Impago Cláusulas de Ejemplo

Impago. El impago por parte del CLIENTE a EUSKALTEL de las cantidades debidas por la utilización de los servicios en la fecha en que se deba realizar el pago, debido a causas no imputables a la entidad de crédito en la que se domicilien los pagos, implicará la obligación para el CLIENTE de pagar intereses de demora, sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivar de su incumplimiento. El tipo de demora se devengará desde la fecha en que el pago debió realizarse, siendo dicho interés el legal del dinero más dos puntos porcentuales. Igual interés de demora se aplicará para el caso de que, como consecuencia de una reclamación, el CLIENTE tenga derecho al reintegro de alguna cantidad.
Impago. El impago puede tener consecuencias graves, pudiendo acarrear: • Que deba pagar costes o cargos adicionales; • Que su calificación de crédito pueda verse afectada, dificultando o encareciendo la obtención de crédito; y • Que puedan iniciarse acciones legales o un procedimiento concursal contra Usted para recuperar la deuda pendiente de pago nacida del Contrato.
Impago. Si el Comprador se retrasase en el pago, el Vendedor deberá notificar tal hecho a la Comisión Nacional de Energía tan pronto como lo aprecie y deberá informar a la Comisión Nacional de Energía de la situación del impago en el modo y plazos que ésta establezca.
Impago. No pago por el comprador del crédito en la fecha, moneda y en el lugar especificado en el contrato de compraventa.
Impago. El incumplimiento por el titular de cualquiera de sus obligaciones contractuales de pago devengará, una sola vez, una comisión en concepto de gastos de reclamación extrajudicial del saldo deudor establecida en el presente contrato. El titular/es reconoce que para la reclamación judicial del saldo deudor será prueba suficiente la certificación expedida por CETELEM en la que figure la cantidad adeudada.
Impago. La ejecución de cualquier prestación está condicionada al pago completo del precio previsto en el Pedido de Servicios o el presupuesto (en cualquier otra cláusula o anexo del Contrato). Los plazos de pago se precisan en el Pedido de Servicios. La prestación se considerará «pagada» cuando el pago efectivo esté en manos de Xxxxxx. En caso de retraso de pago, se aplicará un interés por demora igual a 5 veces al tipo de interés legal en vigor en la fecha de emisión de la factura en cuestión, a las sumas exigibles a partir del día siguiente a la fecha de vencimiento del importe no abonado hasta su pago íntegro, y eventualmente se añadirán los gastos y las cargas que Ikoula haya pagado con el fin de cobrar el impago. Se considera como un impago o un retraso, la falta de provisión y/o rechazo por parte del establecimiento bancario de Ikoula tras un pago por cheque o adeudo por domiciliación, o la anulación del pago por tarjeta bancaria. El impago, total o parcial, por parte del Cliente de una factura conllevará inmediata y automáticamente la caducidad del vencimiento del conjunto de las facturas emitidas por Ikoula, que pasarán a ser exigibles de inmediato por Xxxxxx. Cualquier impugnación relativa a las tarifas y facturas de Ikoula deberá formalizarse por correo electrónico motivado, recibido por Xxxxxx en un plazo máximo de un año a partir de la fecha de emisión de las facturas en cuestión. El retraso o el impago total o parcial al vencimiento de cualquier suma debida en concepto del contrato conllevará de pleno derecho y sin requerimiento previo:  La posibilidad de suspender o de rescindir de conformidad con las presentes Condiciones Generales cualquier Servicio en curso hasta el pago completo de las sumas debidas por el Cliente,  La suspensión de todos los Servicios en curso, sea cual sea su naturaleza, Los gastos de cobro así como los gastos de rechazo correrán a cargo del cliente con un importe mínimo global de 50 euros impuestos excluidos que el cliente deberá pagar. En caso de impugnación del Cliente sobre el importe facturado por IKOULA, el Cliente pagará la totalidad de las sumas debidas antes de cualquier discusión con Xxxxxx. Si las impugnaciones del Cliente están fundamentadas y justificadas, Ikoula reembolsará al Cliente las sumas objeto de la impugnación de inmediato.
Impago. Las fracciones se entenderán satisfechas a la fecha de emisión del recibo correspondiente, salvo que, intentado el cobro, no existieran fondos suficientes en la cuenta facilitada o se produjese la devolución del recibo por cualquier causa no imputable a AGROSEGURO. Impago de las fracciones siguientes. En caso de impago de una fracción AGROSEGURO podrá optar, entre anular la modalidad de pago fraccionado y exigir el total de la prima pendiente a la fecha o bien exigir solo el importe del recibo impagado. AGROSEGURO comunicará por escrito al asegurado y tomador la falta de pago, indicándole la posibilidad de abonar el importe en una cuenta bancaria de AGROSEGURO cuyos datos se le facilitarán en dicho escrito. De no producirse dicho pago, a los 30 días del vencimiento el seguro quedará automáticamente y sin necesidad de notificación alguna en suspenso, no haciéndose cargo AGROSEGURO de los siniestros que pudieran acaecer a partir de ese momento. Estando el contrato en suspenso, AGROSEGURO podrá resolverlo en aquellos casos en que así lo comunique expresamente por escrito, una vez recibida la notificación por esta circunstancia, quedando siempre las fracciones pagadas para AGROSEGURO. En lo no previsto expresamente en este documento se aplicará subsidiariamente lo dispuesto para las primas sucesivas en el artículo 15 de la Ley del Contrato de Seguro. La cobertura del seguro volverá a tener efecto a las veinticuatro horas del día en que se pague la correspondiente fracción, siempre que no se haya resuelto previamente el contrato. El impago de una fracción facultará a AGROSEGURO a denegar la posibilidad de acogerse a esta modalidad de pago en futuras contrataciones. En todo lo no previsto expresamente en este documento, tanto para la modalidad a) como b), se aplicará lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del artículo 15 de la Ley del Contrato de Seguro para el pago de “las primas siguientes."
Impago. Dell tendrá derecho a rescindir el presente Contrato con efecto inmediato y tras remitir notificación escrita al Cliente en caso de que éste no abone las cantidades debidas a Dell y tales cantidades permanezcan pendientes de pago treinta (30) días después de recibir la notificación escrita de Dell.
Impago. El impago puede tener consecuencias graves, pudiendo acarrear: • Que pierda el derecho a beneficiarse de un tipo de interés promocional lo cual implica que a los saldos promocionales restantes se les aplicará el tipo de interés ordinario; • Que deba pagar costes o cargos adicionales; • Que su calificación de crédito pueda verse afectada, dificultando o encareciendo la obtención de crédito; y • Que puedan iniciarse acciones legales o un procedimiento concursal contra Usted para recuperar la deuda pendiente de pago nacida del Contrato.
Impago. En caso de impago de alguna de las primas a su vencimiento, la Compañía podrá suspender las garantías del Contrato o rescindirlo, siempre y cuando el Tomador del Seguro haya sido requerido para pago, ya sea mediante la notificación de un agente judicial, ya sea por correo postal certificado o por cualquier otro medio fehaciente que permita dejar constancia de la notificación.