Obras Nuevas. Significará el conjunto de obras que serán objeto de diseño y construcción en el marco del contrato de concesión, y asimismo las obras que se enmarquen en la definición de Nuevas Obras de Infraestructura Hidráulica, contenida en el numeral 3.11 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2013-AG.
Obras Nuevas. Significará las obras hidráulicas mayores construidas como parte de la tercera etapa del Proyecto Chavimochic, cuya construcción, operación y mantenimiento han sido entregadas en concesión al PRESTADOR.
Obras Nuevas. Son las estructuras, equipamiento, instalaciones y otros activos relacionados con el Proyecto que serán construidos por el CONCESIONARIO, bajo los términos del presente Contrato y del Contrato de Prestación de Servicios. Las Obras Nuevas son: las Bocatomas y Canales; la Represa Pomacocha; la Represa Huallacocha Bajo; el Túnel Trasandino; la Planta Huachipa II; el Ramal Sur; los Reservorios de Compensación del Ramal Sur; y las Líneas de Interconexión. El detalle de estas obras está señalado en el Anexo 5 del presente Contrato.
Obras Nuevas. Las modificaciones de la obra ordenadas por el órgano o ente Contratante. Para proceder a la ejecución de cualquiera de las obras arriba señaladas se debe constar con la previa aprobación por escrito de la autoridad competente del órgano o ente contratante.
Obras Nuevas. Son las estructuras, equipamiento, instalaciones y otros activos relacionados con el Proyecto que serán construidos por el CONCESIONARIO, bajo los términos del presente Contrato y del Contrato de Prestación de Servicios. Este concepto incluye las obras de accesibilidad y de servicios públicos, según corresponda, para los terrenos donde se ejecutarán las obras. Las Obras Nuevas son: la Represa Pomacocha; la Represa Huallacocha Bajo; el Canal Margen Izquierda, el Canal Margen Derecha, el Túnel Trasandino; la Planta Huachipa II (Primera y Segunda Fase); los Reservorios Complementarios; el Ramal Sur; los Reservorios de Compensación del Ramal Sur; y las Líneas de Interconexión. Los requerimientos mínimos para estas obras están señalados en el Anexo 5 del presente Contrato.
Obras Nuevas. Componente 1:
Obras Nuevas. (Componentes 1, 2 y 4)
Obras Nuevas. Operador Aeroportuario Operaciones Principales Operaciones Secundarías. OSITRAN Pago por Mantenimiento y Operación (XXXX) XXXX Xxxxxx Pago por Obras (PAO) Pago, por Obras Obligatorias (PPO) Parte Partes Participación Mínima Período Inicial Xxxxxxx Xxxxxxxxx
Obras Nuevas. 8.2.3.1 Previo acuerdo entre las partes respecto de la necesidad de la ejecución de la inversión, sus características principales y la viabilidad del cumplimiento de los Requisitos Técnicos Mínimos señalados en el Anexo 8, El CONCEDENTE presentará al CONCESIONARIO, con copia a OSITRAN, una instrucción para la ejecución de las Obras Nuevas que deberán ser ejecutadas dentro del marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - Xxxxxxxx.xx o a la normativa vigente que lo sustituya. El mecanismo de pago a utilizar será previo acuerdo entre las partes y conforme a lo previsto en el numeral 2.5 del Anexo 17 del Contrato de Concesión. Solo en el caso de aquellas Obras Nuevas cuya inversión no exceda el importe de US $1’000,000.00 (Un Millón de Dólares) o su equivalente en Soles, EL CONCEDENTE podrá optar por realizar el pago utilizando el mecanismo de Liquidación previsto en el Numeral 2.6.3 del Anexo 17 del presente Contrato.
8.2.3.2 Para la ejecución de las Obras Nuevas el CONCESIONARIO deberá seguir los lineamientos para la elaboración de los respectivos expedientes técnicos y las respectivas contrataciones, de acuerdo a lo previsto en el Anexo 27 del presente Contrato.
8.2.3.3 Las inversiones de las Obras Nuevas serán asumidas por el CONCESIONARIO con cargo a los recursos del CONCEDENTE. Este reconocimiento no incluirá el costo de los estudios técnicos previos que ya hayan sido pagados. Para tal efecto, el CONCEDENTE deberá registrar en sus partidas presupuestales el pago de las Obras Nuevas.
8.2.3.4 Expedientes Técnicos para las Obras Nuevas
15. Otras modificaciones que tienen por objeto regular la ejecución y pago de las inversiones ejecutadas bajo el mecanismo de Obra Nueva.
Obras Nuevas. Componente 1: Comprende los terrenos y bienes donde se construirán, ampliarán y/o mejorarán las obras siguientes: Represa Pomacocha, Represa Huallacocha Bajo, Canal Margen Izquierda, Canal Xxxxxx Xxxxxxx, y Túnel Trasandino (incluyendo sus portales de entrada y salida) En el caso de las represas, se incluyen las áreas necesarias para el recrecimiento de las mismas, las instalaciones auxiliares, las canteras, los caminos de acceso, las áreas para reubicación de líneas de transmisión y las superficies que serán inundadas por el agua embalsada.