TRANSFERENCIA DE RECURSOS. El monto total del presente Contrato, detallado en la Cláusula Cuarta, será entregado a la Cooperativa de la siguiente forma:
a) A la firma del Contrato: para la adquisición de materiales la suma de $ 385.200,00 (PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOS CIENTOS), y para herramientas y libros de comercio, que en total representa la suma de Pesos $ 37.500,00 (PESOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS). Las partes acuerdan encomendar al Ente Ejecutor la compra de la totalidad de dichos bienes, por cuenta y orden de la Cooperativa.-
b) Mensualmente: las sumas correspondientes al rubro Mano de Obra que para la totalidad del contrato es de $ 513.840,00 (PESOS QUINIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA), conforme la modalidad acordada en el Convenio suscripto entre el Ente Ejecutor y la Unidad Ejecutora del Programa Argentina Trabaja, serán depositadas por el Ministerio en las cuentas bancarias individuales de cada uno de los asociados de la Cooperativa, en concepto de adelanto de excedentes. Antes de dicho depósito, la Cooperativa deberá presentar al Ente Ejecutor, del uno (1) al cinco (5) de cada mes, la siguiente documentación:
(a) Informe de Avance de Obra.-
(b) Detalle de la asistencia a la Obra de cada asociado de la Cooperativa, con total de jornadas de trabajo a liquidar en el mes y a ser depositadas en sus cuentas individuales, conforme lo expuesto al punto b).-
(c) Informe detallado de desvinculaciones e incorporaciones de asociados a la Cooperativa, con copia del instrumento social que las justifiquen.- El depósito mensual en concepto de adelanto de excedente a cada integrante de la Cooperativa no podrá superar la suma de Pesos Mil Doscientos ($1.200), exceptuando de este máximo mensual a los que tengan la PAG. 20 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1324 Nº 1324 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 61 El Convenio «Programa de Ingreso Social con Trabajo», suscripto el día 15 de Febrero de 2010, entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes; la Ordenanza Nº 5247/10; y los expedientes administrativos Nº 510-D-2010 y Nº 542-S- 2010; y Nº 1038-S-2010 Que, mediante Resolución Nº 3182/ 09 del Ministerio de Desarrollo Social, se creo el Programa de Ingreso Social con Trabajo, cuyo objeto es la promoción del desarrollo económico y la inclusión social, con generación de nuevos puestos de trabajo genuino con igualdad de oportunidades, fundado en el trabajo organizado y comunitario.- Que, como consecuencia de la implementación d...
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. El Servicio, cumpliendo lo establecido en la ley N°21.516, de Presupuestos Año 2023 para el Sector Público, referidos a transferencia al sector privado (específicamente Partida 29, Capítulo 03, Programa 01, subtítulo 24, ítem 01, asignación 210, glosa 05, 18, 20, 21), transferirá a la Fundación la suma única y total de La transferencia de recursos indicada en el párrafo precedente se realizará en la siguiente forma y oportunidades: La transferencia de los recursos a que se refieren los numerales anteriores deberá realizarse y administrarse en una cuenta corriente especialmente destinada para estos efectos. Lo indicado en el párrafo precedente será verificado en las rendiciones que se realicen mensualmente, las que deberán ser respaldadas a través de las respectivas cartolas, en que consten todos los movimientos de la cuenta corriente. Asimismo, la Fundación deberá acreditar, a través de los respectivos documentos fundantes, cada uno de los movimientos efectuados, permitiendo una oportuna, eficiente y transparente utilización y control de los fondos públicos que se transfieren en cumplimiento de la ley de presupuestos y del presente instrumento. Los recursos transferidos podrán financiar gastos destinados a programación, mantención, administración y/o funcionamiento de la entidad receptora, y deberán ser destinados al cumplimiento del objeto de este convenio, tal es la ejecución del programa de acciones, actividades y metas asociadas descritas en la cláusula primera del presente acuerdo. En dicho marco, la entidad receptora podrá sufragar los siguientes tipos de gastos:
a) Gastos de Operación: entendiendo por tales todos aquellos destinados a financiar las actividades objeto del presente convenio, en cuanto a su diseño, planificación, producción, realización, distribución, control y evaluación, entre otros: el arriendo de equipos, el arriendo de inmuebles, incluidos aquellos en que la Fundación desarrolle sus labores; impuestos territoriales, consultorías externas; la contratación de todo tipo de servicios, tales como servicios básicos, servicios gráficos, publicitarios, asesoría legal, de fotocopiado, de seguros, de transporte, de envío y correos, de mantención, de capacitación*, de selección de personal, de evaluación, de producción, de promoción, de reparación, de habilitación, notariales y bancarios; compra de útiles de aseo, insumos computacionales, artículos de escritorio; gastos de viajes en Chile y en el extranjero, incluyendo pasajes, alojamientos,...
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. El monto total del presente Contrato, detallado en la Cláusula Cuarta, será entregado a la Cooperativa de la siguiente forma:
a) A la firma del Contrato: para la adquisición de materiales la suma de $ 820.000,00 (PESOS OCHOCIENTOS VEINTE MIL), y para herramientas y libros de comercio, que en total representa la suma de Pesos $ 37.500,00 (PESOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS). Las partes acuerdan encomendar al Ente Ejecutor la compra de la totalidad de dichos bienes, por cuenta y orden de la Cooperativa.-
b) Mensualmente: las sumas correspondientes al rubro Mano de Obra que para la totalidad del contrato es de $ 513.840,00 (PESOS QUINIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA), conforme la modalidad acordada en el Convenio suscripto entre el Ente Ejecutor y la Unidad Ejecutora del Programa Argentina Trabaja, serán depositadas por el Ministerio en las cuentas bancarias individuales de cada uno de los asociados de la Cooperativa, en concepto de adelanto de excedentes. Antes de dicho depósito, la Cooperativa deberá presentar al Ente Ejecutor, del uno (1) al cinco (5) de cada mes, la siguiente documentación:
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. El monto total del presente Contrato, detallado en la Cláusula Cuarta, será entregado a la Cooperativa de la siguiente forma:
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. El Servicio, cumpliendo lo establecido en la Ley N° 21.289, de Presupuestos Año 2021 para el Sector Público, según lo señalado en la Partida 29, Capítulo 03, Programa 01, Subtítulo 33, Ítem 02, Asignación 029, se compromete a transferir la suma de $4.605.737.- (Cuatro mil seiscientos cinco millones setecientos treinta y siete pesos), a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO, quien los administrará y ejecutará, conforme a su normativa y para el único y exclusivo objetivo de financiar las iniciativas susceptibles de ser consideradas para invertir recursos del Programa Revitalización xx Xxxxxxx e Infraestructura Patrimonial Emblemática, que administra SUBDERE, conforme a lo señalado en la cláusula primera de este acuerdo de voluntades. La transferencia de recursos indicada en el párrafo precedente se realizará en UNA CUOTA, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la total tramitación de los respectivos actos administrativos aprobatorios del presente Convenio, junto con la carta de solicitud de transferencia. Esta transferencia se acreditará con el comprobante de ingreso de la entidad que recibe los recursos. ================================ La SUBDERE deberá disponer de los respectivos registros contables en SIGFE, de las transferencias realizadas y de las rendiciones aprobadas para el manejo de los recursos recibidos en virtud del mismo.
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. FEDERALES.- "LA SECRETARIA" transferirá recursos
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. El monto total del presente Contrato, detallado en la Cláusula Cuarta, será entregado a la Cooperativa de la siguiente forma:
a) A la firma del Contrato: para la adquisición de materiales la suma de $ 274.178,25 (PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS), y para herramientas y libros de comercio, que en total representa la suma de Pesos $ 37.500,00 (PESOS TREINTA Y SIETE MIL Definitiva de Obra y el Ente Ejecutor emitirá el Certificado correspondiente.-
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. “LAS PARTES” acuerdan que la entrega de los recursos, será en una ministración.
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. El ORGANISMO EJECUTOR transferirá a las cuentas informadas por LA PROVINCIA en la respectiva Carta Compromiso, recursos hasta la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($ 23.380.000.-). Los referidos recursos se componen con'PESOS DIECISIETE MILLONES OCHE TA MIL ($ 17.080.000.-) provenientes del, CONVENIO XX XXXXXXXX siendo estos fondos con cargo a la deuda nacional, y con fondos de Aporte Local del GOBIERNO NACIONAL hasta la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 6.300.000.-) .. La operación de los recursos provenientes del CONVENIO XX XXXXXXXX y el Aporte Local del GOBIERNO NACIONAL, será administrada de conformidad a la Resolución N° 45 de fecha 9 de diciembre de 2009 del MAGYP, sus reglamentarias, y lo dispuesto en el MANUAL OPERATIVO en los aspectos presupuestarios, contables y administrativos.
TRANSFERENCIA DE RECURSOS. SENDA transferirá los recursos a la entidad siempre que el acto administrativo que apruebe el presente convenio se encuentre totalmente tramitado y se haya presentado la Garantía que se indica en la cláusula décimo sexta. Los recursos serán entregados a la entidad en 7 parcialidades, distribuidas de la siguiente forma:
i. Una primera y única cuota el año 2021, correspondiente al 100% del presupuesto solicitado para el año 2021, por un máximo de $18.390.000, cuyo plazo de ejecución y rendición podrán ser hasta el día 31 xx xxxxx de 2022.
ii. La segunda, tercera y cuarta parcialidad serán transferidas durante el año 2022, cada una por un monto de $27.834.747.
iii. Una quinta parcialidad, que será transferida durante el año 2022, por un monto de $27.834.749.-
iv. Una sexta parcialidad correspondiente al 50% de lo solicitado para el año 2023, por un máximo equivalente a $27.175.485.
v. Una séptima parcialidad correspondiente al 50% de lo solicitado para el año 2023, por un máximo equivalente a $27.175.485. Presupuesto 2021 $18.390.000 Presupuesto 2022 $111.338.990 Presupuesto 2023 $55.350.970 Presupuesto Total $185.079.960 La primera parcialidad será entregada dentro de los quince días corridos siguiente a la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el convenio, previa entrega, por parte de la entidad seleccionada, de la caución o garantía indicada en la cláusula décimo sexta del presente instrumento, extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Desde la segunda y hasta la séptima parcialidad, éstas se entregarán previa aprobación del informe técnico de avance correspondiente y previa rendición financiera documentada de los recursos ya transferidos.