Common use of LUGAR Y FORMA DE PAGO Clause in Contracts

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Modelo De Contrato De Garantía, Modelo De Contrato De Garantía, Modelo De Contrato De Garantía

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía GPO que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía GPO deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar lugar, no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Modelo De Contrato De Gpo, Contrato De Garantía Parcial, Contrato De Garantía Parcial

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Municipio se obliga a pagar al Banco el principal, intereses y demás cantidades pagaderas conforme al Contrato, en las Fechas de Pago establecidas, dentro de territorio nacional, a la cuenta que para tales efectos el Banco le notifique al Municipio, de tiempo en tiempo, dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes de cada Periodo de Intereses. Sin perjuicio de lo anterior, el Banco y el Municipio acuerdan que este último podrá liberarse de sus obligaciones de pago conforme al presente Contrato, mediante los abonos o transferencias realizados por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, a cada Fecha la cuenta que para tales efectos le notifique el Banco, para lo cual el Banco deberá seguir el procedimiento establecido para tales efectos en el Fideicomiso. El Municipio, en este acto, autoriza al Banco para que a través de la presentación de la Solicitud de Pago, instruya al Fiduciario del Fideicomiso a transferirle o abonarle, las cantidades pagaderas por el Municipio conforme a lo dispuesto en este Contrato y el Fideicomiso. En términos del Fideicomiso, en el caso que el Banco no presente la Solicitud de Pago en un Periodo de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario del Fideicomiso abonará el importe de principal más intereses indicados en la última Solicitud de Pago entregada. En el caso que el Banco no entregue una Solicitud de Pago respecto de en términos del Fideicomiso, y que por tal motivo el pago que se realice a través del Fideicomiso sea erróneo, el Banco estará obligado a: (i) si el pago hubiera sido realizado en exceso, reintegrar al Fideicomiso las cantidades que hayan sido pagadas en exceso, a más tardar dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a que hubiere recibido el Estado le adeude, pago en virtud exceso; o (ii) en caso de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos cantidades que se realicen a hubieran pagado sean menores al monto que efectivamente debió pagarse al Banco, deberá esperar al siguiente Periodo de Intereses para solicitar y recibir el Garante después pago del importe de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma principal que no le hubieren sido pagados y que, de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos acuerdo a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto previsto en el artículo 2220 del Código Civil Federalpresente Contrato, la presente estipulación constituye reserva expresa le hubieren correspondido de novación haberse cumplido con el procedimiento establecido en el Fideicomiso para todos los efectos tal efecto. En este segundo supuesto, el Banco no tendrá derecho a que haya lugarcobrar intereses moratorios y/o a dar por vencido anticipadamente el Crédito.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple, Modelo De Contrato De Crédito, Contrato De Apertura De Crédito Simple

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago lo realizará “LICONSA” en la Caja General del , en forma mensual vencida, previa presentación de la factura con ( ) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de la Subgerencia de del de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR”. El plazo de ( ) días hábiles de anticipación para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada a revisión, en la , sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de presentación de las facturas serán los días y de las : ( ) horas a las : ( ) horas sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de pago serán exclusivamente los días de las : ( ) a las : ( ) horas, en el caso de que estos días fueran inhábiles la revisión y el pago se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago que presente el Garante cumplimiento, por lo que, en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme caso de rescisión, la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarincumplido.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De         , Que Celebran Liconsa, s.a. De c.V., Contrato Para La Contratación Del Servicio De Mantenimiento a Compresores De Aire Y Secador De Aire

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía GPO que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía GPO deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Contrato De Garantía Parcial, Incondicional E Irrevocable, Contrato De Garantía Parcial

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro Los pagos que el Cliente deba efectuar deberá realizarlos en cualquiera de las sucursales del Banco, en Días y horas Hábiles dentro del horario de atención al público de dichas sucursales, sin necesidad de requerimiento previo o a través de cualquier otra forma autorizada e informada por el Banco a través de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha Medios de PagoComunicación. Si el día establecido para cualquier pago resulta inhábil, el Garante deberá presentar pago podrá efectuarse el Día Hábil inmediato posterior sin que por ello proceda el cobro de Comisión o interés moratorio. El Cliente instruye y autoriza al Fiduciario una Solicitud Banco para que le cargue el importe de Pago respecto de todas las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante adeudadas y no pagadas bajo este Contrato en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme último Estado de Cuenta, en cualesquiera y todas las cuentas de depósito de dinero a lo establecido la vista a cargo del Banco de las cuales sea titular. El Banco podrá llevar a cabo ese cargo cuando exista un saldo vencido de más de 90 días y se trate de cargos que no hayan sido objetados en la Cláusula Décima Primera tiempo por el Cliente, cuya aclaración se encuentre pendiente de resolver. Queda entendido que para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago a cargo del Cliente, el Banco podrá hacer el cargo respectivo señalado en el párrafo anterior y/o dar por vencido anticipadamente el Contrato. Los pagos por consumos, servicios o disposiciones efectuados en el extranjero, serán cargados a la Cuenta Corriente invariablemente en Moneda Nacional. El tipo de cambio que por concepto se utilice para calcular la equivalencia del peso en relación con el dólar, moneda de pago curso legal de principallos Estados Unidos de América, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por 1.01 el Estado adeude al Garante tipo de cambio que el Banco de México determine el día de presentación de los documentos de cobro respectivos, de conformidad con lo señalado en virtud las disposiciones aplicables a la determinación del tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, y publique en el Diario Oficial de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados Federación el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará siguiente. Lo anterior no será aplicable en consideración a efecto caso de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto Cliente resida en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarextranjero.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta, Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Acreditado se obliga a realizar los pagos derivados de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes las obligaciones contraídas con el Acreditante, mediante la suscripción del presente Contrato, de manera directa o a través del Fiduciario del Fideicomiso en cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco cuenta [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número CLABE [●], a nombre de [●], o abierta en cualquier otra forma [●], antes de las 14:00 (catorce) horas del centro de México, y se efectuarán en cualquiera de las sucursales en México del Acreditante. El Acreditado se obliga a efectuar los pagos asociados al cumplimiento de las obligaciones que derivan de la formalización del presente Contrato, antes de la hora señalada en el párrafo que antecede, en la inteligencia que deberá utilizar la referencia alfanumérica que identifique al Crédito, la cual se incluirá en la Instrucción de Pago y que, adicionalmente, se proporcionará al Acreditado impresa en el estado de cuenta que el Garante indique por escrito al Estado y al FiduciarioAcreditante pondrá a su disposición. A todos los pagos Cada abono se acreditará en la fecha que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse corresponda de acuerdo con lo establecido las prácticas bancarias, según la forma de pago utilizada, en la ley de la materia. Los pagos el entendido que los abonos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad del centro de México), se considerarán efectuados el realizados al Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga respectiva se tomará en consideración a efecto cuenta para el cálculo de calcular los intereses correspondientesque correspondan. El Garante Acreditante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe otorgue al Estado y al Fiduciario por escrito, Acreditado con 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha días naturales de Pagoanticipación. El hecho de que el Garante Acreditante reciba algún pago en otro lugar lugar, no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para . Para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar. El Acreditante deberá entregar al Acreditante el estado de cuenta del Crédito, correspondiente al Periodo de Pago de que se trate, dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple, Contrato De Apertura De Crédito Simple

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro /A/ El Emisor deberá proveer a Banco Santander-Chile, en calidad de banco pagador (en adelante, el “Banco Pagador”) de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes fondos necesarios para el pago de los intereses y del capital mediante el depósito de fondos disponibles con, a cada Fecha lo menos, un Día Hábil de Pagoanticipación al día en que corresponda efectuar el respectivo pago. Si el Banco Pagador no fuere provisto de los fondos oportunamente, no procederá al respectivo pago de capital o intereses de los Bonos, sin responsabilidad alguna para él. Si el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud Banco Pagador no hubiere recibido fondos suficientes para solucionar la totalidad de Pago respecto los pagos que corresponda, no efectuará pagos parciales. Para los efectos de las cantidades que relaciones entre el Estado le adeudeEmisor y el Banco Pagador, se presumirá Tenedor legítimo de los Bonos desmaterializados a quien tenga dicha calidad en virtud de la contratación certificación que para el efecto realizará el DCV, de acuerdo a lo que establece la Ley del DCV, el Reglamento del DCV y el Reglamento Interno del DCV; y en caso de los títulos materializados, se presumirá Tenedor legítimo de los Bonos a quien los exhiba junto con la entrega de los cupones respectivos, para el cobro de estos últimos; y /B/ En el evento que en la fecha de pago respectiva estuviere disponible un sistema de transferencia electrónica de fondos entre bancos e instituciones financieras, las cuotas de intereses y amortización de los Bonos que se emitan con cargo a esta Línea se pagarán por el Banco Pagador por orden y cuenta del Emisor a través de dicho sistema, a más tardar, a las doce pasado meridiano de la Garantía fecha de pago respectiva, por el monto adeudado. En el evento que deban ser cubiertas tal sistema no estuviere disponible en la siguiente Fecha fecha de Pagopago respectiva, o que el Emisor no estimare conveniente el pago por medio de sistema de transferencia electrónica de fondos entre bancos e instituciones financieras, las cuotas de intereses y amortización de los Bonos que se emitan con cargo a la Línea se pagarán en la sucursal del Banco Pagador, ubicada en calle Teatinos número doscientos veinte, comuna y ciudad de Santiago, en horario obligatorio de atención a público. Cualquier cambio en el lugar y forma de pago de los intereses y del capital será informado por carta certificada del Emisor al Representante de los Tenedores de Bonos a lo menos con treinta días de anticipación a la más próxima fecha de pago. Con igual anticipación se efectuarán a lo menos dos publicaciones avisando de este hecho en el Diario Financiero (y si éste no existe, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente Diario Oficial) y en días distintos. En todo caso el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido pago se efectuará en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto ciudad de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarSantiago.

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Samples: www.saam.com, www.saam.com

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [_], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [_], Sucursal [_], Plaza [_], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [_], a nombre de [_], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Contrato De Garantía Parcial De Pago Oportuno, Contrato De Garantía Parcial De Pago Oportuno

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgarán anticipos por parte de “LICONSA”, y ésta se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR”, por el 100% del valor de las pólizas entregadas cuyo precio será fijo y no podrá ser modificado por ninguna circunstancia durante la vigencia del presente contrato, ya sea mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR” o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que de manera oportuna señale éste. El pago se realizará a los 7 (siete) ó 10 (diez) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y facturas debidamente requisitadas en términos de la legislación fiscal vigente en el momento de hacer el pago, previa validación del Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”, a fin de verificar que cumplan en las cantidades, especificaciones, fechas pactadas y horarios de atención. Las facturas, deberán ser emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y los impuestos correspondientes serán pagados en términos de la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes demás importes. Los días de revisión de facturas serán los martes y viernes de 09:00 a cada Fecha de Pago14:00 horas, el Garante deberá presentar si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pagodía hábil, en el entendido que Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, las Solicitudes facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. Los días de Pago que presente el Garante pago serán exclusivamente los viernes, en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido pagos mediante cheque nominativo, en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto Caja General de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes "LICONSA" de las 14:00 (catorce) horas (a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica, el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que alguno de estos días fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para "LICONSA" un incumplimiento en el plazo convenido. El plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ciudad Ley de México)Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en cualquier sucursal dentro los términos ya acordados y de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, conformidad en su caso, el importe por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley Reglamento de la materiaLey de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente pena convencional y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar deducción y/o sanción económica a la forma que se haya hecho acreedor. En el supuesto de que no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones que se señalan en el presente contrato, “EL PROVEEDOR” acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarpago.

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Samples: Contrato De Aseguramiento Integral

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro En caso que la Cuenta de Depósito esté a cargo del Banco, el Cliente expresamente instruye y autoriza al Banco para cargar en esa Cuenta de Depósito, las cantidades previstas en el estado de cuenta, precisamente en las fechas ahí contempladas (las “Mensualidades”). El Cliente, en cualquier momento, podrá revocar (sin cargo alguno) esta autorización mediante aviso al Banco antes de la siguiente Fecha Límite de Pago. Asimismo, el Cliente expresamente instruye y autoriza irrevocablemente al Banco para que le cargue el importe de las Mensualidades no pagadas, en cualesquiera y todas las cuentas de depósito de dinero a la vista a cargo del Banco de las cuales sea titular. El Banco podrá llevar a cabo ese cargo a partir del décimo primer Día Hábil siguiente a la fecha en que el importe de que se trate debió cubrirse en términos del estado de cuenta y hasta su total liquidación. Esta instrucción y autorización abarca cualquier accesorio que ese saldo insoluto llegue a generar en términos de este contrato. Queda entendido que para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago del Cliente, el Banco podrá optar por hacer los cargos señalados en el párrafo anterior y/o por su vencimiento anticipado. Con independencia de lo anterior, el Cliente podrá solicitar que el pago del crédito se realice mediante el servicio de la domiciliación, a través de los primeros 5 formatos de solicitud y cancelación de ese servicio que para tal efecto el Banco ponga a disposición del Cliente a través de las sucursales del Banco o a través de la página de Internet xxx.xxxx.xxx.xx, o a través de cualquiera de los Medios de Comunicación que el Banco tenga habilitados. En caso de que el Cliente solicite la cancelación del servicio de domiciliación, el Banco deberá cancelar dicho servicio en un plazo no mayor a 3 (cincotres) Días Hábiles siguientes bancarios contados a cada Fecha partir de Pagola presentación de la solicitud respectiva por parte del Cliente. En caso de falta de domiciliación, cancelación del servicio, o en caso de que el Banco se vea impedido a realizar el cargo, los pagos que el Cliente deba efectuar, deberá realizarlos en cualquiera de las sucursales del Banco, en Días y horas Hábiles dentro del horario de atención al público de dichas sucursales, sin necesidad de requerimiento previo o a través de cualquier otra forma autorizada e informada por el Banco a través de los Medios de Comunicación. Si el día establecido para cualquier pago resulte inhábil, el Garante pago deberá presentar efectuarse el Día Hábil inmediato posterior cobrándose intereses a esa fecha. Los pagos que realice el Cliente a la Cuenta Corriente deberán acreditarse de acuerdo al Fiduciario una Solicitud medio de Pago respecto de las cantidades pago que el Estado le adeudeCliente utilice, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido siguiente: Si es en efectivo: Se acreditará el mismo día; Si es en cheque: (i) del Banco, se acreditará el mismo día; (ii) de otro banco, depositado antes de las 16:00 (dieciséis) horas, se acreditará a más tardar el Día Hábil siguiente, y depositado después de las 16:00 (dieciséis) horas, se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente; Si es por domiciliación se acreditará: (i) en la Cláusula Décima Primera fecha que se acuerde con el Cliente; o (ii) en la fecha límite de pago del crédito; Si es por transferencias electrónicas de fondos: (i) a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios del Banco de México (SPEI), se acreditará el mismo día; (ii) transferencias electrónicas de fondos dentro del Banco se acreditará el mismo día; y (iii) transferencias electrónicas de fondos desde otros bancos, se acreditará a más tardar el Día Hábil siguiente. Queda entendido que para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago a cargo del Cliente, el Banco podrá optar por hacer el cargo respectivo o por el vencimiento anticipado del Contrato. Los pagos por consumos, servicios o disposiciones efectuados en el extranjero serán cargados a la Cuenta Corriente invariablemente en Moneda Nacional. El tipo de cambio que por concepto se utilice para calcular la equivalencia del peso en relación con el Dólar, moneda de pago curso legal de principallos Estados Unidos de América, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por 1.01 el Estado adeude al Garante tipo de cambio que el Banco de México determine el día de presentación de los documentos de cobro respectivos, de conformidad con lo señalado en virtud las Disposiciones aplicables a la determinación del tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, y publique en el Diario Oficial de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados Federación el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarsiguiente.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Estado se obliga a pagar al Acreditante el capital, intereses y demás cantidades pagaderas conforme a este Contrato, en las Fechas de Pago establecidas, dentro de territorio nacional, en el domicilio de pago ubicado en [•], y en la cuenta que para tales efectos le notifique, de tiempo en tiempo, el Acreditante al Estado. Sin perjuicio de lo anterior, el Acreditante y el Estado acuerdan que este último podrá liberarse de sus obligaciones de pago conforme al presente Contrato, mediante los abonos o transferencias realizados por conducto del Fiduciario a la cuenta que para tales efectos le notifique el Acreditante, para lo cual el Acreditante deberá seguir el procedimiento establecido para tales efectos en el Fideicomiso. El Estado, en este acto, autoriza al Acreditante para que a través de la presentación de las Solicitudes de Pago (según dicho término se define en el Fideicomiso), instruya al Fiduciario a transferirle o abonarle, las cantidades pagaderas por el Estado conforme a lo dispuesto en este instrumento y el Fideicomiso. En términos del Fideicomiso, en el caso que el Acreditante no presente la Solicitud de Pago en un Periodo de Pago, el Fiduciario abonará el importe de capital más intereses indicados en la última Solicitud de Pago entregada. En el caso que el Acreditante no entregue una Solicitud de Pago en términos del Fideicomiso, y que por tal motivo el pago que se realice a través del Fideicomiso sea erróneo, el Acreditante estará obligado a: (i) si el pago hubiera sido realizado en exceso, reintegrar al Fideicomiso las cantidades que hayan sido pagadas en exceso, a más tardar dentro de los primeros 5 2 (cincodos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha que hubiere recibido el pago en exceso; o (ii) en caso de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de que las cantidades que se hubieran pagado sean menores al monto que efectivamente debió pagarse al Acreditante, deberá esperar al siguiente Periodo de Pago para solicitar y recibir el Estado pago del importe de los intereses o capital que no le adeudehubieren sido pagados y que, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, acuerdo a lo previsto en el entendido que las Solicitudes presente Contrato, le hubieren correspondido de Pago que presente haberse cumplido con el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo procedimiento establecido en la Cláusula Décima Primera del Contratoel Fideicomiso para tal efecto. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso12 En este segundo supuesto, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen Acreditante no tendrá derecho a cobrar intereses moratorios o dar por vencido anticipadamente el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarCrédito.

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Samples: Modelo De Crédito Con Garantía

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizará “LICONSA” en la Caja General del ________________________________, en forma vencida, previa presentación de la factura con ___ (___) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los primeros 5 requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de ___________________________del _____________de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago en moneda nacional (cincopesos mexicanos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagomediante cheque nominativo o transferencia electrónica, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto según lo señale “EL PROVEEDOR”. La presentación y pago de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse facturas se realizará conforme a lo establecido especificado en el ANEXO ÚNICO de este contrato. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago señalado en el ANEXO ÚNICO, queda sin efecto por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se presten durante el mes de diciembre, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Cláusula Décima Primera Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del ContratoSector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. Los pagos “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en el ANEXO ÚNICO, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales; y en el supuesto de pago que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de principaldichas penalizaciones, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de ni la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes contabilización de las 14:00 (catorce) horas (horario mismas al hacer efectiva la garantía de la Ciudad cumplimiento, por lo que en caso de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federalrescisión, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugargarantía se hará efectiva en forma proporcional al incumplimiento.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Comedor

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes “LA CONVOCANTE” se obliga a cada Fecha de Pagopagar a “EL PROVEEDOR” “LOS SERVICIOS”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto veinte días naturales posteriores a la presentación de las cantidades facturas y será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica (cumpliendo con los requisitos establecidos por el Departamento de Cuentas por Pagar) a favor de “EL PROVEEDOR”, por lo que este se compromete a presentar para su revisión las facturas correspondientes y deberán presentar el Estado le adeudefolio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet) en formato XML en forma electrónica, en virtud una unidad de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pagoalmacenamiento USB, en formato PDF, las cuales deberán contener el entendido que las Solicitudes desglose de Pago que presente “LOS SERVICIOS”, así como el Garante número de contrato, ajustándose a los precios establecidos en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en el mismo y la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumarádeterminación, en su caso, de la pena convencional y deducciones al pago aplicables. Los días para la presentación de facturas a revisión serán los viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente día hábil, en el importe Departamento de Contabilidad de “LA CONVOCANTE”, ubicada en el kilómetro 6.5 de la Carretera a San Xxxxxx Vía Nativitas, Santa Xxxxxx Tetlatlahuca, Tlaxcala, Código Postal Noventa Mil Setecientos Treinta (90730). Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del IVA Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a nombre de “EL PROVEEDOR”, conforme a las Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que deba aplicarse se encuentren vigentes en ese momento, a través de acuerdo con lo establecido cheque nominativo en la ley Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en el kilómetro 6.5 de la materiaCarretera a San Xxxxxx Vía Nativitas, Santa Xxxxxx Tetlatlahuca, Tlaxcala, Código Postal Noventa Mil Setecientos Treinta (90730), o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”, en caso que la factura entregada por el proveedor para su revisión, presente errores o deficiencias, LICONSA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a los de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos de los Artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 09:00 a las 14:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en el que se realicen a indique el Garante después nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Contabilidad de “LA CONVOCANTE”. Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de la legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las 14:00 (catorce) horas (horario facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se entreguen durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Ciudad Secretaría de México)Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente por lo preceptuado por los artículos 89 y la prórroga se tomará en consideración a 90 de “EL REGLAMENTO”, para efecto de calcular los intereses correspondienteserrores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. El Garante se reserva el derecho pago de cambiar el lugar “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusulapara pago. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.”. Esta es la liga para poderse afiliar xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxxx- productivas.html Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de las penas convencionales a las que se haya hecho acreedor. Los “LICITANTES” deberán manifestar en su propuesta técnica, que “LOS SERVICIOS” que ofrecen a “LA CONVOCANTE” cumplen estrictamente con las condiciones, requerimientos técnicos y especificaciones que se establecen en esta convocatoria y sus anexos “LOS LICITANTES” deberán presentar junto con su propuesta técnica, un escrito mediante aviso el cual garanticen la calidad de “LOS SERVICIOS”, indicando lo siguiente: • Que cuenta con la infraestructura necesaria, recursos técnicos, humanos y experiencia, así como el equipo suficiente, a fin de garantizar que “LOS SERVICIOS” objeto de esta licitación, serán proporcionados con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a desarrollarlos a satisfacción de “LA CONVOCANTE” , durante la vigencia del contrato que se derive de este procedimiento. • Que el “LICITANTE” se obliga ante “LA CONVOCANTE” a responder por escrito los defectos en la calidad y/o deficiencia de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que envíe incurra, en los términos señalados en esta convocatoria, en el contrato que se celebre derivado de este procedimiento y en la legislación aplicable, así mismo, manifiesta que cuenta con los recursos humanos para la entrega de “LOS SERVICIOS” los cuales serán contratados bajo su total responsabilidad. Para dar cumplimiento a lo establecido al Estado y al Fiduciario por escritoartículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, 15 (quince) Días previos el “LICITANTE” adjudicado deberá previamente a la próxima Fecha firma del contrato respectivo, presentar ante “LA CONVOCANTE”, la “Opinión del cumplimiento de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago obligaciones fiscales” vigente y en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactadosentido positivo, en la inteligencia forma y términos previstos en la regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal 2022 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre del 2021, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o bien generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT., preferentemente dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo. Conforme a lo dispuesto solicitado en el artículo 2220 ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado el 27 de febrero de 2015, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Opinión del Código Civil Federalcumplimiento de obligaciones fiscales en Materia de Seguridad Social” en sentido positivo, y deberán contar una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social. Conforme a lo solicitado en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la presente estipulación constituye reserva expresa Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de novación para todos los efectos la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado el 28 xx xxxxx de 2017, en el Diario Oficial de la Federación, el licitante deberá presentar la “Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones” 6 / 57 indicando que se encuentra “Sin adeudo o con garantía” o “Con adeudo pero con convenio celebrado” y deberá contar una vigencia de 30 días naturales contados a que haya lugarpartir del día de su emisión, expedida por el INFONAVIT.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Comedor

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Acreditado se obliga a realizar los pagos derivados de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes las obligaciones contraídas con el Acreditante, mediante la suscripción del presente Contrato, de manera directa o a través del Fiduciario del Fideicomiso en cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número CLABE [●], a nombre de [●], o antes de las 14:00 (catorce) horas del centro de México, y se efectuarán en cualquier otra forma cualquiera de las sucursales en México del Acreditante. El Acreditado se obliga a efectuar los pagos asociados al cumplimiento de las obligaciones que derivan de la formalización del presente Contrato, antes de la hora señalada en el párrafo que antecede, en la inteligencia que deberá utilizar la referencia alfanumérica que identifique al Crédito, la cual se incluirá en la Instrucción de Pago y que, adicionalmente, se proporcionará al Acreditado en el estado de cuenta que el Garante indique por escrito al Estado y al FiduciarioAcreditante pondrá a su disposición. A todos los pagos Cada abono se acreditará en la fecha que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse corresponda de acuerdo con lo establecido las prácticas bancarias, según la forma de pago utilizada, en la ley de la materia. Los pagos el entendido que los abonos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad del centro de México), se considerarán efectuados el realizados al Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga respectiva se tomará en consideración a efecto cuenta para el cálculo de calcular los intereses correspondientesque correspondan. El Garante Acreditante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe otorgue al Estado y al Fiduciario por escrito, Acreditado con 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha días naturales de Pagoanticipación. El hecho de que el Garante Acreditante reciba algún pago en otro lugar lugar, no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para . Para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar. El Acreditante deberá entregar al Acreditado el estado de cuenta del Crédito, correspondiente al Periodo de Pago de que se trate, dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago de conformidad con el párrafo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior el Acreditante podrá entregar el estado de cuenta referido en la presente Cláusula o pondrá a disposición del Acreditado el estado de cuenta en un Portal de Comprobantes Fiscales Digitales; por lo que, durante la vigencia del presente Contrato, el Acreditante informará a la dirección de correo electrónico correspondiente al Acreditado, prevista en la Cláusula Vigésima, dentro de los primeros 10 (diez) días naturales posteriores al inicio de cada Período de Pago, los pasos a seguir para acceder a dicho portal y consultar por medios electrónicos el estado de cuenta del Crédito. Lo anterior, en el entendido de que cualquier cambio de dirección de correo electrónico para los efectos señalados, deberá ser notificado por escrito al Acreditante por un representante del Acreditado legalmente facultado, con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos la notificación, en caso contrario la información referida para consultar los estados de cuenta se entenderá válidamente entregada en la última dirección que se hubiera establecido al efecto. El Acreditado dispondrá de un plazo de 10 (diez) días naturales, contado a partir de la fecha en que reciba la información para consultar por medios electrónicos el estado de cuenta, para formular por escrito sus objeciones al mismo, en caso contrario se entenderá consentido en sus términos. Los estados de cuenta señalados, adicionalmente tendrán el carácter de Comprobantes Fiscales Digitales.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago lo realizará “LICONSA” en la Caja General del , en forma mensual vencida, previa presentación de la factura con ( ) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de la Subgerencia de del de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR”. El plazo de ( ) días hábiles de anticipación para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada a revisión, en la , sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de presentación de las facturas serán los días y de las : ( ) horas a las : ( ) horas sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de pago serán exclusivamente los días de las : ( ) a las : ( ) horas, en el caso de que estos días fueran inhábiles la revisión y el pago se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS INSUMOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “LOS INSUMOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago que presente el Garante cumplimiento, por lo que, en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme caso de rescisión, la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarincumplido.

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Samples: Contrato Para La Contratación De Adquisicion Y Suministro De Insumos De Comedor

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgará anticipo y el pago de los primeros 5 “LOS SERVICIOS” lo realizará “LICONSA” en mensualidades vencidas, por el 100% (cincocien por ciento) Días Hábiles siguientes a del valor de “LOS SERVICIOS” realizados por “EL PROVEEDOR” , conforme al precio unitario por tonelada pactado por cada Fecha ruta, dicho importe será liquidado por “LICONSA” , mediante cheque nominativo o transferencia bancaria electrónica en cuyo caso, deberá solicitarse mediante comunicado en hoja membretada de Pago“EL PROVEEDOR” , indicando la razón social de la empresa, el Garante nombre del banco y sucursal, número de cuenta, número de CLABE y plaza; dicho comunicado deberá presentar estar firmado por el Apoderado y certificado por el banco correspondiente, a travé s del nombre y firma del Gerente o Ejecutivo de Cuenta y el sello respectivo. El plazo para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada para su revisión al Fiduciario una Solicitud Departamento de Pago respecto Cuentas por Cobrar de “LICONSA” , y para tal efe cto se señala que la presentación de las cantidades que el Estado le adeudefacturas será los días viernes, en virtud o al siguiente día hábil si éste no lo fuera, de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme 9:00 (nueve) a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario horas, sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, pago mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], bancaria electrónic a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos serán exclusivamente los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después viernes de las 14:00 13:00 (catorcetrece) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 las 15:00 (quince) Días previos horas. En el caso de que estos días fueran inhábiles, la presentación de facturas y el pago se realizarán al siguiente día hábil, sin qu e ello implique para “LCIONSA” un incumplim iento en el plazo convenido. El pago se realizará a los -- (-------------------- ) días naturales posteriores a la próxima Fecha presentación de Pagolas facturas a revisión, las cuales deben de presentarse en términos de la Legislación Fiscal vigente al momento de realizars e el pago, previamente validadas por la Subdirección de Adquisición y Distribución de Materiales de “LICONSA”. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” expedirá las facturas por “LOS SERVICIOS” realmente prestados por el período que se factura, anotando el número de contrato correspondiente. En el caso de que existan errores o diferencias en las fact uras presentadas por “EL PROVEEDOR” , “LICONSA” se los hará saber indicándole las deficiencias a corregir. El hecho periodo que el Garante reciba algún pago en otro lugar transcurra a partir del aviso y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las correcciones no implicará novación del lugar se computará para hacer exigible la obligación de pago pactadode “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario, “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Lo anterior de conformidad con lo estipulado en los artículos 89 y 90 del Reglamento de la inteligencia Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sect or Público. El pago de “LOS SERVICIOS” qu edará condicionado, proporcionalmente, al pago que para efectos de lo dispuesto “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones al pago, en el artículo 2220 entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizacio nes ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. En caso que durante la vigencia del presente instrumento no se haya hecho el descuento en las factur as pendientes de pago de las penalizaciones a que alude la Cláusula Décima Cuarta, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presenten para pago. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Civil FederalFiscal de la Federación en sus artículo s 29 y 29-A. Los impuestos serán pagados por “LICONSA”, en los términos que marca la presente estipulación constituye reserva expresa legislación apli cable; éstos deberán indicarse al final de novación cada una de las facturas, por separado de los demás conceptos. “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar en el Departamento de Cuentas por Pagar, adscrito a la Dirección de Finanzas y Planeación de “LICONSA” por cada factura que presenten para todos su revisión y cobro, el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet), que expide el SAT, así como el archivo en formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de almacenamien to den ominado USB. “LICONSA” otorgará su consentimiento para que “EL PROVEEDOR” , ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que “EL PROVEEDOR” se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana em presa, acceda y utilice los efectos a que haya lugarbeneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.”. Para mayor información sobre el “Programa” se podrá consultar la siguiente página de internet: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxx -al-gobierno/programa -de-compras -del -gobierno - federal/cadenas -xxxxxxxxxxx.xx ml .

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Transporte De Leche en Polvo (Materia Prima

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Acreditado se obliga a realizar los pagos derivados de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes las obligaciones contraídas con el Acreditante, mediante la suscripción del presente Contrato, de manera directa o a través del Fiduciario del Fideicomiso en cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha cuenta [*], Sucursal [*], CLABE [*], bajo la referencia número numérica [*] y referencia alfanumérica [*], a nombre de Pago[*], en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario del centro de México, y se efectuarán en cualquiera de las sucursales en México del Acreditante. El Acreditado se obliga a efectuar los pagos asociados al cumplimiento de las obligaciones que derivan de la Ciudad formalización del presente Contrato, antes de México)la hora señalada en el párrafo que antecede, en cualquier sucursal dentro la inteligencia que deberá utilizar la referencia alfanumérica que identifique al Crédito, la cual se incluirá en la Instrucción de territorio nacional del Banco [●]Pago y que, a través adicionalmente, se proporcionará al Acreditado en el estado de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al FiduciarioAcreditante pondrá a su disposición. A todos los pagos Cada abono se acreditará en la fecha que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse corresponda de acuerdo con lo establecido las prácticas bancarias, según la forma de pago utilizada, en la ley de la materia. Los pagos el entendido que los abonos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad del centro de México), se considerarán efectuados el realizados al Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga respectiva se tomará en consideración a efecto cuenta para el cálculo de calcular los intereses correspondientesque correspondan. El Garante Acreditante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe otorgue al Estado y al Fiduciario por escrito, Acreditado con 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha días naturales de Pagoanticipación. El hecho de que el Garante Acreditante reciba algún pago en otro lugar lugar, no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para . Para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar. El Acreditante deberá entregar al Acreditante el estado de cuenta del Crédito, correspondiente al Periodo de Pago de que se trate, dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago. Sin perjuicio de lo anterior el Acreditante podrá entregar el estado de cuenta referido en la presente Cláusula o pondrá a disposición del Acreditado el estado de cuenta en un Portal de Comprobantes Fiscales Digitales; por lo que, durante la vigencia del presente Contrato, el Acreditante informará a la dirección de correo electrónico correspondiente al Acreditado, prevista en la cláusula inmediata anterior, dentro de los primeros 10 (diez) días naturales posteriores al inicio de cada Período de Pago, los pasos a seguir para acceder a dicho portal y consultar por medios electrónicos el estado de cuenta del Crédito. Lo anterior, en el entendido de que cualquier cambio de dirección de correo electrónico para los efectos señalados, deberá ser notificado por escrito al Acreditante por un representante del Acreditado legalmente facultado, con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos la notificación, en caso contrario la información referida para consultar los estados de cuenta se entenderá válidamente entregada en la última dirección que se hubiera establecido al efecto. El Acreditado dispondrá de un plazo de 10 (diez) días naturales, contado a partir de la fecha en que reciba la información para consultar por medios electrónicos el estado de cuenta, para formular por escrito sus objeciones al mismo, en caso contrario se entenderá consentido en sus términos. Los estados de cuenta señalados, adicionalmente tendrán el carácter de Comprobantes Fiscales Digitales.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro En caso que la Cuenta de Depósito esté a cargo del Banco, el Cliente puede instruir al Banco para que mediante cargo que efectúe a dicha cuenta, pague las cantidades previstas en el estado de cuenta, en las fechas ahí contempladas (las “Mensualidades”), de conformidad con el formato para solicitar la domiciliación autorizado y firmado por el Cliente. El Cliente, en cualquier momento, podrá revocar (sin cargo alguno) esta autorización mediante aviso al Banco antes de la siguiente Fecha Límite de Pago. Asimismo, el Cliente expresamente instruye y autoriza irrevocablemente al Banco para que le cargue el importe de las Mensualidades no pagadas, en cualesquiera y todas las cuentas de depósito de dinero a la vista a cargo del Banco de las cuales sea titular. El Banco podrá llevar a cabo ese cargo a partir del décimo primer Día Hábil siguiente a la fecha en que el importe de que se trate debió cubrirse en términos del estado de cuenta y hasta su total liquidación. Esta instrucción y autorización abarca cualquier accesorio que ese saldo insoluto llegue a generar en términos de este Contrato. Queda entendido que para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago del Cliente, el Banco podrá optar por hacer los cargos señalados en el párrafo anterior y/o por su vencimiento anticipado. Con independencia de lo anterior, el Cliente podrá solicitar que el pago del crédito se realice mediante el servicio de la domiciliación, a través de los primeros 5 formatos de solicitud y cancelación de ese servicio que para tal efecto el Banco ponga a disposición del Cliente a través de las sucursales del Banco o a través de la página de Internet xxx.xxxx.xxx.xx, o a través de cualquiera de los Medios de Comunicación que el Banco tenga habilitados. En caso de que el Cliente solicite la cancelación del servicio de domiciliación, el Banco deberá cancelar dicho servicio en un plazo no mayor a 3 (cincotres) Días Hábiles siguientes bancarios contados a cada Fecha partir de Pagola presentación de la solicitud respectiva por parte del Cliente. En caso de falta de domiciliación, cancelación del servicio, o en caso de que el Banco se vea impedido a realizar el cargo, los pagos que el Cliente deba efectuar, deberá realizarlos en cualquiera de las sucursales del Banco, en Días y horas Hábiles dentro del horario de atención al público de dichas sucursales, sin necesidad de requerimiento previo o a través de cualquier otra forma autorizada e informada por el Banco a través de los Medios de Comunicación. Si el día establecido para cualquier pago resulte inhábil, el Garante pago deberá presentar efectuarse el Día Hábil inmediato posterior cobrándose intereses a esa fecha, sin que proceda el cobro de comisiones o intereses moratorios. Los pagos que realice el Cliente a la Cuenta Corriente deberán acreditarse de acuerdo al Fiduciario una Solicitud medio de Pago respecto de las cantidades pago que el Estado le adeudeCliente utilice, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera siguiente: Queda entendido que para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago a cargo del Cliente, el Banco podrá optar por hacer el cargo respectivo o por el vencimiento anticipado del Contrato. Los pagos por consumos, servicios o disposiciones efectuados en el extranjero serán cargados a la Cuenta Corriente invariablemente en Moneda Nacional. El tipo de cambio que por concepto se utilice para calcular la equivalencia del peso en relación con el Dólar, moneda de pago curso legal de principallos Estados Unidos de América, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por 1.01 el Estado adeude al Garante tipo de cambio que el Banco de México publique en virtud el Diario Oficial de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados Federación el Día Hábil inmediato siguiente y al día de presentación de los documentos de cobro respectivos, de conformidad con lo señalado en las Disposiciones aplicables a la prórroga se tomará determinación del tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos moneda extranjera pagaderas en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.República Mexicana..

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgarán anticipos y “LICONSA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” por el 100% del valor de las pólizas entregadas cuyo precio será fijo y no podrá ser modificado por ninguna circunstancia durante la vigencia del presente contrato, mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que previamente le señale “EL PROVEEDOR” de forma oportuna, a los 7 (siete) ó 10 (diez) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y facturas requisitadas en términos de la legislación fiscal vigente en el momento de hacer el pago, previa validación del Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”, de que cumplen en cantidades, especificaciones, fechas pactadas y horarios de atención. Para el caso de los primeros 5 incrementos de sumas aseguradas, se pagarán en forma mensual sin conceder recargo por pago fraccionado, y se llevarán a cabo a los 7(siete) o 10 (cincodiez) Días Hábiles siguientes días naturales posteriores a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto la presentación de las cantidades constancias que avalen el Estado le adeude, en virtud monto de la contratación prima devengada por el periodo mensual concluido, previamente validadas por el Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”. Las constancias mensuales que expida “EL PROVEEDOR” a lo largo de la Garantía vigencia serán sustituidas al término de la vigencia por las facturas correspondientes en términos xx Xxx a nombre de cada uno de los asegurados titulares, ya que deban estos son quienes pagan en su totalidad las primas correspondientes a los incrementos de sumas aseguradas. Las facturas, deberán ser cubiertas emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, los impuestos serán pagados en los términos que marca la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. Los días de revisión de facturas serán los martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas, si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente Fecha de Pagodía hábil, en el entendido que Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, las Solicitudes facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de Pago que presente el Garante los plazos descritos en los términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto ya acordados y de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, conformidad en su caso, el importe por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del IVA Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que deba aplicarse se hace realmente exigible la obligación de acuerdo con lo establecido pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo, en la ley Caja General de "LICONSA" de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica, el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que alguno de estos días fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para "LICONSA" un incumplimiento en el plazo convenido. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos, verificando en todo momento la materiafecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de "LICONSA", evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generar a "LICONSA". Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente pena convencional y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar deducción y/o sanción económica a la forma que se haya hecho acreedor. En el supuesto de que no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones que se señalan en el presente contrato, “EL PROVEEDOR” acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarpago.

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Samples: Contrato De Seguros De Gastos Médicos Mayores Para Servidores Públicos De Mandos Medios Y Superiores, Así Como Para Personal De Confianza Y Sindicalizado a Nivel Nacional Y Sus Dependientes Económicos

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgarán anticipos por parte de “LICONSA”, y ésta se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR”, por el 100% del valor de las pólizas entregadas cuyo precio será fijo y no podrá ser modificado por ninguna circunstancia durante la vigencia del presente contrato, ya sea mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR” o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que de manera oportuna señale éste. El pago se realizará por el 100% (cien por ciento) del valor de las pólizas entregadas, y se llevará a cabo a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y de las facturas a revisión, mismas que deberán coincidir con la descripción general y precios del presente contrato, previa validación por el Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”, de que cumplen en cantidades, especificaciones, condiciones, requerimientos técnicos, fechas pactadas y horarios de atención, conforme a los servicios requeridos y contratados. Las facturas, deberán ser emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y los impuestos correspondientes serán pagados en términos de la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes demás importes. El día de revisión de facturas será el viernes de 09:00 a cada Fecha de Pago14:00 horas, el Garante deberá presentar si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pagodía hábil, en el entendido que Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, las Solicitudes facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. El día de Pago que presente pago será exclusivamente el Garante viernes; en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido pagos mediante cheque nominativo, en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto Caja General de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes “LICONSA” de las 14:00 (catorce) horas (a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que alguno de estos días fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. El plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ciudad Ley de México)Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en cualquier sucursal dentro los términos ya acordados y de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, conformidad en su caso, el importe por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley Reglamento de la materiaLey de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar pena convencional y/o deducción y/o sanción económica a la forma que se haya hecho acreedor. En el supuesto de que no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones que se señalan en el presente contrato, “EL PROVEEDOR” acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado para pago. En términos de la disposición vigente de la Secretaría de Hacienda y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto Crédito Público contenida en el artículo 2220 anexo 24 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de Diciembre de 2014, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar en el Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, por cada factura que presente para su revisión y cobro, el folio fiscal del CFDI (Código Civil FederalFiscal Digital por Internet), la presente estipulación constituye reserva expresa que expide el SAT, así como el archivo en formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de novación para todos los efectos a que haya lugaralmacenamiento denominado USB.

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Samples: Contrato De Seguro De Bienes Patrimoniales

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro Las partes convienen que el pago se realizará en Moneda Nacional de los primeros 5 curso legal, mediante transferencia electrónica que se efectuará al “PRESTADOR DEL SERVICIO”, debiendo este último indicar la clave bancaria estandarizada (cinco) Días Hábiles siguientes CLABE), a cada Fecha través del Departamento de PagoTesorería del “PUERTO DE TOPOLOBAMPO”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud pago se otorgará de Pago respecto manera mensual por un importe de $ ( 00/100 M.N.) más IVA. El pago no podrá ser efectuado, teniéndose por prorrogado automáticamente el plazo establecido, si "PUERTO TOPOLOBAMPO" lo considera así necesario, por cuestiones de falta de documentación o incumplimiento de las cantidades obligaciones por parte del “PRESTADOR DEL SERVICIO” contenidas en este contrato hasta que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato“PRESTADOR DEL SERVICIO” cumpla con tales requisitos. Los pagos por estos servicios permanecerán fijos y serán en veintiuno (21) parcialidades, a mes vencido, por lo que deberán presentar la factura oportunamente para que el PUERTO DE TOPOLOBAMPO pueda cumplir en tiempo y forma con el pago, previa presentación de la factura debidamente requisitada para su revisión, por lo que en caso de detectarse errores en la elaboración de la misma, será devuelta para su reposición en un plazo que no excederá de 5 días naturales contados a partir de su recepción. Dichos pagos mensuales serán por la cantidad de $ ( PESOS 00/100 M.N.), más el I.V.A. correspondiente, señalados en el párrafo anterior de la presente cláusula y además de las condiciones siguientes: El pago en cuestión por la prestación de estos servicios quedará condicionado además al cumplimiento de las obligaciones que como patrón contrae con sus trabajadores en el pago de sueldos, prestaciones y por concepto de pago de principalseguridad social, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad por lo que el Estado adeude al Garante en virtud a la presentación a cobro de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario citada factura, deberá anexar a la misma, copia de la Ciudad nómina timbrada y firmada por los trabajadores, cédula de Méxicoliquidación de cuotas obrero patronales correspondientes al mes inmediato anterior. La liquidación de cuotas obrero patronales deberá contener el sello de la institución bancaria o el sello electrónico de transferencia mediante la cual realizó el pago, coincidiendo su registro ante el I.M.S.S. e INFONAVIT, con el sueldo que perciben, tal y como se señala en el Documento E1 de la convocatoria de licitación. EL “PRESTADOR DE SERVICIOS” presentará INSCRIPCIÓN en el Padrón Público del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), en cualquier sucursal dentro ante la DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN FEDERAL DEL TRABAJO de territorio nacional la SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, y se compromete mantenerlo vigente durante la vigencia del Banco [●]contrato, para su procedencia a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante PRESTADOR DE SERVICIOS al pagar los sueldos a sus empleados deberá proporcionarles, recibo de nómina en el cual se reserva detallen los ingresos y las deducciones del período que se esté liquidando. Las partes acuerdan que no se otorgarán anticipos por la prestación de los servicios. Se establece al prestador de servicios que al contar con un retraso de un día natural en el derecho pago de cambiar nómina a sus trabajadores se le aplicará una penalización de 10% del valor factura mensual, dicha sanción de igual forma será aplicada por el lugar y/o la forma de pago descritos atraso en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 entrega de los diversos pagos correspondientes a las obligaciones a cargo del PRESTADOR DE SERVICIOS (quinceIMSS E INFONAVIT) Días previos los cuales deberán presentarse a la próxima Fecha más tardar el día 25 de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarcada mes.

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Samples: Contrato De Descuento Automático Cadenas Productivas Firmado Por El Representante Legal Con Poderes De Dominio

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgarán anticipos por parte de “LICONSA”, y ésta se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR”, por el 100% del valor de las pólizas entregadas cuyo precio será fijo y no podrá ser modificado por ninguna circunstancia durante la vigencia del presente contrato, ya sea mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR” o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que de manera oportuna señale éste. El pago se realizará por el 100% (cien por ciento) del valor de las pólizas 1, 2, 3 y 4 entregadas, y se llevará a cabo a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y de las facturas a revisión, mismas que deberán coincidir con la descripción general y precios del presente contrato, previa validación por el Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”, de que cumplen en cantidades, especificaciones, condiciones, requerimientos técnicos, fechas pactadas y horarios de atención, conforme a los servicios requeridos y contratados. Por lo que respecta a la póliza 5, de transporte marítimo y terrestre de embarques de leche en polvo, “LICONSA” pagará en pesos mexicanos, la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje descrito en el inciso c) de la cláusula Tercera del presente contrato, sobre el valor total de los primeros 5 embarques mensuales de leche adquiridos, al tipo de cambio xxx xxxxx americano publicado en el Diario Oficial de la Federación 2 (cincodos) Días Hábiles siguientes días hábiles anteriores a la fecha de pago. Las facturas, deberán ser emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y los impuestos correspondientes serán pagados en términos de la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que facturas, por separado de los demás importes. El día de revisión de facturas será el Estado le adeudeviernes de 09:00 a 14:00 horas, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente Fecha de Pagodía hábil, en el entendido que Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, las Solicitudes facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. El día de Pago que presente pago será exclusivamente el Garante viernes; en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido pagos mediante cheque nominativo, en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto Caja General de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes “LICONSA” de las 14:00 (catorce) horas (a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que alguno de estos días fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. El plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ciudad Ley de México)Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en cualquier sucursal dentro los términos ya acordados y de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, conformidad en su caso, el importe por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley Reglamento de la materiaLey de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar pena convencional y/o deducción y/o sanción económica a la forma que se haya hecho acreedor. En el supuesto de que no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones que se señalan en el presente contrato, “EL PROVEEDOR” acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado para pago. En términos de la disposición vigente de la Secretaría de Hacienda y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto Crédito Público contenida en el artículo 2220 anexo 24 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de Diciembre de 2014, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar en el Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, por cada factura que presente para su revisión y cobro, el folio fiscal del CFDI (Código Civil FederalFiscal Digital por Internet), la presente estipulación constituye reserva expresa que expide el SAT, así como el archivo en formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de novación para todos los efectos a que haya lugaralmacenamiento denominado USB.

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Samples: Contrato De Seguro De Bienes Patrimoniales

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de El pago se realizará en pesos mexicanos en los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagotérminos antes expuestos, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en esta convocatoria, sus anexos y el contrato respectivo, mediante cheque nominativo, los pagos se llevarán a cabo a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la Cláusula Décima Primera presentación de las facturas a revisión, dichas factura deberán ser validadas por el personal designado por la Subgerencia de Administración y Finanzas de “LA CONVOCANTE”, para verificar que cumplen con las especificaciones, condiciones, requerimientos técnicos, cantidades y fechas establecidas de entrega. Los días de revisión de facturas serán los martes de 09.00 a 13.00 hrs., si este día fuera inhábil se tomará a revisión al siguiente día hábil, en el área de Caja General de “LA CONVOCANTE”, ubicado en Xxxxxx, Xx. 0000 Xxx. Xxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx X.X. 00000, teléfonos (00-00) 00-00-00-00 extensión 2645. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. En el caso de que el día de pago fuera inhábil éste se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “EL PROVEEDOR” deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por el apoderado, en el que se indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en la oficina de pago correspondiente de “LA CONVOCANTE” junto con sus facturas. Las partes acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “EL SERVICIO” que se entreguen durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del Contratoartículo 51 de “LA LEY” así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. Las facturas deberán ser emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a nombre del prestador, en pesos mexicanos, conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento, en la Caja de pagos de “LA CONVOCANTE”. El “LICITANTE” que resulte ganador se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generar a “LA CONVOCANTE”. En el supuesto de que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de las penalizaciones a que alude el numeral 4.3 de esta convocatoria, el “LICITANTE” que resulte ganador acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que se presente para pago. De conformidad con lo indicado en los Artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO”, en caso de que la factura entregada por el “PROVEEDOR” para su pago, presente errores o deficiencias, el Departamento de Finanzas de “LA CONVOCANTE”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al “PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el “PROVEEDOR” presente las correcciones, no se computará para efectos del Artículo 51 de “LA LEY”. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que el “PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de la pena convencional a la que se haya hecho acreedor. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar penalizaciones y/o la forma deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes de pago descritos aplicar en la última factura que presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pagopara pago. El hecho “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el Garante reciba algún pago “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de cobro y esté en otro lugar posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no implicará novación tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del lugar factoraje y descuento electrónico de pago pactadodocumentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.S.N.C.”. xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx.xxxx

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro “LICONSA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad proporcional que se obtenga por “LOS SERVICIOS” , de acuerdo con los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes destinos programados por “LICONSA”. El importe correspondiente por “LOS SERVICIOS” por viaje realizado, será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a cada Fecha favor de Pago“EL PROVEEDOR” , el Garante deberá por lo que se compromete a presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de para su revisión las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante facturas correspondientes debidamente requisitadas en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido Código Fiscal de la Federación y demás Legislación aplicable en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto Subgerencia de pago de principal, intereses, Contraprestaciones Administr ación y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud Finanzas de la Garantía Planta, las cuales deberán realizarse contener el desglose de “LOS SERVICIOS” por viaje, así como el número de contrato, sujetándose a los precios establecidos en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de el mismo y la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumarádeterminación, en su caso, de la pena convencional y deducciones ap licables . Los días y horarios de recepción de facturas así como los plazos días y horarios para el importe pago de las mismas serán los que la Planta tenga asignados. En el caso de que el día de pago fuera inhábil éste se realizará al siguiente día hábil, sin qu e ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “EL PROVEEDOR” deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretado, firmada por el apoderado, en el que se indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en las oficina de pago correspondientes a cada Centro de Trabajo de “LICONSA” junto con sus facturas. Los impuestos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del IVA artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como po r las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordad os y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fec ha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA” , evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuici os que tal hecho pueda generarle a “LICONSA” . El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba aplicarse efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones económicas, en el entendido de acuerdo con que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones y deducciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo establecido que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma prop orcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del presente instrumento no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de las deducciones establecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes d e aplicar en la ley última factura que presente para pago. “LICONSA” otorgará su consentimiento para que “EL PROVEEDOR” , ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que “EL PROVEEDOR” se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana em presa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.”. Para mayor información sobre el “Programa” se podrá consultar la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después siguiente página de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar yinternet: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxx -al- gobierno/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.programa -de-compras -del -gobierno -federal/cadenas -xxxxxxxxxxx.xx ml

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Samples: www.gob.mx

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizara “LICONSA” en la Caja General del , cuyo domicilio se señala en la Cláusula Décima Novena del presente contrato, por el 100% (cien por ciento) de “EL SERVICIO” prestado, los días de a horas, a los días hábiles posteriores a la fecha de presentación de la factura correspondiente para su revisión y validación por el Departamento de Contabilidad de la Gerencia Estatal Tlaxcala. “LICONSA” realizara el pago en moneda nacional (pesos mexicanos) mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, según lo señale “EL PROVEEDOR” de forma oportuna. La presentación y pago de las facturas se realizará conforme a lo especificado en el ANEXO ÚNICO de este contrato. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, de lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “EL SERVICIO” quedará condicionado, proporcionalmente al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago cumplimiento, por lo que presente el Garante en términos del Fideicomiso caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. Los impuestos deberán realizarse ser desglosados por separado y conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto las disposiciones aplicables al momento de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que hacer el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro Los pagos que el Cliente deba efectuar deberá realizarlos en cualquiera de las sucursales del Banco, en Días y horas Hábiles dentro del horario de atención al público de dichas sucursales, sin necesidad de requerimiento previo o a través de cualquier otra forma autorizada e informada por el Banco a través de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha Medios de PagoComunicación. Si el día establecido para cualquier pago resulte inhábil, el Garante deberá presentar pago podrá efectuarse el día hábil inmediato posterior. El Cliente autoriza al Fiduciario una Solicitud Banco para cargar en la Cuenta de Pago respecto Depósito Principal, en cualquier momento en que haya fondos suficientes para tal efecto, todos los adeudos que por concepto de capital, intereses, comisiones, gastos y/o demás accesorios derivados de este Contrato se hayan generado. Dicho cargo sólo podrá efectuarse cuando la Cuenta Corriente tenga un saldo deudor vencido de más de (90) noventa días y siempre que no se traten de cargos que hayan sido objetados en tiempo por el Cliente y cuya aclaración se encuentre pendiente de resolver en términos de este Contrato y las disposiciones legales emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o Banco de México. Queda entendido que para el caso de incumplimiento de las cantidades que obligaciones de pago a cargo del Cliente, el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas Banco podrá optar por hacer el cargo del saldo deudor vencido respectivo en la siguiente Fecha Cuenta de Pago, en Depósito Principal o por el entendido que las Solicitudes de Pago que vencimiento anticipado del presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos por consumos, servicios o disposiciones efectuados en el extranjero serán cargados a la Cuenta Corriente invariablemente en Moneda Nacional. El tipo de cambio que por concepto se utilice para calcular la equivalencia del peso en relación con el dólar, moneda de pago curso legal de principallos Estados Unidos de América, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por 1.01 el Estado adeude al Garante tipo de cambio que el Banco de México determine el día de presentación de los documentos de cobro respectivos, de conformidad con lo señalado en virtud las disposiciones aplicables a la determinación del tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, y publique en el Diario Oficial de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados Federación el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará siguiente. Lo anterior no será aplicable en consideración a efecto caso de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto Cliente resida en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarextranjero.

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Samples: piblinkandlaunch.hsbc.com.mx

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizara “LICONSA” en la Caja General del , en forma mensual vencida, previa presentación de la factura con ( ) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de la Subgerencia de o el Departamento de del de “LICONSA” realizara el pago en moneda nacional (pesos mexicanos) mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, según lo señale “EL PROVEEDOR” de forma oportuna. El plazo de ( ) días hábiles de anticipación para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada a revisión, en la , sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de presentación de las facturas serán los días y de las : ( ) horas a las : ( ) horas sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de pago serán exclusivamente los días de las : ( ) a las : ( ) horas, en el caso de que estos días fueran inhábiles la revisión y el pago se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago que presente el Garante cumplimiento, por lo que, en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme caso de rescisión, la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarincumplido.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicio a Equipos

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Estado se obliga a pagar al Banco el principal, intereses y demás cantidades pagaderas conforme a este Contrato, en las Fechas de Pago establecidas, dentro de territorio nacional a la cuenta que para tales efectos le notifique, de tiempo en tiempo, el Banco al Estado dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a de cada Fecha Periodo de PagoIntereses. Sin perjuicio de lo anterior, el Garante Banco y el Estado acuerdan que este último podrá liberarse de sus obligaciones de pago conforme al presente Contrato, mediante los abonos o transferencias realizados por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, a la cuenta que para tales efectos le notifique el Banco, para lo cual el Banco deberá presentar seguir el procedimiento establecido para tales efectos en el Fideicomiso. El Estado, en este acto, autoriza al Banco para que a través de la presentación de las Solicitudes de Pago (según dicho término se define en el Fideicomiso), instruya al Fiduciario del Fideicomiso a transferirle o abonarle, las cantidades pagaderas por el Estado conforme a lo dispuesto en este instrumento y el Fideicomiso. En términos del Fideicomiso, en caso de que el Banco no presente la Solicitud de Pago en un Periodo de Intereses, el Fiduciario del Fideicomiso abonará el importe de principal más intereses indicados en la última Solicitud de Pago entregada. En caso de que el Banco no entregue una Solicitud de Pago respecto de en términos del Fideicomiso, y que por tal motivo el pago que se realice a través del Fideicomiso sea erróneo, el Banco estará obligado a: (i) si el pago hubiera sido realizado en exceso, reintegrar al Fideicomiso las cantidades que hayan sido pagadas en exceso, a más tardar dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que hubiere recibido el Estado le adeude, pago en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, exceso; o (ii) en el entendido caso que las Solicitudes de Pago cantidades recibidas fueran menores al monto que presente efectivamente debió pagarse al Acreditante, éste deberá notificar esto al Estado, con copia al Fiduciario, señalando el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos monto que por concepto quedó pendiente de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad a efecto que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de pueda cubrir las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México)cantidades correspondientes con sus recursos o por medio del Fideicomiso, en cualquier sucursal dentro de territorio nacional los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que hubiere recibido la notificación del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al FiduciarioAcreditante. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su casoEn este segundo supuesto, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen Acreditante no tendrá derecho a cobrar intereses moratorios o dar por vencido anticipadamente el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarCrédito.

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Samples: Modelo De Contrato De Crédito

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago lo realizará “LICONSA” en la Caja General del Programa xx Xxxxxx Social Chihuahua, ubicado en Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxx no 4900-22 Col Arboledas, Chihuahua, Chih., C.P. 31110, por el 100% (cien por ciento) de “EL SERVICIO”, según lo que se presentó en la facturación de lo suministrado. LICONSA realizara el pago en moneda nacional (Pesos Mexicanos) mediante cheque nominativo o transferencia electrónica según lo solicite el “EL PROVEEDOR de manera oportuna. La presentación y pago de las facturas se realizará conforme a lo especificado en el ANEXO ÚNICO de este contrato. “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar en la Subgerencia de Administración y Finanzas de “LICONSA”, por cada factura que presente para su revisión y cobro, el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet), que expide el SAT, así como el archivo en formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de almacenamiento denominado USB. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, de lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago por el suministro de “EL SERVICIO” adquirido a través de los monederos electrónicos para la contratación de la Garantía adquisición y suministro del combustible, quedará condicionado, proporcionalmente al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago cumplimiento, por lo que presente el Garante en términos del Fideicomiso caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplimiento. Los impuestos deberán realizarse ser desglosados por separado y conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto las disposiciones aplicables al momento de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que hacer el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Monederos Electrónicos

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizará “LICONSA” en la Caja General del , en forma vencida, previa presentación de la factura con ( ) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los primeros 5 requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de del de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago en moneda nacional (cincopesos mexicanos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagomediante cheque nominativo o transferencia electrónica, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto según lo señale “EL PROVEEDOR”. La presentación y pago de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse facturas se realizará conforme a lo establecido especificado en el ANEXO ÚNICO de este contrato. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago señalado en el ANEXO ÚNICO, queda sin efecto por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se presten durante el mes de diciembre, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en el ANEXO ÚNICO, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”. En términos de la disposición vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contenida en el anexo 24 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de Diciembre de 2014, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar en la Cláusula Décima Primera Caja General del ContratoPrograma xx Xxxxxx Social Baja California Sur de “LICONSA”, por cada factura que presente para su revisión y cobro, el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet), que expide el SAT, así como el archivo en formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de almacenamiento denominado USB. Los pagos El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales; y en el supuesto de pago que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de principaldichas penalizaciones, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de ni la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes contabilización de las 14:00 (catorce) horas (horario mismas al hacer efectiva la garantía de la Ciudad cumplimiento, por lo que en caso de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federalrescisión, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugargarantía se hará efectiva en forma proporcional al incumplimiento.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Limpieza En

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro “EL ACREDITADO” autoriza a “EL ACREDITANTE” a realizar la domiciliación de sus pagos con una periodicidad quincenal, cuyas fechas serán acorde a su plan de pagos en el Anexo B y quedando plasmada la autorización para estas domiciliaciones en el anexo G. Las penalizaciones acordadas por algún incumplimiento y otros cargos que estén descritos en este contrato podrán ser domiciliadas en la fecha que “EL ACREDITANTE” crea conveniente. “EL ACREDITADO” podrá ordenar a “EL ACREDITANTE” que realice domiciliaciones por pagos parciales o totales el día que le convenga, previa su autorización por alguno de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes medios antes descritos con 1 día de anticipación a cada la fecha deseada. Los abonos recibidos se registraran de la siguiente manera: Comisiones, Penalizaciones, Intereses Moratorios, Intereses Ordinarios y Capital restante. En caso de que el pago por domiciliación no se lograra realizar por falta de fondos o cuando se presente saldo vencido, “EL ACREDITANTE” podrá generar cobro parcial por el 80%, 50%, 25% o un porcentaje menor del pago autorizado, en los días posteriores a la fecha de pago registrada en el plan de pagos, a menos que “EL ACREDITADO ” presente su pago. El plan de pagos acordado refleja las fechas de pago pactadas, de igual manera se deja constancia de la entrega de la tabla de amortización en el Anexo B de este contrato. Cuando la fecha límite de pago sea en un día inhábil se recorrerá al siguiente día hábil, sin que proceda el cobro de Comisiones o intereses moratorios. Fecha de PagoElaboración: “Aparecerá la fecha de apertura de tu crédito” Fecha de Vencimiento: “Aparecerá la fecha de vencimiento de tu crédito” Si se cumple la fecha de vencimiento del crédito sin que el crédito haya sido liquidado, el Garante deberá presentar presente contrato se encontrara vigente hasta el momento en que “EL ACREDITADO” finiquite el crédito. “EL ACREDITANTE” se compromete a NO realizar un cargo que no corresponda al Fiduciario una Solicitud adeudo del “EL ACREDITADO” en los términos de Pago respecto este contrato. Nuestra GARANTÍA de las cantidades servicio justo establece que el Estado le adeudesi se te realiza un cobro sin justificación alguna (Considerando Penalizaciones, en virtud domiciliaciones para poner al corriente o solicitudes por parte de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México“EL ACREDITADO” como justificadas), se considerarán efectuados reembolsará el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto 100% de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos comisiones cobradas a la próxima Fecha fecha y ya no se cobrarán los intereses que se generen en adelante durante la vida del crédito actual. “EL ACREDITADO” sólo tendrá que reembolsar el total del capital prestado, por lo que su préstamo será libre de Pagointereses y comisiones. El hecho “EL ACREDITADO” en caso de realizar depósito o transferencia, tiene como obligación anotar su referencia personal #“Aparecerá tu referencia” y notificar dicho depósito al “EL ACREDITANTE” , ya sea vía telefónica, por correo electrónico o por otro de los medios de contacto, de no ser así el abono se registrara con la fecha en que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar “EL ACREDITADO” lo reporte. “Aquí aparecerán las cuentas bancarias de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.financiera” Pago Transferencia Electrónica:

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Samples: Contrato De Condiciones Del Crédito, Reglas Y Ejecución

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Estado se obliga a pagar al Acreditante el capital, intereses y demás cantidades pagaderas conforme a este Contrato, en las Fechas de Pago establecidas, dentro de territorio nacional, a la cuenta que para tales efectos le notifique, de tiempo en tiempo, el Acreditante al Estado. Sin perjuicio de lo anterior, el Acreditante y el Estado acuerdan que este último podrá liberarse de sus obligaciones de pago conforme al presente Contrato, mediante los abonos o transferencias realizados por conducto del Fiduciario a la cuenta que para tales efectos le notifique el Acreditante, para lo cual el Acreditante deberá seguir el procedimiento establecido para tales efectos en el Fideicomiso. El Estado, en este acto, autoriza al Acreditante para que a través de la presentación de las Solicitudes de Pago (según dicho término se define en el Fideicomiso), instruya al Fiduciario a transferirle o abonarle, las cantidades pagaderas por el Estado conforme a lo dispuesto en este instrumento y el Fideicomiso. En términos del Fideicomiso, en el caso que el Acreditante no presente la Solicitud de Pago en un Periodo de Pago, el Fiduciario abonará el importe de capital más intereses indicados en la última Solicitud de Pago entregada. En el caso que el Acreditante no entregue una Solicitud de Pago en términos del Fideicomiso, y que por tal motivo el pago que se realice a través del Fideicomiso sea erróneo, el Acreditante estará obligado a: (i) si el pago hubiera sido realizado en exceso, reintegrar al Fideicomiso las cantidades que hayan sido pagadas en exceso, a más tardar dentro de los primeros 5 2 (cincodos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha que hubiere recibido el pago en exceso; o (ii) en caso de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de que las cantidades que se hubieran pagado sean menores al monto que efectivamente debió pagarse al Acreditante, deberá esperar al siguiente Periodo de Pago para solicitar y recibir el Estado pago del importe de los intereses o capital que no le adeudehubieren sido pagados y que, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, acuerdo a lo previsto en el entendido que las Solicitudes presente Contrato, le hubieren correspondido de Pago que presente haberse cumplido con el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo procedimiento establecido en la Cláusula Décima Primera del Contratoel Fideicomiso para tal efecto. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su casoEn este segundo supuesto, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen Acreditante no tendrá derecho a cobrar intereses moratorios o dar por vencido anticipadamente el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarCrédito.

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Samples: Modelo De Crédito Con Garantía

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro Todos los pagos al PROVEEDOR se realizarán en el domicilio de la API o mediante depósito o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que por escrito designe oportunamente el “PROVEEDOR”, debiendo indicar este último la cuenta bancaria y clave bancaria estandarizada (CLABE). La API realizará el pago del ARRENDAMIENTO objeto del presente contrato en moneda nacional, el pago se incorporará al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera S.N.C., para ello la API de acuerdo a sus políticas de pago, recibe facturas los días lunes y martes de cada semana y registrará el pago en dicho programa el siguiente jueves. Podrá ser consultada en el portal www-.xxxxx.xxx a efecto de que el PROVEEDOR pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a partir del siguiente jueves posterior a la entrega de la factura. En caso de que el PROVEEDOR al momento del pago no se encuentre afiliado, la API realizará el pago 15 días naturales posteriores al miércoles en que reciba la factura. El pago se realizará en mensualidades vencidas y estará condicionado a la recepción completa y satisfactoria por parte de la Subgerencia de Informática de LA API lo cual se hará constar en el formato de recepción de bienes/servicios. Para ello la API a través de la Jefatura de Recursos Materiales recibirá la factura dentro de los primeros 5 cinco días naturales posteriores al término de cada mes del Arrendamiento brindado, (cinco) Días Hábiles siguientes respetando los días y horarios establecidos por la API para la recepción de facturas). En el supuesto de que el proveedor haya sido sujeto a cada Fecha de Pagosanción contractual con penas convencionales por incumplimiento, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud proveedor no podrá exigir el pago, si no entrega la nota de Pago respecto crédito correspondiente del monto de las cantidades la sanción De conformidad con los artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 89 de su Reglamento se tendrá como recibida la factura o el documento que reúna los requisitos fiscales correspondientes, a partir de que el Estado le adeude“PROVEEDOR” los entregue a la “API” junto con el bien o al momento de concluir la prestación total o parcial del arrendamiento conforme a los términos del presente contrato y la “ API” los reciba a satisfacción en los términos de los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública para promover la agilización del pago. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en virtud caso de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente facturas entregadas por el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en “PROVEEDOR” para su pago, presenten errores o deficiencias, la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal API ” dentro de territorio nacional del Banco [●]los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique indicará por escrito al Estado y al Fiduciario“PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir. A todos los pagos Al respecto se aclara que el Estado esté obligado periodo que transcurra a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley partir de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente entrega del citado escrito y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho hasta que el Garante reciba algún pago en otro lugar “PROVEEDOR” presente las correcciones, no implicará novación se computará para efectos del lugar plazo de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Carta Compromiso De La Proposición

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizará “LICONSA” en la Caja General del _________________, en forma vencida, previa presentación de la factura con ___ (___) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los primeros 5 requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de _______________del _____________de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago en moneda nacional (cincopesos mexicanos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagomediante cheque nominativo o transferencia electrónica, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto según lo señale “EL PROVEEDOR”. La presentación y pago de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse facturas se realizará conforme a lo establecido especificado en el ANEXO ÚNICO de este contrato. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago señalado en el ANEXO ÚNICO, queda sin efecto por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se presten durante el mes de diciembre, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Cláusula Décima Primera Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del ContratoSector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. Los pagos “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en el ANEXO ÚNICO, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales; y en el supuesto de pago que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de principaldichas penalizaciones, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de ni la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes contabilización de las 14:00 (catorce) horas (horario mismas al hacer efectiva la garantía de la Ciudad cumplimiento, por lo que en caso de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federalrescisión, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugargarantía se hará efectiva en forma proporcional al incumplimiento.

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Samples: Carta De Aceptación Del Contenido De Esta Convocatoria

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizara “LICONSA” mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que para tal efecto señale de manera oportuna “EL PROVEEDOR”, 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de las facturas a revisión. Dichas facturas deberán cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estarán sujetas a la aprobación de la Subgerencia de Administración y Finanzas de de “LICONSA” respecto a su contenido y procedencia de pago. El plazo de 20 días naturales para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada a revisión, y para tal efecto se señala que la presentación de las facturas será los días jueves de las 9:00 a las 14:00 horas, en la caja de “LICONSA” en el domicilio antes señalado; los archivos PDF y el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet) en formato XML, deberá ser enviado en forma electrónica al correo xxxx.xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx y xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx. Los días de pago serán exclusivamente los jueves de las 15:00 a las 17:00 horas, en el caso de que estos días fueran inhábiles la revisión y el pago se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta al suministro de “LOS BIENES” que se realice durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “LOS BIENES” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago que presente el Garante cumplimiento, por lo que, en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme caso de rescisión, la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarincumplido.

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Samples: Contrato Abierto De Adquisición Y Suministro De Combustible Y Lubricante Para Parque Vehicular a Diesel Y a Gasolina Adscrito a La

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro “LA CONVOCANTE ” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR ” “LOS SERVICIOS ”, de acuerdo con los primeros 5 destinos programados por el importe correspondiente a “LOS SERVICIOS ” de transporte realizados por tonelada de leche en polvo transportada origen -destino, y será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a favor de “EL PROVEEDOR” , por lo que este se compromete a presentar para su revisión las factura s correspondientes y deberán presentar el folio fiscal del CFDI (cincoCódigo Fiscal Digital por Internet) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeen formato XML en forma electrónica, en virtud una unidad de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pagoalmacenamiento USB, en formato PDF, las cuales deberán contener el entendido que las Solicitudes desglose de Pago que presente “LOS SERVICIOS ” por to nelada, así como el Garante número de contrato, ajustándose a los precios establecidos en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en el mismo y la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumarádeterminación, en su caso, de la pena convencional y deducciones al pago aplicables . Los días para la presentación de facturas a revisión serán los viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente día hábil, en el importe del IVA que deba aplicarse Departamento de acuerdo con lo establecido Cuentas por Pagar de “ LA CONVOCANTE ”, ubicado en la ley calle Xxxxxxx Xxxxxx número 1, Planta Baja, Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, C.P. 000 00, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. Las facturas deberán coincidir en descripción y precio con los indicados en el contrato respectivo. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Fiscal de la materiaFederación en sus artículos 29 y 29 -A, y el pago se hará a nombre de “EL PROVEEDOR ”, conforme a las Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese mome nto, a través de cheque nominativo en la Caja General de “ LA CONVOCANTE ” ubicada en la calle Xxxxxxx Xxxxxx No. 1, P lanta Baja , Fraccionamiento Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR ”. Los días de pago s erán exclusivamente los viernes, e n pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “ LA CONVOCANTE ” de las 09 :00 a las 1 4 :00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria ele ctrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “ LA CONVOCANTE ” un incumplimiento en el plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretad a, firmada por “EL PROVEEDOR ” o su apoderado, en el que se realicen a indique el Garante después nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Cuentas por Pagar de “ LA CONVOCANTE ” Los impuestos serán pagados por “ LA CONVOCANTE ” en términos de la legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las 14:00 (catorce) horas (horario facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE ” y “EL PROVEEDOR ” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “ LOS SERVICIOS ” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Ciudad Secretarí a de México)Hacienda y Crédito Público . “EL PROVEEDOR ” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente por lo preceptuado por los artículos 89 y la prórroga se tomará en consideración a 90 de “EL REGLAMENTO ”, para efecto de calcular los intereses correspondienteserrores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “ LA CONVOCANTE ”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justifi cada y acreditable, en caso contrario “ EL PROVEEDOR ” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE “. El Garante se reserva el derecho pago de cambiar el lugar “ LOS SERVICIOS ” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “ EL PROVEEDOR ” deba efectu ar por concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago , en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones y/o deducciones al pago establecidas, “EL PROVEEDOR ” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pagopara pago. El hecho “LA CONVOCANTE ” otorgará su consentimiento para que el Garante reciba algún pago “ LICITANTE ” que resulte adjudicado , ceda sus derechos de cobro y esté en otro lugar posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no implicará novación tendrá inconveniente en caso de que el “ LICITANTE ” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del lugar factoraje y descuento electrónico de pago pactadodocumentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.S.N.C.”. xxxxx://xxxxxxx.xxxxx.xxx.xx

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Transporte De Leche en Polvo (Materia Prima

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago lo realizará “LICONSA” en la Caja General del , en forma mensual vencida, previa presentación de la factura con ( ) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de la Subgerencia de del de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR”. El plazo de ( ) días hábiles de anticipación para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada a revisión, en la , sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de presentación de las facturas serán los días y de las : ( ) horas a las : ( ) horas sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de pago serán exclusivamente los días de las : ( ) a las : ( ) horas, en el caso de que estos días fueran inhábiles la revisión y el pago se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS BIENES “que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “LOS BIENES” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago que presente el Garante cumplimiento, por lo que, en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme caso de rescisión, la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarincumplido.

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Samples: Contrato Para La Adquisición Y Suministro De

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro “LAS PARTES” convienen que la prestación de los primeros servicios objeto de éste contrato, se pagarán por “EL INSTITUTO” previo cumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y entrega de la factura y/o recibo correspondiente, a los correos electrónicos xxxxxxx.xxxxx@xxx.xxx.xx, xxxxxxxx@xxx.xxx.xx, que reúna los requisitos fiscales respectivos. “EL INSTITUTO” pagará por los servicios efectivamente prestados, concluidos y cuando hayan sido prestados a entera satisfacción de “EL INSTITUTO”, dentro de los 20 (veinte) días calendario contados a partir de la fecha de la presentación de la citada factura y/o recibo correspondiente, debidamente requisitada y autorizada por el área requirente. “EL INSTITUTO” pagará a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la cantidad a que se refiere el párrafo anterior, de acuerdo a los costos del servicio y a la forma de pago que se menciona en la convocatoria de la Licitación Pública LA-018T0K001-E1-2017. El pago de los servicios objeto del presente contrato se realizará en moneda nacional. El programa de pagos queda condicionado al avance y aceptación de los servicios por parte de “EL INSTITUTO” y a la presentación de las facturas y/o recibos correspondientes, así mismo se estipula que de acuerdo a la naturaleza de los servicios, así como de la disponibilidad de recursos de “EL INSTITUTO”, se podrá modificar el programa de pagos de común acuerdo con “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”. Los pagos se realizarán en la Caja General de “EL INSTITUTO”, ubicada en Xxxxxxx 000, Xxx. Xxxxxxx, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62490, Xxxxxx, Xxxxxxxx 00, Xxxxxx Xxxx, mediante cheque o a través de medios electrónicos, a la institución financiera y número de cuenta que en su caso “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” proporcione. En caso de que “EL INSTITUTO” lo juzgue conveniente, solicitará a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” que las facturas y/o recibos sean acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago, como puede ser, oficio de aceptación o conformidad del área designada de “EL INSTITUTO” que haya supervisado la entrega de los servicios. La revisión de la factura y/o recibo la hará “EL INSTITUTO” por conducto del área que sea responsable de la supervisión de los servicios, o a través de la persona que “EL INSTITUTO” designe para tales efectos, debiendo autorizarse dichas facturas y/o recibos, de ser procedente dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles días hábiles siguientes a cada Fecha la fecha de Pagopresentación. En caso de que la factura entregada por “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” presente errores o deficiencias, “EL INSTITUTO” dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción, indicará a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de “LA LEY”. La aprobación de la factura y/o recibo de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” o cualquier pago efectuado bajo el presente contrato, no constituirá una renuncia de los derechos de “EL INSTITUTO” o una aceptación o aprobación de cualesquiera de los trabajos o los servicios, ya que “EL INSTITUTO” se reserva expresamente el derecho de reclamar por servicios faltantes, mal ejecutados o por pago de lo indebido. Las facturas y/o recibos que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” expida a favor de “EL INSTITUTO”, deberán establecer el domicilio fiscal que éste señaló en sus declaraciones, indicando, además, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud concepto de Pago respecto los servicios en idioma español, el desglose de las cantidades que impuestos y el Estado le adeudevalor de éstos. Así mismo, “LAS PARTES” convienen que, en virtud caso de la contratación aplicación xx xxxxx convencionales de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme acuerdo a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos este instrumento, “EL INSTITUTO” podrá condicionar proporcionalmente el pago de los servicios al pago que deba efectuar a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” por concepto de dichas penas convencionales. “EL PRESTADOR DEL SERVICIOS” acepta que no se efectúe pago de principalalguno, interesessi el mismo no cumple con sus obligaciones contraídas bajo este Contrato, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad por lo que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos “EL INSTITUTO” podrá retener los pagos mencionados en esta Cláusula. “EL PRESTADOR DEL SERVICIOS” garantiza que el Estado esté obligado a efectuar los precios de los servicios, así como sus correspondientes términos y condiciones, ofrecidos bajo el presente Contrato se sumaráContrato, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen son favorables como aquellos ofrecidos a el Garante después de sus clientes comerciales bajo las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarmismas circunstancias.

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Samples: Contrato Abierto Monto Mínimo

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago lo realizará “LICONSA” en la Caja General del , en forma mensual vencida, previa presentación de la factura con ( ) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de la Subgerencia de del de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR”. El plazo de ( ) días hábiles de anticipación para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada a revisión, en la , sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de presentación de las facturas serán los días y de las : ( ) horas a las : ( ) horas sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de pago serán exclusivamente los días de las : ( ) a las : ( ) horas, en el caso de que estos días fueran inhábiles la revisión y el pago se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS BIENES” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “LOS BIENES” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago que presente el Garante cumplimiento, por lo que, en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme caso de rescisión, la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarincumplido.

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Samples: Contrato Para La Adquisición Y Suministro De

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactadoserá veinte días naturales posteriores a la presentación de las facturas, en la inteligencia que para efectos caja general de lo dispuesto la Gerencia Estatal Tlaxcala ubicada en el artículo 2220 Kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Nativitas, Santa Xxxxxx Tetlatlahuca, Tlaxcala. C.P. Noventa Mil Setecientos Treinta 90730, deberá ingresar la factura al área de contabilidad para su revisión a más tardar el día 30 de cada mes para la expedición del Código Civil Federalcontra recibo, y el pago se realizara dentro de los 20 días naturales posteriores a la presente estipulación constituye reserva expresa presentación de novación la factura, por medio de cheque o mediante depósito bancario, una vez entregado los servicios. El proveedor deberá garantizar que los servicios con refaccionamiento para todos codificadores de impresión de la Gerencia Estatal Tlaxcala, cumplen con efectividad el servicio requerido, por lo que será total responsabilidad del proveedor adjudicado que el servicio mencionado sea recibido a entera satisfacción de “Liconsa”(área usuaria), asimismo, deberá tomar las precauciones necesarias para evitar las penalizaciones establecidas; al momento de la prestación del servicio, el proveedor y el personal asignado por la convocante, verificaran finalmente la calidad del servicio prestado. El proveedor deberá anexar la ficha técnica de las refacciones a utilizar y su hoja de seguridad de los efectos productos químicos correspondiente si lo requieren. El personal de la empresa prestadora del servicio que efectué el servicio deberá contar con la capacitación, equipo de seguridad y protección necesario para evitar cualquier accidente. En el caso de que “Liconsa” haya verificado y supervisado que el servicio a los codificadores de la Gerencia Estatal Tlaxcala no reúne las condiciones mínimas de calidad o no cumple con la efectividad solicitadas en el anexo; “Liconsa”, no recibirá los mismos, dando el aviso correspondiente al proveedor, para que haya lugarse proceda con las adecuaciones correspondientes, sin exceder el plazo contratado. El proveedor no podrá solicitar el diferimiento de la fecha indicada para dar inicio al servicio con refaccionamiento de “CODIFICADORES DE IMPRESIÓN”. Servicio técnico a los cabezales y controles de impresión térmica, servicio a las pantallas LCD touchscreen, mantenimiento preventivo a los motores paso a paso, cambio de bandas y electroválvulas y refaccionamiento de las piezas en mal estado, dañadas o faltantes.

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Samples: www.gob.mx

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto Los pagos deben efectuarse en cualquiera de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud oficinas y/o sucursales de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de PagoEL EMISOR, en el entendido territorio nacional, por cualquier medio electrónico cuyo uso le hubiese sido concedido al titular, o bien en los lugares o medios que las Solicitudes EL EMISOR le indique a EL TARJETAHABIENTE por cualquiera de Pago que presente el Garante los medios de comunicación estipulados en términos del Fideicomiso deberán este contrato. Todo pago deberá realizarse conforme a lo establecido en efectivo y en la Cláusula Décima Primera del Contratomoneda en que se haya registrado el consumo en el Estado de Cuenta. Los pagos efectuados mediante cheques, transferencias electrónicas y/o cualesquiera otros medios puestos a disposición por EL EMISOR estarán sujetos a que dichos pagos puedan hacerse efectivos y en tanto no se hayan hecho efectivos, el pago se tendrá por concepto no realizado. En caso de realizarse el pago por medio de cheque u otros valores, o por transferencias, se entenderá que el mismo se realizó en la fecha en que los fondos son acreditados a favor de EL EMISOR. En caso de que un cheque sea devuelto, EL TARJETAHABIENTE deberá cancelar a EL EMISOR la comisión o cargo que éste haya establecido al efecto. EL EMISOR pone a disposición de EL TARJETAHABIENTE diversas formas de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], sin costo alguno para EL TARJETAHABIENTE como a través de cualquier forma la plataforma de pagobanca en línea llamada Cathay Virtual, suscripción de pago automático del pago mínimo o pago de contado o instrucción por demanda del pago mínimo o pago de contado, con abono débito a cuenta en Banco Cathay u cualquier otro banco o institución financiera participante de la plataforma de pagos SINPE del Banco Central de Costa Rica. EL TARJETAHABIENTE da por entendido que cualquier instrucción de débito a una cuenta bancaria para el pago mínimo o pago de contado será válida únicamente si la cuenta número [●]le pertenece o bien si cuenta con las respectivas autorizaciones para girar dicha instrucción. EL EMISOR, Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde podrá realizar convenios con cualquier otro banco, con institución financiera o comercio para la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], recepción de pagos a nombre LA TARJETA de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al FiduciarioCrédito. A todos EL TARJETAHABIENTE se compromete a reportar los pagos que el Estado esté obligado realizados a efectuar bajo el presente Contrato se sumarátravés de convenios, en su casotanto no se hayan reportado, el importe del IVA que deba aplicarse pago se tendrá por no realizado. Cada pago realizado a través de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarconvenios tendrá un cargo administrativo.

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Samples: Contrato De Apertura De Línea De Crédito, Emisión Y Uso De Medios De Pago

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Acreditado se obliga a realizar los pagos derivados de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes las obligaciones contraídas con el Acreditante, mediante la suscripción del presente Contrato, de manera directa o a través del Fiduciario del Fideicomiso en cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha cuenta [*], Sucursal [*], CLABE [*], a nombre de Pago[*], en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario del centro de México, y se efectuarán en cualquiera de las sucursales en México del Acreditante. El Acreditado se obliga a efectuar los pagos asociados al cumplimiento de las obligaciones que derivan de la Ciudad formalización del presente Contrato, antes de México)la hora señalada en el párrafo que antecede, en cualquier sucursal dentro la inteligencia que deberá utilizar la referencia alfanumérica que identifique al Crédito, la cual se incluirá en la Instrucción de territorio nacional del Banco [●]Pago y que, a través adicionalmente, se proporcionará al Acreditado en el estado de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al FiduciarioAcreditante pondrá a su disposición. A todos los pagos Cada abono se acreditará en la fecha que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse corresponda de acuerdo con lo establecido las prácticas bancarias, según la forma de pago utilizada, en la ley de la materia. Los pagos el entendido que los abonos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad del centro de México), se considerarán efectuados el realizados al Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga respectiva se tomará en consideración a efecto cuenta para el cálculo de calcular los intereses correspondientesque correspondan. El Garante Acreditante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe otorgue al Estado y al Fiduciario por escrito, Acreditado con 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha días naturales de Pagoanticipación. El hecho de que el Garante Acreditante reciba algún pago en otro lugar lugar, no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para . Para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar. El Acreditante deberá entregar al Acreditante el estado de cuenta del Crédito, correspondiente al Periodo de Pago de que se trate, dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago. Sin perjuicio de lo anterior el Acreditante podrá entregar el estado de cuenta referido en la presente Cláusula o pondrá a disposición del Acreditado el estado de cuenta en un Portal de Comprobantes Fiscales Digitales; por lo que, durante la vigencia del presente Contrato, el Acreditante informará a la dirección de correo electrónico correspondiente al Acreditado, prevista en la cláusula inmediata anterior, dentro de los primeros 10 (diez) días naturales posteriores al inicio de cada Período de Pago, los pasos a seguir para acceder a dicho portal y consultar por medios electrónicos el estado de cuenta del Crédito. Lo anterior, en el entendido de que cualquier cambio de dirección de correo electrónico para los efectos señalados, deberá ser notificado por escrito al Acreditante por un representante del Acreditado legalmente facultado, con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha en que deba surtir efectos la notificación, en caso contrario la información referida para consultar los estados de cuenta se entenderá válidamente entregada en la última dirección que se hubiera establecido al efecto. El Acreditado dispondrá de un plazo de 10 (diez) días naturales, contado a partir de la fecha en que reciba la información para consultar por medios electrónicos el estado de cuenta, para formular por escrito sus objeciones al mismo, en caso contrario se entenderá consentido en sus términos. Los estados de cuenta señalados, adicionalmente tendrán el carácter de Comprobantes Fiscales Digitales.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizará “LICONSA” en la Caja General del ________________________________, en forma vencida, previa presentación de la factura con (-----) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los primeros 5 requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de ___________________________del _____________de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago en moneda nacional (cincopesos mexicanos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagomediante cheque nominativo o transferencia electrónica, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto según lo señale “EL PROVEEDOR”. La presentación y pago de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse facturas se realizará conforme a lo establecido especificado en el ANEXO ÚNICO de este contrato. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago señalado en el ANEXO ÚNICO, queda sin efecto por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se presten durante el mes de diciembre, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Cláusula Décima Primera Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del ContratoSector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. Los pagos “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en el ANEXO ÚNICO, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales; y en el supuesto de pago que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de principaldichas penalizaciones, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de ni la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes contabilización de las 14:00 (catorce) horas (horario mismas al hacer efectiva la garantía de la Ciudad cumplimiento, por lo que en caso de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federalrescisión, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugargarantía se hará efectiva en forma proporcional al incumplimiento.

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Samples: www.liconsa.gob.mx

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgarán anticipos por parte de “LICONSA”, y ésta se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR”, por el 100% del valor de las pólizas entregadas cuyo precio será fijo y no podrá ser modificado por ninguna circunstancia durante la vigencia del presente contrato, ya sea mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR” o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que de manera oportuna señale éste. En términos de la disposición vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contenida en el anexo -- publicada en el Diario Oficial de la Federación el día , “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar en el Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, por cada factura que presente para su revisión y cobro, el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet), que expide el SAT, así como el archivo en formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de almacenamiento denominado USB. El pago se realizará por el 100% (cien por ciento) del valor de las pólizas entregadas, y se llevará a cabo a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y de las facturas a revisión, mismas que deberán coincidir con la descripción general y precios del contrato correspondiente, previa validación por el Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”, de que cumplen en cantidades, especificaciones, condiciones, requerimientos técnicos, fechas pactadas y horarios de atención, conforme a los servicios requeridos y contratados. Por lo que respecta a la póliza de transporte marítimo y terrestre de embarques de leche en polvo, “LICONSA” pagará en pesos mexicanos, la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje que se derive de la propuesta ganadora, sobre el valor total de los primeros 5 embarques mensuales de leche adquiridos, al tipo de cambio xxx xxxxx americano publicado en el Diario Oficial de la Federación días hábiles anteriores a la fecha de pago. Las facturas, deberán ser emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A e incluir el folio fiscal del CFDI (cinco) Días Hábiles siguientes a Código Fiscal Digital por Internet); los impuestos correspondientes serán pagados en términos de la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que facturas, por separado de los demás importes. El día de revisión de facturas será el Estado le adeude------- de ------ a , en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente Fecha de Pagodía hábil, en el entendido Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, las facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. El día de pago será exclusivamente el ; en pagos mediante cheque nominativo, en la Caja General de “LICONSA” de las ------ a las ---------; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de ----- a --. En caso de que las Solicitudes alguno de Pago estos días fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que presente ello implique para En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “EL PROVEEDOR” deberá presentar ante “LICONSA”, adjunto a su factura, un escrito en hoja membretada, firmada por el Garante apoderado, en el que indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva. El plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud artículo 51 de la Garantía deberán realizarse Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en cada Fecha los términos ya acordados y de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, conformidad en su caso, el importe por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley Reglamento de la materiaLey de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar pena convencional y/o deducción y/o sanción económica a la forma que se haya hecho acreedor. En el supuesto de que no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones que se señalan en el presente contrato, “EL PROVEEDOR” acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusulapara pago. “LICONSA” otorgará su consentimiento para que “EL PROVEEDOR” que resulte adjudicado, mediante aviso ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en que “EL PROVEEDOR”, clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por escrito que envíe cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN”, S.N.C., al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos cual podrá afiliarse a través de la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.siguiente liga xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxx-xx-xxxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxx-xxx-xxxxxxxx- federal/cadenas-productivas.html

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Samples: Contrato De Plurianual Del Aseguramiento Integral De Los Bienes Patrimoniales

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgará anticipo y el pago de los primeros 5 “LOS SERVICIOS” lo realizará “LICONSA”, por el 100% (cincocien por ciento) Días Hábiles siguientes a cada Fecha del valor de Pago“LOS SERVICIOS” realizados por “EL PROVEEDOR”, conforme al precio unitario por pactado, dicho importe será liquidado por “LICONSA”, mediante cheque nominativo o transferencia bancaria electrónica en cuyo caso, deberá solicitarse mediante comunicado en hoja membretada de “EL PROVEEDOR”, indicando la razón social de la empresa, el Garante nombre del banco y sucursal, número de cuenta, número de CLABE y plaza; dicho comunicado deberá presentar estar firmado por el Apoderado y certificado por el banco correspondiente, a través del nombre y firma del Gerente o Ejecutivo de Cuenta y el sello respectivo. El plazo para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada para su revisión al Fiduciario una Solicitud Departamento de Pago respecto Finanzas de “LICONSA”, y para tal efecto se señala que la presentación de las cantidades que el Estado le adeudefacturas será los días martes y viernes, en virtud o al siguiente día hábil si estos no lo fueran, de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme 9:00 (nueve) a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario horas, sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, pago mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos bancaria electrónica serán exclusivamente los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después viernes de las 14:00 13:00 (catorcetrece) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 las 15:00 (quince) Días previos horas. En el caso de que estos días fueran inhábiles, la presentación de facturas y el pago se realizarán al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. El pago se realizará a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la próxima Fecha presentación de Pagolas facturas a revisión, las cuales deben de presentarse en términos de la Legislación Fiscal vigente al momento de realizarse el pago, previamente validadas por la Subgerencia de Administración y Finanzas de “LICONSA”. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” expedirá las facturas por “LOS SERVICIOS” realmente realizados por el período que se factura, anotando el número de contrato correspondiente. En el caso de que existan errores o diferencias en las facturas presentadas por “EL PROVEEDOR”, “LICONSA” se los hará saber indicándole las deficiencias a corregir. El hecho periodo que el Garante reciba algún pago en otro lugar transcurra a partir del aviso y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las correcciones no implicará novación del lugar se computará para hacer exigible la obligación de pago pactadode “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario, “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Lo anterior de conformidad con lo estipulado en los artículos 89 y 90 del Reglamento de la inteligencia Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que para efectos de lo dispuesto “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones al pago, en el artículo 2220 entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. En caso que durante la vigencia del presente instrumento no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de las penalizaciones a que alude la Cláusula Décima Cuarta, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presenten para pago. Las facturas deberán ser requisitadas en términos del Código Civil FederalFiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A. Los impuestos serán pagados por “LICONSA”, en los términos que marca la presente estipulación constituye reserva expresa legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de novación cada una de las facturas, por separado de los demás conceptos. “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar en el Departamento de Finanzas, adscrito a la Subgerencia de Administración y Finanzas de “LICONSA” por cada factura que presenten para todos su revisión y cobro, el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet), que expide el SAT, así como el archivo en formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de almacenamiento denominado USB. “LICONSA” otorgará su consentimiento para que “EL PROVEEDOR”, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que “EL PROVEEDOR” se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, acceda y utilice los efectos a que haya lugar.beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.”. Para mayor información sobre el “Programa” se podrá consultar la siguiente página de internet: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxx-xx-xxxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxx-xxx-xxxxxxxx- federal/cadenas-productivas.html

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Samples: Contrato Del Servicio De Mantenimiento Y Acondicionamiento a Sistema De Iluminación

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Cliente deberá realizar los pagos correspondientes al presente Contrato en cualquiera de las sucursales del Banco, en Días y horas Hábiles dentro del horario de atención al público de dichas sucursales, sin necesidad de requerimiento previo o a través de cualquier otra forma habilitada por el Banco e informada al Cliente a través de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha Medios de Pago, Comunicación. El Cliente podrá solicitar que el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto pago de las cantidades derivadas del presente Contrato se efectúe con cargo a una cuenta de depósito a la vista de la entidad financiera que indique el Cliente, otorgando su autorización mediante los formatos de solicitud de contratación del servicio de domiciliación que para tal efecto el Banco ponga a disposición del Cliente a través de las sucursales del Banco o a través de la página de Internet xxx.xxxx.xxx.xx. El Cliente también podrá llevar a cabo la cancelación o aclaraciones de cargos, mediante los formatos que el Estado le adeudeBanco ponga a su disposición a través de los medios señalados en el presente párrafo. En caso de que el Cliente solicite la cancelación del servicio de domiciliación, el Banco deberá de cancelar dicho servicio en un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles bancarios contados a partir de la presentación de la solicitud respectiva por parte del Cliente. Con independencia de lo anterior, en virtud caso de que el Cliente no tenga contratado el servicio de Domiciliación, el Cliente y el obligado solidario y/o parte garante instruyen al Banco para cargar en cualquier cuenta de cheques que el Banco les opere o llegare a operarles, todos los adeudos por concepto de capital, intereses, comisiones, gastos y demás accesorios derivados de este Contrato, o de cualquier otra relación jurídica que tengan o llegaren a tener con cualquier entidad del Grupo Financiero al que pertenece el Banco. Si el día establecido para cualquier pago resulte inhábil, el pago deberá efectuarse el Día Hábil inmediato posterior cobrándose intereses a esa fecha. Los pagos que realice el Cliente a la contratación Cuenta Corriente deberán acreditarse de la Garantía acuerdo al medio de pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pagoel Cliente utilice, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido siguiente: si es en efectivo: se acreditará el mismo día; si es en cheque: (i) del Banco, se acreditará el mismo día; (ii) de otro banco, depositado antes de las 16:00 (dieciséis) horas, se acreditará a más Emisión de estado de cuenta adicional. Por evento El monto de las comisiones a cargo del Cliente se indicará en la Cláusula Décima Primera Carátula del presente, o en cualquier documento autorizado en términos de la tardar el Día Hábil siguiente, y depositado después de las 16:00 (dieciséis) horas, se acreditará a más tardar el segundo día hábil bancario siguiente; si es por domiciliación se acreditará: (i) en la fecha que se acuerde con el Cliente; o (ii) en la fecha límite de pago del crédito; si es por transferencias electrónicas de fondos: (i) a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios del Banco de México (SPEI), se acreditará el mismo día; (ii) transferencias electrónicas de fondos dentro del Banco se acreditará el mismo día; y (iii) transferencias electrónicas de fondos desde otros bancos, se acreditará a más tardar el Día Hábil siguiente. Queda entendido que para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago a cargo del Cliente, el Banco podrá optar por hacer el cargo respectivo o por el vencimiento anticipado del Contrato. Los pagos por consumos, servicios o disposiciones efectuados en el extranjero serán cargados a la Cuenta Corriente invariablemente en Moneda Nacional. El tipo de cambio que por concepto se utilice para calcular la equivalencia del peso en relación con el Dólar, moneda de pago curso legal de principallos Estados Unidos de América, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra no podrá exceder de la cantidad que resulte de multiplicar por 1.01 el Estado adeude al Garante tipo de cambio que el Banco de México determine el día de presentación de los documentos de cobro respectivos, de conformidad con lo señalado en virtud las Disposiciones aplicables a la determinación del tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, y publique en el Diario Oficial de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados Federación el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarsiguiente.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro “LICONSA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad proporcional que se obtenga por “LOS SERVICIOS” de acuerdo con los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagodestinos programados por “LICONSA”, el Garante deberá importe correspondiente al servicio prestado por litro distribuido o por viaje realizado será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a favor de “EL PROVEEDOR”, mediante depósito a la cuenta bancaria que para tal efecto señale “EL PROVEEDOR”, por lo que se compromete a presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de para su revisión las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante facturas correspondientes debidamente 83/122 requisitadas en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido código fiscal de la federación y demás legislación aplicable en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto Subgerencia de pago de principal, intereses, Contraprestaciones Administración y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud Finanzas o su similar de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario Gerencia Estatal, Metropolitana o Programa xx Xxxxxx Social del Estado de la Ciudad República en el que se reciba el producto, dicha conciliación comprenderá el volumen del producto distribuido, de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a canastillas y la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumarádeterminación, en su caso, de las penas convencionales aplicables, las cuales deberán contener el importe desglose de los servicios prestados, el número de contrato, en los días que cada uno de los destinos tengan asignados. Los días y horarios de recepción de facturas así como los plazos, días y horarios para el pago de las mismas, serán los que cada una de las Gerencias Estatales, Metropolitanas o de los Programas xx Xxxxxx Social del IVA Estado de la República en los que se reciba el producto tengan asignados. Los impuestos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. En el caso de que el día de pago o de recepción de facturas fuera inhábil, éste se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba aplicarse efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de acuerdo con que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo establecido que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. En caso que durante la vigencia del presente instrumento no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de las penalizaciones a que alude el Numeral IX del presente ANEXO TÉCNICO “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la ley de la materia. Los pagos última factura que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarpago.

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Samples: www.liconsa.gob.mx

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgará anticipo y “LA CONVOCANTE” realizará el pago en moneda nacional (pesos mexicanos) mediante transferencia bancaria electrónica, El pago del precio lo realizará “LA CONVOCANTE” en la Caja General del Departamento de Cuentas por Pagar, por el 100% (cien por ciento) del valor de “EL SERVICIO” efectivamente ejecutado, a los primeros 5 20 (cincoveinte) Días Hábiles siguientes días naturales posteriores a cada Fecha la presentación de Pagola factura a revisión. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud previamente validada por la persona que designe la Subdirección de Pago Recursos Materiales y Servicios Generales de “LA CONVOCANTE”, respecto a su contenido y procedencia de pago. La presentación y pago de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse facturas se realizará conforme a lo establecido especificado en el ANEXO TÉCNICO de este contrato. “EL LICITANTE” se obliga a presentar en la Cláusula Décima Primera Caja General del ContratoDepartamento de Cuentas por Pagar de “LA CONVOCANTE”, por cada factura que presente para su revisión y cobro, el folio fiscal del CFDI (Código Fiscal Digital por Internet), que expide el SAT, así como el archivo en formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de almacenamiento denominado USB; las facturas deben coincidir en descripción y precio con los indicados en el presente contrato. Los pagos “EL LICITANTE” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en el ANEXO TÉCNICO, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”. El pago de “EL SERVICIO” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL LICITANTE” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales; y en el supuesto de pago que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de principaldichas penalizaciones, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de ni la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes contabilización de las 14:00 (catorce) horas (horario mismas al hacer efectiva la garantía de la Ciudad cumplimiento, por lo que en caso de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federalrescisión, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugargarantía se hará efectiva en forma proporcional al incumplimiento.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicio De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo Para Vehículos Con Motor a Diesel Y Gasolina De La Convocante

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Estado se obliga a pagar al Acreditante el capital, intereses y demás cantidades pagaderas conforme a este Contrato, en pesos y dentro de territorio nacional, en las Fechas de Pago establecidas, a la cuenta que para tales efectos le notifique, de tiempo en tiempo, el Acreditante al Estado. Sin perjuicio de lo anterior, el Acreditante y el Estado acuerdan que este último podrá liberarse de sus obligaciones de pago conforme al presente Contrato, mediante los abonos o transferencias realizados por conducto del Fiduciario, a la cuenta que para tales efectos le notifique el Acreditante, para lo cual el Acreditante deberá seguir el procedimiento establecido para tales efectos en el Fideicomiso. El Estado, en este acto, autoriza al Acreditante para que a través de la presentación de las Solicitudes de Pago instruya al Fiduciario a transferirle las cantidades pagaderas por el Estado conforme a lo dispuesto en este Contrato y en el Fideicomiso. En términos del Fideicomiso, en el caso que el Acreditante no presente la Solicitud de Pago en un Periodo de Pago, el Fiduciario abonará el importe de capital más intereses indicados en la última Solicitud de Pago entregada. En el caso que el Acreditante no entregue una Solicitud de Pago en términos del Fideicomiso, y que por tal motivo el pago que se realice a través del Fideicomiso sea erróneo, el Acreditante estará obligado a: (i) si el pago hubiera sido realizado en exceso, reintegrar al Fideicomiso las cantidades que hayan sido pagadas en exceso, a más tardar dentro de los primeros 5 2 (cincodos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, que hubiere recibido el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de pago en exceso; o (ii) en el caso que las cantidades que se hubieran pagado sean menores al monto que efectivamente debió pagarse al Acreditante, éste deberá esperar al siguiente Periodo de Pago para solicitar y recibir el Estado pago del importe de los intereses o capital que no le adeudehubieren sido pagados y que, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, acuerdo a lo previsto en el entendido que las Solicitudes presente Contrato, le hubieren correspondido de Pago que presente haberse cumplido con el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo procedimiento establecido en la Cláusula Décima Primera del Contratoel Fideicomiso para tal efecto. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su casoEn este segundo supuesto, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen Acreditante no tendrá derecho a cobrar intereses moratorios o a dar por vencido anticipadamente el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarCrédito.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro En la Gerencia Estatal Tlaxcala ubicada kilómetro 6.5 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx, Vía Nativitas, Santa Xxxxxx Tetlatlahuca, Tlaxcala. C.P. Noventa Mil Setecientos Treinta (90730). la facturación se realizará de manera semanal y el pago se realizara dentro de los primeros 5 20 días naturales posteriores a la presentación de la factura a revisión lugar de pago caja general de la Gerencia Estatal Tlaxcala o mediante depósito bancario, previa la expedición del recibo correspondiente. • “EL PROVEEDOR” ofrecerá el servicio de comedor siete días a la semana, incluyendo días festivos, para una población aproximada de 110 personas promedio diario, además de eventualidades como son: visitas, vacaciones, trabajos extraordinarios, etc. las cantidades varían dependiendo de las incidencias del personal (cinco) Días Hábiles siguientes consumo mensual aproximado 2,450 comidas), con un ajuste aproximado del 20%, por el periodo del 1 xx xxxxx al 31 de diciembre del 2022, o bien al momento de adjudicación directa al proveedor por parte del área de adquisiciones, “Liconsa” no estará obligada a cada Fecha garantizar el consumo en el número de Pagocomidas servidas. • “El PROVEEDOR” se compromete a entregar semanalmente al Departamento de Relaciones Industriales reporte de las comidas proporcionadas durante la semana vencida, dicha cantidad deberá de coincidir con el monto a facturar. • “EL PROVEEDOR” se compromete a servir el mismo menú en los horarios o turnos establecidos por “Liconsa”, y acepta que éstos están sujetos a cambios de acuerdo a las necesidades de la misma, considerar que el personal administrativo no labora los días xxxxxxx, xxxxxxxx y días festivos, el Garante día sábado únicamente serian de 22 a 24 comidas aproximadamente, el día domingo y días festivos 50 comidas. • “EL PROVEEDOR” deberá presentar al Fiduciario una Solicitud garantizar que “LOS SERVICIOS” que proporcione, cumplan con los estándares de Pago respecto higiene y calidad que establece la secretaría de salud en la NOM-093-SSA-1 vigente, norma oficial mexicana de bienes y servicios, prácticas de higiene y sanidad en la preparación de alimentos que se ofrecen en establecimientos fijos. El incumplimiento en los estándares de cantidad, higiene y calidad descritos en los puntos mencionados, será motivo de aplicación de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, penas convencionales establecidas en el entendido contrato de servicio. A fin de comprobar lo anterior, acepta “El PROVEEDOR”, que las Solicitudes de Pago que presente el Garante se realicen los análisis microbiológicos (swabs, 0 cero ufc/ml en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de Méxicocoliformes), en cualquier sucursal dentro sensoriales (color, olor, sabor y aspecto), y de territorio nacional del Banco [●]cantidad necesarios a los alimentos, mismos que realizará el Departamento de Control de Calidad de “Liconsa”, de acuerdo al programa preestablecido. El Departamento de Control de Calidad a través de su titular o de la persona que designe efectuara de manera aleatoria las revisiones necesarias. Podrá solicitar el retiro de cualquier forma alimento, siendo obligación de pago“el PROVEEDOR” no incluirlas como insumos del servicio (desecharlas). El Departamento de Control de Calidad de “Liconsa” a través de su titular o de la persona que designe, con abono verificará que los alimentos se preparen conforme a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con programación y cumpliendo las reglas de higiene que marca la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre norma correspondiente y en caso de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo incumpla con lo establecido realizará reportes por escrito citando los incumplimientos; tanto de análisis microbiológicos (swabs), revisión de materias primas, reportando al Departamento de Relaciones Industriales. • “EL PROVEEDOR” se comprometerá a mantener en la ley excelente estado de la materiaconservación e higiene las instalaciones, equipo, mobiliario y utensilios que le sean proporcionados por “Liconsa”. Los pagos Diariamente se mantendrán limpias tanto el área de trabajo como las instalaciones en general, utilizando productos biodegradables y bactericidas, y presentará un programa que cubra el periodo del contrato calendarizado en forma mensual de sanidad y limpieza general, aceptando que se realicen visitas de inspección por personal de “Liconsa”, a fin de verificar el Garante después cumplimiento del programa mencionado. Dicha supervisión la realizará el Departamento de Control de Calidad y el Departamento de Relaciones Industriales de acuerdo a las 14:00 (catorce) horas (horario necesidades de “Liconsa”. • El PROVEEDOR se compromete a entregar al Departamento de Relaciones Industriales exámenes de laboratorio clínico Bh, reacciones febriles, ego, coproparasitoscopico una muestra, exudado faríngeo cada tres meses, así mismo si amerita tratamiento médico, reportar la receta al Departamento de Relaciones Industriales y al termino del tratamiento elaborar nuevamente estudios. • El PROVEEDOR se compromete a entregar Manual de Procedimientos basado en la NOM035 respecto a los servicios de comedor. • Para efectos del correcto cumplimiento de obligaciones del instituto mexicano del seguro social, y en específico a los artículos 5-a y 15-a de LA LEY del seguro social, el “PROVEEDOR” deberá entregar al Departamento de Relaciones Industriales muy independientemente de la Ciudad de México)documentación que se requiere para firma del contrato, se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato la siguiente y documentación en fotocopia legible a más tardar 5 días posteriores a la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientesfirma del contrato. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar 1.-Credencial del Instituto Federal Electoral y/o la forma Instituto Nacional Electoral (IFE/INE) del representante legal ante el IMSS. 2.-Afil-01 aviso de pago descritos inscripción patronal o modificación en la presente Cláusulasu registro ante el IMSS. 3.-Lista del personal asignado a Liconsa, mediante S.A. de C.V., e informar al Departamento de Relaciones Industriales cada vez que realicen un cambio de personal. 4.-Afil-02 aviso por escrito que envíe de inscripción al Estado y IMSS o Afil idse-06 movimientos operados (de los avisos de inscripción de los trabajadores al Fiduciario por escritoIMSS vía electrónica) de cada uno de los trabajadores asignados a Liconsa, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha S.A. de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.C.V

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Comedor

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro “LICONSA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad proporcional que se obtenga por “LOS SERVICIOS” , de acuerdo con los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes destinos programados por “LICONSA”. El importe correspondiente por “LOS SERVICIOS” por viaje realizado, será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a cada Fecha favor de Pago“EL PROVEEDOR” , el Garante deberá por lo que se compromete a presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de para su revisión las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante facturas correspondientes debidamente requisitadas en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido Código Fiscal de la Federación y demás Legislación aplicable en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto Subgerencia de pago de principal, intereses, Contraprestaciones Administración y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud Finanz as de la Garantía Planta, las cuales deberán realizarse contener el desglose de “LOS SERVICIOS” por viaje, así como el número de contrato, sujetándose a los precios establecidos en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de el mismo y la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumarádeterminación, en su caso, de la pena convencional y deducciones económicas apli cables . Los días y horarios de recepción de facturas así como los plazos días y horarios para el importe pago de las mismas serán los que la Planta tenga asignados. En el caso de que el día de pago fuera inhábil éste se realizará al siguiente día hábil, sin que ell o implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO” , para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en to do momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA ”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA ”. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “EL PROVEEDOR” deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretado, firmada por el apoderado, en el que se indique el no mbre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en las oficina de pago correspondientes a cada Cent ro de Trabajo de “LICONSA” junto con sus f acturas. Los impuestos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el m es de diciembre, sujetándose a los términos del IVA artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándo se a los términos del párrafo que antecede. y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley d e Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, pa ra efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pa go a cargo de “LICONSA” , evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA” . El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba aplicarse efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones económicas, en el entendido de acuerdo con que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones y dedu cciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de c umplimiento, por lo establecido que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. En el caso que durante la vigencia de “LOS SERVICIOS” no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de las deducciones esta blecidas, “EL PROVEEDOR” acepta que se le hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la ley última factura que presente para pago. “LICONSA” otorgará su consentimiento para que “EL PROVEEDOR” , ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de reali zar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que “EL PROVEEDOR” se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y desc uento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.”. Para mayor información sobre el “Programa” se podrá consultar la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después siguiente página de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar yinternet: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxx -al-gobierno/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.programa -de-compras -del -gobierno - federal/cadenas -productivas.html

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Transporte Y Distribución De Leche en Polvo Y/O Suplemento Alimenticio, Y/O Leche Uht Y/O Cualquier Otro Producto De Liconsa

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro “LA CONVOCANTE” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” “LOS SERVICIOS”, y será liquidado mediante cheque nominativo o transferencia electrónica (cumpliendo con los requisitos establecidos por el Departamento de los primeros 5 Cuentas por Xxxxx) a favor de “EL PROVEEDOR”, por lo que este se compromete a presentar para su revisión las facturas correspondientes y deberán presentar el folio fiscal del CFDI (cincoCódigo Fiscal Digital por Internet) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeen formato XML en forma electrónica , en virtud una unidad de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pagoalmacenamiento USB, en formato PDF, las cuales deberán contener el entendido que las Solicitudes desglose de Pago que presente “LOS SERVICIOS”, así como el Garante número de contrato, ajustándose a los precios establecidos en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en el mismo y la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumarádeterminación, en su caso, de la pena convencional y deducciones al pago aplicables. Los días para la presentación de facturas a revisión serán los viernes de 09:00 a 14:00 horas; si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente día hábil, en el importe Departamento de Contabilidad de “LA Las facturas deberán ser requisitadas en términos del IVA Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y el pago se hará a nombre de “EL PROVEEDOR”, conforme a las Leyes y disposiciones monetarias y fiscales que deba aplicarse se encuentren vigentes en ese momento, a través de acuerdo con lo establecido cheque nominativo en la ley Caja General de “LA CONVOCANTE” ubicada en el kilómetro 6.5 de la materiaXxxxxxxxx x Xxx Xxxxxx Xxx Nativitas, Santa Xxxxxx Tetlatlahuca, Tlaxcala. C.P. Noventa Mil Setecientos Treinta (90730), o a través de transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “EL PROVEEDOR”, en caso que la factura entregada por el proveedor para su revisión, presente errores o deficiencias, LICONSA dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a los de su recepción, indicará por escrito al proveedor las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos de los Artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Los días de pago serán exclusivamente los viernes, en pagos mediante cheque nominativo éstos se harán en la Caja General de “LA CONVOCANTE” de las 09:00 a las 14:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que el día de pago fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el plazo convenido. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, deberá adjuntar a su factura, escrito en hoja membretada, firmada por “EL PROVEEDOR” o su apoderado, en el que se indique el nombre de la institución bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar validado por la institución bancaria respectiva y ser presentado en el Departamento de Contabilidad de “LA CONVOCANTE” Los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE” en términos de la legislación aplicable, y deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. “LA CONVOCANTE” y “EL PROVEEDOR” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO”, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el “LICITANTE” que resulte adjudicado, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el “LICITANTE” adjudicado que se encuentre clasificado como micro, pequeña o mediana empresa, acceda y utilice los beneficios del factoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, S.N.C.”. Esta es la liga para poderse afiliar xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxxxxx- productivas.html En el supuesto de que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago de las penalizaciones y/o deducciones económicas que alude el numeral 4.3 de esta convocatoria, el “LICITANTE” que resulte adjudicado acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que se presente para pago. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que el proveedor deba efectuar por concepto de las penas convencionales a las que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El haya hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugaracreedor.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro Todos los pagos que deba efectuar el Acreditado a favor del Banco al amparo del presente Contrato, los hará a través del Fideicomiso de Administración con cargo a los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a cada Fecha recursos derivados de las Participaciones que corresponden al presente Crédito conforme al Fideicomiso de Administración, previa recepción del Fiduciario de la Solicitud de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago Pago, antes de las 14:00 [12] (catorce[doce]) horas (horario de la Ciudad del centro de México). En caso de que los pagos a que hace referencia el presente párrafo se realicen con posterioridad a dicha hora, exclusivamente para el cálculo de los intereses se considerarán realizados al Día Hábil siguiente. Dichos pagos serán efectuados en Pesos, en cualquier sucursal dentro cualquiera de territorio nacional del Banco [*], a través de cualquier forma de pago, con abono pago a la cuenta número [●]que le notifique por escrito el Banco al Acreditado en la Solicitud de Pago correspondiente. El Banco reconoce cabalmente el cumplimiento del Acreditado de los pagos realizados al amparo del presente Contrato de Crédito en dicha cuenta, Sucursal [●], Plaza [●], ya sea que se realicen directamente o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro bancoa través del Fideicomiso de Administración, con cargo a los recursos que deriven del Porcentaje de Participaciones que corresponden al presente Crédito conforme al Fideicomiso de Administración.10 Cada abono se acreditará en la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma fecha que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse corresponda de acuerdo con lo establecido las prácticas bancarias, según la forma de pago utilizada. En caso de que cualquier obligación de pago del Acreditado conforme a los términos del presente Contrato, venciere en la ley de la materia. Los pagos un día que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México)no fuere un Día Hábil, se considerarán efectuados dicho pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugaranterior.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro Las Partes harán todos los pagos considerados en este Contrato y en el Convenio dentro de los primeros 5 diez (cinco10) Días Hábiles siguientes días hábiles posteriores a cada Fecha la fecha en que hubieren recibido las facturas correspondientes. Las facturas serán pagadas en su totalidad por la Parte deudora. En caso de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago que exista discrepancia entre las Partes respecto de las cantidades la suma que el Estado le adeudeampare una factura, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ésta deberá ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pagopagada íntegramente dentro del plazo convenido, en el entendido de que la cantidad materia de la discrepancia se paga bajo protesta. Si se determina que cualquier porción de la cantidad protestada del cobro es incorrecta, la Parte acreedora la reintegrará a la Parte deudora junto con los cargos financieros señalados en el párrafo siguiente. Las discrepancias por los cargos transferidos por el CAlSO o el WECC se sujetarán al procedimiento establecido por el propio CAISO o WECC. La falta de pago oportuno de las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse facturas generará a la Parte deudora gastos financieros conforme a lo al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Cláusula Décima Primera Federación, como si se tratara del Contratosupuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que se venció el plazo para su pago, hasta la fecha en que se realice el pago. Los pagos que por concepto de pago de principaltenga que realizar el Permisionario al Suministrador, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud con motivo de la Garantía ejecución de este Contrato y su Convenio, se harán en moneda de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos con excepción de los incisos iii) y iv) del primer párrafo de la Cláusula Décima Octava, los cuales deberán realizarse en cada Fecha dólares de Pago antes los Estados Unidos de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pagoAmérica, con fondos inmediatamente disponibles, mediante abono a la cuenta número [●]ubicada en los Estados Unidos de América, Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique Suministrador notifique por escrito al Estado y al FiduciarioPermisionario. A todos Todos los pagos que realice el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumaráSuministrador al Permisionario serán efectuados en pesos, en su casoforma electrónica con fondos inmediatamente disponibles, en una Institución Bancaria dentro de los Estados Unidos Mexicanos, designada por el importe del IVA que deba aplicarse Permisionario. Las facturas se dirigirán a los siguientes domicilios: Al Suministrador Comisión Federal de acuerdo Electricidad Al Permisionario Las direcciones señaladas podrán ser modificadas por cada una de las Partes mediante comunicación escrita de sus respectivos Representantes Autorizados con lo establecido una anticipación mínima de 10 (diez) días hábiles. Las cuentas de los párrafos anteriores podrán ser modificadas por cada una de las Partes mediante comunicación escrita de sus respectivos Representantes Autorizados con una anticipación mínima de 10 (diez) días hábiles. Las facturas deberán cumplir con todos los requisitos fiscales previstos en la ley legislación de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Contrato De Interconexion Para Permisionarios Ubicados en El Area De Control Baja California Que Importan Energia Electrica a Traves Del Consejo Coordinador De Electricidad Del Oeste

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgarán anticipos por parte de “LICONSA”, y ésta se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR”, por el 100% del valor de las pólizas entregadas cuyo precio será fijo y no podrá ser modificado por ninguna circunstancia durante la vigencia del presente contrato, ya sea mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR” o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que de manera oportuna señale éste. El pago se realizará a los 7 (siete) ó 10 (diez) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y facturas debidamente requisitadas en términos de la legislación fiscal vigente en el momento de hacer el pago, previa validación del Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”, a fin de verificar que cumplan en las cantidades, especificaciones, fechas pactadas y horarios de atención. Por lo que respecta a la póliza de aseguramiento de transporte marítimo y terrestre de embarques de leche en polvo, “LICONSA” pagará en pesos mexicanos la cantidad que resulte de aplicar la tarifa de ----------% sobre el valor total de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes embarques mensuales de leche adquiridos, al tipo de cambio xxx xxxxx de los Estados Unidos de América publicado en el Diario Oficial de la Federación dos días hábiles anteriores a la fecha de pago. Por lo que respecta a la póliza de aseguramiento de transporte de leche UHT, “LICONSA” pagará en pesos mexicanos la cantidad que resulte de aplicar la tarifa de % sobre el valor total de los embarques reales mensuales de leche. Las facturas, deberán ser emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, y los impuestos correspondientes serán pagados en términos de la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudefacturas, en virtud por separado de la contratación los demás importes. Los días de la Garantía que deban ser cubiertas en la revisión de facturas serán los martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas, si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente Fecha de Pagodía hábil, en el entendido Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, las facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. El día de pago será exclusivamente el viernes; en pagos mediante cheque nominativo, en la Caja General de “LICONSA” de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que las Solicitudes alguno de Pago estos días fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que presente ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el Garante en plazo convenido. El plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a lo establecido los términos del párrafo que antecede. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la Cláusula Décima Primera del Contratofecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones la pena convencional y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar / deducción y/o sanción económica a la forma que se haya hecho acreedor. En el supuesto de que no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones que se señalan en el presente contrato, “EL PROVEEDOR” acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarpago.

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Samples: Contrato De Aseguramiento Integral

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago lo realizará “LICONSA” en la Caja General del _, en forma mensual vencida, previa presentación de la factura con ( ) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de la Subgerencia de _del de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago mediante cheque nominativo a favor de “EL PROVEEDOR”. El plazo de ( _) días hábiles de anticipación para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente fue presentada a revisión, en la _, sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de presentación de las facturas serán los días _ y _ de las : ( ) horas a las : ( _) horas sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de pago serán exclusivamente los días de las : ( ) a las :__ ( ) horas, en el caso de que estos días fueran inhábiles la revisión y el pago se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las Solicitudes mismas al hacer efectiva la garantía de Pago que presente el Garante cumplimiento, por lo que, en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme caso de rescisión, la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarincumplido.

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Samples: Contrato Para La Contratación Del Servicio De Trasporte De Personal

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizara “LICONSA” en la Caja General del _ _, en forma ( ) vencida, previa presentación de la factura con _ _ (_ _) días _ de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de _ _de ------------- del -------- de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago en moneda nacional (pesos mexicanos) mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, según lo señale “EL PROVEEDOR”. “EL PROVEEDOR” que resulte ganador realizará la entrega del servicio a “LICONSA” en un plazo de 24 horas posteriores al fallo de adjudicación. “LICONSA” una vez recibida la factura del periodo mensual consumido debidamente conciliada en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, para que sean validadas por el Departamento de Contabilidad, tendrá veinte (20) días naturales para realizar el pago. El pago se hará a nombre de ““EL PROVEEDOR” ” en la Caja General asignada al Departamento de Contabilidad de “LICONSA”, mediante cheque nominativo o transferencia electrónica, conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se encuentren vigentes en ese momento. Por lo que se solicitará a “EL PROVEEDOR” proporcionar como información adicional: la cuenta bancaria número; sucursal; plaza; clave de transferencia interbancaria; nombre del Banco. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “EL SERVICIO” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cada Fecha cargo de Pago“LICONSA”, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud evitando colocar a esta última en posición de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeudeincumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “EL SERVICIO” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que las Solicitudes en el supuesto de Pago que presente sea rescindido el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes contabilización de las 14:00 (catorce) horas (horario mismas al hacer efectiva la garantía de la Ciudad de México)cumplimiento, por lo que, en cualquier sucursal dentro caso de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federalrescisión, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugargarantía se hará efectiva en forma proporcional al incumplimiento.

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Samples: Contrato De Servicio Para El Suministro De Combustible Mediante Sistema Electrónico, Para El Parque Vehicular Adscrito Al

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro “LA CONVOCANTE” pagará a “LOS LICITANTES” , “LOS SERVICIOS” de acuerdo con los destinos programados por “LA CONVOCANTE”. El importe a pagar por “LOS SERVICIOS” corresponderá al número de (litros de leche distribuidos y o viajes realizados durante el mes) conforme al precio unitario fijo señalado en el contrato, más el impuesto al valor agregado, cubriéndose los importes en forma específica al servicio realment e prestado en función a litros distribuidos, o viajes realizados (no se contarán como litros distribuidos o viajes realizados, aquellos que no sean entregados en tiempo y forma en el punto específico de venta), y será liquidado por transferencia electrónic a a favor del “LOS LICITANTES” que resulten adjudicados (el pago por trasferencia electrónica se llevara a cabo previa solicitud al Departamento de Cuentas por Pagar y el cumplimiento de los primeros 5 (cincorequisitos establecidos por esa área) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagola cuenta bancar ia que pa ra tal efecto señalen “LOS LICITANTES”, el Garante deberá por lo que se comprometen a presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de para su revisión las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante facturas correspondientes debidamente requisitadas en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido Código Fiscal de la Federación y demás legislación aplicable en la Cláusula Décima Primera Subgerencia de Administ ración y Finanzas o su similar o en el Centro de Trabajo del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse República en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●]el que se recoja el producto, a través las cuales se les deberán anexar la conciliación realizada con “LA CONVOCANTE y “LOS LICITANTES” que resulten adjudicados . Dicha concili ación comprenderá el volumen de cualquier forma producto distribuido, el número de pagocanastillas entregadas, con abono la cual deberá contener el desglose de “LOS SERVICIOS” prestados, el número de contrato, ajustándose a los precios establecidos en el mismo y la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumarádeterminación, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materiapena convencional y las deducciones aplicables. La fecha de pago no excederá los términos xx xxx una vez presentada la documentación respectiva y se realizarán dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de las facturas, las cuales deberán contener el desglose de “LOS SERVICIOS”, ajustándose a los precios pactados en el contrato respectivo; a dicho pago se le efectuarán las retenciones que las di sposiciones legales establezcan. Los días y horarios de recepción de facturas así como los plazos días y horarios para el pago de las mismas , serán los establecidos en cada una de las Plantas de “LA CONVOCANTE”. En el caso de que el día de pago fuera i nhábil éste se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LA CONVOCANTE” un incumplimiento en el plazo convenido. “LA CONVOCANTE” y “LOS LICITANTES” a quienes se les adjudique el contrato acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto por lo que respecta a los servicios que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del Artículo 51 de “LA LEY”, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “LOS LICITANTES” a los que se les adjudique el contrato expedirán las facturas por “LOS SERVICIOS” realmente prestados por el período que se factura, anotando el número de contrato correspondiente. términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO” , para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LA CONVOCANTE ”, evitando colocar a esta última en po sición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LA CONVOCANTE“. Los pagos se realizarán en pesos mexicanos conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que se realicen a el Garante después encuentren vigentes en ese momento; los impuestos serán pagados por “LA CONVOCANTE”, en los términos que marca la legislación aplicable; éstos debe rán indicarse al final de cada una de las 14:00 (catorce) horas (horario facturas, por separado de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientesdemás importes. El Garante se reserva el derecho pago de cambiar el lugar “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxx convencional y/o deducciones al pago, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dicha penalización ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido En caso de que durante la vigencia del contrato no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago descritos de la pena convencional y/o deducciones a que alude el Anexo VII de esta convocatoria, los licitantes adjudicados aceptan que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que se presente Cláusulapara cobro. Las facturas, mediante aviso por escrito deberán ser en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Feder ación en sus artículos 29 y 29 -A, y el pago se hará a nombre de “LOS LICITANTES” a quienes se les haya adjudicado el contrato, en pesos mexicanos, conforme a las leyes y disposiciones monetarias y fiscales que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago se encuentren vigentes en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactadoese momento, en la inteligencia C aja de pagos de cada Centro de Trabajo o en la cuenta bancaria que determinen “LOS LICITANTES” adjudicados. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, “LOS LICITANTES” a quienes se les adjudique el contrato deberán adjuntar a su fa ctura, escrito en hoja membretado, firmada por el apoderado, en el que se indique el nombre de la Institución Bancaria, número de cuenta y número de CLABE; este escrito deberá estar certificado por la Institución Bancaria respectiva y ser presentado en la oficina de pago correspondiente a cada Centro de Trabajo de “LA CONVOCANTE”. De conformidad con lo indicado en los artículos 89 y 90 de “EL REGLAMENTO”, en caso de que las facturas entregadas por el prestador para su pago, presenten errores o deficiencias , el Departamento de Cuentas por Pagar de "LA CONVOCANTE", dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al prestador las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citad o escrito y hasta que el prestador presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de lo dispuesto “LA LEY”. “LA CONVOCANTE” otorgará su consentimiento para que el licitante que resulte ganador, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en caso de que el artículo 2220 licitante ganador que se encuentre clasificado como micro, pequeñas o medianas empresas, accedan y utilicen los beneficios del Código Civil Federalfactoraje y descuento electrónico de documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.S.N.C. xxxxx://xxxxxxx.xxxxx.xxx.xx

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Samples: www.gob.mx

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro de Los pagos los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes hará "EL DEUDOR" a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude"EL BANCO" en sus oficinas, en virtud la ciudad de la contratación de la Garantía Managua, o en las Sucursales que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, éste posea en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos país, sea por motivo del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones comisiones, gastos y cualquier otra cantidad que el Estado adeude otro conexo al Garante crédito otorgado en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha este instrumento a un plazo de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario ***** meses, que se comenzará a contar a partir de la Ciudad fecha en que se efectúe el desembolso. Todo pago efectuado por EL DEUDOR a EL BANCO como consecuencia de México)este Contrato, se imputará con preferencia o prelación, en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●]primer lugar, a través las comisiones y gastos, en segundo lugar, a los intereses moratorios de cualquier existir, en tercer lugar, a los intereses corrientes, y en cuarto lugar, al principal. Su forma de pagopago se hará mediante el pago de ***** cuotas mensuales, con abono a la cuenta número [●]iguales y sucesivas, Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre las cuales comprenderán el principal e intereses pactados. Las fechas y montos de [●], o pago de cada cuota de amortización se estipularán en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los cronograma de pagos que el Estado esté obligado EL BANCO pone a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe disposición del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materiacliente. Los pagos se harán en moneda Dólar de los Estados Unidos de América, según lo especifica el cronograma de pagos ya referido. Es expresamente convenido que "EL DEUDOR" se obliga a asumir cualquier saldo que resultare al final del plazo del presente contrato una vez aplicadas las cuotas de amortización pactadas y que si se produce un incremento en la tasa Prime el mismo deberá ajustarse a las cuotas debida. En caso que El Deudor efectuare anticipadamente pagos parciales al crédito otorgado en el presente instrumento o bien el pago anticipado del mismo, El Deudor no pagará penalidad alguna (Se cobrará penalidad si los fondos son intermediados con clausula de penalidad). Sin perjuicio de lo anterior las partes acuerdan que en caso de cancelación anticipada el deudor reconocerá y pagará los intereses devengados al día de la cancelación total y en su caso se realizará liquidación de comisiones y gastos derivados de las clausulas pactadas en el presente contrato. En caso de abonos anticipados éstos se aplicaran al principal de la deuda con lo que no se variará el plan de pagos del crédito en relación a la periodicidad y fechas de las cuotas, sino en proporción de principal e interés de cada cuota. Además, en dependencia del monto del (los) pago (s) anticipado (s) es posible que se realicen a reduzca el Garante después plazo total del crédito. No obstante, si EL DEUDOR tuviere excedentes extraordinarios en sus actividades comerciales de las 14:00 (catorce) horas (horario cualquier naturaleza, por circunstancias especiales o por otras razones, EL BANCO de mutuo acuerdo con EL DEUDOR podrán acordar el pago acelerado de la Ciudad de México)deuda, se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular pagará los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho devengados al día de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarcancelación total.

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Samples: Contrato De Préstamo Con Garantia Prendaria

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro Todos los pagos al PROVEEDOR se realizarán en el domicilio de la API o mediante depósito o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que por escrito designe oportunamente el “PROVEEDOR”, debiendo indicar este último la cuenta bancaria y clave bancaria estandarizada (CLABE). La API realizará el pago del ARRENDAMIENTO objeto del presente contrato en moneda nacional, el pago se incorporará al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera S.N.C., para ello la API de acuerdo a sus políticas de pago, recibe facturas los días lunes y martes de cada semana y registrará el pago en dicho programa el siguiente jueves. Podrá ser consultada en el portal www-.xxxxx.xxx a efecto de que el PROVEEDOR pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a partir del siguiente jueves posterior a la entrega de la factura. En caso de que el PROVEEDOR al momento del pago no se encuentre afiliado, la API realizará el pago 15 días naturales posteriores al miércoles en que reciba la factura. El pago se realizará en mensualidades vencidas y estará condicionado a la recepción completa y satisfactoria por parte de la Subgerencia de Informática de LA API lo cual se hará constar en el formato de recepción de bienes/servicios. Para ello la API a través de la Jefatura de Recursos Materiales recibirá la factura dentro de los primeros 5 cinco días naturales posteriores al término de cada mes del Arrendamiento brindado, (cinco) Días Hábiles siguientes respetando los días y horarios establecidos por la API para la recepción de facturas). En el supuesto de que el proveedor haya sido sujeto a cada Fecha de Pagosanción contractual con penas convencionales por incumplimiento, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud proveedor no podrá exigir el pago, si no entrega la nota de Pago respecto crédito correspondiente del monto de las cantidades la sanción De conformidad con los artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 89 de su Reglamento se tendrá como recibida la factura o el documento que reúna los requisitos fiscales correspondientes, a partir de que el Estado le adeude“PROVEEDOR” los entregue a la “API” junto con el bien o al momento de concluir la prestación total o parcial del arrendamiento conforme a los términos del presente contrato y la “API” los reciba a satisfacción en los términos de los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública para promover la agilización del pago. En cumplimiento a lo señalado en el artículo 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en virtud caso de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente facturas entregadas por el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en “PROVEEDOR” para su pago, presenten errores o deficiencias, la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal API ” dentro de territorio nacional del Banco [●]los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique indicará por escrito al Estado y al Fiduciario“PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir. A todos los pagos Al respecto se aclara que el Estado esté obligado periodo que transcurra a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley partir de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente entrega del citado escrito y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho hasta que el Garante reciba algún pago en otro lugar “PROVEEDOR” presente las correcciones, no implicará novación se computará para efectos del lugar plazo de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.

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Samples: Carta Compromiso De La Proposición

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgarán anticipos y “LICONSA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” por el 100% del valor de las pólizas entregadas cuyo precio será fijo y no podrá ser modificado por ninguna circunstancia durante la vigencia del presente contrato, mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que previamente le señale “EL PROVEEDOR” de forma oportuna, a los 7 (siete) ó 10 (diez) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y facturas requisitadas en términos de la legislación fiscal vigente en el momento de hacer el pago, previa validación del Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”, de que cumplen en cantidades, especificaciones, fechas pactadas y horarios de atención. Para el caso de las primas correspondientes al seguro de gastos médicos mayores de los primeros 5 dependientes del personal operativo y las primas de los hijos mayores de 25 años de edad, así como los incrementos de sumas aseguradas, se pagarán en forma mensual sin conceder recargo por pago fraccionado, y se llevarán a cabo a los 7(siete) o 10 (cincodiez) Días Hábiles siguientes días naturales posteriores a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto la presentación de las cantidades constancias que avalen el Estado le adeude, en virtud monto de la contratación prima devengada por el periodo mensual concluido, previamente validadas por el Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”. Las constancias mensuales que expida “EL PROVEEDOR” a lo largo de la Garantía vigencia serán sustituidas al término de la vigencia por las facturas correspondientes en términos xx Xxx a nombre de cada uno de los asegurados titulares, ya que deban estos son quienes pagan en su totalidad las primas correspondientes a los incrementos de sumas aseguradas. Las facturas, deberán ser cubiertas emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, los impuestos serán pagados en los términos que marca la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los demás importes. Los días de revisión de facturas serán los martes y viernes de 09:00 a 14:00 horas, si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al siguiente Fecha de Pagodía hábil, en el entendido que Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, las Solicitudes facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de Pago que presente el Garante los plazos descritos en los términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto ya acordados y de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, conformidad en su caso, el importe por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del IVA Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que deba aplicarse se hace realmente exigible la obligación de acuerdo con lo establecido pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Los días de pago serán exclusivamente los viernes; en pagos mediante cheque nominativo, en la ley Caja General de "LICONSA" de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que alguno de estos días fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para "LICONSA" un incumplimiento en el plazo convenido. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos, verificando en todo momento la materiafecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de "LICONSA", evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generar a "LICONSA". Los pagos quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente pena convencional y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar deducción y/o sanción económica a la forma que se haya hecho acreedor. En el supuesto de que no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago descritos de las penalizaciones que se señalan en el presente contrato, “EL PROVEEDOR” acepta que se hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarpago.

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Samples: Contrato De Seguros De Gastos Médicos Mayores Para Servidores Públicos De Mandos Medios Y Superiores, Así Como Para Personal De Confianza Y Sindicalizado a Nivel Nacional Y Sus Dependientes Económicos

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgará anticipo y el pago lo realizará “LICONSA” semanalmente en la Caja General de la de “LICONSA”, ubicada en ubicada en , mediante cheque nominativo expedido a favor de “EL PROVEEDOR” o transferencia bancaria electrónica, a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la presentación de las facturas a revisión que contengan el desglose de los primeros 5 platillos servidos y recibidos de conformidad por “LICONSA”, durante el periodo que se facture, conforme al número de boletos presentados; dichas facturas deberán estar elaboradas en términos de la Legislación Fiscal vigente en el momento de hacer el pago y previa validación del Departamento de de la . El plazo de 20 (cincoveinte) Días Hábiles siguientes días naturales para la realización del pago deberá computarse a cada Fecha partir de Pagola fecha en que la factura correspondiente fue presentada a revisión en la Caja General de la , el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto y para tal efecto se señala que la presentación de las cantidades facturas será los días de las horas a las horas, sujetándose “EL PROVEEDOR” a que los días de pago serán exclusivamente los días viernes de las horas a las horas, en el caso de que estos días fueran inhábiles la revisión y el pago se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el Estado le adeudeplazo pactado para el pago queda sin efecto por lo que respecta a “EL SERVICIO” que se preste durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en los términos ya acordados y de conformidad en su caso, por lo preceptuado por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para efecto de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en virtud caso contrario “EL PROVEEDOR” se hará acreedor al pago de la contratación daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. El pago de la Garantía “EL SERVICIO” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago“EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las Solicitudes mismas para hacer efectiva la garantía de Pago cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. En términos de la disposición vigente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contenida en el anexo 24 publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de diciembre de 2015, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar en la Subgerencia de Administración y Finanzas de la de “LICONSA”, por cada factura que presente para su revisión y cobro, el Garante en términos folio fiscal del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que CFDI (Código Fiscal Digital por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de MéxicoInternet), que expide el SAT, así como el archivo en cualquier sucursal dentro formato PDF y el XML en forma electrónica, utilizando para tal fin el instrumento de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugaralmacenamiento denominado USB.

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Samples: Contrato Abierto De Prestación De Servicios De Comedor

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizará “LICONSA” en la Caja General de , en forma mensual vencida, previa presentación de la factura con --------------- días de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los primeros 5 requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de ----------------------- - de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago en moneda nacional (cincopesos mexicanos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagomediante cheque nominativo o transferencia electrónica, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto según lo señale “EL PROVEEDOR”. La presentación y pago de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse facturas se realizará conforme a lo establecido especificado en el ANEXO ÚNICO de este contrato. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago señalado en el ANEXO ÚNICO, queda sin efecto por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se presten durante el mes de diciembre, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Cláusula Décima Primera Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del ContratoSector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. Los pagos “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en el ANEXO ÚNICO, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales; y en el supuesto de pago que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de principaldichas penalizaciones, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de ni la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes contabilización de las 14:00 (catorce) horas (horario mismas al hacer efectiva la garantía de la Ciudad cumplimiento, por lo que en caso de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federalrescisión, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugargarantía se hará efectiva en forma proporcional al incumplimiento.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Limpieza

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El pago del precio lo realizará “LICONSA” en la Caja General del , en forma vencida, previa presentación de la factura con ( ) días hábiles de anticipación al día en que deba efectuarse el pago respectivo. La factura que ampare el pago deberá cumplir con los primeros 5 requisitos fiscales vigentes en el momento de hacerse el pago y estará sujeta a la aprobación de del de “LICONSA”, respecto a su contenido y procedencia de pago. “LICONSA” realizará el pago en moneda nacional (cincopesos mexicanos) Días Hábiles siguientes a cada Fecha de Pagomediante cheque nominativo o transferencia electrónica, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto según lo señale “EL PROVEEDOR”. La presentación y pago de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse facturas se realizará conforme a lo establecido especificado en el ANEXO VI de este contrato. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago señalado en el ANEXO VI, queda sin efecto por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se presten durante el mes de diciembre, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Cláusula Décima Primera Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del ContratoSector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. Los pagos “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en el ANEXO VI, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”. El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales; y en el supuesto de pago que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de principaldichas penalizaciones, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de ni la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes contabilización de las 14:00 (catorce) horas (horario mismas al hacer efectiva la garantía de la Ciudad cumplimiento, por lo que en caso de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federalrescisión, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugargarantía se hará efectiva en forma proporcional al incumplimiento.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Pública Nacional Electrónica

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgará anticipo y el pago lo realizará “LICONSA” por mensualidades vencidas, por el 100% (cien por ciento) del valor de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes “LOS SERVICIOS” realizados durante el período que se trate, de acuerdo “LOS SERVICIOS” descritos en el ANEXO TECNICO del presente contrato, dicho importe será liquidado por “LICONSA”, en la Caja General de Oficina Central de Liconsa S.A de C.V. El plazo para la realización del pago deberá computarse a partir de la fecha en que la factura correspondiente sea presentada, después del día de cada Fecha mes para su revisión y validación correspondiente al Departamento de PagoServicios Generales, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud adscrito a la Subdirección de Pago respecto Materiales y Servicios Generales de “LICONSA”, y para tal efecto se señala que la presentación de las cantidades que el Estado le adeudefacturas será los días viernes, en virtud o al siguiente día hábil si éste no lo fuera, de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme 9:00 (nueve) a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas horas. En el caso de que estos días fueran inhábiles, la presentación de facturas y el pago se realizarán al siguiente día hábil, sin que ello implique para “LICONSA” un incumplimiento en el plazo convenido. El pago se realizará dentro de los 20 (horario veinte) días naturales posteriores a la presentación de las facturas a revisión, las cuales deben de presentarse en términos de la Ciudad Legislación Fiscal vigente al momento de México)realizarse el pago, previamente validadas por la Subdirección de Materiales y Servicios Generales de “LICONSA”. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago queda sin efecto, por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se prestan durante el mes de diciembre, sujetándose a los términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” expedirá las facturas por “LOS SERVICIOS” realmente prestados por el período que se factura, anotando el número de contrato correspondiente. En el caso de que existan errores o diferencias en las facturas presentadas por “EL PROVEEDOR”, “LICONSA” se los hará saber indicándoles las deficiencias a corregir. El periodo que transcurra a partir del aviso y hasta que “EL PROVEEDOR” presenten las correcciones no se computará para hacer exigible la obligación de pago de “LICONSA”, evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en cualquier sucursal dentro caso contrario, “EL PROVEEDOR” se harán acreedores al pago de territorio nacional daños y perjuicios que tal hecho pueda generarle a “LICONSA”. Lo anterior de conformidad con lo estipulado en los artículos 89 y 90 del Banco [●]Reglamento de la Ley de Adquisiciones, a través Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El pago de cualquier forma de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deban efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y deducciones al pago, con abono en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, por lo que en caso de rescisión la garantía se hará efectiva en forma proporcional a lo incumplido. En caso que durante la cuenta número [●]vigencia del presente instrumento no se haya hecho el descuento en las facturas pendientes de pago de las penalizaciones a que alude la Cláusula Décima Cuarta de este contrato, Sucursal [●]“EL PROVEEDOR” aceptan que se le hagan todos los descuentos pendientes de aplicar en la última factura que presenten para pago. Los impuestos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, Plaza [●]por separado de los demás importes. En caso de elegir como medio de pago la transferencia electrónica, o bien“EL PROVEEDOR” deberá presentar escrito en hoja membretada, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro bancofirmada por el representante, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a en el que se indique el nombre de [●]la institución bancaria, número de cuenta, número de CLABE y plaza, éste escrito deberá estar certificado por la institución bancaria respectiva y ser presentado al Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”. “LICONSA” otorgará su consentimiento para que “EL PROVEEDOR”, ceda sus derechos de cobro y esté en posibilidad de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios financieros y no tendrá inconveniente en cualquier otra forma caso de que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos “EL PROVEEDOR” que se realicen a el Garante después encuentre clasificado como micro, pequeñas o medianas empresas, accedan y utilicen los beneficios del factoraje y descuento electrónico de las 14:00 (catorce) horas (horario documentos por cobrar del “Programa xx Xxxxxxx Productivas de la Ciudad de México)NAFIN, se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientesS.N.C”. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugar.xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx/

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Limpieza Integral

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro No se otorgarán anticipos y “LICONSA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” por el 100% del valor de las pólizas entregadas cuyo precio será fijo y no podrá ser modificado por ninguna circunstancia durante la vigencia del presente contrato, mediante cheque nominativo o transferencia electrónica a la cuenta bancaria que previamente le señale “EL PROVEEDOR” de forma oportuna, a los 7 (siete) ó 10 (diez) días naturales posteriores a la presentación de las constancias de entrega del original de las pólizas correspondientes y facturas requisitadas en términos de la legislación fiscal vigente en el momento de hacer el pago, previa validación del Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Jefe del Departamento de Administración de Riesgos de “LICONSA”, a fin de verificar que cumplan en las cantidades, especificaciones, fechas pactadas y horarios de atención. Las facturas, deberán ser emitidas en pesos mexicanos, requisitadas en términos del Código Fiscal de la Federación en sus artículos 29 y 29-A, los impuestos serán pagados en los términos que marca la legislación aplicable; éstos deberán indicarse al final de cada una de las facturas, por separado de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes demás importes. Los días de revisión de facturas serán los martes y viernes de 09:00 a cada Fecha de Pago14:00 horas, el Garante deberá presentar si estos días fueran inhábiles se tomará a revisión al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pagodía hábil, en el entendido Departamento de Cuentas por Pagar de “LICONSA”, las facturas deberán coincidir en descripción y precio con el indicado en el contrato. Los días de pago serán exclusivamente los viernes; en pagos mediante cheque nominativo, en la Caja General de "LICONSA" de las 14:00 a las 17:00 horas; en pagos mediante transferencia bancaria electrónica el horario es de 13:00 a 15:00 horas. En caso de que alguno de estos días fuera inhábil, el pago respectivo se realizará al siguiente día hábil, sin que ello implique para "LICONSA" un incumplimiento en el plazo convenido. “LAS PARTES” acuerdan que el plazo pactado para el pago señalado en el ANEXO ÚNICO, queda sin efecto por lo que respecta a “LOS SERVICIOS” que se presten durante el mes de Diciembre, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por las Solicitudes disposiciones presupuestarias que al efecto emita la Secretaría de Pago que presente el Garante en Hacienda y Crédito Público, sujetándose a los términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme párrafo que antecede. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos en el ANEXO ÚNICO, de conformidad con lo establecido dispuesto por los artículos 89 y 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de errores y deficiencias en las facturas, verificando en todo momento la Cláusula Décima Primera del Contratofecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de “LICONSA”. Los pagos El pago de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales; y en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones. “EL PROVEEDOR” se obliga a respetar el vencimiento de los plazos descritos, verificando en todo momento la fecha en que se hace realmente exigible la obligación de pago a cargo de "LICONSA", evitando colocar a esta última en posición de incumplimiento sin causa justificada y acreditable, en caso contrario se hará acreedor al pago de daños y perjuicios que tal hecho pueda generar a "LICONSA". En el supuesto de que no se haya hecho el descuento a las facturas pendientes de pago de principallas penalizaciones que se señalan en el presente contrato, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad “EL PROVEEDOR” acepta que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), en cualquier sucursal dentro de territorio nacional del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al Fiduciario. A se hagan todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse descuentos pendientes de acuerdo con lo establecido aplicar en la ley de la materia. Los pagos última factura que se realicen a el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarpago.

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Samples: Contrato De Seguros De Gastos Médicos Mayores Para Servidores Públicos De Mandos Medios Y Superiores, Así Como Para Personal De Confianza Y Sindicalizado a Nivel Nacional Y Sus Dependientes Económicos

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro El Estado se obliga a pagar al Banco el principal, intereses y demás cantidades pagaderas conforme a este Contrato, en las Fechas de Pago establecidas, dentro de territorio nacional a la cuenta que para tales efectos le notifique, misma que podrá ser modificada de tiempo en tiempo, previo aviso por escrito que realice el Banco al Estado dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a de cada Fecha Periodo de PagoIntereses. Sin perjuicio de lo anterior, el Garante Banco y el Estado acuerdan que este último podrá liberarse de sus obligaciones de pago conforme al presente Contrato, mediante los abonos o transferencias realizados por conducto del Fiduciario del Fideicomiso, a la cuenta que para tales efectos le notifique el Banco, para lo cual el Banco deberá presentar seguir el procedimiento establecido para tales efectos en el Fideicomiso. El Estado, en este acto, autoriza al Banco para que a través de la presentación de las Solicitudes de Pago (según dicho término se define en el Fideicomiso), instruya al Fiduciario del Fideicomiso a transferirle o abonarle, las cantidades pagaderas por el Estado conforme a lo dispuesto en este instrumento y el Fideicomiso. En términos del Fideicomiso, en caso de que el Banco no presente la Solicitud de Pago en un Periodo de Intereses, el Fiduciario del Fideicomiso abonará el importe de principal más intereses indicados en la última Solicitud de Pago entregada. En caso de que el Banco no entregue una Solicitud de Pago respecto de en términos del Fideicomiso, y que por tal motivo el pago que se realice a través del Fideicomiso sea erróneo, el Banco estará obligado a: (i) si el pago hubiera sido realizado en exceso, reintegrar al Fideicomiso las cantidades que hayan sido pagadas en exceso, a más tardar dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que hubiere recibido el Estado le adeude, pago en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, exceso; o (ii) en el entendido caso que las Solicitudes de Pago cantidades recibidas fueran menores al monto que presente efectivamente debió pagarse al Acreditante, éste deberá notificar esto al Estado, con copia al Fiduciario, señalando el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos monto que por concepto quedó pendiente de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad a efecto que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de pueda cubrir las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México)cantidades correspondientes con sus recursos o por medio del Fideicomiso, en cualquier sucursal dentro de territorio nacional los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que hubiere recibido la notificación del Banco [●], a través de cualquier forma de pago, con abono a la cuenta número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número [●], a nombre de [●], o en cualquier otra forma que el Garante indique por escrito al Estado y al FiduciarioAcreditante. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su casoEn este segundo supuesto, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen Acreditante no tendrá derecho a cobrar intereses moratorios o dar por vencido anticipadamente el Garante después de las 14:00 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quince) Días previos a la próxima Fecha de Pago. El hecho que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarCrédito.

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Samples: Modelo De Contrato De Crédito

LUGAR Y FORMA DE PAGO. Dentro Todos los pagos de principal, intereses y cualesquier otros conceptos que el Estado tenga obligación de hacer al Banco en términos del presente Contrato y/o los Documentos de la Operación que sean aplicables deberán realizarse: En las fechas o plazos pactados en el presente Contrato, en el entendido que, si algún pago vence en un día que no sea un Día Hábil, dicho pago deberá efectuarse el Día Hábil inmediato anterior y en todo caso se calcularán los intereses ordinarios respectivos por el número de días efectivamente transcurridos hasta la Fecha de Pago respectiva. Para que el Estado proceda en tiempo y forma a realizar el pago de intereses, el Banco deberá notificar al Estado dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles siguientes de cada Periodo de Intereses el monto de intereses ordinarios y el monto de capital a cada Fecha de Pago, el Garante deberá presentar al Fiduciario una Solicitud de Pago respecto de las cantidades que el Estado le adeude, en virtud de la contratación de la Garantía que deban ser cubiertas en la siguiente Fecha de Pago, en el entendido que las Solicitudes de Pago que presente el Garante en términos del Fideicomiso deberán realizarse conforme pagar; A más tardar a lo establecido en la Cláusula Décima Primera del Contrato. Los pagos que por concepto de pago de principal, intereses, Contraprestaciones y cualquier otra cantidad que el Estado adeude al Garante en virtud de la Garantía deberán realizarse en cada Fecha de Pago antes de las 14:00 del día (catorce) horas (horario hora de la Ciudad de México), en el entendido que los fondos recibidos después de ese momento se considerarán recibidos hasta el siguiente Día Hábil; Sin deducción o retención alguna, ya sea por concepto de impuestos o cualquier sucursal dentro otro; Sin necesidad de territorio nacional del Banco [●], a través previo requerimiento; y Mediante depósito o transferencia de cualquier forma de pago, con abono a las cantidades respectivas en la cuenta de cheques número [●], Sucursal [●], Plaza [●], o bien, mediante transferencia interbancaria o SPEI desde cualquier otro banco, con la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número CLABE [●], a nombre de [●], aperturada en [●] (la “Cuenta de Pago”) o en cualquier otra forma cuenta que de tiempo en tiempo le notifique el Garante indique Banco al Estado por escrito al Estado y al Fiduciario. A todos los pagos que el Estado esté obligado a efectuar bajo el presente Contrato se sumará, en su caso, el importe del IVA que deba aplicarse de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia. Los pagos que se realicen a el Garante después de las 14:00 cuando menos 5 (catorce) horas (horario de la Ciudad de México), se considerarán efectuados el Día Hábil inmediato siguiente y la prórroga se tomará en consideración a efecto de calcular los intereses correspondientes. El Garante se reserva el derecho de cambiar el lugar y/o la forma de pago descritos en la presente Cláusula, mediante aviso por escrito que envíe al Estado y al Fiduciario por escrito, 15 (quincecinco) Días previos Hábiles de anticipación a la próxima Fecha de Pago. El hecho Pago que el Garante reciba algún pago en otro lugar no implicará novación del lugar de pago pactado, en la inteligencia que para efectos de lo dispuesto en el artículo 2220 del Código Civil Federal, la presente estipulación constituye reserva expresa de novación para todos los efectos a que haya lugarcorresponda.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple Quirografario