Common use of Excepciones Clause in Contracts

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna medida o abstenerse de revelar información que considere necesaria para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al comercio entre las Partes, ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer o mantener las medidas: a) necesarias para proteger la moral, el orden o seguridad públicos; b) necesarias para proteger la salud y la vida humana, animal o vegetal; c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o d) relacionadas con los bienes o servicios de minusválidos, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Acuerdo De Complementación Económica, Public Procurement Agreement, Public Sector Procurement

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna alguna medida o abstenerse de revelar información que considere necesaria para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al comercio entre las Partes, ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer o mantener las medidas: a) necesarias para proteger la moral, el orden o seguridad públicos; b) necesarias para proteger la salud y la vida humana, animal o vegetal; c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o d) relacionadas con los bienes o servicios de provistos por minusválidos, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Tratado De Libre Comercio, Public Procurement Regulations

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna medida o abstenerse de revelar información que considere necesaria para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación compra indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al del comercio entre las Partes, ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer de imponer, aplicar o mantener las medidas: (a) necesarias para proteger la moral, el orden o seguridad públicos; (b) necesarias para proteger la salud y o la vida humana, animal o vegetal; (c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o (d) relacionadas relacionada con los bienes o servicios de minusválidos, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Compras Del Sector Público

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este del presente capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna alguna medida o abstenerse de revelar información que considere necesaria para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al del comercio entre las Partes, ninguna disposición de este del presente capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer o mantener las medidas: a) necesarias para proteger la moral, el orden o seguridad públicos; b) necesarias para proteger la salud y la vida humana, animal o vegetal; c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o d) relacionadas con los bienes o servicios de provistos por minusválidos, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Tratado De Libre Comercio

Excepciones. 1. Ninguna disposición de Nada en este capítulo Capítulo se interpretará en el sentido de impedir que impida a una Parte adoptar ninguna medida las medidas o abstenerse de revelar información las informaciones que considere necesaria necesarias para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra adquisición xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas medidas que una medida no se apliquen aplique de modo una forma que constituyan constituya un medio de discriminación arbitraria arbitrario o injustificable entre las Partes en donde existan prevalezcan las mismas condiciones condiciones, o que impliquen una restricción encubierta al comercio internacional entre las Partes, ninguna disposición nada de lo dispuesto en este capítulo Capítulo se interpretará en el sentido de impedir a que una Parte establecer Parte, adopte o mantener las mantenga medidas: (a) necesarias para proteger la moral, el orden o la seguridad públicos; (b) necesarias para proteger la vida o la salud y la vida humana, animal o vegetal, incluyendo las medidas medioambientales; (c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o (d) relacionadas relacionada con los bienes una mercancía o servicios servicio de minusválidosuna persona discapacitada, de instituciones filantrópicas o sin fines de beneficencia lucro, o del trabajo penitenciario.

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Samples: Contratación Pública

Excepciones. 15 1. Ninguna disposición Nada en este Capítulo será interpretado de este capítulo manera tal que se interpretará en el sentido de impedir impida a una Parte adoptar ninguna medida cualquier acción o abstenerse de no revelar información información, que se considere necesaria para proteger la protección de sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra adquisición xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra la contratación indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas Sujeto al requisito de que tales medidas no se apliquen de modo en forma que constituyan un medio de discriminación arbitraria arbitrario o injustificable entre las Partes los países en donde existan que prevalezcan las mismas condiciones condiciones, o que impliquen una restricción encubierta al comercio entre las Partesinternacional, ninguna disposición de nada en este capítulo se interpretará en el sentido de Capítulo será interpretado para impedir a una Parte establecer imponer o mantener las aplicar medidas: (a) necesarias para proteger la moralmoral pública, el orden o seguridad públicosla seguridad; (b) necesarias necesaria para proteger la vida o salud y la vida humana, animal o vegetal; (c) necesarias necesaria para proteger la propiedad intelectual; o (d) relacionadas con los bienes relativa a productos o servicios de minusválidospersonas discapacitadas, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Contratación Pública

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna medida alguna o abstenerse de revelar información que considere necesaria para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al del comercio entre las Partes, ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer o mantener las medidas: a) necesarias para proteger la moral, el orden o seguridad públicos; b) necesarias para proteger la salud y o la vida humana, animal o vegetal; c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o d) relacionadas con los bienes o servicios de minusválidos, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Tratado De Libre Comercio

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna medida tomar acciones o abstenerse de revelar no divulgar información que considere necesaria para proteger la protección de sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con relativos a la compra xx xxxxxde arma, municiones o material pertrechos xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable para la compras indispensables para propósitos de seguridad nacional o para fines de defensa nacional.nacionales; 2. Siempre y cuando estas que tales medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al del comercio entre las Partes, ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer adoptar o mantener las medidas: (a) necesarias para proteger la moral, el orden o seguridad públicos; (b) necesarias para proteger la vida o la salud y la vida humana, animal o vegetal; (c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o (d) relacionadas con relativas a los bienes o servicios de minusválidos, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Public Procurement Regulations

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna medida o abstenerse de revelar información Siempre que considere necesaria para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas dichas medidas no se apliquen sean aplicadas de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria arbitrario o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al comercio entre las Partes, ninguna disposición de este capítulo Capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer adoptar o mantener las medidas: (a) necesarias para proteger la moral, el orden o seguridad públicosla seguridad; (b) necesarias para proteger la salud y o la vida humana, animal o vegetal; (c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o (d) relacionadas con los bienes las mercancías o servicios de minusválidospersonas minusválidas, de instituciones de beneficencia o sin fines de lucro, o del trabajo penitenciario. 2. Las Partes entienden que el subpárrafo (b) incluye las medidas medioambientales necesarias para proteger la salud o la vida humana, animal o vegetal. 3. Con referencia al Artículo 22.2 (Excepciones de Seguridad - Capítulo Disposiciones Generales y Excepciones), nada en este Capítulo será interpretado en el sentido de impedir a una Parte adoptar cualquier acción que estime necesaria para la protección de sus intereses esenciales de seguridad relativos a la contratación pública indispensables para la seguridad nacional o con fines de defensa nacional.

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Samples: Contratación Pública

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este capítulo Capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna medida el tomar cualquier acción o abstenerse de revelar divulgar cualquier información que considere necesaria para proteger la protección de sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación esenciales relacionados con la compra xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable a las compras indispensables para la seguridad nacional o para fines con el propósito de la defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria arbitrario o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al comercio entre las Partes, ninguna disposición de este capítulo Capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer adoptar o mantener las medidas: (a) necesarias para proteger la moral, el orden o la seguridad públicos; (b) necesarias para proteger la salud y o la vida humana, animal o vegetal; (c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o (d) relacionadas con los bienes o servicios de minusválidospersonas minusválidas, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Contratación Pública

Excepciones. 1. Ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar ninguna alguna medida o abstenerse de revelar información que considere necesaria para proteger sus intereses esenciales en materia de seguridad en relación con la compra xx xxxxx, municiones o material xx xxxxxx, o cualquier otra contratación indispensable para la seguridad nacional o para fines de defensa nacional. 2. Siempre y cuando estas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable entre las Partes en donde existan las mismas condiciones o que impliquen una restricción encubierta al comercio entre las Partes, ninguna disposición de este capítulo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte establecer o mantener las medidas: a) necesarias para proteger la moral, el orden o seguridad públicos; b) necesarias para proteger la salud y la vida humana, animal o vegetal; c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o d) relacionadas con los bienes o servicios de minusválidos, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

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Samples: Public Procurement Regulations