Partes concertantes Cláusulas de Ejemplo

Partes concertantes. El presente Convenio se concierta entre las partes siguientes: De una parte: en representación de SEROMAL S.A., D. Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx, (Presidente); D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Gerente); y, como integrantes de la comisión negociadora Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, (Gerente Adjunta); Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, (DRRHH); y Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, (Jefa de Personal). De otra parte, como comisión negociadora de la representación legal de los trabajadores, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, (CCOO); D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, (CCOO); D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, (UGT); D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, (Delegado Sindical CCOO); y D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, (Delegado Sindical UGT).
Partes concertantes. Las partes que conciertan el presente Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario de esta Institución son representantes de organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, como parte empleada, y los representantes de la Institución, como parte empleadora.
Partes concertantes. Las partes que conciertan este Convenio son: De una parte, las Universidades relacionadas en el ámbito funcional fijado en el artículo 2.º, representadas por el Excmo. Sr. Rector Magnífico de cada una de ellas, como persona que ostenta la capacidad de contratar y convenir, y, de otra, el personal laboral de administración y servicios contratado en cada una de ellas, representado por la Unión General de Trabajadores (FETE-UGT) y por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF), como sindicatos mayoritarios y legitimados.
Partes concertantes. Conciertan este convenio colectivo de una parte las universidades públicas relacionadas en el ámbito funcional fijado en el artículo 3º, representadas por el Excmo. Sr. Rector Magnífico de cada una de ellas, como persona que ostenta la capacidad de contratar y convenir y, de otra, el personal docente e investigador (en adelante, PDI) contratado en régimen laboral en cada una de ellas, representado por Comisiones Obreras (FE- CCOO), por la Unión General de Trabajadores (FETE-UGT), por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF) y Federación de Sindicatos de Trabajadores de la Enseñanza de Castilla y León (STECyL), como sindicatos mayoritarios y legitimados.
Partes concertantes. El presente convenio colectivo se establece entre la Sociedad de Promoción del Turismo de Castilla y León, Sociedad Anónima (en lo sucesivo SOTUR), y el personal de la misma, y es concertado por las representaciones legítimas de ambas partes, de conformidad con las disposiciones vigentes.
Partes concertantes. El presente convenio colectivo se concierta entre el Comité de Empresa del centro de trabajo de la Empresa Multicanal Iberia, Sociedad Limitada Unipersonal (en adelante “Empresa” o “Multicanal”), sito en Madrid (Comunidad Autónoma de Madrid), y la Dirección de la Empresa. Las partes concertantes del Convenio Colectivo de forma juiciosa y firme acatan los motivos y el texto auténtico de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, declarando que el presente texto articulado está negociado para su aplicación sin absolutamente ningún tipo de vacilación o indecisión tanto para mujeres como para hombres, por lo que cualquier cita en el mismo referido a personas trabajadoras (clasificación profesional, puestos de trabajo, familiares de personas trabajadoras, etcétera), huyen en todo momento y en cualquier caso de favorecer un lenguaje sexista, con aplicación indistinta tanto al género femenino como al masculino, sin ningún asomo de discriminación, asumiendo de este modo lo establecido en la referida Ley en el apartado 11, del artículo 14 de la misma en esta materia. BOCM-20230204-3 Este Convenio afecta a todas las personas trabajadoras que, a su entrada en vigor o durante su vigencia, presten sus servicios, mediante un contrato laboral y cualesquiera que sean sus cometidos, en el centro de trabajo al que se refiere este convenio. Quedan expresamente excluidos del ámbito de este convenio:
Partes concertantes. —El presente convenio colectivo se concierta entre la representación legal del Instituto para la Diversi­ ficación y Ahorro de la Energía (IDAE) y su personal, entendiéndose como tal a los trabajadores fijos o temporales con quien el Instituto haya establecido relación laboral y que preste sus servicios retribuidos al mismo, dentro de su ámbito de organización y dirección, en su con­ dición de empleado acordándose su contenido por los representantes legítimos de ambas partes a tenor de las disposiciones vigentes.
Partes concertantes. El presente Xxxxxxxx ha sido concertado entre los Delegados de Personal de la Red de Ventas y la Dirección de la Empresa, debidamente facultados.
Partes concertantes. El presente Convenio Colectivo se establece entre la Fundación General de la Universidad xx Xxxxxxxxxx (en lo sucesivo Fundación) y el personal de la misma, y es concertado por las representaciones legítimas de ambas partes, de conformidad con la legislación vigente.
Partes concertantes. Las partes que conciertan el presente Convenio Colectivo son los representantes del personal laboral, como parte empleada, y los representantes de la Institución, como parte empleadora.