda Nacional y Extranjera. a) La apertura de una cuenta corriente se considerará autorizada por la simple aceptación del postor debe referirse al desarrollo o promoción de actividades de intermediación turística que garanticen el cumplimiento debido depósito inicial. b) Los retiros de la finalidad prevista por cuenta serán realizados a través de cheques en la municipalidadmoneda de la misma o en efectivo. El postor deberá adjuntar un mínimo Cliente podrá también solicitar la emisión de dos (02) constancias emitidas por Municipalidades, Gobiernos Locales, Ayuntamientos, organismos públicos descentralizados a estos, u otros similares, nacionales giros o extranjeros, que acrediten transferencias en la realización de actividades iguales/similares al objeto moneda de la convocatoria por cuenta, reservándose el Banco la facultad de cumplir dichas órdenes, independientemente de que existan o no fondos en la cuenta. En el Tarifario se incluyen los costos de chequeras, emisión de letras y de giros o transferencias. Los mismos podrán ser modificados de acuerdo a lo previsto en la cláusula 10.2 del Capítulo I. c) En caso que el Banco clausure la cuenta, podrá enviar al Cliente a la última dirección informada, un período no menor a dos (2) años. Se considerará experiencia válida cheque o giro en la obtenida moneda de la cuenta por el mismo postor, por sus En aplicación del principio último saldo existente (previa deducción de libre competencia, se considera que se cumple los gastos correspondientes incluidos en el Tarifario o previamente pactados con el requisito Cliente). d) En cualquier momento el Banco podrá copiar en cualquier medio de reproducción (microfilm, etc.) todos los cheques, pudiendo devolver, a su solo arbitrio, los originales al Cliente, dentro de los primeros cinco días hábiles bancarios de cerrado el período mensual fijado por el Banco, para la cuenta en cuestión. Las constancias del objeto social incluso cuando la redacción medio que corresponda constituirán plena prueba respecto del objeto social utilice otros verbos tales como “desarrollar”pago por el Banco, “promocionar”fecha, “implementar”importe, “realizar” o “explotar” actividades turísticasfirma y todo elemento material del cheque, información turística, desarrollo turístico, desarrollo las que serán valoradas de quipos o tecnología para usos turísticos o haga referencias acuerdo a otras actividades similares que correspondan a clasificaciones CIIU coherentes. Los ejemplos anteriores son únicamente ilustrados pero no limitativos. representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. En tales casos se deberá presentar además los documentos que acrediten la existencia las constancias del vínculo con sus representantes, matriz, socios comerciales, franquiciantes, licenciamientos marcarios u otras marcas vinculados comercialmente con el postor. medio utilizado. e) En caso de solicitar el cierre de la cuenta o ser notificado de su suspensión, cierre o clausura, el Cliente se compromete a devolver al Banco todos los cheques no usados hasta esa fecha. f) En el caso eventual de que la cuenta corriente registre un saldo deudor, el Cliente deberá abonar intereses calculados a la tasa mensual en concepto de interés punitorio que se prevé en el Tarifario y que podrá ser modificada de acuerdo a lo pactado en la cláusula 10.2 b) del Capítulo I, hasta la cancelación total del descubierto, cancelación que el postor sea una empresa no domiciliada Cliente queda obligado a efectuar dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes de producido el saldo deudor. En todo caso, la tasa de interés por sobregiro en cuenta corriente será establecida en el país: deberá contar con estado de cuenta que reciba el Cliente en la oportunidad que corresponda. g) El Banco está autorizado a determinar a su criterio cuáles son los cheques a pagar, sin tomar en consideración su fecha u orden cronológico de su recibo. 2. Depósitos a la Vista. a) La apertura de una sucursal inscrita cuenta a la vista se considerará autorizada por la simple aceptación del depósito inicial. Adicionalmente, cuando se trate de Clientes personas físicas, las personas que no sepan o no puedan firmar podrán igualmente abrir sus depósitos y/o cajas de ahorro y efectuar retiros de fondos para lo cual estamparán en los Registros Públicos documentos del Perú. El postor deberá adjuntar un Informe caso su impresión digital en presencia y con la certificación de Valuación por metro cuadradodos testigos, respecto de cada uno de los espacios cuales firmará además por el interesado. b) Los saldos mantenidos en las cuentas cajas de ahorro o depósitos a la vista tanto en moneda nacional como moneda extranjera, no son transferibles. 3. Depósitos a Plazo Fijo. a) Todos los depósitos a plazo constituidos por el Cliente en el Banco, cualquiera fuera la especie de moneda, se entienden intransferibles. Los depósitos se entenderán transferibles solo en los casos en que ello se van arrendar. Este informe deberá contar con el registro fotográfico establezca a texto expreso. b) Las condiciones de cada espacio a adjudicardepósito (capital, la memoria descriptivaplazo, la indicación tasa de interés, renovaciones, etc.) serán las estipuladas en el documento o comprobante que emitirá el Banco, en ejecución de la Infraestructura Pública solicitud del Entorno y Cliente. c) Ningún depósito podrá ser retirado total o parcialmente, antes del vencimiento del plazo estipulado. d) Al vencimiento del depósito, el Método capital más sus correspondientes intereses quedarán a disposición del Cliente. e) El Banco no está obligado a enviar avisos de Valuación aplicado, debiendo estar suscrito por un Ingeniero Civil Colegiado y/o un Arquitecto Colegiado. El postor deberá adjuntar una declaración precisando el porcentaje de la utilidad neta mensual que ofrece y el monto de la contraprestación mínima mensual, los cuales deben ser igual o mayor que lo indicado en el punto 3.4.10. Se precisa que se considerarán “similares” a las constancias cuando cumplan concurrentemente con las siguientes condiciones:  Hayan sido emitidas por entidad pública o por ente privado encargado (por mandato legal, concesión, delegación o contrato) y cuya competencia abarque la promoción de actividades turísticas, sean de alcance nacional, regional o local.  Permitan identificar indubitablemente al emisor y al sujeto certificadovencimientos.

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Samples: Banking Services Agreement