CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. La adjudicación recaerá sobre la oferta que se ajuste a lo solicitado, ofrezca el precio más económico, y resulte más conveniente para la satisfacción de los intereses de la UNLP, producto de una evaluación integral de todas las características de la oferta.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. La adjudicación recaerá sobre la oferta que se ajuste a lo solicitado, ofrezca el precio más económico, y resulte más conveniente para la satisfacción de los intereses de la UNLP, producto de una evaluación integral de todas las características de la oferta. Asimismo, resultan de aplicación la Ley Nº 25.551 de “Compre Trabajo Argentino” y su reglamentación Decreto Nº 1.600/02 y normas complementarias, así como la Ley Nº 25.300 de “Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa” y sus normas complementarias.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. El Poder Judicial de Santiago del Estero se reserva el derecho de seleccionar, de las ofertas presentadas, el inmueble que por sus características generales cumpla adecuadamente con los requisitos establecidos en las Especificaciones Técnicas y los Criterios de Evaluación que se detallan más abajo. De considerarlo necesario, la Oficina de Asesoramiento Técnico del Poder Judicial podrá solicitar y el oferente deberá suministrar, información o documentación adicional correspondiente al inmueble (como planos, fotos, etc.), además deberá coordinarse una inspección al objeto de las ofertas a los efectos de elaborar un informe técnico que será determinante para la evaluación de las mismas. El Poder Judicial de Santiago del Estero evaluará las ofertas de inmuebles en base a los siguientes criterios:  Precio de venta  Informe técnico  Flexibilidad necesaria para adaptar el inmueble a los usos previstos  Puntaje que resulta de aplicar la tabla del Anexo 1. Dicho puntaje resulta de la sumatoria de los puntajes de multiplicar los factores de ponderación y parámetro de las características analizadas, a saber:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. A los fines de analizar las ofertas, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los aspectos formales en la presentación de las ofertas, la calidad y antecedentes de los oferentes, el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas, la calidad de los bienes ofertados y su relación con el precio ofrecido. Asimismo, a los efectos del orden de mérito y/o precalificación de ofertas, constituirán elementos de juicio suficiente para recomendar la desestimación de una oferta, los antecedentes de incumplimientos en esta Universidad. De conformidad con lo establecido en el Art. 15 del Decreto Nº 1023/2001 “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, la UNCUYO se reserva el derecho de adjudicar o no los bienes y/o servicios cotizados, en función de lo que le resulte más conveniente a sus intereses (prestaciones, antecedentes, precio, etc.), pudiendo utilizar un único criterio o una combinación de ellos para tomar su decisión.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS. La adjudicación recaerá sobre la oferta que se ajuste a lo solicitado, ofrezca el precio más económico, y resulte más conveniente para la satisfacción de los intereses de la Universidad Nacional del Comahue, producto de una evaluación integral de todas las características de la oferta.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.