Ejecución presupuestaria. La reserva presupuestaria de los créditos deberá realizarse por cada habilitación, en el momento que se realice la orden de provisión al proveedor. En este caso, y por cada orden de provisión, las habilitaciones deberán contar con crédito presupuestario suficiente sin perjuicio de poder realizar compensaciones y refuerzos correspondientes y realizar el compromiso correspondiente.
Ejecución presupuestaria. La ejecución presupuestaria observará los tiempos de realización efectiva de los ingresos, y cumplirá con los egresos de conformidad con las etapas de programación, establecimiento de compromisos, autorización de entrega de fondos, y pago de obligaciones exigibles.
Ejecución presupuestaria. Comprende el conjunto de acciones destinadas a la utilización de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presupuesto con el propósito de proveer los bienes y servicios en la cantidad, calidad y oportunidad previstos en el mismo”.
Ejecución presupuestaria. La ejecución presupuestaria comprende el conjunto de acciones destinadas a la utilización de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presupuesto, con el propósito de obtener los bienes y servicios en la cantidad, calidad y oportunidad previstos en el mismo. Para la ejecución presupuestaria de nuevos procesos no contemplados en el Plan Anual de Contratación 2024, aprobado por la Dirección General del IESS, deberán observarse las políticas de restricción del gasto contempladas en Resoluciones Nos. C.D. 621 y 642 de 22 de diciembre de 2020 y 15 de noviembre de 2021. De igual forma se observará, el Decreto Ejecutivo No. 457 de 18 xx xxxxx de 2022, mediante el cual el Presidente de la República expide los Lineamientos para la Optimización del Gasto Público.
Ejecución presupuestaria. Proceso de contrataciones. • Servicio de soporte técnico, mantenimiento y actualizaciones del software.
Ejecución presupuestaria. Acorde a la cláusula quinta del Convenio, la Subsecretaría transfirió a SERCOTEC la cantidad de $18.000.000.- (dieciocho millones de pesos) para el logro de los objetivos y desarrollo de las actividades establecidas en el mismo. La Transferencia de recursos se realizó en dos cuotas; La primera cuota xx xxxx millones de pesos ($10.000.000.-) se transfirió dentro de los treinta días corridos siguientes a la total tramitación del acto administrativo que dictó el Ministerio de Energía en aprobación del Convenio y, se imputó a los recursos contemplados en la Partida 24, Capítulo 01, Programa 05, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 006, Glosa N°05, de la Ley N° 21.125, de presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019; Una segunda cuota de ocho millones de pesos ($8.000.000.-) se transfirió dentro del mes de febrero de 2020 y se imputó a la Partida 24, Capítulo 01, Programa 03, Subtítulo 24, ítem 03, Asignación 003, Glosa N°6, de la Ley 21.192, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020. Tal como lo estipula la cláusula séptima, durante la ejecución del convenio se realizó una reunión de inicio, donde se capacitó a la Unidad de Gestión Financiera sobre el proceso de elaboración de rendiciones de cuentas, en particular sobre el uso del Sistema de Gestión de Convenios de la Subsecretaría de Energía. Mensualmente el profesional de la Unidad de Gestión Financiera realizó las rendiciones a la Subsecretaría, a través de un informe de rendición de cuentas, sobre el uso y destino de los recursos recibidos, de acuerdo a los términos señalados en la Resolución Nº 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, la Resolución Exenta Nº 55, de 2016, de la Subsecretaría de Energía, que aprueba la política y los lineamientos de rendición de cuentas de Convenios de transferencias, y demás normas vigentes o que en el futuro se dicten sobre la materia. Asimismo, para los meses informados sin movimientos o egresos (gastos) igualmente se indicaron en el informe de rendición de cuentas. El convenio contó con un presupuesto de $18.000.000.- (dieciocho millones de pesos) Acorde a la cláusula quinta del Convenio “Transferencia de recursos” la Subsecretaría se obliga a transferir a SERCOTEC aquella cantidad para el logro de los objetivos y desarrollo de las actividades del presente Convenio. Honorarios 13.300.000 74% Movilización, alimentación y alojamiento 338.530 2% Actividades de capacitación 1.668.650 9% Difusión 2.619.660 14,6% Material fungib...
Ejecución presupuestaria. La ejecución del Presupuesto y la ordenación de pagos, así como el régimen de transferencias de créditos, incorporaciones, fiscalización e intervención y demás operaciones de carácter presupuestarias y contables se regirán por lo dispuesto en la legislación de aplicación a la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha.
Ejecución presupuestaria. Proceso de contrataciones. Servicio anual de soporte técnico, mantenimiento y actualizaciones del software. Servicio de capacitación “In Company” hasta seis (6) usuarios.
Ejecución presupuestaria. La ejecución del programa presupuestario del BSTN refleja unos gastos en 2015 de 5,1 millones de euros, habiendo aumentado un 0,6 por ciento respecto a 2014. Los ingresos alcanzan, prácticamente, un millón de euros, disminuyen- do en este caso un nueve por ciento respecto al ejercicio anterior. El 50 por ciento de los gastos corresponde a bienes corrientes y servicios, el 47 por ciento a personal y el tres por ciento restante son inversiones. En cuanto a los ingresos, proceden prácticamente en su totalidad de la venta de componentes sanguíneos y productos derivados de la sangre, existiendo al- guna transferencia poco relevante recibida del Ministerio de Sanidad y Consu- mo e ingresos poco significativos originados por la distribución de tejidos a centros autorizados.
Ejecución presupuestaria. Los gastos e ingresos correspondientes al programa presupuestario del BSTN en el periodo 2011-2015 fueron los siguientes: Cap. 2011 2012 2013 2014 2015 % variación 2015/2011 % variación 2015/2014 1 Gastos personal 2.488.527 2.323.319 2.376.984 2.394.981 2.388.480 -4 -0,3