Ejecución del Acuerdo Marco Cláusulas de Ejemplo

Ejecución del Acuerdo Marco. La ejecución del Acuerdo Xxxxx se llevará a cabo mediante la adjudicación de Contratos Basados en el mismo, los cuales se realizarán a riesgo y xxxxxxx del contratista con sujeción a las cláusulas de este PCA y a las del PPT, siguiendo las instrucciones que para su interpretación dé el Órgano de Contratación. Se admitirá la cesión y la subcontratación del Acuerdo Marco y de los Contratos Basados en el mismo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 226 y 227 TRLCSP, previa autorización, recabada por la empresa adjudicataria, del órgano de contratación.
Ejecución del Acuerdo Marco. La ejecución del Acuerdo marco se llevará a cabo mediante la adjudicación de Contratos basados en el mismo, los cuales se realizarán a riesgo y xxxxxxx de los contratistas con sujeción a las cláusulas de este PCA y a las del PPT, siguiendo las instrucciones que para su interpretación dé el Responsable del Contrato o persona en quien delegue, así como las que se acuerden en el seno de la Comisión de Control y Supervisión Se admitirá la cesión y la subcontratación del Acuerdo marco y de los Contratos basados en virtud de lo dispuesto en los artículos 214 y 215 de la LCSP, previa autorización, recabada por la empresa adjudicataria, del Órgano de Contratación.
Ejecución del Acuerdo Marco. La ejecución del Acuerdo Xxxxx se llevará a cabo mediante la adjudicación de Contratos basados en el mismo, los cuales se realizarán a riesgo y xxxxxxx de los contratistas con sujeción a las cláusulas de este PCA y a las del PPT, siguiendo las instrucciones que para su interpretación dé el Responsable del Contrato o persona en quien delegue, así como las que se acuerden en el seno de la Comisión de Control y Supervisión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 214 de la LCSP, se admitirá la cesión del Acuerdo Marco, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: • Que el Órgano de Contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Dicha autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes. El plazo para la notificación de la resolución sobre la solicitud de autorización será de dos meses, trascurrido el cual deberá entenderse otorgada. • Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del Acuerdo Xxxxx. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso, aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal. • Que el cesionario cumpla los requisitos mínimos de capacidad y la solvencia exigidos en la anterior cláusula 8 y no esté incurso en una causa de prohibición de contratar con las entidades del sector público. • Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública De conformidad con lo dispuesto en el artículo 215 de la LCSP, se admitirá la subcontratación, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en dicho artículo.
Ejecución del Acuerdo Marco. La ejecución del Acuerdo Xxxxx se realizará a riesgo y xxxxxxx de la empresa adjudicataria, según lo dispuesto en el Art. 215 del TRLCSP.
Ejecución del Acuerdo Marco. La ejecución del Acuerdo marco se llevará a cabo mediante la adjudicación de Contratos basados en el mismo, los cuales se realizarán a riesgo y xxxxxxx de los contratistas con sujeción a las cláusulas de este PCA y a las del PPT, siguiendo las instrucciones que para su interpretación dé el Órgano de contratación. Se admitirá la cesión y la subcontratación del Acuerdo Marco y de los Contratos Basados en el mismo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 226 y 227 TRLCSP, previa autorización recabada por la empresa adjudicataria al órgano de contratación. No obstante, el subcontratista, en su caso, estará vinculado por las mismas obligaciones de confidencialidad que el adjudicatario del acuerdo xxxxx, respondiendo este de cualquier daño que como consecuencia del incumplimiento de la obligación de confidencialidad pueda incurrir la Entidad local.
Ejecución del Acuerdo Marco. Subsección A).- Disposiciones generales sobre la ejecución del Acuerdo Xxxxx.
Ejecución del Acuerdo Marco 

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  • Ejecución del Proyecto ARTÍCULO 4.01. Sistemas de gestión financiera y control interno. (a) El Beneficiario se compromete a mantener o, en su caso, a que el Organismo Ejecutor y la Agencia de Contrataciones, si la hubiere, mantengan controles internos tendientes a asegurar razonablemente, que: (i) los recursos del Proyecto sean utilizados para los propósitos de este Convenio, con especial atención a los principios de economía y eficiencia; (ii) los activos del Proyecto sean adecuadamente salvaguardados; (iii) las transacciones, decisiones y actividades del Proyecto sean debidamente autorizadas y ejecutadas de acuerdo con las disposiciones de este Convenio y de cualquier otro contrato relacionado con el Proyecto; y (iv) las transacciones sean apropiadamente documentadas y sean registradas de forma que puedan producirse informes y reportes oportunos y confiables.

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego que sirve de base al contrato, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato establecidas por la legislación vigente. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin que éste pueda solicitar alteración de los precios contratados, siendo a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Parlamento xx Xxxxxxx o a terceros por su ejecución. En particular, el adjudicatario no podrá deducir reclamación alguna fundada en circunstancias como la tasa de absentismo o en cualesquiera otros costes laborales que deba soportar para la ejecución del contrato. Estos y otros riesgos propios de la gestión empresarial serán de su cargo. El adjudicatario deberá facilitar un gestor del contrato, como persona de contacto entre el Parlamento xx Xxxxxxx y el adjudicatario para todas las gestiones relativas a la prestación del servicio y de las incidencias que pudieran surgir. Todo el personal trabajador por cuenta del adjudicatario deberá estar amparado por el correspondiente contrato de trabajo. Dicho personal no adquirirá relación laboral alguna con el Parlamento xx Xxxxxxx, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal de conformidad con la legislación laboral, sin que en ningún caso sea responsable el Parlamento xx Xxxxxxx de las obligaciones nacidas entre la empresa adjudicataria y sus empleados. El Parlamento xx Xxxxxxx podrá requerir al adjudicatario para que entregue el libro de matrícula del personal de su empresa destinado a desarrollar los trabajos contratados, así como copia de los partes de alta, baja o alteraciones de la Seguridad Social, y de las liquidaciones de las cuotas efectuadas a la Seguridad Social, modelos TC1 y TC2, o las que en el futuro puedan sustituir a los citados documentos. El personal del adjudicatario deberá contar con los conocimientos técnicos necesarios para la realización del objeto de contratación. El contratista responderá durante la ejecución del contrato de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir el mobiliario, enseres, material o cualquier elemento de las instalaciones o que les puedan ser ocasionadas a personas.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Es el término comprendido entre la Fecha de Inicio de Entregas, establecida en el numeral III de las Condiciones Particulares, y la Fecha de Terminación de la Ejecución del Contrato establecida en el numeral IV de las Condiciones Particulares.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10% del presupuesto del contrato. 2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las penalidades descritas en los párrafos anteriores.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • EJECUCION DEL CONTRATO La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.