Plazo de conservación Cláusulas de Ejemplo

Plazo de conservación. El plazo de conservación será el indicado por el Pliego de Condiciones Particulares y comenzará a correr a partir de la fecha de terminación de los trabajos consignada en el Acta de Recepción Provisional. Durante este plazo el Contratista será responsable de subsanar todos aquellos vicios ocultos que se detectaren, así como de la conservación y reparación de las obras, salvo los desperfectos resultantes del uso indebido de las mismas. Para ello mantendrá en la obra el personal y los equipos necesarios. La finalización del plazo de conservación sin observaciones determinará la Recepción Definitiva de las obras, siempre que se cumpla lo establecido en los puntos 12.2 y 12.3. En caso de Recepciones Provisionales parciales el Contratista será responsable de la conservación y reparación, durante el plazo de garantía, de aquellas partes de la obra que cuenten con Recepción Provisional hasta las respectivas Recepciones Definitivas parciales. Si durante el período de garantía el Contratista no solucionara a satisfacción del Comitente los vicios ocultos, los pendientes de la Recepción Provisional, los desperfectos ocurridos durante dicho período, o las observaciones a la documentación conforme a obra o al Manual de Operación y Mantenimiento, éste podrá subsanar las deficiencias contratando los trabajos con terceros o realizándolos por administración, con cargo al Fondo de Reparo del Contrato.
Plazo de conservación. No obstante, lo dispuesto en los artículos 1.4 a 1.6., se acuerda el siguiente período de conservación: • sin derogación
Plazo de conservación. Se establece un plazo de conservación de treinta (30) días corridos, contados a partir de la suscripción del Acta de Recepción Provisoria de Obra, dentro del cual la Cooperativa se obliga a realizar todas las tareas que resulten necesarias para reparar defectos de ejecución expresamente indicados por el Ente Ejecutor. Transcurrido dicho plazo sin que se constatare la existencia de defectos, incumplimientos o vicios ocultos en la Obra, operará la Recepción Definitiva de Obra y el Ente Ejecutor emitirá el Certificado correspondiente.-
Plazo de conservación. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones y responsabilidades aplicables.
Plazo de conservación. Hasta la prueba final luego del montaje, la empresa será responsable de las fallas del equipo que no sean debidos a mal uso, originadas por defectos en la fabricación o construcción. En esos casos deberá hacer las reparaciones o sustituciones del caso a su costo y en el menor plazo posible.
Plazo de conservación. El plazo de conservación será el indicado por el Pliego de Condiciones Particulares y comenzará a correr a partir de la fecha de terminación de los trabajos consignada en el Acta de Recepción Provisional. Durante este plazo el Contratista será responsable de subsanar todos aquellos vicios ocultos que se detectaren, así como de la conservación y reparación de las obras, salvo los desperfectos resultantes del uso indebido de las mismas. Para ello mantendrá en la obra el personal y los equipos necesarios. La finalización del plazo de conservación sin observaciones determinará la Recepción Definitiva de las obras, siempre que se cumpla lo establecido en los puntos 12.2 y 12.3. En caso de Recepciones Provisionales parciales el Contratista será responsable de la conservación y reparación, durante el plazo de garantía, de aquellas partes de la obra que cuenten con Recepción Provisional hasta las respectivas Recepciones Definitivas parciales.
Plazo de conservación. Por conservación se entiende la realización de los trabajos que requiera la obra para mantenerla constantemente en buen estado de utilización y preservación, a fin de que su vida económica no se altere fundamentalmente, quedando el Contratista obligado también a la ejecución de las reparaciones originadas por omisión a defectos de construcción. Todo ello hasta tanto se cumpla con la Recepción Definitiva de la obra. El Plazo de Conservación se establece en SEIS (6) meses.
Plazo de conservación. El plazo de conservación de los trabajos ejecutados en esta obra, se establece en las Condiciones Particulares del Contrato, contados a partir de la fecha de la firma del Acta de Recepción Provisoria Total de la obra.
Plazo de conservación. Los datos personales se conservarán durante la evaluación de las solicitudes y/o vigencia de contratos y hasta por el plazo legal aplicable. En caso usted autorice su uso para finalidades adicionales, los datos personales se conservarán mientras usted no solicite su cancelación.
Plazo de conservación. Se establece un plazo de conservación de treinta (30) días corridos, contados a partir de la suscripción del Acta de Recepción Provisoria de Obra, dentro del cual la Cooperativa se obliga a realizar todas las tareas que resulten necesarias para reparar defectos de ejecución expresamente indicados por el Ente Ejecutor. Transcurrido dicho plazo sin que se constatare la existencia de defectos, incumplimientos o vicios ocultos en la Obra, operará la Recepción Definitiva de Obra y el Ente Ejecutor emitirá el Certificado correspondiente.- PAG. 68 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL Nº 1326 Nº 1326 BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL PAG. 45