Inicio de Actividades. La Empresa iniciará las actividades conjuntamente con la entrada en vigencia del Contrato (numeral 4). 13 DEDICACIÓN HORARIA - LUGAR DE CUMPLIMIENTO La Mesa de Ayuda integrada en el Area de Sistemas de Información funcionará de lunes a viernes en días de actividad bancaria. La empresa proveerá la concurrencia a la sede del Banco de un equipo conformado por un grupo de un mínimo de 6 a un máximo de 8 técnicos, los que deberán cubrir el horario de 8:00 a 20:00 horas de forma tal que en el horario central de 10:00 a 18:00 horas se encuentren disponibles al menos 5 de ellos, bastando en el resto del horario la presencia de un técnico. La dedicación horaria mensual que deberá cumplir la empresa será de 48 horas diarias a cumplirse en los días hábiles de actividad bancaria del mes. Esta dedicación horaria podrá, a criterio del Banco, reducirse o aumentarse en las renovaciones de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 5 “Renovaciones” de este pliego. También podrá aumentarse dentro de los plazos y condiciones estipulados en la cláusula 5 “Renovaciones” en caso de circunstancias no previstas para el Banco que redunden en la necesidad de una mayor cobertura del servicio y con acuerdo de la Empresa. Una vez transcurridos los primeros 180 días calendario de Contrato las horas realizadas con exceso a la dedicación horaria que hayan contado con la autorización expresa de la Jefatura de la Unidad de Redes y Micros y la Gerencia del Area de Sistemas de Información se acreditarán a una cuenta corriente. De verificarse esta situación, se admitirá que hasta un máximo de 40 horas mensuales puedan utilizarse para compensar un eventual faltante en un mes calendario. La compensación por encima de dicho límite horario requerirá en cada oportunidad la expresa conformidad de la Gerencia del Area de Sistemas de Información. La compensación se efectuará solamente a las ausencias de un técnico por vez. Fuera de este mecanismo no se admitirán ausencias, descontándose el importe correspondiente a las horas que faltaran cumplir para alcanzar la dedicación horaria mensual estipulada. Las faltas por enfermedad debidamente certificada, podrán ser compensadas por uno o más técnicos pertenecientes a la plantilla contratada, siempre que las ausencias no superen los cinco días hábiles y la dedicación horaria que cumpla la Empresa se mantenga de acuerdo a lo indicado en este numeral. Se requerirá en todo caso la conformidad expresa de la Gerencia del Area de Sistemas de Información.
Inicio de Actividades. El momento de inicio de la obligación de cumplir con el objeto de la presente licitación podrá ser a partir de los 10 (diez) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de la Resolución de adjudicación. La vigencia de la presente contratación será hasta 24 (veinticuatro) meses a partir del inicio de las obligaciones, momento en el cual se labrará el “Acta de inicio de actividades”. La sola recepción de los servicios contratados no implica la aceptación y conformidad con los mismos por parte de AGESIC. En caso de incumplimiento se aplicarán las sanciones correspondientes.
Inicio de Actividades. El momento de inicio de la obligación de cumplir con el objeto de la presente licitación podrá ser a partir de los 10 (diez) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de la Resolución de adjudicación. El plazo de la presente contratación será de hasta 20 (veinte) meses contados a partir del inicio de las obligaciones, momento en que se labrará el acta de “inicio de actividades”, o cuando se consuma la totalidad de los servicios; el primer evento que suceda finaliza cada contratación. La sola recepción de los servicios contratados no implica la aceptación y conformidad con los correspondientes.
Inicio de Actividades. El día 03 de Enero de 2016 el contratista se presentó en las instalaciones del Batallón e inició las actividades preliminares como alojamientos, almacenes y acopio de materiales para el desarrollo del proyecto.
Inicio de Actividades. A pesar de que el contratista se presentara en el Batallón el día 03 de Enero de 2016 no tiene relevancia dado que la obra se inició el 25 xx Xxxxx de 2016 como consta en el acta de inicio.
Inicio de Actividades. 8.1.- Designado a los miembros de la Junta de Resolución de Disputas, las partes deben suscribir con éstos un contrato tripartito, con la intervención del CAJRD.CECONP en un plazo máximo de cinco (5) días de la aceptación del último miembro de la Junta de Resolución de Disputas o del miembro único. El contrato debe contener sustancialmente los mismos términos y condiciones para los adjudicadores.
8.2.- En cualquier momento las partes, actuando conjuntamente y previa notificación con siete (7) días de anticipación, podrán resolver el contrato tripartito respecto de uno o más de los miembros de la Junta de Resolución de Disputas, sin incurrir en mayor responsabilidad que el pago de los honorarios pendientes de pago por los servicios prestados hasta la fecha de resolución.
8.3.- En los casos previstos en los dos párrafos anteriores, la designación de los nuevos miembros será efectuada conforme a lo dispuesto en el artículo 5.
8.4.- La Junta de Resolución de Disputas inicia sus actividades una vez suscrita el Acta de Inicio de Funciones, la cual es firmada por todos los miembros, las partes y un representante del CAJRD.CECONP en un plazo máximo de cinco (5) días de la aceptación del último miembro de la Junta de Resolución de Disputas o del miembro único.
8.5.- El Acta de Inicio de funciones debe contener un calendario de reuniones y visitas periódicas a la obra, el cual puede ser modificado, conforme a lo dispuesto en el artículo referido a las visitas a la obra y reuniones.
8.6.- En caso se produzca la suspensión del plazo de ejecución de la obra prevista en el artículo 178 del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se suspende también las funciones de la Junta de Resolución de Disputas, sin reconocimiento de mayores honorarios o gastos administrativos del CAJRD.CECONP.
Inicio de Actividades. No podrá iniciarse ninguna actividad de las previstas en los convenios de que se trata, hasta que los mismos hayan sido debidamente aprobados y suscriptos por todas las partes intervinientes. El incumplimiento de ésta norma genera la responsabilidad exclusiva de quien o quienes hayan dado inicio anticipado a la ejecución del convenio, siendo considerado falta grave.
Inicio de Actividades. Una vez conformada la Orden de Compra, la adjudicataria quedará obligada a entregar dentro de los tres (3) días hábiles, un PLAN de TRABAJO en el que se incluirán tiempos de obra, planos y los datos de la persona designada como Director de Obra quién será el nexo entre la adjudicataria y el Ministerio de Desarrollo Social. Una vez aprobado el Plan de Trabajo, el Adjudicatario queda obligado a comenzar las tareas dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes.
Inicio de Actividades. Ninguna autoridad podrá exigir licencia o permiso de funcionamiento para la apertura de los establecimientos comerciales definidos en el artículo 515 del C.Xxx, o para continuar su actividad si ya la estuvieren ejerciendo, ni exigir el cumplimiento de requisito alguno, que no estén expresamente ordenado por el legislador. No obstante, es obligatorio para el ejercicio del comercio que los establecimientos abiertos al público reúnan los siguientes requisitos:
a) Cumplir con todas las normas referentes al uso del suelo, intensidad auditiva, horario, ubicación y destinación expedida por la autoridad competente.
Inicio de Actividades. Administrador del Contrato
1. Prepara una lista de verificación (según formato vigente) de condiciones mínimas para el inicio de actividades, tales como: personal, maquinaria, equipo y herramientas, condiciones de logística, requisitos de seguridad y salud laboral, requisitos ambientales, vigilancia física y demás condiciones establecidas en el contrato, procedimientos internos y legislación vigente asociada.
2. Verifica las condiciones para el inicio de actividades.
3. Notifica al Contratista las fechas de plazos contractuales según sección 7.1., habilitantes de pago y fechas de facturación según 8.2.