Partes concertantes. El presente Convenio se concierta entre las partes siguientes: De una parte: en representación de SEROMAL S.A., D. Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx, (Presidente); D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (Gerente); y, como integrantes de la comisión negociadora Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, (Gerente Adjunta); Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, (DRRHH); y Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, (Jefa de Personal). De otra parte, como comisión negociadora de la representación legal de los trabajadores, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, (CCOO); D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, (CCOO); D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, (UGT); D. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, (Delegado Sindical CCOO); y D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, (Delegado Sindical UGT).
Partes concertantes. Las partes que conciertan este Convenio son: De una parte, las Universidades relacionadas en el ámbito funcional fijado en el artículo 2.º, representadas por el Excmo. Sr. Rector Magnífico de cada una de ellas, como persona que ostenta la capacidad de contratar y convenir, y, de otra, el personal laboral de administración y servicios contratado en cada una de ellas, representado por la Unión General de Trabajadores (FETE-UGT) y por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF), como sindicatos mayoritarios y legitimados.
Partes concertantes. Las partes que conciertan el presente Acuerdo de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario de esta Institución son representantes de organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación, como parte empleada, y los representantes de la Institución, como parte empleadora.
Partes concertantes. El presente convenio colectivo se establece entre la sociedad de promoción del turismo de Castilla y León, Sociedad Anónima (en lo sucesivo SOTUR), y el personal de la misma, y es concertado por las representaciones legítimas de ambas partes, de conformidad con las disposiciones vigentes.
Partes concertantes. 1. Conciertan este convenio colectivo de una parte las universidades públicas relacionadas en el ámbito funcional fijado en el artículo 3º, representadas por el Sr. Rector Magnífico de cada una de ellas, como persona que ostenta la capacidad de contratar y convenir y, de otra, el personal docente e investigador (en adelante, PDI) contratado en régimen laboral en cada una de ellas, representado por Comisiones Obreras (FE-CCOO), por la Unión General de Trabajadores (FETE-UGT), y Federación de Sindicatos de Trabajadores de la Enseñanza de Castilla y León (STECyL-i), como sindicatos mayoritarios y legitimados.
Partes concertantes. El presente acuerdo se concierta entre el Excelentísimo Ayuntamiento xx Xxxxxx, de una parte, y las orga- nizaciones sindicales con representación en los órganos de representación unitaria debidamente legitimados o que ostenten la condición de sindicatos más representativos, en concreto CC. OO. y UGT.
Partes concertantes. El presente convenio del Club Fluvial xx Xxxx, xx suscribe de una parte por la Junta Directiva de la empresa, y de otra parte por el Delegado/a de Personal como representación legal de los trabajadores. Ambas partes se reconocen mutuamente como interlocutores válidos y con legitimación suficiente para negociar el presente Convenio Colectivo, de acuerdo con lo establecido en el Titulo III del vigente Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de xx Xxx del Estatuto de los Trabajadores. Anuncio publicado en: Num BOP 127 año 2018 (05/06/2018 00:00:00)
Partes concertantes. El presente Convenio Colectivo se establece entre el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y el personal laboral del mismo y es concertado por los representantes legales del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y por la repre- sentación del propio Ayuntamiento, de conformidad con las disposiciones vigentes.
Partes concertantes. El presente Convenio Colectivo se establece entre la Fundación General de la Universidad xx Xxxxxxxxxx (en lo sucesivo Fundación) y el personal de la misma, y es concertado por las representaciones legítimas de ambas partes, de conformidad con la legislación vigente.
Partes concertantes. Las partes que conciertan el presente Acuerdo son los representantes del personal laboral, como parte empleada, y los representantes de la Institución, como parte empleadora.