GARANTIA DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

GARANTIA DE LOS TRABAJOS. CONCLUIDO LOS TRABAJOS, NO OBSTANTE SU RECEPCION FORMAL “EL CONTRATISTA” QUEDARA OBLIGADO A RESPONDER DE LOS EFECTOS QUE RESULTAREN EN LOS MISMOS, DE LOS VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO CON MOTIVO DE ESTE CONTRATO O POR CONTRAVENIR LAS DISPOSICIONES LEGALES A QUE SE ENCUENTRA SUJETO EL MISMO, INCLUSIVE POR PAGOS EN EXCESO, TRABAJOS PAGADOS Y NO EJECUTADOS O TRABAJOS MAL EJECUTADOS, QUE SEAN DETECTADOS CON POSTERIORIDAD A LA RECEPCION DE LA OBRA QUE SE CONTRATA. CUANDO APARECIERAN DEFECTOS O VICIOS EN LOS TRABAJOS DENTRO DE LOS DOCE MESES SIGUIENTES A LA FECHA DE RECEPCION DE LOS MISMOS “EL CONTRATANTE”, ORDENARA SU REPARACION O REPOSICION INMEDIATA QUE XXXX POR SU CUENTA “EL CONTRATISTA” SIN QUE TENGA DERECHO A RETRIBUCION PARA ELLO. SI “EL CONTRATISTA” NO ATENDIERE LOS REQUERIMIENTOS, “LA SECRETARIA” LO PODRA ENCOMENDAR A UN TERCERO O HACER DIRECTAMENTE LA REPARACION O REPOSICION CORRIENDO POR CUENTA DE “EL CONTRATISTA” TODOS LOS GASTOS QUE SE GENEREN AL RESPECTO PROCEDIENDOSE A AFECTAR LA GARANTIA CORRESPONDIENTE. LOS TRABAJOS SE GARANTIZARÁN DURANTE UN PLAZO DE DOCE MESES SIGUIENTES A SU RECEPCION, PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A QUE SE REFIEREN LOS DOS PARRAFOS ENTERIORES, POR LO QUE PREVIAMENTE A LA RECEPCION DE LOS TRABAJOS, “EL CONTRATISTA” A SU ELECCION OTORGARA LA GARANTIA PREVISTA EN EL ARTICULO 42 FRACCION II DE LA LEY DE OBRA PUBLICA DEL ESTADO DE CHIAPAS. TRANSCURRIDO EL PLAZO ANTES SEÑALADO, LA GARANTIA PODRA SER CANCELADA EN LOS TERMINOS PREVISTOS EN EL CITADO ARTÍCULO. QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE “LA CONTRATANTE”, PARA EXIGIR EL PAGO DE CANTIDADES NO CUBIERTAS QUE SE ORIGINEN POR RESPONSABILIDADES IMPUTABLES A “EL CONTRATISTA”; CONFORME A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES. UNA VEZ QUE SE HAGA EFECTIVA LA GARANTIA CONSTITUIDA CONFORME A LO SEÑALADO EN ESTA CLAUSULA.
GARANTIA DE LOS TRABAJOS. Duodécima.- OTRAS FUNCIONES DE ASESORAMIENTO Decimotercera.- EFICIENCIA EN EL CONSUMO DE ENERGÍA.
GARANTIA DE LOS TRABAJOS. El grado de deterioro de las marcas viales medido al finalizar el periodo de garantía no será superior al 20% en las líneas de ejes o de separación xx xxxxxxxx, ni al 15% en el resto de marcas viales.  Pintura convencional en superficies de aglomerado asfáltico: Tres meses.  Pintura convencional en superficies de hormigón o adoquín: Un mes. .  Pintura de Spray-Plástico en superficies de aglomerado asfáltico: Dieciocho meses.  Pintura termoplástica en frío de dos componentes en superficies de aglomerado asfáltico: Veinticuatro meses. A la finalización de cada anualidad y a la terminación del contrato el Departamento de Movilidad emitirá el correspondiente informe en el que se manifestará si los trabajos realizados por el adjudicatario se han realizado de acuerdo con las prescripciones técnicas y de garantía que exige el presente Pliego de Condiciones Técnicas. DESCRIPCIÓN PRECIO EN LETRA PRECIO UNITARIO M. de premarcaje a cinta corrida. cero euros céntimos con siete 0,07
GARANTIA DE LOS TRABAJOS. El período de garantía de los equipos y conjuntos instalados será mínimo de doce (12) meses por cada ascensor, contados desde la fecha de la firma del Acta de Recepción de los Trabajos. Los trabajos de reparación se realizarán por cada ascensor, debiendo el ADJUDICATARIO Garantizar el funcionamiento del resto de los ascensores del edificio, de forma tal de no interrumpir el suministro del servicio. El ADJUDICATARIO será responsable durante ese período de garantía en todo lo concerniente a: fallas de los materiales, defectos de fabricación o defectos de instalación correspondiéndole durante el período de garantía, la reparación a nuevo o reposición de cualquier elemento o parte de la provisión fallida por vicios ocultos de material o por mano de obra deficiente, independientemente del mantenimiento preventivo y correctivo integral mensual a realizar en los ascensores. Se considerará que una falla reiterada implica defecto de diseño y/o material, y/o montaje, por lo tanto en caso de producirse, la SIGEN podrá exigir a su solo juicio el cambio total del equipo o parte del mismo según correspondiere. Previo a la Recepción Provisoria de cada ascensor se realizarán los ensayos y pruebas correspondientes, las que serán aprobadas por la INSPECCIÓN.
GARANTIA DE LOS TRABAJOS. El Adjudicatario deberá garantizar los productos derivados o incluidos en la presente contratación por un periodo o plazo de garantía de, como mínimo, 2 años, a partir de la fecha de recepción de los mismos (implantación correcta validada por Serveis Ferroviaris de Mallorca), obligándose a realizar los cambios necesarios para solventar las deficiencias detectadas imputables a la Adjudicataria si así lo solicita el propio SFM. Dicha garantía incluirá la subsanación de errores o fallos ocultos que se pongan de manifiesto en el funcionamiento de las aplicaciones o que se descubran mediante pruebas o cualesquiera otros medios. Se adjuntarán las condiciones específicas de la garantía proporcionada por la empresa Adjudicataria respecto a los productos derivados o incluidos en el presente Pliego, especificando con claridad el alcance de las mismas. En ese período la empresa Adjudicataria contraerá el compromiso formal, asumiéndolo de modo expreso, de garantizar todos y cada uno de los suministros e instalaciones a realizar contra toda clase de defectos de material empleado. La garantía comprenderá la reposición del material empleado si fuera defectuoso o inadecuado, incluyendo todos los gastos derivados de tal reposición y de la corrección de los defectos que se observen (gastos de desplazamiento, mano de obra, etc), de modo que no suponga coste alguno SFM. Dentro de la garantía se incluirán las actualizaciones del software de los equipos. En caso de avería, se iniciará un nuevo proceso de garantía cuando el constructor la haya solucionado con la conformidad de SFM y una vez transcurrido un tiempo mínimo de funcionamiento de 30 días sin que se reproduzca la avería. En caso de presentarse una avería sistemática, bien sea por defecto de proyecto o construcción, quedará automáticamente anulado el tiempo de garantía transcurrido. Se entenderá como periodo de garantía, el propio del equipo de nueva instalación.
GARANTIA DE LOS TRABAJOS. Sin perjuicio del límite de eventos, los trabajos que se realicen tendrán una garantía de buen funcionamiento por un plazo de 90 días a contar desde la definitiva reparación, lo que supondrá que deberá proveerse de coordinación de asistencia para el caso de desperfectos en la reparación realizada, computándose las visitas que se realicen durante la garantía como incluidas en el mismo evento.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.