Normas de carácter general Cláusulas de Ejemplo

Normas de carácter general. 5.1.- Todos los usuarios comprendidos en el artículo 4º, a los que les sea concedida la utilización y acceso a las Piscinas Municipales, se atendrán tanto a las normas que les afecten por su condición de usuarios, como a las propias reglas de funcionamiento, o normas complementarias que pueda dictar el Instituto Municipal de Deportes. 5.2.- Los usuarios, durante el período de utilización, serán responsables de los desperfectos o anomalías ocasionadas en las instalaciones, por su uso negligente o indebido. 5.3.- Los usuarios mantendrán limpias las instalaciones, utilizando las papeleras xxx xxxxxxx. 5.4.- Los usuarios respetarán y cuidarán el material deportivo, mobiliario, así como la totalidad de las dependencias. 5.5.- No está permitido fumar en las zonas de playa y dependencias cubiertas de las instalaciones. 5.6.- El delegado, entrenador o persona que represente a un colectivo de usuarios será responsable de los daños o desperfectos ocasionados con motivo de la utilización indebida de la instalación, para lo cual, si los responsables de la misma se lo requieren, se realizará una revisión de las dependencias utilizadas, antes y después de la actividad. 5.7.- El Instituto Municipal de Deportes no se hace responsable de los daños, lesiones o accidentes que puedan ocurrir a los usuarios. En los casos en que la lesión sea originada por negligencias del personal, o defectos de la instalación, el incidente deberá ser comunicado antes de abandonar la misma. 5.8.- El Instituto Municipal de Deportes, no responde de los objetos de valor depositados en la Instalación y todas sus dependencias. Tampoco será responsable de la desaparición o robo que pueda darse, recomendándose usar el servicio de guardarropía en las instalaciones en las que se preste. 5.9.- No se permitirá la entrada de bicicletas, patines, monopatines, vehículos a motor, envases y objetos de cristal, así como otros objetos que, a criterio del responsable de la instalación, sean inadecuados. 5.10.- Queda prohibida la entrada de animales a las instalaciones. 5.11.- La Entidad o persona autorizada para la utilización de la instalación se encargará de velar por el cumplimiento de las normas establecidas, siendo a la vez responsable de que estas se cumplan. Cuando se trate de colegios, grupos o escuelas de promoción, será la persona que dirija la actividad la encargada de velar por el cumplimiento de lo descrito anteriormente, y responsable directa de que los participantes en las actividades abandonen el...
Normas de carácter general. El contrato se regirá por las cláusulas contenidas en este Pliego, en las Especificaciones Técnicas y por las Normas de Derecho Privado que sean aplicables, sin perjuicio de las referencias que estos pliegos efectúen a la normativa de contratación de las Administraciones Públicas. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgados por la Administración, que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la empresa adjudicataria de la obligación de su cumplimiento. El incumplimiento de cualquier norma de las mencionadas será considerado cómo falta grave según nuestro sistema de gestión. La acumulación xx xxxxxx graves, podrá suponer la pérdida automática del contrato.
Normas de carácter general. 1) Estructuras. 1.1 Acciones en la edificación.
Normas de carácter general. 0.1) NORMAS DE CARÁCTER GENERAL Ordenación de la edificación Código Técnico de la Edificación Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público .
Normas de carácter general. Normas generales.
Normas de carácter general. LEY 38/1999 DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. R.D. 314/2006, CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. LEY 9/2017 DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. INSTRUCCIÓN 27/2018 DE 16 XX XXXX SOBRE DIRECTRICES DEL MINISDEF EN MATERIA DE CONTRATACIÓN. PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS DEL ESTADO.
Normas de carácter general. 1. Son aplicables a los animales de compañía las normas de carácter general establecidas para todos los animales en el Título II. 2. Con carácter general, se autoriza la tenencia de ani- males de compañía en los domicilios particulares siempre que las circunstancias de alojamiento en el aspecto higiénico y el número lo permitan, y que no se produzca ninguna situación de peligro e incomodidad para los vecinos o para otras personas en general. 3. Los animales sólo podrán acceder a las vías y espacios públicos cuando sean conducidos por sus portadores o dueños y no constituyan un peligro para los transeúntes u otros anima- les, excepto en aquellos lugares que el Ayuntamiento determi- ne como zona de esparcimiento para perros. 4. Todos los perros circularán por la vía pública sujetos por xxxxxx resistente y provistos de la correspondiente identifi- cación. Los potencialmente peligrosos, los que tengan antece- dentes de haber mordido o aquellos que demuestren agresivi- dad, deberán circular previstos de bozal, xx xxxxxx resistente y no extensible y conducidos por personas mayores de edad, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. 5. El Ayuntamiento habilitará en parques y jardines y luga- res públicos, en la medida en que estos lo permitan y tras un estu- dio de ubicación, instalaciones y espacios, adecuados y debida- mente señalados, para el paseo y esparcimiento de los animales.
Normas de carácter general. 1) Estructuras

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  • PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Forma de presentación

  • Multiusuarios del servicio público de aseo Son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO a. Asistir al ejecutor y auxiliar coactivo en la debida tramitación de los expedientes que se sean asignados. b. Analizar expedientes y emitir informes técnico legal en los procedimientos coactivos. c. Apoyar en la realización de las diligencias que se dispongan para el recupero de la deuda materia de ejecución. d. Elaborar memorándums, comunicaciones, requerimientos, cartas, oficios y demás documentos destinados a facilitar y asegurar el normal desenvolvimiento del procedimiento coactivo. e. Atención y respuesta de las solicitudes presentadas por los administrados, el Poder Judicial, Indecopi y Tribunal Fiscal. f. Proyectar resoluciones que resuelvan la suspensión del procedimiento reguladas en el artículo 16° en concordancia con el artículo 31° del TUO de la Ley del procedimiento de ejecución coactiva. g. Proyectar resoluciones de inicio de ejecución coactiva, embargos, levantamientos y suspensiones. h. Proyectar informes en atención a proveídos del Tribunal Fiscal. i. Apoyo en las notificaciones de las resoluciones coactivas. j. Las demás funciones que le asigne el ejecutor coactivo.

  • Presentación y Apertura de las Ofertas IAO 23.1 Los Oferentes “no tendrán” la opción de presentar sus ofertas electrónicamente.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • TARIFA DEL SERVICIO DE ASEO La tarifa del servicio público de aseo y sus actividades complementarias, está compuesto por un cargo fijo y un cargo variable, que serán calculados por el prestador, acorde a lo establecido en la Resolución CRA 720 de 2015, o aquella que la modifique, adicione o aclare.

  • PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria. La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello. El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido. En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público. En caso el comité de selección no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o xxxx xx xxx mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución. Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o xxxx xx xxx, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen. De acuerdo a lo previsto en el artículo 53 del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • SUMA ASEGURADA La cantidad fijada en cada una de las partidas de la póliza, que constituye el límite máximo de la indemnización a pagar por todos los conceptos por el asegurador.