Eliminación de la doble imposición Cláusulas de Ejemplo

Eliminación de la doble imposición. 1. En España, la doble imposición se evitará bien de conformidad con las disposiciones de su legislación interna o conforme a las siguientes disposiciones, sujetas a la legislación interna de España:
Eliminación de la doble imposición. 1. En España, la doble imposición se evitará de la siguiente forma:
Eliminación de la doble imposición. 1. En Francia, la doble imposición se evitará de la siguiente manera:
Eliminación de la doble imposición. La doble imposición se evitará como sigue:
Eliminación de la doble imposición. I) 1. Cuando un residente del Ecuador obtenga rentas o posea elementos patrimoniales que, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Convenio, pueden someterse a imposición en Suiza, sujeto a lo dispuesto en el xxxxxxx 0, Xxxxxxx dejará exentas estas rentas o este patrimonio, pero puede, al calcular el impuesto sobre las otras rentas o patrimonio de dicho residente, aplicar la tasa impositiva que hubiera sido aplicable si no se hubieran exonerado dichas rentas o patrimonio.
Eliminación de la doble imposición. 1. Con sujeción a la legislación de Malasia relativa a la posibilidad de deducir del impuesto malasio los impuestos pagaderos en el extranjero, los impuestos españoles pagados con arreglo a la legislación de España y de conformidad con el presente Convenio por rentas obtenidas por un residente de Malasia y procedentes de España podrán compensarse con el impuesto malasio pagadero sobre dichas rentas. Cuando dichas rentas consistan en dividendos pagados por una sociedad residente de España a una sociedad residente de Malasia y que posea, al menos, el 10 por ciento de las acciones con derecho a voto de la sociedad que paga los dividendos, la deducción se calculará teniendo en cuenta el impuesto español pagado por la sociedad por razón de la renta con cargo a la cual se pagan los dividendos. Sin embargo, dicha deducción no podrá exceder de la parte del impuesto malasio, calculado antes de la deducción, correspondiente a esas rentas.
Eliminación de la doble imposición. 1. En Chile, la doble imposición se evitará de la manera siguiente: Los residentes en Chile que obtengan rentas que, de acuerdo con las disposiciones de este Convenio, puedan someterse a imposición en Irlanda, podrán acreditar contra los impuestos chilenos correspondientes a esas rentas los impuestos pagados en Irlanda, de acuerdo con las disposiciones aplicables de la legislación chilena. Este párrafo se aplicará a todas las rentas mencionadas en este Convenio.
Eliminación de la doble imposición. 1. En el caso de la República Argentina, la doble imposición se evitará de la siguiente forma:
Eliminación de la doble imposición. 1. En el caso de Chile, la doble imposición se evitará de la manera siguiente:
Eliminación de la doble imposición. 1. Cuando un residente de un Estado contratante obtenga rentas o posea elementos patrimoniales que de acuerdo con lo dispuesto en el presente Convenio pueden someterse a imposición en el otro Estado contratante, el Estado mencionado en primer lugar admitirá la deducción en el Impuesto sobre la Renta o sobre el Patrimonio de dicho residente de un importe igual al impuesto pagado en ese otro Estado. Sin embargo, en ambos casos, dicha deducción no podrá exceder de la parte del impuesto, calculado antes de la deducción, correspondiente a las rentas o al patrimonio, según corresponda, que pueden someterse a imposición en ese otro Estado.