ASESORAMIENTO TÉCNICO. La empresa adjudicataria prestará asesoramiento y consultoría con respecto a las materias y cuestiones relativas al servicio. Por consiguiente, si variase la legislación y normas vigentes sobre este tipo de instalaciones y/o servicios, la empresa adjudicataria lo comunicará por escrito y junto con un presupuesto detallado de las modificaciones necesarias a fin de adaptar la instalación a la nueva legislación para el conocimiento y adaptación de instalaciones de CASA AMÉRICA, así como todas las actualizaciones necesarias para las gamas de mantenimiento. Asimismo, cuando haya que realizar o se realicen modificaciones o ampliaciones en las instalaciones incluidas dentro del alcance del contrato, el adjudicatario deberá facilitar el personal y medios necesarios para efectuar las correspondientes mediciones, comprobaciones, planos y presupuestos correspondientes. También emitirá cuantos informes se les solicite referentes a las instalaciones objeto de este pliego. El adjudicatario al inicio del contrato deberá actualizar digitalmente toda la documentación, inventarios y planos de las instalaciones objeto del contrato. Como parte de la proactividad que se requiere del adjudicatario, éste, durante la ejecución del contrato, podrá y deberá proponer actuaciones para favorecer la eficiencia energética de las instalaciones
ASESORAMIENTO TÉCNICO. El adjudicatario presentará en el informe anual una propuesta de actuaciones de mejora con los siguientes criterios: En el caso de instalaciones, que aún cumpliendo la normativa, sea recomendable su modernización en aras a mejorar sus prestaciones, se propondrán las actuaciones de mejora debidamente justificadas y valoradas. El adjudicatario prestará Asesoramiento Técnico cuando le sea requerido por el Ayuntamiento en la revisión de nuevas instalaciones de edificios municipales para su recepción, presentando informe de dicha revisión. Igualmente, el adjudicatario prestará Asesoramiento Técnico cuando le sea requerido por el Ayuntamiento en la revisión de Proyectos de nuevos edificios y/ o nuevas instalaciones, presentando informe de dicha Revisión.
ASESORAMIENTO TÉCNICO. Asesoramiento técnico permanente en cuantas cuestiones relacionadas con la política deportiva municipal se considere conveniente contar con esta asistencia, y especialmente en lo referente a la planificación y programación de actividades deportivas por parte del Ayuntamiento. Estos servicios se prestarán de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego de prescripciones técnicas, en el de cláusulas administrivas particulares y en la oferta presentada por el adjudicatario.
ASESORAMIENTO TÉCNICO. El licitante se compromete a presentar todo el asesoramiento técnico requerido, tanto para el uso del equipo como para su mantenimiento y reparación. Asimismo deberá especificar claramente en su propuesta en que consistirá dicho asesoramiento (asesoramiento permanente para los usuarios, cursos de capacitación para operadores y mecánicos, etc.). El precio de este servicio se considerará incluido en el precio de la oferta.
ASESORAMIENTO TÉCNICO. La adjudicataria prestará asesoramiento y consultoría a Servicio de Educación con respecto a las materias y cuestiones relativas las instalaciones de climatización. La empresa mantenedora realizará un análisis y evaluación periódica del rendimiento de los equipos generadores de frío en función de su potencia térmica nominal, midiendo y registrando los valores, de acuerdo con las operaciones y periodicidades de la tabla 3.3 de la Instrucción Técnica IT 3. Mantenimiento y uso del REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. La empresa mantenedora asesorará al titular, recomendando mejoras o modificaciones de la instalación así como en su uso y funcionamiento que redunden en una mayor eficiencia energética, de acuerdo con la IT 3.4.4 de la Instrucción Técnica IT 3. Mantenimiento y uso del REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Si variase la legislación y normas vigentes sobre este tipo de instalaciones, la Empresa Mantenedora lo comunicará por escrito y junto con un presupuesto detallado de las modificaciones necesarias a fin de adaptar la instalación a la nueva legislación al Servicio de Educación para su conocimiento y adaptación dentro de las competencias tal como recoge la Ley Orgánica 2/2006, de 3 xx xxxx, de Educación en su Disposición Adicional Decimoquinta apartado 2. “La conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial, corresponderán al municipio respectivo.” Este asesoramiento y asistencia técnica será realizado sin coste adicional para el Excmo. Ayuntamiento de Valencia. Actualizar y gestionar la documentación técnica legalizada, requerida por los organismos oficiales en materia de instalaciones de climatización.
ASESORAMIENTO TÉCNICO. La adjudicataria prestará asesoramiento y consultoría al Departamento de Mantenimiento del Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx con respecto a las materias y cuestiones relativas las instalaciones de Electricidad y Telecomunicaciones. La empresa mantenedora realizará un análisis y evaluación periódica del rendimiento de los equipos en función de su potencia térmica nominal, midiendo y registrando los valores, de acuerdo con las operaciones y y periodicidad establecidos en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. La empresa mantenedora asesorará al titular, recomendando mejoras o modificaciones de la instalación así como en su uso y funcionamiento que redunden en una mayor eficiencia energética,. Si variase la legislación y normas vigentes sobre este tipo de instalaciones, la Empresa Mantenedora lo comunicará por escrito y junto con un presupuesto detallado de las modificaciones necesarias a fin de adaptar la instalación a la nueva legislación al Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx para su conocimiento y adaptación dentro de sus competencias. Este asesoramiento y asistencia técnica será realizado sin coste adicional para el Consorcio de la Zona Xxxxxx xx Xxxxx. Actualizar y gestionar la documentación técnica legalizada, requerida por los organismos oficiales en materia de instalaciones de Electricidad y Telecomunicaciones.
ASESORAMIENTO TÉCNICO. La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura se compromete a prestar el asesoramiento técnico necesario para la creación y puesta en funcionamiento de la Escue- la de Infantil, así como impulsar la colaboración con los centros de la provincia que imparten el primer ciclo de la Educación Infantil. En ese sentido se dará el soporte necesario para que el centro elabore los documentos institucionales y, sobre todo, la propuesta pedagógica esta- blecida y desarrollada en los artículos 5 y 6 de la Orden de 16 xx xxxx de 2008, por la que se establecen determinados aspectos relativos a la ordenación e implantación de las ense- ñanzas de Educación Infantil.
ASESORAMIENTO TÉCNICO a)- Analítica de tierras y xxxxx xxx xxxxx del campo hierba, inicialmente (dentro de los primeros 15 días naturales desde la firma del contrato), para determinar sus propiedades más relevantes en cuanto a su mantenimiento posterior, PH, C.E., salinidad, textura, etc., reflejándose los resultados en los informes correspondientes que se remitirán a los técnicos designados por la Concejalía de Deportes. Posteriormente y durante el mes de enero de cada año, se realizaran nuevos análisis relativos a todos los aspectos anteriores y de acuerdo con lo especificado en el plan de mantenimiento especificado por el adjudicatario, remitiéndose los informes a los técnicos designados por la Concejalía de Deportes. b).-Plan de mantenimiento anual de los campos, tanto de hierba artificial como natural, que será entregado dentro de los primeros 15 días naturales, a partir de la firma del contrato, y reflejará como mínimo las actuaciones relacionadas con los siguientes aspectos: - Abonados - Tratamientos fitosanitarios - Altura de siega - Labores especiales - Labores de acondicionamiento diario - Mantenimiento de los sistemas xx xxxxxx y drenajes - Resiembras y labores de reposición de daños por eventos desarrollados en los campos.
ASESORAMIENTO TÉCNICO. Entre las obligaciones de las empresas adjudicatarias se encuentra el asesoramiento técnico en las siguientes materias:
1. Seguridad de las instalaciones y adaptación a la normativa vigente.
2. Previsión de posibles problemas, averías o incidencias graves en las instalaciones.
3. Actualización del programa de mantenimiento a realizar en cada centro, indicando detalladamente los cambios y actualizaciones del inventario de los equipos a mantener en cada uno de los edificios, así como el tipo de mantenimiento y actividades a realizar en cada ocasión.
4. Propuestas de optimización para un mejor aprovechamiento y rendimiento económico de las instalaciones y de su eficiencia de funcionamiento.
5. Análisis y previsión de costes de reposición de instalaciones y cuadros de amortización.
6. Solicitud de permisos y licencias.
7. Preparación de presupuestos a solicitud del responsable de la ejecución del contrato sobre aspectos del mantenimiento de los edificios no incluidos en el contrato.
8. Cualesquiera otras tareas de gestión técnica necesarias para el adecuado mantenimiento de los edificios.
ASESORAMIENTO TÉCNICO. El adjudicatario deberá suministrar un servicio de asesoramiento y asistencia técnica que deberá incluir: ▪ Seguimiento de todos los servicios contratados por el AdL. ▪ Mantenimiento periódico de reuniones de seguimiento con los responsables del AdL. ▪ Proponer mejoras técnicas y económicas en los servicios contratados de acuerdo a los datos obtenidos de su utilización. ▪ Proponer la inclusión de nuevas tecnologías emergentes en los servicios contratados por el AdL. ▪ Proponer y confirmar la modificación de modelos de los equipos ofertados según lo especificado en el presente PPT. ▪ Entrega de los informes de gestión y atención de cualquier duda o aclaración sobre ellos. ▪ Atender cualquier consulta de naturaleza técnica sobre los servicios, dispositivos y sistemas relacionados con la prestación del servicio. Adicionalmente, el licitador proporcionará sin coste adicional, servicios de diseño, ingeniería y planificación en todo lo que corresponda a los servicios objeto de este contrato y dará respuesta a las peticiones de soporte por parte del personal del AdL en todas aquellas tareas relacionadas con el diseño, dimensionado y definición de arquitecturas de red y estudios de viabilidad para la provisión de nuevos servicios o servicios especiales no contemplados dentro del catálogo inicial, definiendo la solución técnica más eficiente en cada caso.