Eliminación de la doble imposición Cláusulas de Ejemplo

Eliminación de la doble imposición. 1. En España, la doble imposición se evitará bien de conformidad con las disposiciones de su legislación interna o de acuerdo con las siguientes disposiciones, de conformidad con la legislación interna española:
Eliminación de la doble imposición. 1. En Francia, la doble imposición se evitará de la siguiente manera:
Eliminación de la doble imposición. 1. Con sujeción a la legislación de Malasia relativa a la posibilidad de deducir del impuesto malasio los impuestos pagaderos en el extranjero, los impuestos españoles pagados con arreglo a la legislación de España y de conformidad con el presente Convenio por rentas obtenidas por un residente de Malasia y procedentes de España podrán compensarse con el impuesto malasio pagadero sobre dichas rentas. Cuando dichas rentas consistan en dividendos pagados por una sociedad residente de España a una sociedad residente de Malasia y que posea, al menos, el 10 por ciento de las acciones con derecho a voto de la sociedad que paga los dividendos, la deducción se calculará teniendo en cuenta el impuesto español pagado por la sociedad por razón de la renta con cargo a la cual se pagan los dividendos. Sin embargo, dicha deducción no podrá exceder de la parte del impuesto malasio, calculado antes de la deducción, correspondiente a esas rentas.
Eliminación de la doble imposición. 1. En Chile, la doble imposición se evitará de la manera siguiente:
Eliminación de la doble imposición. La doble imposición se evitará de la siguiente forma:
Eliminación de la doble imposición. 1. Si los intereses percibidos por un beneficiario efectivo han sido objeto de retención por un agente pagador en Liechtens- tein, el Estado miembro de residencia a efectos fiscales del beneficiario efectivo le concederá un crédito fiscal equivalente al importe de dicha retención. Cuando ese importe sea superior a la cuota tributaria adeudada por la cantidad total de intereses sujetos a retención con arreglo a su legislación nacional, el Estado miembro de residencia a efectos fiscales devolverá al beneficiario efectivo la diferencia retenida.
Eliminación de la doble imposición. 1. En Chile, la doble imposición se evitará de la manera siguiente: Los residentes en Chile que obtengan rentas que, de acuerdo con las disposiciones de este Convenio, puedan someterse a imposición en Irlanda, podrán acreditar contra los impuestos chilenos correspondientes a esas rentas los impuestos pagados en Irlanda, de acuerdo con las disposiciones aplicables de la legislación chilena. Este párrafo se aplicará a todas las rentas mencionadas en este Convenio.
Eliminación de la doble imposición. 1. En el caso de la República Argentina, la doble imposición se evitará de la siguiente forma:
Eliminación de la doble imposición. 1. En los Países Bajos, la doble imposición se eliminará de la siguiente manera:
Eliminación de la doble imposición. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto por las leyes de la República Checa relacionadas con la eliminación de la doble imposición, en el caso de un residente de la República Checa, la doble imposición se evitará de la siguiente manera: La República Checa, al someter a imposición a sus residentes, podrá incluir en el impuesto base sobre el que dichos impuestos se imponen las rentas que de acuerdo con las disposiciones del presente Convenio pueden también someterse a imposición en Panamá, pero permitirá como deducción del monto del impuesto calculado sobre dicha base, un monto equivalente al impuesto pagado en Panamá. Dicha deducción, sin embargo, no podrá exceder esa parte del impuesto Checo, calculada antes de la deducción, correspondiente a las rentas que, de acuerdo con las disposiciones del presente Convenio, pueden someterse a imposición en Panamá.