Partes concertantes Cláusulas de Ejemplo

Partes concertantes. El presente Convenio se concierta entre las partes siguientes: De una parte: en representación de SEROMAL S.A., X. Xxxxxxx Xxxxxx de Vinuesa, (Presidente); Xx Xx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, (Vicepresidenta), Dº. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx (Gerente); y, como integrante de la comisión negociadora Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, (XXXXX), y Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx,(Jefa de Personal) De otra parte, como comisión negociadora de la representación legal de los trabajadores,: X. Xxxxx Xxxxxxx Zarco, (CCOO); D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, (CCOO); Xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, (CCOO);
Partes concertantes. Las partes que conciertan el presente Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario de esta Institución son representantes de organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, como parte empleada, y los representantes de la Institución, como parte empleadora.
Partes concertantes. Las partes que conciertan este Convenio son: De una parte, las Universidades relacionadas en el ámbito funcional fijado en el artículo 2.º, representadas por el Excmo. Sr. Rector Magnífico de cada una de ellas, como persona que ostenta la capacidad de contratar y convenir, y, de otra, el personal laboral de administración y servicios contratado en cada una de ellas, representado por la Unión General de Trabajadores (FETE-UGT) y por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF), como sindicatos mayoritarios y legitimados.
Partes concertantes. Conciertan este convenio colectivo de una parte las universidades públicas relacionadas en el ámbito funcional fijado en el artículo 3º, representadas por el Excmo. Sr. Rector Magnífico de cada una de ellas, como persona que ostenta la capacidad de contratar y convenir y, de otra, el personal docente e investigador (en adelante, PDI) contratado en régimen laboral en cada una de ellas, representado por Comisiones Obreras (FE- CCOO), por la Unión General de Trabajadores (FETE-UGT), por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF) y Federación de Sindicatos de Trabajadores de la Enseñanza de Castilla y León (STECyL), como sindicatos mayoritarios y legitimados.
Partes concertantes. El presente convenio colectivo se establece entre la sociedad de promoción del turismo de Castilla y León, Sociedad Anónima (en lo sucesivo SOTUR), y el personal de la misma, y es concertado por las representaciones legítimas de ambas partes, de conformidad con las disposiciones vigentes.
Partes concertantes. Son partes firmantes del presente convenio colectivo, de naturaleza estatutaria, por parte de la Compañía Norwegian Air Resources Spain, SL (en adelante «la Compañía» o «NAR ES»), la representación legal de la misma; y por el banco social, la Sección Sindical del Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (en adelante, «Sección Sindical xx XXXXX») al haber sido elegidos para negociar el convenio colectivo por los pilotos de la Compañía conforme al procedimiento establecido en el último párrafo del artículo 87.1 del Estatuto de los Trabajadores. Ambas partes se reconocen mutuamente la legitimación para concertar el presente convenio colectivo.
Partes concertantes. El presente Acuerdo tiene lugar entre el Ayuntamiento de Miranda de Ebro y los/as representantes de los sindicatos firmantes del mismo.
Partes concertantes. El presente Convenio Colectivo se establece entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y el personal laboral del mismo y es concertado por los representantes legales del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y por la repre- sentación del propio Ayuntamiento, de conformidad con las disposiciones vigentes.
Partes concertantes. El presente Convenio Colectivo se establece entre la Fundación General de la Universidad xx Xxxxxxxxxx (en lo sucesivo Fundación) y el personal de la misma, y es concertado por las representaciones legítimas de ambas partes, de conformidad con la legislación vigente.
Partes concertantes. El presente Xxxxxxxx ha sido concertado entre los Delegados de Personal de la Red de Ventas y la Dirección de la Empresa, debidamente facultados.