Responsable del acuerdo marco. Al responsable del acuerdo marco le corresponde, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1 LCSP, supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que el órgano de contratación le atribuya. Asimismo, le corresponde al responsable del acuerdo marco proponer al órgano de contratación la adjudicación de los contratos basados.
Responsable del acuerdo marco. Objeto del Acuerdo marco.
Responsable del acuerdo marco. La responsable del Acuerdo marco es la secretaria de la Central de Contratación quien realizará las funciones establecidas en el artículo 52 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y, especialmente, velará por la correcta ejecución del Acuerdo marco y por la verificación del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa o empresas adjudicatarias a consecuencia de las ofertas presentadas en este Acuerdo marco.
Responsable del acuerdo marco. Cláusula 23 Modificación
Responsable del acuerdo marco. Se designará un responsable del acuerdo marco por parte de la entidad contratante, cuya identidad se comunicará a la adjudicataria una vez adjudicado el contrato, al que corresponderá supervisar la ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que se le atribuyan.
Responsable del acuerdo marco. El responsable del acuerdo marco, con las competencias específicamente referidas en el artículo 62 de la LCSP, será la persona titular, o quien la sustituya, de la Subdirección General de Contratación Centralizada de Tecnologías de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, como órgano proponente del expediente de contratación.
Responsable del acuerdo marco. 3.1 La persona responsable del Acuerdo marco es la Secretaria de la Central de Contratación que realiza las funciones establecidas en el artículo 62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) y, especialmente, vela por la correcta ejecución del Acuerdo marco y por la verificación del cumplimiento de las obligaciones asumidas por las empresas adjudicatarias en sus ofertas y que hayan sido determinantes de su selección en este Acuerdo marco.
3.2 El responsable del Acuerdo marco cuenta con la colaboración de las personas que sean designadas como responsables del seguimiento de la ejecución de los contratos basados por los diferentes organismos públicos contratantes, así como de los responsables de los respectivos contratos basados.
Responsable del acuerdo marco. Las facultades previstas en el artículo 52.1 TRLCSP relativas al Acuerdo Xxxxx serán ejercidas por la Subsecretaría de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, como Responsable del Acuerdo Marco, dirigiendo instrucciones al contratista por escrito, siempre que no se opongan a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente Xxxxxx y demás documentación de carácter contractual. El Responsable del Acuerdo Xxxxx, en sus facultades inspectoras, podrá tener acceso a las condiciones técnicas de ejecución del contrato, los requisitos para concurrir a su adjudicación o las obligaciones asumidas por el contratista en cuanto a su ejecución. Tendrá, además, las facultades indicadas en otros apartados del presente Xxxxxx y en el PPT y, en el desarrollo de sus funciones contará, cuando lo considere oportuno o preciso, con la colaboración de los responsables de los contratos basados del Acuerdo Xxxxx.
Responsable del acuerdo marco. 3.1 El responsable del Acuerdo marco es el Subdirector de Compras y Logística, ya que de conformidad con el artículo 19 del Decreto 63/2019, de 2 xx xxxxxx, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servei de Salut de les Xxxxx Balears, corresponde a la Subdirección de Compras y Logística:
a) Establecer la política de compras y aprovisionamiento del Servei de Salut.
b) Xxxxxxxxx, controlar y coordinar la planificación y la ejecución de la política de compras y logística del Servei de Salut.
c) Detectar las necesidades de adquisición de bienes y elaborar la propuesta de contratación anual de estos.
d) Elaborar los pliegos técnicos y el resto de la documentación necesaria para hacer la propuesta de contratación como órgano promotor de todos los suministros y de la farmacia hospitalaria dependiente del Servei de Salut.
e) Gestionar el aprovisionamiento de materiales.
f) Gestionar las existencias.
g) Gestionar el catálogo de productos y la homologación de estos.
h) Coordinar las comisiones y los comités técnicos de compras y logística.
i) Elaborar el presupuesto de compras y el reparto de este entre los centros gestores, y elevarlo a la Dirección General para que lo apruebe.
j) Ayudar a las gerencias en la toma de decisiones facilitándoles información e indicadores de gestión de las compras y de la logística en sus centros.
k) Realizar todo tipo de estudios relacionados con las compras en el Servei de Salut (condiciones generales xxx xxxxxxx, precios, consumos…).
l) Desempeñar, en general, todas las funciones que le atribuya la Dirección de Área de Coordinación Administrativa y las que se le deleguen expresamente.
3.2 La persona responsable del Acuerdo contará con la colaboración de las personas que sean designadas como responsables del seguimiento de la ejecución de los contratos basados, y del personal de las unidades de gestión económica y de contratación de cada destinatario del Acuerdo marco.
3.3 La persona responsable del Acuerdo marco debe ejercer las funciones establecidas en el artículo 62 de la LCSP y, especialmente, debe velar por la correcta ejecución de la prestación objeto del Acuerdo marco y por la verificación del cumplimiento de las obligaciones asumidas por las empresas adjudicatarias a consecuencia de las ofertas presentadas en la licitación de este Acuerdo marco.
Responsable del acuerdo marco. La unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria acuerdo marco corresponderá al Servicio de Gestión de Centros y Planificación de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas, siendo el responsable del acuerdo marco la persona que desempeñe la Jefatura del Servicio de Gestión de Centros y Planificación, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que le atribuya el órgano de contratación. En el desarrollo de sus funciones contará, cuando lo considere preciso, con la colaboración de los responsables de los contratos basados tramitados por los centros educativos. Para las comunicaciones por vía telefónica o correo electrónico con el contratista, la persona responsable del Acuerdo Marco podrá valerse de los colaboradores que designe entre el personal adscrito al servicio. El Servicio de Gestión de Centros y Planificación es la unidad administrativa encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del Acuerdo Marco. Para las relaciones con las empresas adjudicatarias, derivadas de la ejecución de los contratos basados tramitados por la Consejería de Educación, el Servicio de Gestión de Centros y Planificación utilizará la siguiente dirección y medios de comunicación: - Consejería de Educación Servicio de Gestión de Centros y Planificación Plaza de España 5, 3ª planta. 33007 Oviedo. Asturias - Teléfono: 985 10 86 97 - Correo electrónico: servi_centros@asturias.org Cualquier modificación en los anteriores medios de comunicación le será comunicada al contratista.