FINANCIACIÓN Y PAGO. 1. El servicio de información al consumidor en las entidades locales incluidas en este convenio se prestará durante un total de 1.692 horas durante la vigencia del mismo, cuyo precio se ha establecido en 60,50 euros/hora (IVA incluido). Así, la Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo del presente convenio de colaboración, según se detalla en los anexos I a IV, la cantidad máxima de 102.366,00 euros (IVA incluido) con cargo al subconcepto 22809 “otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 492A “Consumo”, del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2024. Nº TOTAL DE HORAS IMPORTE HORA (IVA INCLUIDO) IMPORTE TOTAL CONVENIO 1.692 60,50 € 102.366,00
2. Para el mejor desarrollo del convenio, el pago de la cuantía reseñada se efectuará directamente a la asociación de consumidores con carácter mensual, previa presentación de la correspondiente factura a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe), que deberá acompañarse de las certificaciones de conformidad con el servicio prestado, firmadas por los alcaldes, secretarios o personas que tengan reconocidas estas funciones en cada entidad local, pudiendo utilizarse para ello el modelo que figura como anexo VI. En todo caso, el contenido mínimo de estas certificaciones será el siguiente: Cada entidad local facilitará a la asociación de consumidores esta certificación de conformidad en los diez días siguientes a la finalización del mes correspondiente a la prestación del servicio.
3. En caso de producirse cualquiera de las causas previstas para la resolución del convenio de colaboración antes de la finalización de su vigencia, este se liquidará de acuerdo al servicio efectivamente prestado que certifique cada entidad local.
4. De producirse la adhesión al presente convenio de alguna entidad local de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta, el importe del presente convenio se ampliará en la cuantía que corresponda para asegurar la prestación del servicio de información al consumidor en las entidades locales adheridas, y se tramitará de acuerdo con las previsiones de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; el Decreto 48/2019, de 10 xx xxxxx, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y demás normas de aplicación.
5. En el supuesto de que las partes acuerden unánimemente la prórroga del convenio de colaboración, se actualizará la imputación del gasto al...
FINANCIACIÓN Y PAGO. Se abonará el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones (parciales o totales) o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados, conforme a las previsiones del art. 198.4 del LCSP.
14.1.- Penalidades fijadas en el AM
FINANCIACIÓN Y PAGO. Se abonará el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de entrega de los equipos y mensualmente para el abono del suministro de los consumibles, previa contabilización del número de páginas impresas en dicho periodo de tiempo, o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados, conforme a las previsiones del art. 198.4 del LCSP.
FINANCIACIÓN Y PAGO. 16 14.-PENALIDADES 17
14.1.- Penalidades fijadas en el AM 17
14.2.- Otras penalidades 17
FINANCIACIÓN Y PAGO. Se abonará la liquidación mensual del precio del equipo (precio mensual de arrendamiento y canon mensual de mantenimiento) y la del suministro de los consumibles, previa contabilización del número de páginas impresas en dicho periodo de tiempo, o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados, conforme a las previsiones del art. 198.4 del LCSP, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones mensuales.
FINANCIACIÓN Y PAGO. Para la adecuada implementación del Proyecto, el SEPIE realizará las correspondientes aportaciones económicas a la institución en los siguientes términos:
1. Los ingresos y gastos se realizarán a través del concepto no presupuestario n.º 320627 del SEPIE.
2. Una vez recibidos los fondos, por parte de la Unidad Ejecutora, el SEPIE abonará a la Institución, en concepto de estancia corta para doctorado el total correspondiente, según lo establecido en el anexo, por importe comprendido entre 0 y 6.000 euros por becario. cve: BOE-A-2023-2231 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
3. El pago se efectuará contra presentación de factura o documento equivalente presentada en el Registro General de SEPIE o a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe), obligatorio en caso de que la factura supere 5.000,00 euros, en los términos indicados en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica, en la que deberán constar los siguientes datos: Órgano Gestor: EA0020949 Oficina Contable EA0020949: Unidad Tramitadora: EA0020949 para el resto de los casos, la Institución enviará al SEPIE por correo postal a la Xxxxx Xxxxxxx Xxxx 00, 28006 Madrid, una factura original (con sello y firma autorizada) donde se indiquen, de acuerdo con un listado nominativo de becarios, los costes unitarios según las estancias cortas realizadas y gastos de gestión para la Institución, así como el total a pagar.
FINANCIACIÓN Y PAGO. Mediante el presente convenio se concede a la entidad local una subvención por importe de 45.076,83 €, que será financiada con cargo a los fondos finalistas procedentes del Plan Corresponsables, a través de la siguiente partida presupuestaria: 1800180000 G/32E/46500/S0717 Los eventuales aumentos sobrevenidos del crédito disponible posibilitarán la firma de una adenda al presente convenio, con el fin de realizar proyectos adicionales a los inicialmente previstos por la entidad local. La valoración económica total del proyecto asciende a un importe de 91.291,53 €, según el presupuesto contemplado en el Anexo I del presente convenio, suponiendo la aportación de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad una financiación del 49,38% del proyecto total. El abono de la subvención se llevará a cabo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 124.4 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en dos pagos: El primero, correspondiente al 50% del importe, se realizará de forma anticipada, una vez firmado el presente convenio. El segundo, correspondiente al 50% restante, se llevará a cabo una vez presentada la documentación justificativa correspondiente al primer pago o, en su caso, la documentación justificativa final. Los pagos se efectuarán mediante transferencia bancaria a la cuenta de su titularidad que la entidad beneficiaria haya indicado.
FINANCIACIÓN Y PAGO. Por incumplimiento de los plazos máximos de entrega y de los plazos de garantía se aplicarán las previsiones de la cláusula XVIII.9 del PCAP, incrementándose, en su caso, en la cuantía ofertada en el acuerdo marco por el adjudicatario.
FINANCIACIÓN Y PAGO. 7.1 El CONTRATISTA deberá entregar Factura Comercial elaborada en guaraníes, con los impuestos (IVA) en caso de que corresponda.
7.2 El pago se efectuará en GUARANÍES, será financiado con los Recursos xxx Xxxxxx FF: 10 de la línea Presupuestaria de la Undécima Región Sanitaria y será efectuado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, vía acreditación bancaria en la cuenta abierta a nombre del CONTRATISTA en moneda nacional de conformidad al Plan de Caja y a los Fondos efectivamente transferidos por el Ministerio de Hacienda.
7.3 De los montos facturados, serán pasibles las retenciones correspondientes al Impuesto a la Renta y al Impuesto al Valor Agregado, según lo establecido por las disposiciones legales de la República del Paraguay. Asimismo, independientemente de estas retenciones impositivas, se aplicará una Retención equivalente al 0,4% (CERO COMA CUATRO PORCIENTO) sobre el monto de las facturas pagadas, deducidos los impuestos reflejados en las mismas, en concepto de “Contribución sobre Contratos” de conformidad a lo dispuesto por el Art. 41 de la Ley N° 2051/03 “DE CONTRATACIONES PUBLICAS” y reglamentado por el Decreto Nº 21909/03.
7.4 El CONTRATISTA será responsable del pago de todos los impuestos y otros tributos o gravámenes sin excepción alguna.
FINANCIACIÓN Y PAGO. El coste de las actividades previstas en el presente convenio asciende a CIENTO SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (165.255 €) IVA in- cluido. De esa cantidad, el MSC asume un 70,00% que su- pone 115.678,5 €, asumiendo la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx el 30% restante que asciende a 49.576,5 €. Las cantidades correspondientes al Ministerio de Sa- nidad y Consumo se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 26.13.311O.226.10 de sus presupuestos de gastos del ejercio 2008. Se realizará un único pago tras la recepción por parte de la Agencia de Calidad del SNS de un informe descriptivo de los trabajos realizados que contemplará las acciones acometidas y los indicadores de logro obtenidos, según lo explicitado en el anexo técnico para cada objetivo especifico. El plazo final para la presen- tación del informe se establece en el día 15 de diciembre de 2008. La cantidad prevista tiene el carácter de máxima, por lo que se abonará efectivamente el importe de gastos real- mente efectuados y justificados y en todo caso posteriores a la firma del convenio.