Plan de Operación Cláusulas de Ejemplo

Plan de Operación. El licitador, deberá incluir en su oferta un plan de operación, con el objeto de establecer el funcionamiento y las responsabilidades del funcionamiento de los servicios y que será efectivo una vez finalizada la fase de implantación y los mismos han superado las pruebas definidas y se encuentran en explotación. La fase de operación de los servicios deberá considerar, al menos, las siguientes tareas: • Explotación y administración de los servicios. • Mantenimiento de la infraestructura. • Gestión de incidencias. • Actualizaciones del equipamiento. Este plan deberá ser validado antes de finalizar la fase de implantación por el responsable del proyecto designado por FECYT. El plan de operación deberá contemplar, al menos, los siguientes procedimientos: 1. Procedimiento de gestión administrativa en los servicios. Para cada servicio ofertado debe indicarse el procedimiento a seguir en caso de gestiones administrativas en los mismos. 2. Procedimiento de gestión de incidencias en el servicio. 3. Procedimientos de mantenimiento predictivo sobre los servicios. Debe contemplar las tareas de actualización de equipamiento y la generación de un informe periódico del estado de la infraestructura soporte de los servicios. 4. Procedimientos de mantenimiento adaptativo sobre los servicios. Debe contemplar las tareas encaminadas a la optimización de los servicios ofertados. 5. Procedimientos de mantenimiento correctivo sobre los servicios. Debe contemplar los procedimientos de gestión de incidencias en sus diferentes niveles. Así mismo, detallará las tareas a realizar cuando es necesaria la intervención de otro operador que esté prestando servicios. 6. Debe contemplar las tareas de actualización de equipamiento y la generación de un informe periódico del estado de la infraestructura soporte de los servicios. 7. El plan de operación será revisado periódicamente por el responsable del proyecto designado por FECYT, teniendo la posibilidad de solicitar actualizaciones sobre los diferentes procedimientos para mejorar el funcionamiento de los mismos.
Plan de Operación. Previo a realizar la estimación de los flujos de ingresos y egresos del proyecto, se requiere establecer el ciclo operativo y el horizonte de planeación del proyecto. Con base en el análisis de evolución de la demanda en el área de influencia del proyecto, se desarrolla el programa de construcción y el programa de ventas, presentando las fechas de inicio y conclusión de las actividades así como el periodo de tiempo que transcurre entre la culminación de la construcción y la venta hasta la culminación de las proyecciones. Lo anterior permite establecer el horizonte temporal en el que se desarrollará el proyecto hasta su culminación, así como el tiempo necesario para alcanzar los objetivos. Asimismo, el plan de operación deberá contener los esfuerzos realizados para la promoción, estrategia publicitaria y canales de distribución para cumplir con los objetivos. Los ingresos del proyecto se conformarán principalmente por la actividad económica principal del proyecto que está representada por las ventas de vivienda a la población objetivo, sin embargo, existen otros conceptos de ingresos a considerar. A continuación se presentan, de manera enunciativa mas no limitativa los ingresos del proyecto. Ventas de vivienda. Venta/renta de terrenos. Venta/renta de locales comerciales e industriales. Cobro de costos de mantenimiento. Productos financieros.
Plan de Operación. La fase de operación comprende el período posterior a la implantación, una vez que los servicios entren en operación. Asimismo, incluye el mantenimiento, la gestión, detección y resolución de incidencias y actualización (cuando sea preciso) de las líneas, terminales y servicios contratados de acuerdo a los requerimientos descritos posteriormente. Las ofertas deberán incluir un Plan de Operación, donde se definan las actividades y responsabilidades encaminadas a asegurar el correcto y continuo funcionamiento del servicio, de acuerdo al esquema de gestión indicado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, y en correlación con lo definido anteriormente en las Fases de Explotación. Dicho plan contemplará la gestión y control del funcionamiento del sistema soporte del servicio que garantice el mantenimiento de los objetivos de calidad y que consiga el nivel de operatividad deseado. Los aspectos que deberá contemplar este plan son, entre otros: • Supervisión de todas las líneas móviles. • Previsión de posibles incidencias, facilitando los procedimientos de resolución tanto manual como automática. • Descripción de la información que proporcionará el sistema de gestión. • Estadísticas de funcionamiento de líneas, tanto en tráficos de voz como de datos. • Resúmenes ejecutivos de los parámetros más importantes del servicio. • Metodología de actuación en caso de fallo o avería y procedimiento operativo a seguir en caso de requerir la intervención de un segundo Operador prestador de servicios, delimitando claramente las responsabilidades asumidas por el prestador de los servicios objeto de este contrato.. • Actualización de líneas, terminales, plataformas y servicios.
Plan de Operación. NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. ------------------------------------------------------- FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
Plan de Operación. El Licitante Ganador deberá mejorar la frecuencia de paso de trenes y la Capacidad de Transporte en la Línea; además deberá, con la rehabilitación de la vías, trenes nuevos y la instalación del sistema CBTC, mejorar la calidad del servicio y mitigar el impacto de los incidentes en la Línea y considerar los análisis del comportamiento de la afluencia de cada línea en particular, su interrelación entre ellas y a la relación oferta – demanda a nivel de la red, como lo ha determinado el STC en su Plan de Operación en las Horas de Máxima Demanda matutina y vespertina cuyos lineamientos son de aplicación y observancia obligatoria día a día en su Operación Nominal, siempre en condiciones de seguridad, mismos que contemplan las siguientes estrategias operativas: • Adecuar la operación a las condiciones actuales de la demanda • Establecer en las líneas condiciones operativas que permitan una mejor regulación del servicio • Coordinar operativamente a las diferentes áreas que intervienen en la operación y regulación • Estandarizar los criterios de actuación para regular la operación y mitigar los incidentes en la línea. Para ello, el Licitante ganador deberá considerar dicho Plan de Operación en HMD e incorporar en su Propuesta de solución la estrategia que se describe a continuación.
Plan de Operación. Plan de Mantenimiento y Conservación. 2.10.- Penalizaciones.

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  • Plan de Igualdad De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2.007, las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar con los representantes de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral. En las empresas de más de 250 trabajadores, tengan uno o más centros de trabajo, las medidas de igualdad a que se refiere el párrafo anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad. Las empresas también elaborarán y aplicarán un plan de igualdad, previa negociación o consulta, en su caso, con la representación legal de los trabajadores, cuando lo autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan, en los términos que se fijen en el indicado acuerdo. La elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria para las demás empresas, previa consulta a la representación legal de los trabajadores. A efectos de lo regulado en el presente Convenio respecto a los planes de igualdad y a los diagnósticos de situación deberá tenerse en cuanta lo señalado en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2.007, según el cual, no constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. Con esta finalidad, el presente Xxxxxxxx recoge a continuación una serie de directrices y reglas en relación con los planes de igualdad y los diagnósticos de situación que podrán seguir las empresas de más de 250 trabajadores incluidas dentro de su ámbito de aplicación y cuya finalidad es facilitar a estas últimas la aplicación e implantación de la Ley Orgánica 3/2.007.

  • PLAN DE TRABAJO ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA

  • Manuales de Operación y de Mantenimiento 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.

  • Plan de Seguridad y Salud En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción el contratista deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud con el contenido indicado en el citado Real Decreto y basado en el estudio de seguridad o salud o en el estudio básico de seguridad y salud que acompaña al proyecto. Este plan deberá ser aprobado antes del inicio de la obra.

  • Plan de pensiones La aportación al plan se establece en tres niveles, uno fijo y dos variables: Nivel fijo, financiado totalmente por la Empresa, quedando fijado en un 0.90 por 100 xxx xxxxxxx base que corresponde a la persona trabajadora. Se entiende por salario base la retribución establecida en convenio colectivo según nivel económico. En el caso de los directivos, será el establecido como «sueldo profesional», con el límite del A3. cve: BOE-A-2020-16744 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Primer nivel variable, que será financiado por aportaciones del promotor y del partícipe. A tal fin, cada partícipe elegirá su aportación voluntaria según alguna de las posibilidades que más adelante se indican. Las opciones de aportación tanto del partícipe como del promotor son: Las aportaciones de nivel variable no son acumulables a las aportaciones fijas. Las aportaciones del promotor podrán variar cuando así se acuerde en convenio colectivo. Segundo nivel variable, que será financiado en su totalidad, de forma voluntaria, por aportaciones del partícipe, el cual podrá elegir en porcentajes sobre el salario base su aportación voluntaria al plan. La asignación individual anual a cada persona trabajadora no podrá superar el límite máximo señalado por la legislación vigente sobre planes y fondos de pensiones. El funcionamiento del plan de pensiones será supervisado por una Comisión de Control formada por representantes de los promotores, de los partícipes y personas beneficiarias. Estos dos colectivos tendrán una representación conjunta, de forma que se garantice la presencia de todos los intereses. La Comisión de Control estará compuesta por 7 personas, de los cuales 6 serán representantes de las/los partícipes y las personas beneficiarias y uno 1 promotor. Para su designación, en tanto que el número de personas beneficiarias del plan no supere el 20% sobre el número de partícipes y personas beneficiarias, la Comisión negociadora del III Convenio Colectivo de la Corporación RTVE designa los siguientes miembros: – 2 en representación del sindicato CCOO. – 2 en representación del sindicato SI. – 2 en representación del sindicato UGT. Cuando el número de personas beneficiarias sea superior al 20% señalado anteriormente, se procederá a la designación de los integrantes de la Comisión de Control mediante elección directa, para lo que se crearán 2 colegios electorales, 1 de partícipes y otro de personas beneficiarias. El número de sus representantes será respectivamente de 5 y 1.

  • REMOCIÓN DE ESCOMBROS En el caso de pérdida material directa o daño asegurado y que ocurra durante la vigencia de la póliza, “LA ASEGURADORA” pagará: Los gastos necesarios para demoler y/o remover los escombros y/o gastos de limpieza, en los predios de “EL ASEGURADO” y aquellos bajo su cuidado, custodia, y control, necesarios como resultado de dicha pérdida o daño físico directo, este o no asegurado el edificio o edificios donde se encuentren los bienes. El costo de remover, eliminar, descontaminar y reponer los bienes asegurados que hayan sido contaminados y que, por orden xx Xxx o autoridades civiles, se deban de remover, eliminar o descontaminar.

  • Comparación de las Ofertas 37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO.

  • Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Formalizado el contrato el adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el Ayuntamiento, antes del inicio de la obra, previo informe del Coordinador en materia de seguridad y salud o de la Dirección facultativa de la Obra, si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se comunicará a la Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de la obra.

  • Decisiones del Gerente de Obras 4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista.

  • Valoración de las ofertas Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.