PERSONAL A SUBROGAR. La relación del personal a subrogar se encuentra anexada al pliego de prescripciones técnicas particulares.
PERSONAL A SUBROGAR. El personal que actualmente presta el servicio que desarrolla la actividad objeto de este contrato está adscrito al Convenio de la Construcción.
PERSONAL A SUBROGAR. De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 14 del vigente convenio de empresas de limpieza de edificios, el adjudicatario habrá de subrogarse en los contratos laborales del actual contratista cuya relación se incluirá como anexo a este pliego incluyendo nombre y apellidos, NIF, antigüedad en la empresa y tipo de contrato.
PERSONAL A SUBROGAR del sector público y telecomunicaciones, el presente cSuobsnetcrreatatroía requiere tratamiento de carácter personal (Cláusulas 34 a 37): ☒ No requiere dicho tratamiento. ☐ Requiere dicho tratamiento. M a o í c v a i l g i d o a b d A y A g e n d a U r b a n a M i n i s t e r i o d e T r a n o s d p a o t s r E t e l s e , d
PERSONAL A SUBROGAR. Se dará cumplimiento a la legislación y convenios en vigor en relación al personal que actualmente realiza el servicio. La empresa adjudicataria vendrá obligada a absorber al personal que se relaciona nominalmente en ANEXO 1 de este Pliego.
PERSONAL A SUBROGAR. La siguiente tabla recoge el personal que presta los servicios objeto de este contrato, a fecha 31 de diciembre 2012. En lo que se refiere a la subrogación de trabajadores de empresas adjudicatarias, resulta de aplicación el artículo 175 del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal Laboral de las Instituciones Locales Vascas Udalhitz (B.O.P.V 231, de 2 de febrero de 2008). La columna “salario” recoge el importe cobrado en el último ejercicio disponible, e incorpora tanto lo establecido por convenio, como los pluses absorbibles, como las liquidaciones en contratos fijos discontinuos o contratos hasta fin de obra. Las relaciones laborales del personal se rigen, actualmente, por lo establecido en el Convenio del Sector Locales y Campos Deportivos de Bizkaia. La jornada laboral anual asciende a 1.710h anuales, o un equivalente de 37,55 horas semanales.
PERSONAL A SUBROGAR. La siguiente tabla recoge el personal que presta los servicios objeto de este contrato, a fecha 1 de febrero de 2015. En lo que se refiere a la subrogación de trabajadores de empresas adjudicatarias, resulta de aplicación el artículo 175 del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del Personal Laboral de las Instituciones Locales Vascas Udalhitz (B.O.P.V 231, de 2 de febrero de 2008). La columna “salario” recoge el importe cobrado en el último ejercicio disponible, e incorpora tanto lo establecido por convenio, como los pluses absorbibles, como las liquidaciones en contratos fijos discontinuos o contratos hasta fin de obra. Las relaciones laborales del personal se rigen, actualmente, por lo establecido en el Convenio del Sector Locales y Campos Deportivos de Bizkaia. La jornada laboral anual asciende a 1.710h anuales, o un equivalente de 37,55 horas semanales. Personal a fecha 1 de febrero de 2015 nº trabaj Categoría Código contrato (1) Coeficiente S.S. Antigüedad Salario bruto mensual* 1 control accesos- taquillero-a 501 64,37% 16/06/2012 1.224,54 € 1 monitor-x xxxxx 501 70,94% 01/10/2012 1.274,93 € 1 mantenimiento/oficial 3ª 100 100,00% 17/06/2010 2.823,22 € 1 monitor-x xxxxx 501 42,00% 22/03/2012 735,91 € 1 control accesos- taquillero-a 501 82,76% 04/06/2012 1.454,14 € 1 mantenimiento-oficial 3ª 189 100,00% 29/06/2010 2.823,22 €
PERSONAL A SUBROGAR. El personal adscrito al servicio, y que por tanto deberá subrogarse en caso que resulte adjudicataria del contrato una empresa diferente a la que en la actualidad presta el servicio, es el siguiente, con la tipología de contrato, jornada y antigüedad indicadas: - Operario de Ecoparque: Código de contrato 401, “A tiempo completo por obra o servicio determinado”. 40 horas semanales (a desarrollar de lunes a sábado). categoría xxxx xx xxxxxxx. Antigüedad 1 Marzo de 2010. - Conductor de Ecopunto/Chófer de camión: jornada parcial de 20 horas semanales. Código de contrato 501 “A tiempo parcial, por obra o servicio determinado”. Xxxxxxxxxx 0 Xxxxx 0000. Cualquier otra información laboral que fuese necesaria por alguno de los licitadores al concurso, tendrá que solicitarla al Ayuntamiento de Águilas, sección de patrimonio y contratación.
PERSONAL A SUBROGAR. En lo referente al derecho de subrogación y en cumplimiento del que establece el artículo 38 del II Convenio Colectivo Marco Estatal de Ocio Educativo y Animación Sociocultural y el artículo 38 del III Convenio Colectivo del Sector del Ocio Educativo y Sociocultural de Cataluña de aplicación al personal contratado por la empresa adjudicataria que presta el servicio de atención al público al ASM hasta el día 31 de diciembre de 2016, se detallan a continuación los datos del personal que hay que subrogar en derechos y obligaciones para la nueva empresa adjudicataria por la anualidad 2017. Trabajador Antigüeda d Categoría Contrato Jornada % bruto mensual (12 pagas) Plus Jefe de equipo 1 20/01/2015 Adjunto/a Coordinación Obra/servic io tiempo parcial 68,13 900,74 € 50 € brutos / mes 2 20/01/2015 Adjunto/a Coordinación Obra/servic io tiempo parcial 68,13 900,74 € 50 € brutos / mes 3 02/05/2015 Técnico/a Información Obra/servic io tiempo parcial 56,25 743,67 € 4 25/07/2015 Técnico/a Información Obra/servic io tiempo parcial 25,00 330,52 € 5 18/07/2015 Técnico/a Información Obra/servic io tiempo parcial 23,75 313,99 € 6 04/09/2015 Técnico/a Información Obra/servic io tiempo parcial 37,50 495,78 € 7 15/05/2014 Técnico/a Información Obra/servic io tiempo parcial 43,75 578,41 € 8 03/11/2015 Técnico/a Información Obra/servic io tiempo parcial 56,25 743,67 € 9 01/12/2015 Técnico/a Información Obra/servic io tiempo parcial 56,25 743,67 €
PERSONAL A SUBROGAR