Common use of PRECIO Y FORMA DE PAGO Clause in Contracts

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El “LA PROCURADURÍA” pagará a “EL PROVEEDOR” el precio de “LOS BIENES” y “LOS SERVICIOS” de acuerdo a la lista de precios unitarios que se indican en el Anexo “B” de este contrato, precios en los cuales están incluidos “LOS SERVICIOS” correspondientes a la administración, empaque, transportación y entrega o cualquier otro concepto aplicado por “EL PROVEEDOR” en el suministro de “LOS BIENES”, en virtud de lo cual no procederá el pago de ninguna cantidad diferente a los precios establecidos en el Anexo “1-B” de este contrato. Los precios ofrecidos por “EL PROVEEDOR” a los cuales hace referencia el Anexo “1-B” de este contrato para los artículos incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente contrato, deberán mantenerse durante la vigencia del mismo, salvo aquellos que sufran incremento o decremento, para cuyo ajuste en el pago, “EL PROVEEDOR” deberá presentar a “LA PROCURADURÍA” carta del fabricante firmada por el representante legal que deberá acreditar mediante la escritura pública correspondiente su personalidad y facultades, indicando la variación en el precio del artículo y la fecha de su vigencia. En el supuesto de que “LA PROCURADURÍA” obtenga mejores precios en el mercado para determinados bienes, podrá realizar las compras necesarias a un abastecedor diferente a “EL PROVEEDOR”. En el caso de bienes excepcionales no incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “1-B” del presente Contrato será la suma contrato, el precio podrá ser convenido por las partes y establecido por escrito al momento de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVAser solicitado. El valor antes indicado será cancelado total de los gastos inherentes a la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, se encuentran impactados en el precio que “EL PROVEEDOR” ofrece en su Propuesta Económica, Anexo “B” de este contrato, para cada uno de “LOS BIENES”. Para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar su factura conteniendo los requisitos fiscales determinados por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los sesenta (60) primeros cinco días siguientes hábiles de cada mes a la fecha EL COORDINADOR de radicación “LA PROCURADURÍA”, debiendo “EL PROVEEDOR” conservar bajo su resguardo, los documentos que amparen las solicitudes y entregas de bienes a los usuarios, asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Código Fiscal de la respectiva facturaFederación, con “EL PROVEEDOR” deberá emitir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), que “EL PROVEEDOR” pondrá a disposición de “LA PROCURADURÍA” en archivo XML (archivo electrónico del comprobante fiscal digital por Internet) al correo electrónico xxxxxxx.xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx y xxxxxx.xxxx@xxxx.xxx.xx, y de manera adicional entregará la representación de las facturas electrónicas en un documento impreso en papel, estas últimas se entregarán a “EL COORDINADOR” de “LA PROCURADURÍA” para la autorización por el pleno cumplimiento Titular de la Dirección de Administración. La factura deberá presentar desglosado el IVA y los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando descuentos que se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)otorguen a “LA PROCURADURÍA”. En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM que “EL PROVEEDOR” no presente la factura para determinar el valor trámite de pago debidamente requisitada, la fecha empezará a pagar la correr a partir de la fecha del pago presentación correcta de la misma. El horario para la presentación de la documentación será de las 10:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes. Se entenderá que “EL PROVEEDOR” no ha cumplido con los requisitos de exigibilidad de pago, si no entrega correctamente su factura. Parágrafo Primero. - La obligación aceptación de La Compañía los servicios se llevará a cabo por conducto del responsable de efectuar administrar y vigilar el cumplimiento de este contrato, quien hará del conocimiento del área o persona encargada de realizar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo conformidad con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía los servicios prestados y facturados por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera“EL PROVEEDOR”.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El “LA PROCURADURÍA” pagará a “EL PROVEEDOR” el precio de LOS BIENES y LOS SERVICIOS de acuerdo a la lista de precios unitarios que se indican en el Anexo “B” de este contrato, precios en los cuales están incluidos LOS SERVICIOS correspondientes a la administración, empaque, transportación y entrega o cualquier otro concepto aplicado por “EL PROVEEDOR” en el suministro de LOS BIENES, en virtud de lo cual no procederá el pago de ninguna cantidad diferente a los precios establecidos en el Anexo “B” de este contrato. Los precios ofrecidos por “EL PROVEEDOR” a los cuales hace referencia el Anexo “B” de este contrato para los artículos incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente contrato, deberán mantenerse durante la vigencia del mismo, salvo aquellos que sufran incremento o decremento, para cuyo ajuste en el pago, “EL PROVEEDOR” deberá presentar a “LA PROCURADURÍA” carta del fabricante firmada por el representante legal que deberá acreditar mediante la escritura pública correspondiente su personalidad y facultades, indicando la variación en el precio del artículo y la fecha de su vigencia. En el supuesto de que “LA PROCURADURÍA” obtenga mejores precios en el mercado para determinados bienes, podrá realizar las compras necesarias a un abastecedor diferente a “EL PROVEEDOR”. En el caso de bienes excepcionales no incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente Contrato será la suma contrato, el precio podrá ser convenido por las partes y establecido por escrito al momento de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVAser solicitado. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las total de los gastos inherentes a la prestación de LOS SERVICIOS objeto del presente contrato, se encuentran impactados en el precio que “EL PROVEEDOR” ofrece en su Propuesta Económica, Anexo “B” de este contrato, para cada uno de LOS BIENES. “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar las facturas se pagarán correspondientes, dentro de los sesenta (60) primeros cinco días siguientes hábiles de cada mes a la fecha EL COORDINADOR de radicación “LA PROCURADURÍA”, debiendo “EL PROVEEDOR” conservar bajo su resguardo, los documentos que amparen las solicitudes y entregas de la respectiva factura, con bienes a los usuarios. La aceptación de los servicios se llevará a cabo por conducto del responsable de administrar y vigilar el pleno cumplimiento de los requisitos contractualeseste contrato, legales y operativos. (Redacción quien hará del conocimiento del área o persona encargada de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar realizar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo conformidad con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía los servicios prestados y facturados por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera“EL PROVEEDOR”.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será Como contraprestación por el SERVICIO, el cliente Pagará a SIMPLE COMUNICACIONES, las tarifas y cargos establecidos en la(s) ORDEN(ES) DE SERVICIO, a partir de la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVAACTIVACION DEL SERVICIO. El valor antes indicado se establecerá en pesos Colombianos. Las tarifas y cargos ya incluyen IVA, a excepción de las que la ley obligue a cobrar el IVA, por lo cual no será cancelado asumido por el cliente si está exento de pagarlo. Para el cobro del valor del SERVICIO, SIMPLE COMUNICACIONES efectuará cortes mensuales anticipados y enviará la factura al cliente. La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán factura deberá ser cancelada dentro de los sesenta diez (6010) días siguientes de cada mes, en el lugar señalado y utilizando un medio de pago aceptado por SIMPLE COMUNICACIONES, en caso Yo en nombre propio y de quien represento, autorizo a SIMPLE COMUNICACIONES SAS identificada con el NIT 900457160-7 o a quién represente sus derechos u ostente en el futuro la fecha calidad de radicación acreedor a consultar reportar, conservar, suministrar, solicitar o divulgar a DATACREDITO Central de Información y de Riesgo, toda la información referente a mi comportamiento comercial. Lo anterior implica que el cumplimiento o incumplimiento de mis obligaciones se reflejará en las mencionada base de datos, en donde se consignan de manera completa todos los datos referentes a mi actual y pasado comportamiento en general frente al cumplimiento de mis obligaciones. PARÁGRAFO PRIMERO: Las reclamaciones respecto de la respectiva facturafactura deben hacerse por escrito y dentro de un plazo no mayor de cinco (5) días calendario a su emisión; cualquier ajuste o corrección de la factura se hará en el mes siguiente de facturación. El incumplimiento del cliente, con en alguna de las obligaciones a su cargo la constituirá en xxxx en forma automática y de pleno derecho por el pleno cumplimiento solo incumplimiento de los requisitos contractualesplazos pactados, legales y operativos. (Redacción sin necesidad de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)requerimiento judicial o extrajudicial alguno. En caso de haberse ofertado retraso en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor pago del precio, SIMPLE COMUNICACIONES cobrará intereses xx xxxx sobre las sumas adeudadas a pagar la tasa máxima permitida por la ley y podrá suspender el SERVICIO o dar por terminado unilateralmente el CONTRATO sin necesidad de previo requerimiento o declaración judicial alguna, subsistiendo la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por obligaciones contenidas en el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio presente CONTRATO así lo requieracomo aquellos derivados del cobro judicial o extrajudicial. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero presente CONTRATO acompañado de las facturas cuyas condiciones serán fijadas emitidas por SIMPLE COMUNICACIONES debidamente radicadas en la Dirección dirección de Tesorería y Finanzas facturación de La CompañíaSIMPLE COMUNICACIONES SAS, prestará mérito ejecutivo para todos los efectos legales. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía PARÁGRAFO SEGUNDO: SIMPLE COMUNICACIONES se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente realizar cualquier modificación a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno del servicio, lo cual será notificado al cliente, con quince (15) días calendario de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraanticipación.

Appears in 1 contract

Samples: Telecommunications

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato contrato será de XXXXXXXXX. La forma de pago de pago por parte de la suma compañía será de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por la siguiente manera: La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán pagará los elementos solicitados y correctamente instalados, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva facturafactura en el lugar establecido por La Compañía, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativosoperativos (copia de la Orden de suministro copia de la entrada a almacén y/o acta de aceptación debidamente suscrita por el Administrador de la orden de suministro por parte de La Compañía, entre otros). (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o serviciosuministro, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro registro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El el Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicadogastos, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusulala Cláusula Tercera anterior. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar rembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro E Instalación

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El servicio se ofrece bajo dos modalidades, PREPAGO y POSPAGO, las cuales se especifican a continuación: 1. PREPAGO: Por la naturaleza de esta modalidad las partes pactan que TELEMIC no estará obligada a enviar factura periódicamente a EL ABONADO del servicio. TELEMIC establecerá los mecanismos de recarga o compra de saldos que permiten adquirir en la modalidad prepago el servicio de conformidad con sus necesidades administrativas. El precio del presente Contrato será a pagar por concepto de la suma programación, tendrá como base el vigente para la modalidad prepago a la que EL ABONADO se afilia. La falta de ______ (Valor del Contrato saldo de EL ABONADO conllevará la imposibilidad para disfrutar de EL SERVICIO, caso en letras) el cual EL ABONADO deberá recargar al menos el monto mínimo determinado por TELEMIC para acceder de pesos nuevo a éste. TELEMIC podrá incrementar el valor de la recarga en cualquier momento. 2. POSPAGO: EL ABONADO se obliga a pagar, a su vencimiento y en moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números)de curso legal, más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado las facturas físicas o electrónicas que TELEMIC le emita por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán los servicios contratados y recibidos por él, con las modalidades contratadas por este, los cuales le serán facturados a partir de la habilitación de los mismos por TELEMIC o quien ésta designe, ésta facturación mensual deberá ser pagada por EL ABONADO a TELEMIC dentro de los sesenta cinco (6005) primeros días siguientes de cada mes y podrá ser pagada en los lugares que TELEMIC le indique, domiciliando su pago a una tarjeta de crédito o cuenta bancaria, mediante servicio de cobranzas a domicilio o a través del servicio de atención telefónica de TELEMIC. 2.1. Si EL ABONADO elige el pago de su facturación mensual mediante servicio de cobranzas a domicilio, dicho servicio generará un costo adicional el cual será facturado por TELEMIC o quien esta designe para realizarlo. Si EL ABONADO, elige cancelar por medio de taquillas de TELEMIC o de quien esta autorice y se produce la fecha de radicación no cancelación de la respectiva facturafactura correspondiente en el término establecido para su cancelación, con el pleno cumplimiento EL ABONADO conviene que TELEMIC envíe a su domicilio un cobrador en las condiciones establecidas en esta cláusula; si esta situación se produce durante dos (2) meses consecutivos, se entiende que EL ABONADO ha modificado su forma de los requisitos contractualespago y escoge la del servicio de cobrador a domicilio, legales y operativos. (Redacción sin necesidad de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)la notificación prevista más adelante. En caso de haberse ofertado que EL ABONADO desee cambiar la opción de pago elegida inicialmente, deberá notificar por cualquier medio escrito a TELEMIC por lo menos quince (15) días antes de vencer su próxima facturación. En caso de que el pago de la facturación mensual sea cancelado por EL ABONADO a TELEMIC, mediante cheque, y éste fuere devuelto por la Entidad Bancaria correspondiente al momento de su cobro, EL ABONADO conviene en dólares americanos cancelar a TELEMIC un cargo por gastos administrativos por cheque devuelto. 2.2. EL ABONADO conviene expresamente con TELEMIC que la falta de pago de una (USD1) La Compañía utilizará como TRM para determinar factura del servicio contratado por él y luego de trascurrido el valor lapso establecido en el numeral 2 de la cláusula Novena, dará derecho a TELEMIC a suspender por un lapso de treinta (30) días EL SERVICIO, durante este lapso EL ABONADO podrá pagar la deuda y el cargo por reconexión. En el caso que EL ABONADO no realice dichos pagos se dará por terminado el presente contrato, luego de haber cumplido con el proceso establecido en legislación vigente (Ley Para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios) y proceder incluso a retirar los equipos que TELEMIC hubiere instalado, sin renunciar a reclamar los daños y perjuicios a que hubiere lugar. Igualmente la factura no pagada en su totalidad estará sujeta a la aplicación de intereses por xxxx hasta el pago total de la factura de acuerdo a la legislación vigente. 2.3. Cada factura mensual se considerará aceptada por EL ABONADO si éste no la objeta en la Oficina de Atención al Cliente de TELEMIC o a través de los mecanismos que a tales efectos implemente TELEMIC, dentro de los quince (15) días continuos contados a partir de la fecha del de vencimiento indicada en la factura, conforme a lo previsto en legislación vigente. Sólo se dará curso a la reclamación extemporánea previo pago de la factura. 2.4. Parágrafo Primero. - La obligación TELEMIC se obliga a remitir mensualmente a EL ABONADO la factura detallada de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presenteEL SERVICIO contratado (s), sin embargo, en las oficinas caso de La Compañía ubicadas no recibirla oportunamente, EL ABONADO conoce su fecha de vencimiento, por lo que solicitará a través del servicio de atención al cliente o en el sitio web de TELEMIC (Dirección de la empresa contratantexxx.xxxxx.xxx.xx), la respectiva factura, así como los soportes información que sean requeridos corresponde a objeto de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para efectuar el pago de las sumas que le adeude La Compañía EL SERVICIO. 2.5. EL ABONADO conviene expresamente en cancelar a TELEMIC un cargo por cualquier concepto y, gestiones y gastos causados por consiguiente, renuncia la no cancelación de la factura a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) término por el servicio prestado presentada(s) por incumplimiento lo estipulado en el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento numeral 1 de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. 2.6. La obligación de La Compañía EL ABONADO de efectuar pagar las facturas correspondientes a EL SERVICIO prestado, persiste aún después de terminado el contrato, en cuyo caso deberá pagar adicionalmente a los rembolsos pactados queda sujeta cargos por EL SERVICIO y los intereses xx xxxx correspondientes, de acuerdo a la condición legislación vigente, los gastos adicionales en que incurra TELEMIC para obtener el pago del monto adeudado, incluyendo gastos judiciales y extrajudiciales. 2.7. En el caso que TELEMIC decida modificar sus tarifas por la prestación de EL SERVICIO, estas serán publicadas y notificadas a EL ABONADO con por lo menos quince (15) días calendarios de anticipación de acuerdo a lo establecido en el ordinal 5° del artículo 15 de la ley Orgánica de Telecomunicaciones y artículo 43 de la Providencia Administrativa contentiva de las Condiciones Generales de las Habilitaciones Administrativas Generales. 2.8. En el caso que TELEMIC decida modificar las condiciones para la prestación de EL SERVICIO, deberá notificarlo a EL ABONADO a través de los mecanismos que a tales efectos implemente. EL ABONADO deberá notificar por escrito su inconformidad de las modificaciones realizadas por TELEMIC y en caso contrario, se entenderá que EL ABONADO desea continuar con el contrato de servicio modificado. 2.9. Los precios establecidos en el presente contrato no incluyen ningún impuesto o tasa con la cual se grave EL SERVICIO, por lo cual dicho monto será agregado a las cantidades que deba pagar EL ABONADO a TELEMIC por EL SERVICIO, de acuerdo con el procedimiento previsto en las leyes y reglamentos que los establezcan. En la factura que entregará TELEMIC a EL ABONADO se indicará en forma separada el monto correspondiente a EL SERVICIO y la cantidad que corresponde al impuesto o tasa de que el Contratista presentese trate, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida aplicable a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraEL SERVICIO.

Appears in 1 contract

Samples: Television Service Agreement

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio total por el suministro, objeto del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado contrato es hasta por La Compañía así: _____un monto de________________ Las facturas se pagarán dentro 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($_____), el cual será pagado posterior a la presentación de la respectiva factura y acta de recepción de los sesenta cupones, firmada y sellada por El Administrador del Contrato y Visto Bueno del Departamento de Transporte, en la que conste que el suministro se ha recibido a satisfacción de conformidad a este Contrato. El trámite de pago se realizará en la Tesorería del CNR. El precio del contrato a pagar, incluye todos los impuestos, tasas y contribuciones que deba pagar el contratista en razón de dicho suministro. III. PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA. El plazo del presente contrato será a partir de la suscripción del mismo, la entrega de cupones de gasolina regular y diesel será xx xxxx (6010) días siguientes hábiles máximo, posteriores a la fecha de radicación solicitud de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento parte del Administrador del Contrato. El lugar de entrega de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, cupones será en las oficinas de La Compañía ubicadas servicio del Contratista, cuya verificación estará a cargo del Administrador del Contrato, sobre lo cual se levantará un Acta de Recepción del suministro, durante la vigencia del presente contrato. Dicho plazo podrá ser prorrogado cuando ocurra alguna de las situaciones estipuladas en (Dirección la Cláusula XIV, y de conformidad a la LACAP y al Reglamento de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraLACAP.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio Precio total es el que se expresa en las Condiciones Específicas. Salvo que expresamente se acuerde algo diferente, la naturaleza jurídica del presente Contrato será la de un contrato a suma alzada, en virtud del cual se ha fijado un precio total, fijo, invariable, que corresponde a la contraprestación única y total que el Proveedor recibirá a cambio de ______ la ejecución correcta y completa del Contrato. Xxxxxxxxx sólo pagará al Proveedor el precio de los Materiales que hayan sido debida y oportunamente entregados, y de los Servicios que hayan sido debida y oportunamente ejecutados por el Proveedor, y luego de que se cumplan los siguientes requisitos copulativos: (Valor del Contrato i) que todos los Materiales y Servicios hayan sido recibidos conforme por Xxxxxxxxx, (ii) que Xxxxxxxxx haya emitido la documentación pertinente que permita expresamente al Proveedor facturar; (iii) que el Proveedor haya emitido la factura correspondiente por todos los Materiales y/o Servicios prestados, y que dicha factura haya sido aceptada por Xxxxxxxxx, o las observaciones u objeciones que pudieran existir a la misma hayan sido subsanadas; y (iv) que el Proveedor no tenga ninguna deuda con Xxxxxxxxx. Xxxxxxxxx realizará dicho pago en letras) los plazos que establezcan los procedimientos internos xx Xxxxxxxxx, los que se contarán siempre desde la fecha de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato recepción conforme de la factura respectiva o desde la fecha en números)que se hayan resuelto las observaciones y objeciones a la misma, más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas lo cual en todo caso se pagarán realizará dentro de los sesenta (60) días siguientes plazos establecidos en la ley. La recepción conforme de la factura y la subsanación de objeciones o reparos deberá constar por escrito en comunicación emanada por Xxxxxxxxx con ese propósito. El pago deberá realizarse cuando se concluya tanto la entrega completa de todos los Materiales como la prestación completa de todos los Servicios, según corresponda, y se haya emitido y aceptado la factura correspondiente y que se hayan cumplido las condiciones anteriores. No se consideran anticipos o pagos parciales o por hitos intermedios. Todo lo anterior, es sin perjuicio de que las Condiciones Específicas establezcan algo distinto. Ninguna factura, ni siquiera aquellas que hayan sido debidamente emitidas y aprobadas, será actualmente exigible -y por lo tanto carecerán de mérito ejecutivo para su cobro- mientras el Contratista mantenga para con Xxxxxxxxx cualquier deuda, por cualquier concepto, incluso si esa deuda se ha originado con posterioridad a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago emisión y/o aprobación de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta El tribunal arbitral referido en el presente documento será plenamente competente para conocer y fallar todas las solicitudes, gestiones, acciones e incidencias que se produzcan en torno a la condición de que el Contratista presentelas facturas del Contrato, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante)incluyendo, entre otras, la respectiva facturagestión preparatoria para su cobro ejecutivo, así como los soportes que sean requeridos la acción ejecutiva de acuerdo con la normatividad vigentecobro de facturas, y demás documentos establecidos para el efectoetcétera. En cualquier caso, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo del precio no se habrá devengado si no se cumple con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir todos los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentadacondiciones, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería negativos y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratistapositivos, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada establecidos en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 1 contract

Samples: Purchase Agreement

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será la suma por los bienes y/o servicios serán los especificados en las Órdenes de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVACompra aceptadas por las Partes. El valor antes indicado será cancelado Proveedor reconoce y acepta que el Precio constituye la cantidad única y total que tiene derecho a percibir y reclamar de Prisa, por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro concepto de contraprestación y que dicho precio es una retribución justa por la provisión de los sesenta productos y/o prestación de los servicios y no tendrá obligación alguna de pagar cualquier otra cantidad, por cualquier otro concepto o de cualquier otra naturaleza, incluso si el Proveedor incurre en gastos adicionales a los presupuestados en la Orden. Los precios fijados en cada Orden de Compra aceptada por las Partes serán fijos y no podrán incrementarse. El Proveedor sumará al Precio el impuesto al valor agregado (60IVA) días siguientes en caso de que aplique. El Precio incluye: (i) todos los gastos de entrega de Bienes de conformidad con la presente Orden de Compra (empaques, almacenaje, traslados, maniobras, seguros, entrega, salvo que se disponga lo contrario); (ii) el cumplimiento por parte del Proveedor de todas las obligaciones que le corresponden de conformidad con la Orden de Compra. El pago de los Bienes y/o Servicios se realizará por transferencia electrónica a la fecha cuenta del Proveedor en el plazo establecido en la Orden de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales Compra y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar no señalarse, el valor plazo será de 30 días contados a pagar la partir de la fecha del pago de en que el Proveedor haya entregado a Prisa la facturafactura correspondiente y posterior a que Prisa acepte los Bienes y/o Servicios a su entera satisfacción. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición En el caso de que el Contratista presentePrecio esté denominado en moneda extranjera, Prisa podrá realizar el pago en las oficinas pesos mexicanos al tipo de La Compañía ubicadas cambio publicado por el Banco de México en (Dirección el Diario Oficial de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes Federación del día en que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para haga el pago correspondiente o al tipo de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de cambio que se incurra acuerde entre las Partes en ellos; para el efecto. Los gastos la Orden de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraCompra respectiva.

Appears in 1 contract

Samples: Términos Y Condiciones Generales Para La Compra, Suministro De Bienes Y La Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. De conformidad con los artículos 27 y 35 de la Resolución IP/REV, El precio del presente Contrato será la suma Operador IP/REV pagará a El Intermediador IP/REV únicamente una Comisión correspondiente al uno coma ochenta y cinco por ciento (1,85 %) más IVA, el cual corresponde al cincuenta por cierto (50%) xxx xxxx, sin perjuicio de ______ (Valor del Contrato en letras) que si luego de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro un plazo máximo de los sesenta (60) días siguientes calendarios posteriores a la fecha de radicación firma de este contrato no se logre un acuerdo diferente, cualquiera de las partes pueda someterlo al mecanismo de resolución de controversias previsto en las cláusulas décima sexta y décima séptima de este contrato, pudiendo ajustarse de manera retroactiva el valor definitivo de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento comisión del servicio que mediante dicho mecanismo de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción resolución de cláusula cuando controversias se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientesdefina. En todo caso, el Ministerio podrá revisar a futuro el valor de porcentaje provisional a aplicar conforme el análisis que realice del comportamiento de los diferentes acuerdos que se registren. El pago de dicha contraprestación se realizará mensualmente, previa factura entregada por EL INTERMEDIADOR dentro de los siguientes treinta (30) días a su recepción, la factura se debe radicar en el correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx. El pago como contraprestación al INTERMEDIADOR se hará a la cuenta de ahorros No. 078412046 del Banco de Bogotá cuyo titular es EL INTERMEDIADOR. Se estima como valor anual del contrato para efecto de las garantías, sanciones y cláusula penal, la suma de CIEN MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($100.000.000COP), que se reajustarán anualmente conforme al IPC certificado por el DANE del año inmediatamente anterior. PARÁGRAFO PRIMERO- Las facturas a ser presentadas por EL INTERMEDIADOR, deberán haberse expedido cumplir con los requisitos legales y fiscales establecidos en las normas tributarias y deberán ser presentadas a nombre del Contratista menos PATRIMONIO AUTONOMO P.A. Xxxxxx xx Xxxxx XXX 830.054.539- 0 La factura en el campo de observaciones deberá contener el código del Fideicomiso No.8121 . El pago que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferentese realice fuera del término señalado en la presente cláusula generará intereses xx xxxx hasta por la tasa máxima permitida, a favor de EL RECAUDADOR ELECTRÓNICO. La obligación PARÁGRAFO SEGUNDO- Los pagos se efectuarán dentro de La Compañía los treinta (30) días calendario posteriores a la radicación de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura por parte del INTERMEDIADOR, siempre y demás documentos establecidos cuando cumpla con el lleno de requisitos. PARÁGRAFO TERCERO- El precio pactado en la presente cláusula no incluye para el ningún efecto, dirigida los valores correspondientes a La Compañíalos reembolsos periódicos que se generen por efecto de la solución de Discrepancias, como tampoco los reembolsos periódicos que se generen por reclamaciones de los Usuarios COPILOTO que sean resueltas a favor de éstos. Los pagos se LAS PARTES reconocen y aceptan que las sumas correspondientes a dichos reembolsos serán adicionales y por tanto no hacen parte de la remuneración del INTERMEDIADOR. El no pago oportuno de estos reembolsos por parte de EL OPERADOR, también generará intereses xx xxxx hasta por la tasa máxima permitida. PARÁGRAFO CUARTO- Sin perjuicio de lo establecido en esta cláusula, en el evento en que la normatividad IP/REV plantee un cambio en esta materia, o las condiciones económicas así lo ameriten, el porcentaje de comisión o su base de cálculo podrán realizar ser negociados por conducto de una entidad financieraLAS PARTES.

Appears in 1 contract

Samples: Intermediary Agreement

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio JUNAEB pagará al prestador, por el total del presente Contrato será contrato, la suma total de ______ $2.950.000.- pesos (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en númerosdos millones novecientos cincuenta mil), más incluir IVAIVA incluido. El valor antes pago se realizará en forma mensual, por el/los servicio (s) efectivamente prestado (s), previa aprobación de la prefacturación y certificación conforme de la contraparte técnica, y de acuerdo con el precio indicado será cancelado por La Compañía asíel proveedor en su anexo Nº 4, denominado “Oferta económica”, en la licitación pública ID 1799-2- LE22 cuyo detalle es el siguiente: _____________________ Las facturas se pagarán Nº Línea Descripción de la línea Región Unidad Territorial Cobertura referencial año 2022 Presupuesto Año 2022 3 Tamizaje de Otorrino O’Xxxxxxx Comunas de las provincias xx Xxxxxxxx Caro y Colchagua 1.000 $ 2.950.000.- 9.1. Prefacturación. El Proveedor deberá remitir a la contraparte técnica de JUNAEB, dentro de los sesenta (60) 5 primeros días siguientes hábiles de cada mes, previo a la fecha de radicación emisión de la respectiva boleta o factura, lo siguiente: • Formulario de atención en formato papel y digitalizado. (el documento digitalizado deberá ser legible y contener la información del documento original) • Nómina de usuarios atendidos, extraído desde la plataforma de digitación de JUNAEB. • En caso de que el SIGE correspondiente al año, no se encuentre cargado en plataforma oportunamente, será obligación del prestador presentar una nómina provisoria de los estudiantes atendidos formato Excel. Por su parte, la contraparte técnica de JUNAEB, tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles contados desde su recepción, para revisar que los verificadores cumplan con el contenido e información solicitada en las bases técnicas y el presente contrato, con el pleno objeto de dar recepción conforme de los servicios y posterior aprobación o no de la prefacturación. JUNAEB realizará la revisión del 100% de los documentos presentados en cada prefacturación, verificando el cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción puntos descritos en los verificadores de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)pago. En caso de haberse ofertado que los verificadores de pago presenten inconsistencias y/o errores en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar su contenido, JUNAEB informará al proveedor, mediante correo electrónico, a objeto que sean subsanados, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde su recepción. Si no se subsanan las inconsistencias el valor proveedor no podrá proceder a pagar la facturación. Por el contrario, si el resultado de la fecha del revisión de los verificadores de pago se encuentra conforme con lo exigido en las bases de licitación y el presente contrato, JUNAEB informará mediante correo electrónico al proveedor, la aprobación de la facturaprefactura, y autorizará la facturación del servicio de conformidad a lo dispuesto en el apartado 9.3. Parágrafo Primerode este título. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta Una vez aprobada la prefacturación mensual, el proveedor debe enviar vía correo electrónico a la condición contraparte técnica de JUNAEB el listado de las personas que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos trabajaron para el efectoproveedor, (orden junto con el F30-1 “Certificado de compra cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales”, o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía documento extendido por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) aquellas empresas certificadoras autorizadas por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas Ministerio del Trabajo y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentadaPrevisión Social, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes sin observaciones, debiendo este documento estar vigente al momento de la solicitud y presentar la documentación su presentación. En el evento que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratistano exista relación laboral, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presentedeclaración jurada simple, en la cual conste la relación contractual entre el proveedor y las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para personas que ejecutan el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraservicio.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for Medical Services

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El La “SECRETARÍA” pagará al “PROVEEDOR” el precio de los “BIENES” de acuerdo a la lista de precios unitarios que se indican en el Anexo de este Contrato, precios en los cuales están incluidos los servicios correspondientes a la administración, empaque, transportación y entrega o cualquier otro concepto aplicado por el “PROVEEDOR” en el suministro de los “BIENES”, en virtud de lo cual no procederá el pago de ninguna cantidad diferente a los precios establecidos en el Anexo 1 de este Contrato. Los precios ofrecidos por el “PROVEEDOR” a los cuales hace referencia el Anexo de este Contrato para los artículos incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas de dicho Anexo, deberán mantenerse durante la vigencia del mismo, salvo aquellos que sufran incremento o decremento, para cuyo ajuste en el pago, el “PROVEEDOR” deberá presentar a la “SECRETARÍA” carta del fabricante firmada por el Representante Legal que deberá acreditar mediante la escritura pública correspondiente su personalidad y facultades, indicando la variación en el precio del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a artículo y la fecha de radicación su vigencia. En el supuesto de que la “SECRETARÍA” obtenga mejores precios en el mercado para determinados bienes, podrá realizar las compras necesarias a un abastecedor diferente al “PROVEEDOR”. En el caso de bienes excepcionales no incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo del presente Contrato, el precio podrá ser convenido por las “PARTES” y establecido por escrito al momento de ser solicitado. El total de los gastos inherentes objeto del presente Contrato, se encuentran impactados en el precio que el “PROVEEDOR” ofrece en su Propuesta Económica, Anexo 1 de este Contrato, para cada uno de los “BIENES”. El pago del precio de los “BIENES” lo efectuará la “SECRETARÍA” al “PROVEEDOR”, mediante pagos mensuales devengados por la cantidad que resulte de la respectiva factura, con sumatoria de multiplicar el pleno cumplimiento total de cada uno de los requisitos contractualestipos de los “BIENES” por el precio unitario establecido en el Anexo de este Contrato, legales mas el I.V.A. correspondiente, al 20° (vigésimo) día natural de la fecha de entrega de la factura debidamente requisitada, y operativos. (Redacción recibidos los “BIENES” y servicios a entera satisfacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)la “SECRETARÍA”. En caso de haberse ofertado en dólares americanos que el vencimiento del 20° (USDvigésimo) La Compañía utilizará como TRM para determinar día sea inhábil, el valor pago se realizará al día hábil inmediato siguiente. El “PROVEEDOR” se obliga a pagar la entregar las facturas correspondientes, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes al Coordinador de la fecha “SECRETARÍA”, debiendo el “PROVEEDOR” conservar bajo su resguardo, los documentos que amparen las solicitudes y entregas de bienes a los usuarios. La aceptación de los “BIENES” se llevará a cabo por conducto del responsable de administrar y vigilar el cumplimiento de este Contrato, quien hará del conocimiento del área o persona encargada de realizar los pagos la conformidad con el pago de la facturalos “BIENES” prestados y facturados por el “PROVEEDOR”. Parágrafo PrimeroEl “PROVEEDOR” manifiesta su conformidad para que hasta en tanto no ocurra lo anterior los “BIENES” se tengan por no recibidos. - La obligación El pago se realizará dentro de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta 20 días naturales posteriores a la condición recepción del comprobante fiscal, previa validación por parte del administrador del Contrato, así como del archivo electrónico de la misma conforme a las disposiciones fiscales vigentes, al siguiente correo: @xxxx.xxx.xx. De igual forma se deberá enviar el comprobante fiscal impreso a la Subdirección de Almacenes y Distribución, ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Número 1968, Colonia Los Alpes, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C. P. 01010, 5° Piso en la Ciudad de México., en un horario de 9:00 a 14:00 hrs., en días hábiles para su validación y trámite de pago. En caso de que el Contratista presente“PROVEEDOR” presente su comprobante fiscal con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 90 del Reglamento. La “SECRETARÍA”, a través de su Dirección General de Programación y Presupuesto, realizará los pagos al “PROVEEDOR” dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la validación de la factura respectiva, mediante transferencias electrónicas del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), en las oficinas el Banco BBVA Bancomer, en la cuenta número , CLABE a nombre de La Compañía ubicadas , S.A. de C.V. En caso de que los datos indicados en (Dirección el párrafo anterior sean equivocados, el Los pagos que haga la “SECRETARÍA” cubren los “BIENES”, servicios, organización, dirección, administración y técnica propia, impuestos, derechos contribuciones fiscales y cualquier contraprestación a favor del “PROVEEDOR” que se generen con motivo de la empresa contratante)celebración o cumplimiento del presente Contrato, la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta por lo que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista “PROVEEDOR” no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el reclamar algún otro pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraadicional.

Appears in 1 contract

Samples: Acquisition, Supply and Delivery Contract

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio 7.1.- Salvo pacto en contrario, todos los precios de tarifa son para entrega: Dentro CE: Xxxxxx Transportista (FCA) Instalaciones del presente Contrato será la suma de ______ Vendedor (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en númerosIncoterms 2020), más incluir IVAen la fábrica SPANSET SA. El valor antes indicado será cancelado Fuera CE Condiciones CIF Si se acordaran otros términos de entrega, SPANSET SA se reser- va el derecho de incrementar los precios de tarifa para cubrir los sobrecostos en que incurra. 7.2.- Todos los precios facturados por La Compañía así: _____________________ Las facturas SPANSET SA son estricta- mente netos. Los precios no incluyen ningún tipo de tasas, contribuciones o im- puestos, bien estatales, autonómicos, provinciales o locales, que en cuyo caso deberán adicionarse al precio de venta, salvo que el CLIENTE acredite, mediante certificado oficial, que se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha encuentra exento del pago de la facturalos mismos. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta El CLIENTE, en todo caso, deberá abonar todas las obligaciones, tasas e impuestos correspondientes a la condición importación incluidos todos los gastos de tramitación ante las aduanas correspondien- tes. 7.3.- En el supuesto de que una vez suscrito el Contratista presenteacuerdo SPANSET incurriera en costes adicionales (a titulo meramente enunciati- vo y no limitativo: impuestos, en las oficinas tasas, obligaciones, cargos u otros pagos similares) como consecuencia de La Compañía ubicadas en (Dirección cualquier modificación legislativa u orden de cualquier autoridad competente o causa similar, dichos costes adicionales serán facturados al CLIENTE de la empresa contratante)misma forma, de tal forma que el precio que reciba SPANSET SA por el producto sea el acordado. 7.4.-Todos los productos para la respectiva facturaexportación deberán ser abona- dos al contado en la divisa acordada contra la presentación de los documentos de expedición, así como salvo que el pago de los soportes mismos este asegurado mediante carta de crédito irrevocable y confirmado del CLIENTE a favor de SPANSET SA o la persona que sean requeridos esta designe. La carta de pago deberá ser aceptada en cuanto a su contenido por SPANSET SA, de acuerdo con la normatividad vigentelos términos del acuerdo, a pri- mer requerimiento, irrevocable, y demás documentos establecidos para el efectoestar expedida o asegurada por entidad bancaria de reconocido prestigio e igualmente aceptada con carácter previo por SPANSET. Todas las comisiones y gastos bancarios, (orden incluida la comisión de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) confirmación serán abonadas por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraCLIENTE.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Venta

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio Como contraprestación por los servicios de recaudo prestados, EL OPERADOR pagará a EL INTERMEDIADOR un porcentaje correspondiente a lo decretado en la Oferta Básica de Interoperabilidad (tres por ciento - 3%) más IVA, del presente Contrato será recaudo bruto que se obtenga de los Usuarios vinculados a EL INTERMEDIADOR, que hayan pasado en el periodo, de acuerdo con lo registrado en los Informes de Recaudo Conciliado que expida EL OPERADOR. Se estima como valor del contrato la suma de ______ CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/L (Valor del Contrato COP$50.000.000,oo) para efectos de pólizas y clausula penal. La fecha de pago, en letrastodo caso, se realizará treinta (30) días después de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números)recibir la factura. Si dicha fecha de pago no correspondiera a un Día Hábil, más incluir IVAla fecha de pago corresponderá al Día Hábil inmediatamente siguiente. 6.1. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán deberán ser radicadas dentro de los sesenta primeros quince (6015) días siguientes del mes a la fecha de radicación de la respectiva facturatravés del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx, a nombre del PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA CORFICOLOMBIANA S.A., identificada con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos NIT 800.256.769-6 de acuerdo con la normatividad vigentede facturación electrónica vigente y con el lleno de los requisitos de la DIAN, a más tardar al finalizar la segunda semana del mes siguiente al servicio pactado. 6.2. EL OPERADOR hará una revisión preliminar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la factura emitida, una vez aprobada la remitirá a la FIDUCIARIA quien hará el pago con cargo al centro de imputación contable de PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA CORFICOLOMBIANA S.A - Fideicomiso Pacífico 1, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a su presentación, siempre que la factura presentada se encuentre correctamente soportada y demás documentos establecidos haya sido entregada de manera oportuna. En caso contrario, la devolverá a EL INTERMEDIADOR para el efectoque la corrija, (sin que haya lugar a que éste perciba interés o sobrecosto alguno por dicha devolución. 6.3. En la misma se deberá indicar o adjuntar la orden de compra o serviciocorrespondiente, entrada junto con el número de aceptación de servicios generado por el sistema contable que maneja La Concesionaria. 6.4. Si la factura debe ser corregida, el término para el pago sólo empezará a almacén) dirigida a La Compañíacontarse desde la fecha en que LA FIDUCIARIA apruebe la corrección de esta. 6.5. Los pagos a que se realizarán refiere esta cláusula se harán mediante transferencia bancaria electrónica a la cuenta señalada por i) Factura que cumpla con los requisitos legales y fiscales establecidos en las normas tributarias, dirigida a FIDEICOMISO PACIFICO 1. ii) Certificación de pago de los aportes parafiscales y de seguridad social del personal utilizado para el Contratista tenga registrada cumplimiento de las labores objeto del presente CONTRATO. iii) Acta suscrita entre las partes, con valores concordantes con la Factura. PARÁGRAFO TERCERO- El precio pactado en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista la presente cláusula no podrá retener bienes de La Compañía incluye para ningún efecto, los valores correspondientes a los rembolsos periódicos que haya recibido para efectos se generen por efecto de la ejecución solución de Discrepancias, como tampoco los rembolsos periódicos que se generen por reclamaciones de los Usuarios de EL INTERMEDIADOR que sean resueltas a favor de éstos. LAS PARTES reconocen y aceptan que las sumas correspondientes a dichos rembolsos serán adicionales y por tanto no hacen parte de la remuneración del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el INTERMEDIADOR. El no pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos estos rembolsos por parte de La Compañía para gastosEL OPERADOR en los casos donde se compruebe su responsabilidad; dentro del plazo máximo definido por ley, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir también generará intereses xx xxxx hasta por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieratasa máxima permitida.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El “LA PROCURADURÍA” pagará a “EL PROVEEDOR” el precio de LOS BIENES y LOS SERVICIOS de acuerdo a la lista de precios unitarios que se indican en el Anexo “B” de este contrato, precios en los cuales están incluidos LOS SERVICIOS correspondientes a la administración, empaque, transportación y entrega o cualquier otro concepto aplicado por “EL PROVEEDOR” en el suministro de LOS BIENES, en virtud de lo cual no procederá el pago de ninguna cantidad diferente a los precios establecidos en el Anexo “B” de este contrato. Los precios ofrecidos por “EL PROVEEDOR” a los cuales hace referencia el Anexo “B” de este contrato para los artículos incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente contrato, deberán mantenerse durante la vigencia del mismo, salvo aquellos que sufran incremento o decremento, para cuyo ajuste en el pago, “EL PROVEEDOR” deberá presentar a “LA PROCURADURÍA” carta del fabricante firmada por el representante legal que deberá acreditar mediante la escritura pública correspondiente su personalidad y facultades, indicando la variación en el precio del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a artículo y la fecha de radicación su vigencia. En el supuesto de que “LA PROCURADURÍA” obtenga mejores precios en el mercado para determinados bienes, podrá realizar las compras necesarias a un abastecedor diferente a “EL PROVEEDOR”. En el caso de bienes excepcionales no incluídos en el “Cuadro básico de papelería y artículos de escritorio” de las Características Generales y Especificaciones Técnicas del Anexo “A” del presente contrato, el precio podrá ser convenido por las partes y establecido por escrito al momento de ser solicitado. El total de los gastos inherentes a la prestación de LOS SERVICIOS objeto del presente contrato, se encuentran impactados en el precio que “EL PROVEEDOR” ofrece en su Propuesta Económica, Anexo “B” de este contrato, para cada uno de LOS BIENES. El pago del precio de LOS BIENES lo efectuará “LA PROCURADURÍA” a “EL PROVEEDOR”, mediante pagos mensuales devengados por la cantidad que resulte de la respectiva factura, con sumatoria de multiplicar el pleno cumplimiento total de cada uno de los requisitos contractualestipos de LOS BIENES por el precio unitario establecido en el Anexo “B” de este contrato, legales mas el I.V.A. correspondiente, al 20° (vigésimo) día natural de la fecha de entrega de la factura debidamente requisitada, y operativos. (Redacción recibidos LOS BIENES y LOS SERVICIOS a entera satisfacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)“LA PROCURADURÍA”. En caso de haberse ofertado en dólares americanos que el vencimiento del 20° (USDvigésimo) día sea inhábil, el pago se realizará al día hábil inmediato siguiente. “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar las facturas correspondientes, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes a EL COORDINADOR de “LA PROCURADURÍA”, debiendo “EL PROVEEDOR” conservar bajo su resguardo, los documentos que amparen las solicitudes y entregas de bienes a los usuarios. La Compañía utilizará como TRM para determinar aceptación de los servicios se llevará a cabo por conducto del responsable de administrar y vigilar el valor a pagar la cumplimiento de la fecha este contrato, quien hará del pago conocimiento del área o persona encargada de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar realizar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo conformidad con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía los servicios prestados y facturados por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable“EL PROVEEDOR”. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista EL PROVEEDOR manifiesta su conformidad para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así hasta en tanto no ocurra lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas anterior los servicios se tengan por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financierarecibidos.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El 7.1 YPFB Transierra retribuirá al CONTRATISTA por la prestación de los servicios, hasta un monto de XXXXX.- (XXXXXXXX), durante la vigencia del presente Contrato, conforme el avance de ejecución y en aplicación de los precios ofertados por el Contratista en su Propuesta, Anexo 6. 7.2 Están incluidos en el precio total por los Servicios todos los impuestos xx xxx, cualquier carga social y/o laboral obligatoria durante toda la vigencia del Contrato, salarios, primas, costos de administración, seguros, tasas, utilidad, aspectos inflacionarios y otros que, directa o indirectamente, puedan influir o contribuir en la ejecución de los Servicios. YPFB Transierra no aceptará solicitudes de incremento de precios por consideraciones de tipo cambiario ni inflacionario. 7.3 En ese sentido, el CONTRATISTA declara que los precios propuestos para la ejecución de los Servicios toman en cuenta todos los impuestos xx xxx, tasas, aranceles, cargas sociales vigentes y futuras, insumos, mano de obra, gastos y demás obligaciones legales para el cumplimiento integral de las disposiciones del presente Contrato será hasta su conclusión, no dando lugar a reposiciones por revisión de precio o reembolso, o cualquier otro concepto. 7.4 Para efectos del pago el CONTRATISTA deberá emitir la suma de ______ factura correspondiente por los Servicios realizados. 7.5 Los reportes por los Servicios deberán ser presentados por el CONTRATISTA para su posterior aprobación por YPFB Transierra dentro los 5 (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60cinco) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativossu presentación. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (Este informe aprobado recibirá una orden de compra o serviciocompra/servicio interna de YPFB Transierra, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes ser adjuntada al momento de la solicitud y presentar entrega de las facturas que presente el CONTRATISTA. 7.6 En caso de estar de acuerdo con los Servicios ejecutados, YPFB Transierra cancelará al CONTRATISTA la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho factura respectiva en un plazo de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo 30 (treinta) días contados a partir de la liquidez que tenga La Compañía en el momento fecha de recepción de la solicitud misma por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una YPFB Transierra. 7.7 Los pagos se efectuarán mediante cheque o transferencia a la cuenta corriente que destine el CONTRATISTA. 7.8 Ningún pago realizado bajo el presente documento será considerado como aprobación o aceptación de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos cualquier Servicio por parte de La Compañía para gastosYPFB Transierra, pues todos los gastos y expensas en o como una renuncia a cualquier reclamo o derecho que YPFB Transierra pudiera tener contra el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro CONTRATISTA de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada acuerdo a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste este Contrato. 7.9 YPFB Transierra podrá suspender el pago siempre que los asuma directamenteServicios estuvieren defectuosos o imperfectos, para hasta que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano corregidos los defectos o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraimperfecciones.

Appears in 1 contract

Samples: Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. a) El precio acordado por la instalación y puesta en funcionamiento por el Servicio de Acceso a Internet es el que consta en el ANEXO 2 (comercial) denominado “ORDEN DE SERVICIO”, y que firmado por las partes, es integrante del presente Contrato será contrato. b) El precio mensual acordado por la suma prestación del Servicio de ______ Acceso a Internet, es el que corresponde al Plan contratado, y cuyo valor mensual y descripción consta en el ANEXO 2 (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en númerosComercial), más incluir IVAdenominado ORDEN DE SERVICIO, que debidamente firmado por las partes, es integrante del presente contrato. c) En el caso de prestarse servicios adicionales y suplementarios con costo, el PREVEEDOR deberá contar con la aceptación previa del CLIENTE; si el PROVEEDOR oferta los citados servicios como gratuitos, no podrán generarse obligaciones de retribución para el CLIENTE de ninguna clase. Tanto para la suscripción como para el término de la prestación de servicios adicionales y suplementarios, el CLIENTE deberá hacer conocer su decisión al PROVEEDOR, según el caso, a través de cualquier medio. d) El valor antes indicado será cancelado Plan contratado se pagará en mensualidades, pagaderas por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán el CLIENTE a “EL PROVEEDOR” por mes adelantado, dentro de los sesenta (60) 5 primeros días siguientes de cada mes calendario; previo a la fecha de radicación entrega de la respectiva factura, con factura por el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)servicio contratado. En caso que, el CLIENTE no cancele los valores hasta el vigésimo día dentro del mes calendario que se encuentre en curso, “EL PROVEEDOR” tiene la facultad de haberse ofertado suspender la prestación del servicio en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la cualquier momento, de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para producirse el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto ydel plan dentro del plazo antes señalado, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte implique terminación de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientescontrato. En los casos que corresponda, se cobraran los rubros antes indicados y la mensualidad en lo proporcional del mes de facturación en curso. “EL PROVEEDOR” respetará la intervención de operadoras de servicios finales o de servicio portador para el acceso de sus abonados; no está permitida la creación o levantamiento de redes de acceso directas a sus abonados; salvo obtención del contrato habilitante (reventa) para prestar el servicio de enlaces e incluir en un solo rubro mensual el cobro de los servicios en los planes de acceso a Internet que ofrezca. En este último caso el PERMISIONARIO presentará el contrato de reventa debidamente registrado en la SENATEL, tanto al organismo 3.- A que no se varié el precio estipulado en el contrato o sus Anexos, mientras dure la vigencia del mismo o no se cambien las condiciones de la prestación a través de la suscripción de nuevos Anexos Técnico (s) y Comercial (es). 4.- A reclamar respecto a la calidad del servicio, cobros no contratados, elevaciones de tarifas, irregularidades en relación a la prestación del servicio ante la Defensoría del Pueblo y/o al Centro de Atención y Reclamos de la Superintendencia de Telecomunicaciones. 5.- A reclamar de manera integral por los problemas de calidad tanto de la Prestación de servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet, así como por las deficiencias en el enlace provisto para brindar el servicio. En particular en los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientesaparezca el “EL PROVEEDOR” como revendedor del servicio portador. En todo este último caso, responderá EL PERMISIONARIO plenamente a su abonado conforme a la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, (independientemente de los acuerdos existentes entre los operadores o las facturas deberán haberse expedido responsabilidades ante las autoridades de telecomunicaciones). 6.- EL PERMISIONARIO reconoce a nombre sus clientes todos los derechos que se encuentran determinados en la Ley Orgánica de Defensa del Contratista menos que Consumidor y su Reglamento; el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferenteReglamento para la prestación de Servicios de Valor Agregado y la Resolución No. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera216-09-CONATEL - 2009.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Valor Agregado De Acceso a Internet

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será 1. EL ABONADO se obliga a pagar, a su vencimiento y en moneda de curso legal, las facturas físicas o electrónicas que TELEMIC le emita por los servicios contratados y recibidos por él, con las modalidades indicadas en la suma Solicitud de ______ (Valor del Contrato en letras) Suscripción, los cuales le serán facturados a partir de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números)que EL ABONADO manifieste por escrito su conformidad con la instalación y funcionamiento de los mismos por TELEMIC o quien ésta designe, más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado ésta facturación mensual deberá ser pagada por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán EL ABONADO a TELEMIC dentro de los sesenta cinco (6005) primeros días siguientes de cada mes y podrá ser pagada en los lugares que TELEMIC le indique, domiciliando su pago a una tarjeta de crédito o cuenta bancaria, mediante servicio de cobranzas a domicilio o a través del servicio de atención telefónica de TELEMIC. 2. Si EL ABONADO elige el pago de su facturación mensual mediante servicio de cobranzas a domicilio, dicho servicio generará un costo adicional el cual será facturado por TELEMIC o quien esta designe para realizarlo. Si EL ABONADO, elige cancelar por medio de taquillas de TELEMIC o de quien esta autorice y se produce la fecha de radicación no cancelación de la respectiva facturafactura correspondiente en el término establecido, con el pleno cumplimiento EL ABONADO conviene que TELEMIC envíe a su domicilio un cobrador en las condiciones establecidas en esta cláusula; si esta situación se produce durante dos (2) meses consecutivos, se entiende que EL ABONADO ha modificado su forma de los requisitos contractualespago y escoge la del servicio de cobrador a domicilio, legales y operativos. (Redacción sin necesidad de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)la notificación prevista más adelante. En caso de haberse ofertado que EL ABONADO desee cambiar la opción de pago elegida inicialmente, deberá notificar por cualquier medio escrito a TELEMIC por lo menos quince (15) días antes de vencer su próxima facturación. En caso de que el pago de la facturación mensual sea cancelado por EL ABONADO a TELEMIC, mediante cheque, y éste fuere devuelto por la Entidad Bancaria correspondiente al momento de su cobro, EL ABONADO conviene en dólares americanos cancelar a TELEMIC un cargo por gastos administrativos por cheque devuelto. 3. EL ABONADO conviene expresamente con TELEMIC que la falta de pago de una (USD1) La Compañía utilizará como TRM para determinar factura del servicio contratado por él y luego de transcurrido el valor lapso establecido en la cláusula Novena dará derecho a TELEMIC a suspender por un lapso de treinta (30) días EL SERVICIO. Durante este lapso EL ABONADO podrá pagar la deuda y el cargo por reconexión. En el caso de que EL ABONADO no realice dichos pagos se dará por terminado el presente contrato, luego de haber cumplido con el proceso establecido en legislación venezolana vigente (Ley Para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios) y proceder incluso a retirar los equipos que TELEMIC hubiere instalado, sin renunciar a reclamar los daños y perjuicios a que hubiere lugar. Igualmente la factura no pagada en su totalidad estará sujeta a la aplicación de intereses por xxxx hasta el pago total de la factura de acuerdo a la legislación venezolana vigente. 4. Cada factura mensual se considerará aceptada por EL ABONADO si éste no la objeta en la Oficina de Atención al Cliente de TELEMIC o a través de los mecanismos que a tales efectos implemente TELEMIC, dentro de los quince (15) días continuos contados a partir de la fecha del de vencimiento indicada en la factura, conforme a lo previsto en legislación venezolana vigente. Sólo se dará curso a la reclamación extemporánea previo pago de la factura. 5. Parágrafo Primero. - La obligación TELEMIC se obliga a remitir mensualmente a EL ABONADO la factura detallada de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presenteEL SERVICIO contratado (s), sin embargo, en las oficinas caso de La Compañía ubicadas no recibirla oportunamente, EL ABONADO conoce su fecha de vencimiento, por lo que solicitará a través del servicio de atención al cliente o en el sitio web de TELEMIC (Dirección de la empresa contratantexxx.xxxxx.xxx.xx), la respectiva facturainformación que corresponde a objeto de efectuar el pago del EL SERVICIO. 6. EL ABONADO conviene expresamente en cancelar a TELEMIC un cargo por gestiones y gastos causados por la no cancelación de la factura a término por el incumplimiento lo estipulado en el numeral 1 de la presente cláusula. 7. En el caso que EL ABONADO no cumpliere con su obligación de pagar oportunamente las facturas emitidas por TELEMIC, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigentelo dispuesto en el presente Contrato, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden TELEMIC podrá cobrar intereses xx xxxx por cada día de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria retardo de acuerdo a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañíalegislación venezolana vigente, los cuales declara conocer y aceptar serán calculados desde el Contratistaprimer día del vencimiento de la factura hasta el día de su pago total, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempoambos inclusive, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento acuerdo a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferentelegislación venezolana vigente. 8. La obligación de La Compañía EL ABONADO de efectuar pagar las facturas correspondientes al SERVICIO prestado, persiste aún después de terminado el contrato, en cuyo caso deberá pagar adicionalmente a los rembolsos pactados queda sujeta cargos por EL SERVICIO y los intereses xx xxxx correspondientes, de acuerdo a la condición legislación venezolana vigente, los gastos adicionales en que incurra TELEMIC para obtener el pago del monto adeudado, incluyendo gastos judiciales y extrajudiciales. 9. EL ABONADO durante el lapso de suspensión temporal de EL SERVICIO podrá solicitar el restablecimiento del mismo, previo pago de la totalidad de la deuda, según la tarifa acordada en este contrato, y el respectivo pago por reconexión, en cuyo caso, TELEMIC se obliga a restituir EL SERVICIO en un período no mayor a CUATRO (4) días hábiles laborables. 10. En el caso que TELEMIC decida modificar sus tarifas por la prestación de EL SERVICIO, estas serán publicadas y notificadas al ABONADO con por lo menos quince (15) días calendarios de anticipación de acuerdo a lo establecido en el ordinal 5° del artículo 15 de la ley Orgánica de Telecomunicaciones y artículo 43 de la Providencia Administrativa contentiva de las Condiciones Generales de las Habilitaciones Administrativas Generales. 11. En el caso que TELEMIC decida modificar las condiciones para la prestación de EL SERVICIO, deberá notificarlo a EL ABONADO a través de los mecanismos que a tales efectos implemente. EL ABONADO deberá notificar por escrito su inconformidad de las modificaciones realizadas por TELEMIC y en caso contrario, se entenderá que EL ABONADO desea continuar con el contrato de servicio ya suscrito por él. 12. Los precios establecidos en el presente contrato no incluyen ningún impuesto o tasa con la cual se grave EL SERVICIO, por lo cual dicho monto será agregado a las cantidades que deba pagar EL ABONADO a TELEMIC por EL SERVICIO, de acuerdo con el procedimiento previsto en las leyes y reglamentos que los establezcan. En la factura que entregará TELEMIC a EL ABONADO se indicará en forma separada el monto correspondiente a EL SERVICIO y la cantidad que corresponde al impuesto o tasa de que el Contratista presentese trate, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida aplicable a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraEL SERVICIO.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios De Difusión Por Suscripción

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será de EL INMUEBLE que es objeto de este CONTRATO, es la suma cantidad de $ ,000.00 PESOS 00/100MONEDA NACIONAL) que EL PROMITENTE COMPRADOR Pagará a LA PARTE PROMITENTE VENDEDORA de la siguiente manera: La cantidad de $_____________ ,000.00 M.N (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _______________________________ Las facturas pesos 00/100 Moneda Nacional), es entregada en este acto por EL PROMITENTE COMPRADOR mediante cheque cuya fotocopia se pagarán dentro adjunta al presente contrato, en concepto de los sesenta (60) días siguientes deposito en garantía de la celebración del contrato prometido emitiéndose por este instrumento a EL PROMITENTE COMPRADOR el recibo de deposito correspondiente. El saldo restante es decir la cantidad de $ 00.00 M.N ( Pesos 00/100 Moneda Nacional), en la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por presente contrato de compraventa sea elevado a Escritura Pública, lo cual se hará en un plazo que no exceda del día ___ de ___________ de 20____. TERCERA.-RESERVA DE DOMINO Y POSESION DEL INMUEBLE.- Hasta un tanto no sea cubierto el precio total estipulado en la ejecución cláusula SEGUNDA de este contrato o exista algún adeudo de cualquier otro concepto de los establecidos como a cargo de EL PROMITENTE COMPRADOR, LA PARTE PROMITENTE VENDEDORA se reserva para si LA POSESION Y EL DOMINIO de EL INMUEBLE materia de este Contrato. Al Momento del presente Contrato se consideran comprendidos dentro pago del saldo del precio estipulado en el inciso b) de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguientecláusula segunda de este instrumento, La Compañía no estará obligada LA PARTE PROMITENTE VENDEDORA otorgara a pagar o reembolsar suma alguna por concepto EL PROMITENTE COMPRADOR la Escritura de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos formalización mediante contrato de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, Compraventa a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma nombre o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro nombre de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación personas físicas x xxxxxxx que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraél indique.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Promesa De Compraventa

PRECIO Y FORMA DE PAGO. Como contraprestación por el Sistema, el Cliente se obliga a pagar: 7.1) El costo de mantenimiento por el equipamiento en los vehículos, Bocas de Consumo y Camiones Cisterna efectivamente instalados conforme al Anexo II (Implementos y Precios). El cual se reitera en el siguiente párrafo: Ministerio de Defensa Nacional Mantenimiento mensual por vehículo instalado: El precio correspondiente al mantenimiento por cada vehículo con dispositivo de control de combustible y/o DPL será de: USD 18 (dólares americanos dieciocho) y $ 411 (cuatrocientos once pesos uruguayos) más IVA. Mantenimiento de ECC y BCP: El precio correspondiente al mantenimiento será de U$S 200 (dólares americanos doscientos). No se incluyen trabajos especiales cómo instalación de nuevos surtidores, cambio de lugar de surtidores, instalación de nuevos dispositivos. Dicho pago incluye un mantenimiento integral que cubre todo desperfecto de fabricación, mano de obra de instalación y desperfecto ocasionado por el uso normal. 7.2) El costo adicional por roturas de equipos ( vehículos, BCP y camiones) debido al uso negligente, intencional y cualquier otro desperfecto no ocasionado por el uso normal, conforme al Anexo II (Implementos y Precios). 7.3) Los costos adicionales de mano de obra y/o traslados ocasionados por roturas de equipos ( vehículos, BCP y camiones) debido al uso negligente, intencional y cualquier otro desperfecto no ocasionado por el uso normal, conforme al Anexo II (implementos y Precios). 7.4) El costo que A.N.C.A.P. deba abonar al proveedor del Sistema por la no concurrencia o impuntualidad en presentar los vehículos en el día y hora coordinados para la instalación, desinstalación o Services, en los mismos, del equipamiento necesario, o por no encontrarse en condiciones los vehículos, según se detalla en el Anexo II (Implementos y Precios). 7.5) El costo de la desinstalación de los equipos del Sistema, en caso de rescisión unilateral del presente Contrato por el Contratista o no uso de la prórroga establecida en la Cláusula Novena. 7.6) Los costos que ANCAP deba abonar al proveedor por agregados de surtidores al sistema, desinstalación y reinstalación del sistema por traslado total o parcial de una BCP con posterioridad a la instalación inicial según Anexo II Precios (índices para elaboración de presupuestos). Todos los costos en dólares referidos en los numerales 1,2,4 y 5 que anteceden se abonarán en moneda nacional, convirtiendo los precios en dólares referidos en el Anexo II al tipo de cambio interbancario vendedor del Banco Central del Uruguay correspondiente al primer día hábil del mes de facturación. Todos los costos en pesos referidos en los numerales 3 y 6 que anteceden se establecen en el Anexo II Precios y ajustaran semestralmente por IPC. Para el costo en pesos uruguayos correspondiente al pago del servicio del numeral 1, este será la suma ajustado mensualmente de ______ (Valor acuerdo al siguiente cuadro: % GR 8 % IPC 57 43 Donde los índices son: • IPC: índice de precios al consumo y, • GR8: Ajustes del Contrato Consejo de Salarios salariales para el grupo 8-subrupo 1 sector metalúrgico, por el % correspondiente a los laudos mínimos previstos en letras) dicho convenio. • El factor de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato ajuste se determinará tomando en números), más incluir IVA. El cuenta el valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a estos índices al 29 de diciembre de 2017 y la fecha de radicación facturación. 7.7) El precio de los combustibles retirados de las estaciones de servicio del sello ANCAP para su Flota. 7.8) Todos los conceptos antes enumerados serán abonados a través de la respectiva factura, con Cámara Compensadora y/o a través del SIIF el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta mes subsiguiente a la condición facturación. Ministerio de que el Contratista presente, en Defensa Nacional 7.9) Las Partes se comprometen a negociar las oficinas variaciones de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna precios por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir mantenimiento y equipamiento en gastos de (i) transporte urbano o interurbanocaso que corresponda, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra produzcan en ellos; para el efecto. Los gastos virtud de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y futuras negociaciones con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraproveedor.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio

PRECIO Y FORMA DE PAGO. a) El precio servicio xx xxxxxxx postal en los Estados Unidos de América no tiene costo. b) El envío de paquetes a la República del presente Contrato será la suma Ecuador tiene los siguientes costos o precio: CUADRO No. 1 PRODUCTO LIBRAS VALOR OBSERVAONES COSTO 4*4 1 A 8 LB 35 CARGA MINIMA CARGA COURIER 1 A 20 LB 60 CARGA MINIMA EN CARGAS MENOR A USD 1,000 CARGA COURIER 21 A 220 LB 2,75 X LB * SE APLICA TRAMITE AGENTE TRAMITE AGENTE CARGA COURIER FACTURAS MAS DE USD 1,000 35 PRODUCTO LIBRAS VALOR OBSERVACIONES EN CARGAS QUE SOBREPASEN LOS USD CARGA 5.000 O LOS **APLICAN CARGOS DE CARGA CONSUMO 100 KG MINIMA 100 KG GASTOS LOCALES c) El USUARIO acepta expresamente todos los honorarios, costos (incluidos impuestos de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en númerosnacionalización o cualquier otro arancel), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado que se generen por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro el envío de los sesenta (60) días siguientes sus paquetes desde Estados Unidos a la fecha República del Ecuador serán asumidos íntegramente y en su totalidad por el USUARIO. Dichos costos incluyen, pero no se limitan, a: transporte, nacionalización, seguro y cualquier otra costo o arancel que aplique. d) EL USUARIO reconoce expresamente que cualquier cotización o anticipo de radicación costos que entregue ARISTCOMCARGO Cía. Ltda. por el envío de la respectiva facturapaquetes es aproximada, con siendo que el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando valor definitivo será el que se cotiza genere una vez el paquete se encuentre en moneda extranjera Ecuador y se paga determine el valor final a pagar, el cual será asumido en pesos colombianossu totalidad por EL USUARIO. e) El Para la contratación de cualquier servicio adicional a los detallados en el cuadro No.1 de esta cláusula, el USUARIO deberá contactar directamente a ARISTCOMCARGO Cía. Ltda. y prepagar el valor de dichos servicios. Algunos servicios adicionales y costos se pactará en pesos colombianos (COP)detallan a continuación: CUADRO No. En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

PRECIO Y FORMA DE PAGO. 6.1 El precio por el arrendamiento de cada una de las TERMINALES arrendadas al CLIENTE será el que surja del presente Contrato Formulario de Afiliación a la Red Visanet POS y será reajustado el 1º de enero de cada año de acuerdo a la suma variación de ______ (Valor la Unidad Indexada del Contrato Instituto Nacional de Estadística. 6.2 CUMPSA, o quien ella designe a tales efectos, facturará trimestralmente en letras) forma adelantada al CLIENTE el importe mensual de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números)tres meses de arrendamiento, más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado el que deberá abonarse al contado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán el CLIENTE dentro de los sesenta 10 (60diez) días corridos siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago recepción de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán deberán hacerse realizarse mediante acreditación o transferencia bancaria a en la cuenta que CUMPSA, o quien ella designe a estos efectos, indique al CLIENTE. 6.3 Las facturas impagas --es decir aquellas que no hubieren sido íntegramente abonadas dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a su recepción por el Contratista tenga registrada en el maestro CLIENTE-- generarán, hasta la fecha de proveedoressu pago total e íntegro, un interés moratorio mensual equivalente a la tasa de interés máxima admitida por la ley al momento del incumplimiento. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes Dicho interés será capitalizable trimestralmente. 6.4 La falta de La Compañía que haya recibido para efectos pago de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma dos facturas consecutivas dará derecho a CUMPSA (sin responsabilidad alguna de dinero o bien que tenga su parte) a proceder al bloqueo de La Compañía para la(s) TERMINAL(ES) arrendadas al CLIENTE. En estos casos, y en orden de obtener el pago desbloqueo de dicha(s) TERMINAL(ES), el CLIENTE deberá abonar: (a) la totalidad de las sumas adeudadas, con los respectivos intereses xx xxxx; y (b) un cargo por reconexión del servicio equivalente a un mes del precio (más IVA) del arrendamiento de la(s) TERMINAL(ES) vigente a ese momento. 6.5 El CLIENTE acepta y reconoce que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho en caso que estuviera adherido al Sistema de retención que le pudiere corresponder Pagos de CUMPSA de acuerdo con la ley aplicablea lo previsto en el correspondiente Formulario de Afiliación de Establecimientos Comerciales y al Reglamento de Condiciones de Clientes Adheridos Al Sistema CUMPSA, CUMPSA podrá compensar y descontar el precio de la(s) TERMINAL(ES) arrendada(s) de cualquier importe que deba abonar al CLIENTE por transacciones realizadas por tarjetahabientes de medios de pago procesados por CUMPSA. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar Si el descuento realizado por pronto pago ofrecido por CUMPSA no fuera suficiente para cubrir el Contratista, dependiendo precio del arrendamiento de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastosla(s) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizadosTERMINAL(ES), el Contratista CLIENTE deberá presentar una cuenta abonar la diferencia de cobroacuerdo a lo previsto en la parte final del numeral 6.2, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraarriba.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento De Condiciones De Arrendamiento De Terminales Pos

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El Como contraprestación a la prestación del Servicio ADSL Voz IdecNet, el Cliente deberá pagar e IDECNET tendrá derecho a cobrar el precio del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes Servicio ADSL Voz IdecNet correspondiente a la fecha concreta modalidad y/o equipamiento contratada, de radicación conformidad con las tarifas de IDECNET vigentes en cada momento disponibles en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx La suspensión o cancelación del Servicio ADSL Voz IdecNet por cualquiera de las causas expresadas en las presente Condiciones o el ejercicio por parte del Cliente de su derecho de resolución, no dará derecho al Cliente a la respectiva facturadevolución de las cantidades abonadas para la prestación del Servicio ADSL Voz IdecNet, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza correspondientes al período en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)curso. En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición supuesto de que el Contratista presente, Cliente se haya dado de alta en las oficinas el Servicio ADSL Voz a través de La Compañía ubicadas alguna promoción ofertada por IDECNET consistente en (Dirección la rebaja o gratuidad del precio de la empresa contratante)cuota de alta, cuota mensual o cualquier otro elemento facturable del Servicio, el Cliente declara de manera expresa que IDECNET le ha informado de las condiciones de la respectiva facturapromoción. A este respecto el Cliente acepta de manera expresa, así sin reservas y como condición necesaria para poder disfrutar de los soportes que sean requeridos beneficios de acuerdo con la normatividad vigentepromoción, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden permanecer de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañíaalta en el Servicio durante al menos una anualidad completa de manera continuada pagando la totalidad de las cuotas mensuales correspondientes. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta En el caso de que el Contratista tenga registrada en el maestro Cliente se diese de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos baja antes de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna mencionada anualidad, o IDECNET le diese de dinero baja por incumplir el Cliente las presentes Condiciones Particulares o bien que tenga las Generales, el Cliente perderá de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir manera automática los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento beneficios de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo promoción de la liquidez que tenga La Compañía disfrutó en el momento de la solicitud contratación del Servicio. En consecuencia el Cliente deberá devolver a IDECNET dicho importe. A tal fin el Cliente autoriza igualmente de manera expresa e irrevocable por la mera contratación del Servicio, a que IDECNET le cargue en el momento de la baja y en la cuenta corriente proporcionada por el Cliente dicho importe. En caso de que el Cliente se diera de baja en el Servicio ADSL Voz IdecNet, o cambiase de modalidad de Servicio, o dejase de pagar cualquiera de las cuotas financiadas en el plazo debido, antes de finalizar el periodo de vigencia establecido en las presentes condiciones particulares o dejase de pagar cualquiera de las cuotas fijadas en el plazo debido, se devengarán de forma automática y el Cliente deberá abonar a IDECNET en el momento de la baja/o cambio de modalidad de Servicio y/o momento del impago, todas las cantidades correspondientes a los conceptos financiados (saldo vivo de la financiación). El pago de la mensualidad deberá realizarse mediante domiciliación bancaria. El pago se realizará durante los CINCO (5) primeros días hábiles de cada mes. IDECNET podrá modificar las tarifas del Servicio, anunciándolas en su sitio web previamente a su entrada en vigor, pudiendo el Cliente en los siguientes QUINCE (15) días naturales a su publicación ejercitar su derecho interrumpir la renovación automática de la contratación del Servicio ADSL Voz IdecNet. Si en el mencionado plazo no se ejercita por el Cliente este derecho se entenderá que el Cliente ha aceptado las nuevas tarifas. IDECNET podrá suspender temporal o definitivamente la prestación del Servicio ADSL Voz IdecNet si ante el impago de lo debido por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - Cliente, este no lo hubiera hecho efectivo en un plazo de SIETE (escoger una de las dos alternativas de gastos7) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento días naturales a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro partir de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto fecha de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieravencimiento.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Particulares De Prestación Del Servicio Adsl Voz

PRECIO Y FORMA DE PAGO. 10.1 El precio por el arrendamiento de cada una de las TERMINALES arrendadas al CLIENTE será el que surja del presente Contrato Formulario de Afiliación a la Red Visanet POS y será reajustado el 1º de enero de cada año de acuerdo a la suma variación de ______ (Valor la Unidad Indexada del Contrato Instituto Nacional de Estadística. 10.2 CUMPSA, o quien ella designe a tales efectos, facturará trimestralmente en letras) forma adelantada al CLIENTE el importe mensual de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números)tres meses de arrendamiento, más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado el que deberá abonarse al contado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán el CLIENTE dentro de los sesenta 10 (60diez) días corridos siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago recepción de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán deberán hacerse realizarse mediante acreditación o transferencia bancaria a en la cuenta que CUMPSA, o quien ella designe a estos efectos, indique al CLIENTE. 10.3 La Las facturas impagas --es decir aquellas que no hubieren sido íntegramente abonadas dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a su recepción por el Contratista tenga registrada en el maestro CLIENTE-- generarán, hasta la fecha de proveedoressu pago total e íntegro, un interés moratorio mensual equivalente a la tasa de interés máxima admitida por la ley al momento del incumplimiento. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes Dicho interés será capitalizable trimestralmente. 10.4 La falta de La Compañía que haya recibido para efectos pago de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma dos facturas consecutivas dará derecho a CUMPSA (sin responsabilidad alguna de dinero o bien que tenga su parte) a proceder al bloqueo de La Compañía para la(s) TERMINAL(ES) arrendadas al CLIENTE. En estos casos, y en orden de obtener el pago desbloqueo de dicha(s) TERMINAL(ES), el CLIENTE deberá abonar: (a) la totalidad de las sumas adeudadas, con los respectivos intereses xx xxxx; y (b) un cargo por reconexión del servicio equivalente a un mes del precio (más IVA) del arrendamiento de la(s) TERMINAL(ES) vigente a ese momento. 10.5 El CLIENTE acepta y reconoce que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho en caso que estuviera adherido al Sistema de retención que le pudiere corresponder Pagos de CUMPSA de acuerdo con la ley aplicablea lo previsto en el correspondiente Formulario de Afiliación de Establecimientos Comerciales y al Reglamento de Condiciones de Clientes Adheridos Al Sistema CUMPSA, CUMPSA podrá compensar y descontar el precio de la(s) TERMINAL(ES) arrendada(s) de cualquier importe que deba abonar al CLIENTE por transacciones realizadas por tarjetahabientes de medios de pago procesados por CUMPSA. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar Si el descuento realizado por pronto pago ofrecido por CUMPSA no fuera suficiente para cubrir el Contratista, dependiendo precio del arrendamiento de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastosla(s) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizadosTERMINAL(ES), el Contratista CLIENTE deberá presentar una cuenta abonar la diferencia de cobroacuerdo a lo previsto en la parte final del numeral 6.2, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraarriba.

Appears in 1 contract

Samples: Reglamento De Condiciones

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato contrato será de XXXXXXXXX. La forma de pago de pago por parte de la suma compañía será de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por la siguiente manera: La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán pagará los elementos solicitados y correctamente instalados, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva facturafactura en el lugar establecido por La Compañía, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativosoperativos (copia de la Orden de suministro copia de la entrada a almacén y/o acta de aceptación debidamente suscrita por el Administrador de la orden de suministro por parte de La Compañía, entre otros). (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o serviciosuministro, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro registro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El el Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro E Instalación

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio valor del presente Contrato será el establecido en el ANEXO – ACTA DE ADJUDICACIÓN. No obstante, el valor final del mismo será igual a la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro sumatoria de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de valores facturados por EL CONTRATISTA durante la ejecución del Contrato ni contractual, el cual podrá utilizar suma alguna de dinero ser inferior o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir superior al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempovalor adjudicado, de conformidad con las políticas generales necesidades de aquellainventario de LA COOPERATIVA. El Contratista dará cumplimiento PARÁGRAFO PRIMERO. Las características de los insumos y/o medicamentos, así como los precios de cada uno de ellos se encuentran relacionados en el ANEXO – ADJUDICACIÓN, y se sujetarán a su encargo sin lo establecido en el Compromiso de Sostenibilidad de Precios que pueda solicitar o reclamar fondos por hace parte de La Compañía para gastos diferentes a la propuesta presentada por EL CONTRATISTA en el marco de la Invitación Abierta 01 de 2024, los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución cuales hacen parte integral del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusulacontrato. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientesPARÁGRAFO SEGUNDO. En todo caso, la facturación efectuada por EL CONTRATISTA contendrá los descuentos ofrecidos en la propuesta. LA COOPERATIVA queda expresamente facultada para deducir del pago los descuentos que se encuentren detallados en las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos de acuerdo con las condiciones establecidas por EL CONTRATISTA en su propuesta. PARÁGRAFO TERCERO. EL CONTRATISTA deberá cumplir la Garantía de Precio Competitivo que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección hace parte de la empresa contratante)propuesta presentada en el marco de la Invitación Abierta No. 01 de 2024, por lo que, con la suscripción del presente Contrato, autoriza a LA COOPERATIVA, a deducir del valor facturado, la respectiva diferencia que resulte del precio de venta y el menor valor ofrecido o vendido a su asociado o cliente. Para estos efectos, LA COOPERATIVA, exhibirá copia de la factura del cliente o asociado donde conste que durante la vigencia del Contrato EL CONTRATISTA vendió el producto respectivo a un menor precio. LA COOPERATIVA, entregará al CONTRATISTA, el listado de asociados y demás documentos establecidos clientes para el efectocuando se trate de aplicar la disminución del precio por la circunstancia aquí indicada. PARÁGRAFO CUARTO: En ningún caso LA COOPERATIVA, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financierareconocerá al CONTRATISTA intereses xx xxxx.

Appears in 1 contract

Samples: Commercial Contract

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato contrato será de cuantía indeterminada, determinable por la suma sumatoria de ______ (Valor del Contrato en letras) los precios unitarios de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVAlos bienes efectivamente suministrados. El valor antes indicado La forma de pago de pago por parte de la compañía será cancelado por de la siguiente manera: La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán pagará los elementos solicitados en cada orden de suministro, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva facturafactura en el lugar establecido por La Compañía, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativosoperativos (copia de la Orden de suministro copia de la entrada a almacén y/o acta de aceptación debidamente suscrita por el Administrador de la orden de suministro por parte de La Compañía, entre otros). (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o serviciosuministro, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro registro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El el Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicadogastos, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusulala Cláusula Tercera anterior. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar rembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro E Instalación

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA3.1. El valor antes indicado será cancelado CLIENTE abonará a CLOUD WORLDWIDE SERVICES, S.L. las cantidades que se especifican en la tarifa elegida por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro el CLIENTE en el momento de su Registro, atendiendo a los servicios y modalidad de los sesenta (60) días siguientes a la fecha mismos efectivamente contratados, así como cualesquiera otras cantidades derivadas de radicación de la respectiva facturalos servicios efectivamente consumidos por el CLIENTE, con el pleno cumplimiento independencia de su solicitud o no por medios electrónicos o por cualquiera otro tipo, y su accesoriedad o no en relación con los requisitos contractualesprimeros. Los precios, legales forma de facturación y operativos. (Redacción pago de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de dichos servicios se pactará establecen en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado el referido Registro, los cuales será válidos y aplicables en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar todo caso, por el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición mero hecho de que el Contratista presenteCLIENTE consuma un servicio. 3.2. El CLIENTE autoriza a CLOUD WORLDWIDE SERVICES, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como S.L. para aplicar los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria importes recibidos a la cuenta extinción de cualquier deuda vencida, líquida, exigible que el Contratista CLIENTE tenga registrada en pendiente de pago. Asimismo, el maestro CLIENTE autoriza a CLOUD WORLDWIDE SERVICES, S.L. para compensar automáticamente las deudas vencidas, líquidas y exigibles que puedan existir de proveedoresforma recíproca entre ambos. 3.3. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto yCLOUD WORLDWIDE SERVICES, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía S.L. se reserva el derecho de aceptar cancelar el acceso a la aplicación o rechazar restringir sus funcionalidades a un CLIENTE, si no se produce el descuento abono de los cargos en los plazos acordados. 3.4. La cancelación de acceso por pronto pago ofrecido por impago del CLIENTE produce el Contratistavencimiento automático y dota de liquidez y exigibilidad a cualquier cantidad o importe que en ese momento quedara pendiente de facturar o cobrar. Los Importes adeudados y no pagados, dependiendo sufrirán un recargo automático del 10%. Al importe así calculado se le aplicará un interés moratorio equivalente al tipo de interés legal incrementado en cuatro puntos porcentuales. En el caso de que hubiera que interponer reclamación judicial, el CLIENTE asumirá todas las costas del procedimiento incluida la intervención de abogados y procuradores aún cuando esta no fuera preceptiva. Asimismo, se repercutirán al CLIENTE, en su caso, los gastos derivados de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso devolución de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieracheques o recibos ingresados.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Contratación

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio HOLCIM le pagará a EL CONTRATISTA una contraprestación por cada tonelada movilizada según la tabla consignada en el Anexo No 2. Las tarifas no incluyen IVA e incluyen todos los demás impuestos, tasas, cargos a los usuarios y los gastos del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVAgobierno. El valor antes indicado será cancelado ajuste de las tarifas se realizará a partir del mes de Febrero de cada año y de ahí en adelante, de manera anual con base en el índice de costos del transporte en carretera (ICTC) del año inmediatamente anterior publicado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)DANE. En caso de haberse ofertado que EL CONTRATISTA dentro de su esquema de tarifas contemple eficiencias que se traduzcan en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar mejores costos o tarifas en los fletes, deberá detallarlo y cuantificarlo en la propuesta económica. No obstaste, durante la ejecución del contrato las partes podrán fijar, implementar o modificar dichas eficiencias mediante un otrosí. En caso de reajuste de las tarifas, las demás estipulaciones del contrato continuaran vigentes sin modificación alguna. Los valores por concepto de fletes o mayores sobrecostos generados deberán ser facturados en el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de mismo instante en que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como se presente dicha novedad con los soportes que sean requeridos correspondientes. Por tanto EL CONTRATISTA no podrá realizar cobros a HOLCIM de acuerdo con la normatividad vigenteviajes realizados, y demás documentos establecidos para el efectofacturar posteriormente sobrecostos asociados a dichos viajes. El valor anual estimado del presente contrato, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar expedición de pólizas es la suma alguna de dinero MIL NOVECIENTOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL SESENTA Y SIETE PESOS ($1.908.415.322). Este valor estimado no implica ningún compromiso u obligación para HOLCIM. PARÁGRAFO I: Salvo por los eventos de fuerza mayor o bien caso fortuito, EL CONTRATISTA declara que tenga conoce la totalidad de La Compañía las circunstancias inherentes al transporte contratado, por lo tanto no habrá lugar al cobro de mayores valores a los establecidos en el presente contrato. PARAGRAFO II: Pago por compensación: Si en el momento en el que EL CONTRATISTA presente una factura a HOLCIM existe una cuenta a cargo EL CONTRATISTA y a favor de HOLCIM, por cualquier concepto tales como, sin limitarse a ellos, descuentos, multas, faltantes o averías de producto, la minas de teflón o estibas, penalizaciones señalados en el presente contrato y/o sus anexos, se faculta a HOLCIM a compensar los conceptos a pagar a EL CONTRATISTA las sumas que EL CONTRATISTA le adeude. De esta forma EL CONTRATISTA acepta de forma expresa que el pago de su factura pueda efectuarse mediante la aplicación automática de la compensación de deudas tan y como lo establece el artículo 1715 de Código Civil. A tales efectos, las partes acuerdan expresamente que la compensación operara de forma automáticamente independiente de que se estuviera aún vigente el plazo para el pago de alguna o algunas de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto yobligaciones a compensar, por consiguientelo que las partes expresamente consienten en que estas serán en ese momento y de forma automática, renuncia totalmente exigibles. En caso de que una vez verificada la compensación quedara un saldo a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando favor a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una algunas de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante)partes, la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida parte obligada se compromete a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraasumir esa diferencia en forma inmediata.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Movilización De Carga

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será contrato asciende a la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números)TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes monto que incluye el Impuesto a la fecha Transferencia de radicación Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, dicho monto será pagado por la INSTITUCIÓN CONTRATANTE en un plazo de sesenta días contados a partir de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento presentación en la Gerencia de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería Administración y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva factura por el suministro de llantas de acuerdo a la posibilidad cantidad de llantas solicitadas y entregadas, copia del descuento contrato, acta de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud recepción parcial y/o final del suministro y presentar la cualquier otra documentación que le sea requeridarequerida para comprobar la entrega de las mismas. La Compañía Dicho contrato contiene otras cláusulas que por estar claramente detalladas en el mismo, se reserva omite relacionar, no obstante los comparecientes las reconocen. Así se expresaron los otorgantes, y yo, la notario, DOY FE: Que las firmas puestas en el derecho anterior documento por los comparecientes, son AUTÉNTICAS, por haber sido puestas a mi presencia, además de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo las calidades en las que comparecen y que expliqué a los comparecientes los efectos legales de la liquidez presente acta notarial que tenga La Compañía en el momento consta de la solicitud tres hojas útiles, y leída que les fue por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presenteíntegramente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante)un solo acto sin interrupción, la respectiva factura ratificaron su contenido y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañíafirmamos. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraDOY FE.

Appears in 1 contract

Samples: Supply Agreement

PRECIO Y FORMA DE PAGO. a) El precio acordado por la instalación y puesta en funcionamiento por el Servicio de Acceso a Internet es el que consta en el ANEXO 2 (comercial) denominado “ORDEN DE SERVICIO”, y que firmado por las partes, es integrante del presente Contrato será contrato. b) El precio mensual acordado por la suma prestación del Servicio de ______ Acceso a Internet, es el que corresponde al Plan contratado, y cuyo valor mensual y descripción consta en el ANEXO 2 (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en númerosComercial), más incluir IVAdenominado ORDEN DE SERVICIO, que debidamente firmado por las partes, es integrante del presente contrato. c) En el caso de prestarse servicios adicionales y suplementarios con costo, el PROVEEDOR deberá contar con la aceptación previa del CLIENTE; si el PROVEEDOR oferta los citados servicios como gratuitos, no podrán generarse obligaciones de retribución para el CLIENTE de ninguna clase. Tanto para la suscripción como para el término de la prestación de servicios adicionales y suplementarios, el CLIENTE deberá hacer conocer su decisión al PROVEEDOR, según el caso, a través de cualquier medio. d) El valor antes indicado será cancelado Plan contratado se pagará en mensualidades, pagaderas por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán el CLIENTE a “EL PROVEEDOR” por mes adelantado, dentro de los sesenta (60) 15 primeros días siguientes a de cada mes calendario; previo la fecha de radicación entrega de la respectiva factura, con factura por el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)servicio contratado. En caso que, el CLIENTE no cancele los valores hasta el vigésimo día dentro del mes calendario que se encuentre en curso, “EL PROVEEDOR” tiene la facultad de haberse ofertado suspender la prestación del servicio en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la cualquier momento, de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para producirse el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto ydel plan dentro del plazo antes señalado, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte implique terminación de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientescontrato. En los casos que corresponda, se cobrarán los rubros antes indicados y la mensualidad en lo proporcional del mes de facturación en curso. “EL PROVEEDOR” respetará la intervención de operadores de servicios finales o de servicio portador para el acceso de sus abonados; no está permitida la creación o levantamiento de redes de acceso directas a sus abonados; salvo obtención del contrato habilitante (reventa) para prestar el servicio de enlaces e incluir en un solo rubro mensual el cobro de los servicios en los planes de acceso a Internet que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientesofrezca. En todo casoeste último caso el PERMISIONARIO presentará, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos el contrato de reventa debidamente registrado en la SENATEL, tanto al organismo técnico de control en caso de inspección, o al abonado, que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraasí lo requiera.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Valor Agregado De Acceso a Internet

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será inmueble descrito en la Cláusula SEGUNDA de este contrato y que es objeto de la promesa de Compraventa, es la cantidad de PESOS ($ ) MONEDA LEGAL COLOMBIANA. EL(LOS) PROMETIENTE(S) COMPRADOR(ES) se obliga(n) a pagar a LA PROMETIENTE VENDEDORA el valor del inmueble así: a) La cantidad de PESOS ($ ) MONEDA CORRIENTE que EL (LOS) PROMETIENTE(S) COMPRADOR(ES) tienen consignados a favor de XXXXX. b) La suma de ______ PESOS (Valor $ ) MONEDA CORRIENTE correspondiente al Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social otorgado por el Fondo Nacional de Vivienda mediante la Resolución No. , al hogar conformado por (todos los miembros del Contrato hogar) para el pago del valor de una Vivienda de Interés Social ubicada en letrasel Municipio de XXXXX Departamento XXXXX. PARAGRAFO : EL(LOS) PROMETIENTE(S) COMPRADOR(ES) autoriza(n) expresamente a LA PROMETIENTE VENDEDORA para que por cuenta de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor aquellos reciba el Subsidio Familiar de Vivienda, con el fin de que esta suma sea aplicada a la cuota inicial de la vivienda. PARÁGRAFO PRIMERO: En caso de incumplimiento en la cancelación de las cuotas pactadas x xx xxxx en los términos aquí acordados, EL(LOS) PROMETIENTE(S) COMPRADOR(ES) cancelará(n) a LA PROMETIENTE VENDEDORA intereses moratorios sobre saldos a las tasas máximas permitidas por la Ley según el Artículo 884 del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro Código de Comercio sin significar la ampliación de los sesenta plazos convenidos. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda, están en la obligación de restituir el subsidio a la entidad otorgante, si transfieren el derecho de dominio de la solución de vivienda o dejan de residir en ella antes de haber transcurrido cinco (605) días siguientes a años desde la fecha de radicación de la respectiva factura, con asignación del subsidio. Igualmente deben restituir el pleno cumplimiento subsidio cuando se compruebe que existió falsedad o imprecisión de los documentos presentados para acreditar los requisitos contractuales, legales para la adjudicación y operativosentrega del mismo. (Redacción Lo anterior de cláusula cuando se cotiza conformidad a lo establecido en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.la Ley 3ª de 1991. PARÁGRAFO TERCERO: Los dineros recibidos por LA PROMETIENTE VENDEDORA de parte de EL(LOS) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USDPROMETIENTE(S) La Compañía utilizará COMPRADOR(ES) como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha parte del pago de precio del inmueble de este contrato, no causarán intereses en ningún caso, ya que la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar forma y fecha para los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección esta Cláusula forman parte de la empresa contratante)negociación. PARÁGRAFO CUARTO : Respecto a las Arras, regirá lo dispuesto en los artículos 866 del Código de Comercio y 1959 del Código Civil, si alguna de las partes contratantes incumpliere las obligaciones provenientes de esta promesa de compraventa. Se establece como Arras la respectiva facturacantidad de XXXXX PESOS ($XXXXX) MONEDA CORRIENTE, así suma que EL(LOS) PROMETIENTE(S) COMPRADOR(ES) entrega(n) en la forma estipulada en esta Cláusula a LA PROMETIENTE VENDEDORA, quien la tendrá como los soportes que sean requeridos prenda de confirmación del acuerdo con la normatividad vigenteprometido. Si las partes cumplieren sus obligaciones, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden valor de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos las Arras se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos abonará al precio total de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía compra en el momento de otorgarse la solicitud por parte del ContratistaEscritura Pública que perfecciona el presente contrato. Parágrafo Cuarto - (escoger una PARÁGRAFO QUINTO: PATRIMONIO DE FAMILIA: De conformidad con el artículo 60 de las dos alternativas la Ley 9a. de gastos1989 y el artículo 38 de la Ley 3a. de 1991, EL(LOS) (Alternativa 1PROMETIENTE(S) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que COMPRADOR(ES) constituye(n) sobre el Contratista pudiera incurrir por la ejecución inmueble objeto del presente Contrato se consideran comprendidos dentro contrato, patrimonio de familia inembargable a favor de el(ellos) mismos y de los hijos menores actuales y de los que llegare(n) a tener, en los términos establecidos en el artículo 2o. de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguienteLey 91 de 1936, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna siendo por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieratanto inembargable dicho inmueble.

Appears in 1 contract

Samples: Promesa De Compraventa

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio coste de realización del presente Contrato será Estudio Observacional en la suma de FIIS-FJD se ha presupuestado inicialmente en _________________ euros + IVA (Valor del Contrato indíquese el importe total en letras) de pesos moneda legal colombiana $cifras); siendo el pago por sujeto evaluado completo y evaluable de__________ euros y el número de pacientes previstos de ____. En compensación por la realización del Estudio Observacional, el Promotor abonará a la FIIS-FJD la suma derivada de la ejecución del mismo conforme al desglose que se detalla a continuación: A la firma del presente contrato el PROMOTOR abonará la cantidad de 500 EUROS + IVA (Valor del Contrato en númerosQUINIENTOS EUROS más IVA), en pago único, no reembolsable, en concepto de gastos de gestión administrativa y contractual; y 100€ + IVA (CIEN EUROS más incluir IVA) en concepto de tasas de archivo, para custodiar la documentación durante los 5 años. Cada tres meses, el Promotor se compromete a pagar a la FIIS-FJD la cantidad a abonar resultante del trabajo realizado por el investigador según el número de pacientes incluidos y de visitas realizadas. De esta cantidad, la FIIS-FJD percibirá el 20%, en concepto de gastos indirectos. Estos pagos tienen la consideración de abonos a cuenta, dependientes de la liquidación del importe definitivo del Estudio. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía asíPromotor del Estudio Observacional ha designado para la realización de trámites administrativos a la empresa _________________, con CIF: _________________ y dirección en _____ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura_____________, así como para la realización de pagos en su nombre, respondiendo y garantizando solidariamente los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos pagos establecidos para en el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. contrato Los pagos se realizarán mediante abonarán a: FUNDACIÓN INSTITUTO DE INVESTIGACION SANITARIA DE LA FUNDACION XXXXXXX XXXX BANCO SANTANDER S.A. Xxx Xxxxxxxx, 33 28003 – Madrid (España) Nº de Cuenta: 0075.5977.81.0605344752 IBAN code: ES91 SWIFT code: XXXXXXXX Las facturas serán emitidas a nombre de: (Incluir datos de facturación y correo electrónico para el envío de facturas) Todos los pagos realizados por el PROMOTOR/CRO deberán indicar en la transferencia bancaria a bancaria, el número de factura emitida, sino la cuenta FIIS-FJD no garantiza que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraquede validado.

Appears in 1 contract

Samples: Research Agreement for Observational Study

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Precio por los Servicios será aquel individualizado en el Contrato será de Prestación de Servicios o en las OC y el pago se efectuará en efectivo o mediante pago en cuenta corriente, según se indique en el Contrato Marco o, en su defecto, en la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVArespectiva OC. El Precio de los Bienes será aquel indicado en el Contrato de Compraventa o en la OC, según corresponda, salvo que los Bienes sean parte de las obligaciones de un Contrato de Prestación de Servicios, en cuyo caso su precio se entenderá incorporado en el Precio del Servicios. Salvo disposición en contrario en el Contrato, el Precio de los Bienes incluye el valor antes indicado será cancelado mismo del Bien, su embalaje, custodia, seguros, transporte y entrega a la Empresa, hasta su recepción y emisión del MIGO. Todos los costos y gastos en que incurra el Proveedor en cumplimiento del Contrato, incluyendo pero no limitado a materiales, equipos, insumos, mano de obra, remuneraciones, aportes previsionales, impuestos, indemnizaciones, o cualquier otro necesario para prestar los Servicios o transferir el dominio de los Bienes serán de su exclusivo cargo y costo y se entenderán cubiertos por La Compañía así: _____________________ Las facturas el Precio. Salvo que se pagarán indique expresamente lo contrario en un Contrato o una OC, el Precio incluye el IVA que resulte aplicable a los Bienes o Servicios. Para los efectos del pago del Precio, el Proveedor deberá encontrarse registrado en el Maestro de Proveedores y encontrarse al día en la Plataforma de Control, contar con un MIGO o un HES previamente aprobado por la Empresa y presentar la documentación y seguir el procedimiento que se establece en el documento denominado "Requisitos para facturar a Xxxx Xxxxxx y Toro y sus Filiales" que, firmado por las Partes, se anexa al presente instrumento como Anexo A. El Proveedor se obliga a emitir electrónicamente, la factura correspondiente a los Bienes entregados y recepcionados conforme por la Empresa o los Servicios efectivamente prestados y recepcionados conforme por la Empresa de acuerdo al Contrato, a más tardar el vigésimo día hábil del mes siguiente de su recepción, comprometiéndose la Empresa a pagar la factura correspondiente dentro de los sesenta (60) 30 días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago recepción conforme de la factura, salvo que las Partes hayan suscrito un acuerdo de pago de facturas a más de 30 días. Parágrafo PrimeroEl pago se efectuará mediante cheque nominativo o vale vista a nombre del Proveedor o por aquellos otros medios que fijen las Partes en el Contrato. - La obligación Para dar curso al pago, el Proveedor deberá acreditar el cumplimiento de La Compañía las obligaciones previsionales y tributarias para con su personal destinado a los Servicios objeto del Contrato, y el pago de efectuar los pagos pactados queda sujeta las cotizaciones de conformidad a la condición de que el Contratista presenteLey N° 16.744. Lo anterior se acreditará mediante la entrega oportuna, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección la Empresa, de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes certificados pertinentes emitidos por las instituciones y autoridades que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria corresponda conforme a la cuenta legislación aplicable, certificados que deberán referirse al período correspondiente al respectivo estado de pago . La Empresa podrá retener y compensar, total o parcialmente, todo pago que deba efectuar al Proveedor en virtud del Contrato, contra cualquier deuda o pago que el Contratista Proveedor tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar respecto, o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso cualquiera de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta empleados del Proveedor o de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financierasus subcontratistas.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Contratación

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El Las partes contratantes convienen en que el precio de los Servicios sin incluir los relativos a insumos y medicamentos que sean proporcionados con motivo del presente Contrato contrato, será la suma el que resulte de ______ (Valor del Contrato aplicar los precios y tarifas que el Hospital tenga vigentes en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento contratación de los requisitos contractualesServicios, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de por lo que el Contratista presenteHospital deja a disposición del Usuario y/o Demandante del Servicio el catálogo o lista de precios y tarifas vigentes, los cuales estarán estructurados en función de las oficinas áreas de La Compañía ubicadas en (Dirección servicio del Hospital. El Hospital se obliga a mantener actualizada su lista o catálogo de la empresa contratante)precios que se encuentra exhibida al público dentro del catálogo de precios vigentes del Hospital, la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta por lo que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista Hospital no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para exigir el pago de las sumas ningún cargo que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho no se encuentre en tal lista o catálogo de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusulaprecios. Por consiguientelo que respecta al precio de los insumos y medicamentos, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir éstos podrán consultarse diariamente en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para los lugares que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para designe el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La CompañíaHospital, los cuales declara conocer deberán ser de fácil acceso al público. El Usuario y/o Demandante del Servicio se obliga(n) a pagar diariamente al Hospital los Servicios proporcionados, conforme al estado de cuenta correspondiente, que el Hospital pondrá a su disposición en forma diaria, de tal forma que al final de cada día Hospitalario se encuentren cubiertos los Servicios otorgados al Usuario. El pago deberá realizarse en las instalaciones del Hospital, en efectivo o en cualquier otro medio legal, mismo que deberá efectuarse en moneda nacional sin perjuicio que previo acuerdo entre las partes pudiera realizarse en divisa extranjera, misma que deberá considerarse al tipo de cambio publicado por el Banco de México para operaciones interbancarias el día del pago. Las partes contratantes convienen que respecto a las cantidades vencidas y aceptar no pagadas, el ContratistaHospital podrá cobrar intereses moratorios del 5% (cinco por ciento) mensual, así como declara aceptar cambios desde el día siguiente en que estos puedan sufrir debió haberse realizado el pago y hasta el momento en que se liquide el adeudo. Tratándose de tiempo paquetes de Servicios, el precio y forma de pago de los mismos serán establecidos en tiempoforma anexa al presente contrato, en el entendido que todos los servicios que no se encuentren incluidos en la descripción del paquete respectivo, o que excedan los límites de dichos paquetes, deberán ser pagados en los términos del presente contrato. Las partes contratantes convienen en que la responsabilidad por el pago de los servicios, conforme a la lista o catálogo de precios y tarifas vigentes en el Hospital, recaerá solidariamente sobre el Usuario y el Demandante del Servicio de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieranormatividad vigente.

Appears in 1 contract

Samples: Hospital Services Agreement

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será contrato es de hasta 34.500€ (IVA no incluido) a la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVAbaja. El valor antes indicado será cancelado contrato que se derive de la adjudicación podrá ser prorrogado, por otro año más, siempre y cuando sea por mutuo acuerdo de las partes. En caso de prórroga, el precio del contrato se actualizará con la inflación interanual del último mes del contrato previo a la prórroga. El ofertante deberá detallar el precio sin IVA de cada uno de los servicios ofertados. El Xxxxxxx de Congresos consignará en el presupuesto correspondiente una cantidad para atender el gasto que se derive del presente contrato. En el precio establecido en la presente cláusula están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, toda clase de tributos, así como los que pudieran establecerse durante la vigencia del contrato. Los licitadores deberán indicar: La Compañía así: _____________________ Las revisión de precios no procede. Será imprescindible que las facturas se pagarán dentro acompañen de: o Xxxxxxx xxxxxxx y firmado por personal xxx Xxxxxxx de Congresos que acredite la recepción de la mercancía. En los sesenta (60) casos de entrega directa de la mercancía por empresa subcontratada por el adjudicatario, éste se obliga a acompañar el albarán de dicho subcontratista. o Presupuesto firmado por la persona competente xxx Xxxxxxx de Congresos para realizar encargos de trabajos. En dicho presupuesto constará especificada la cantidad y el precio que se contrata. o Se entenderá que en las ofertas y en los precios aprobados están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, toda clase de tributos, así como los que pudieran establecerse durante la vigencia del contrato. o El adjudicatario entregará al Xxxxxxx de Congresos de Valencia, en el plazo de 10 días siguientes desde la firma de este contrato y en todo caso con anterioridad a la fecha de radicación la primera factura emitida por el adjudicatario, el certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido a estos efectos por la Administración Tributaria, según lo previsto en el artículo 43.1.f) de la respectiva facturaLey 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. o Dicho certificado deberá ser objeto de renovación por parte del subcontratista en los 15 días anteriores a cumplirse el plazo de doce meses de vigencia del mismo desde su expedición por la Administración Tributaria. o La obligación prevista en está cláusula forma parte de las obligaciones principales del contrato. Por este motivo, en el caso de que el subcontratista incumpla su obligación de proporcionar al Xxxxxxx de Congresos de Valencia el certificado emitido por la Administración Tributaria, o de renovarlo en el plazo previsto en el apartado anterior, provocará que no sean exigibles el cobro de los pagos que se adeuden como consecuencia del presente contrato y su resolución si en un plazo adicional de 10 días naturales éste no es presentado. o En el momento en que el subcontratista cumpla con su obligación de proporcionar el pleno certificado o su renovación, serán exigibles los cobros de los pagos que se adeuden, siendo satisfechos por el Xxxxxxx en las condiciones pactadas y que se recogen en el contrato. o El adjudicatario se obliga a presentar junto con las facturas los TC1 - TC2 y el certificado de estar al corriente en los pagos de la seguridad social. o El contratista deberá cumplir todas las disposiciones vigentes en materia Laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo bajo su específica y personal responsabilidad en todos los órdenes. o Según establece la legislación vigente, el personal de la empresa adjudicataria que esté asignado al servicio en el Xxxxxxx de Congresos, deberá colaborar en la aplicación del Plan de Emergencia existente. o El contratista deberá cumplir todas las disposiciones que se le requieran en cuanto al cumplimiento de los requisitos contractualesProcedimientos e Instrucciones establecidos en los Sistemas de Calidad y Medioambiente (ISO 9001 y 14001, legales Q de Calidad Turística) en los que el Xxxxxxx está certificado. o En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42.2 del Estatuto de los Trabajadores, arts. 24.3 y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la 24.4 de la fecha Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95 de 5 noviembre) y el capítulo III del pago Reglamento de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación los Servicios de La Compañía Prevención (Real Decreto 39/97 de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición 17 de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratanteenero), la respectiva facturaempresa adjudicataria deberá acreditar al Xxxxxxx de Congresos el cumplimiento de todas sus obligaciones en materia de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales con sus trabajadores, así como con otras empresas subcontratistas o trabajadores autónomos con los soportes que, a su vez, le estuviera permitido subcontratar aspectos del servicio objeto de la presente contrata. Asimismo la empresa adjudicataria queda obligada a comunicar al Xxxxxxx de Congresos todas las obligaciones con otras empresas o autónomos que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, estuvieran autorizadas y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada sea necesaria su presencia en el maestro Xxxxxxx de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes Congresos, exigiendo cada una de La Compañía las empresas (personas físicas o jurídicas) que haya recibido para efectos se encuentren en dicho centro de trabajo a aquellas con las que pudiera contratar o subcontratar parte del servicio objeto de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna presente contrata el cumplimiento de dinero sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. De dicha comprobación dará cuenta inmediata al Xxxxxxx de Congresos. o bien que tenga El adjudicatario debe cumplir a lo largo de La Compañía para la relación contractual con las obligaciones sociales y tributarias derivadas de la normativa laboral, fiscal y de prevención de riesgos. Cualquier incumplimiento supondrá paralizar el pago de las sumas facturas hasta que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía dicha situación se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientessolucione. En los casos lo referente a desglose y detalle de dicha factura se estará en todo caso a lo que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado solicite el Xxxxxxx de gastos acompañado Congresos de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraValencia.

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

PRECIO Y FORMA DE PAGO. a) El precio acordado por la instalación y puesta en funcionamiento por el Servicio de Acceso a Internet es el que consta en el ANEXO 2 (comercial), denominado “ORDEN DE SERVICIO”, y que firmado por las partes, es integrante del presente Contrato será contrato. b) El precio mensual acordado por la suma prestación del Servicio de ______ Acceso a Internet, es el que corresponde al Plan contratado, y cuyo valor mensual y descripción consta en el ANEXO 2 (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en númerosComercial), más incluir IVAdenominado ORDEN DE SERVICIO, que debidamente firmado por las partes, es integrante del presente contrato. c) En el caso de prestarse servicios adicionales y suplementarios con costo, el PROVEEDOR deberá contar con la aceptación previa del CLIENTE; si el PROVEEDOR oferta los citados servicios como gratuitos, no podrán generarse obligaciones de retribución para el CLIENTE de ningún clase. Tanto para la suscripción como para el término de la prestación de servicios adicionales y suplementarios, el CLIENTE deberá hacer conocer su decisión al PROVEEDOR, según el caso, a través de cualquier medio. d) El valor antes indicado será cancelado plan contratado se pagará en mensualidades, pagaderas por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán el CLIENTE a “EL PROVEEDOR”, por mes adelantado, dentro de los sesenta (60) 5 días siguientes a primeros días de cada mes calendario; previo la fecha de radicación entrega de la respectiva factura, con factura por el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)servicio contratado. En caso que, el CLIENTE no cancele los valores hasta el vigésimo día dentro del mes calendario que se encuentre en curso, “EL PROVEEDOR” tiene la facultad de haberse ofertado suspender la prestación del servicio en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la cualquier momento, de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para producirse el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto ydel plan dentro del plazo antes señalado, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte implique terminación de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientescontrato. En los casos que corresponda, se cobraran los rubros antes indicados y la mensualidad en lo proporcional del mes de facturación en curso. “EL PROVEEDOR” respetará la intervención de operadores de servicios finales o de servicio portador para el acceso de sus abonados; no está permitida la creación o levantamiento de redes de acceso directas a sus abonados; salvo obtención del contrato habilitante (reventa) para prestar el servicio de enlaces e incluir en un solo rubro mensual el cobro de los servicios en los planes de acceso a Internet que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientesofrezca. En todo casoeste último caso el PERMISIONARIO presentará, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos el contrato de reventa debidamente registrado en la SENATEL, tanto al organismo técnico de control en caso de inspección, o al abonado que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraasí lo requiera.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Internet

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El Las PARTES convienen que el importe de la presente operación de compraventa de los BIENES DE DESECHO es la cantidad de ( s 00/100 M.N.) por Kilogramo, con un peso mínimo de 300,000 (Trescientos mil kilos) 300 Toneladas, precio con el cual el VENDEDOR está de acuerdo por haber sido el ofertado en el procedimiento de enajenación, dicho precio comprende los costos xx xxxxx, extracción, carga y descarga, acarreo y el pesaje de los BIENES DE DESECHO. Los importes resultantes de la compraventa de los BIENES DE DESECHO, se cubrirá de la siguiente manera: Al finalizar la recolección, corte, extracción, carga y descarga, acarreo y el pesaje de los BIENES DE DESECHO, y de conformidad a los comprobantes de pesaje semanales de los mismos, que serán revisados por personal del presente Contrato será departamento de Recursos Materiales, el pago total de la suma adjudicación deberá efectuarse por la totalidad de ______ las toneladas extraídas de acuerdo a los comprobantes de pesaje (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en númerosticket´s o taras), más incluir IVA. expedidos por una báscula pública autorizada por S.C.T., El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro COMPRADOR cubrirá el total del monto resultante de la operación matemática calculada del peso específico de los sesenta BIENES DE DESECHO por el costo por Kilogramo pactado; cuyo pago será enterado al VENDEDOR en el Departamento de Recursos Materiales en forma semanal en un plazo no mayor a 5 (60cinco) días siguientes a naturales siguientes, la fecha de radicación la celebración del acta de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento terminación de retiro y terminación correspondiente que se levantará será una vez concluido los trabajos de retiro de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza bienes en moneda extranjera y se paga en pesos colombianossu totalidad.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.

Appears in 1 contract

Samples: Licitación Pública Nacional

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será máximo que INTEGRA deberá pagar a la EMPRESA por los servicios efectivamente prestados, corresponden a la suma total de ______ ……………………….. la cual se pagará dividida en 12 meses de acuerdo, conforme al detalle que se indica a continuación: El adjudicado deberá facturar por cada mes, una vez se les haga llegar por escrito la recepción conforme (Valor del Contrato en letrasHES) de los servicios por parte de la Fundación. Integra tendrá un plazo de 8 días contados desde la recepción de la factura respectiva, o el documento que válidamente de cuenta del saldo a su favor, para confirmar u objetar su contenido. En el evento que la oferta sea en Unidades de Fomento, se considerará su valor en pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVAa la fecha de la emisión de la factura respectiva. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas deberán ser emitidas en forma electrónica de acuerdo a la normativa vigente, y enviadas a los correos xxx@xxxxxxx.xx, xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx, xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx indicando en el asunto “Licitación SERVICIO DE MANTENCIÓN CORRECTIVA Y EVOLUTIVA ERP SAP”, siempre y cuando los servicios hayan sido recibidos y recepcionados a entera satisfacción por Fundación Integra, en caso contrario el DTE será rechazado.” El pago se pagarán efectuará por mes vencido dentro de los sesenta (60) 30 días siguientes a la fecha de radicación entrega conforme de la respectiva factura, con y a la entrega total de la siguiente documentación: a) Informe de actividades aprobadas por el pleno Subdirector de Tecnología o quien este designe. b) Certificados (F-30 y F-31) de la Inspección del Trabajo en el que conste el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponda de acuerdo a la ley que acredite que el prestador no tiene deudas laborales o previsionales con los requisitos contractualestrabajadores que participan o prestan el servicio requerido, legales adjuntando la nómina de tales trabajadores. c) Las facturas respectivas y operativossus copias, en la oficina de partes de Fundación Integra (Xxxxxx Xxxxxx 0000, Xxxxxxxx) o envío electrónico al correo xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx. (Redacción Además, para proceder al pago se deberán cumplir los siguientes criterios: a) Se deberá adjuntar bitácora o informe de cláusula cuando se cotiza horas ejecutadas según Control de Horas del Servicio. b) Esta bitácora o informe de horas ejecutadas, deberá ser enviado al Jefe de Departamento ERP SAP, antes xxx xxxxxx día hábil del mes siguiente del término del servicio mensual. c) Esta bitácora o informe de horas ejecutadas, será exigible como evidencia del servicio efectuado, para la cancelación del servicio del mes informado. d) Las horas asignadas mensuales que no sean ocupadas, serán acumuladas sucesivamente para el mes siguiente, mientras dure el presente SERVICIO MANTENCIÓN CORRECTIVA Y EVOLUTIVA ERP SAP o serán descontadas del pago mensual del servicio, realizando el pago por las horas efectivamente ejecutadas. La definición será facultad privativa de Fundación Integra, en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la función de la fecha del pago necesidad de mantenciones solicitadas. e) Si al finalizar el presente SERVICIO MANTENCIÓN CORRECTIVA Y EVOLUTIVA ERP SAP, existieran horas acumuladas sin ejecución, se acordará la factura. Parágrafo Primero. - La obligación planificación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir su uso posterior al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución término del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraservicio.

Appears in 1 contract

Samples: Prestación De Servicios

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio importe que el adjudicatario abonará a SEPIDES será el que figure en el Anexo II, si se trata de pago al contado, o el Anexo III, si se trata de pago aplazado, del presente Contrato será la suma de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números)pliego, más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado el I.V.A. devengado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva facturaoperación, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada intereses correspondientes en el maestro caso de proveedorespago aplazado. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos pago del precio se realizará de la ejecución siguiente forma: 1. Pago al contado 2. Pago aplazado a) Mediante cheque bancario nominativo a favor de SEPIDES correspondiente al pago del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad 35% del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento precio total de la solicitud y presentar parcela, más la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo totalidad del IVA de la liquidez que tenga La Compañía operación, en el momento de la solicitud formalización de la Escritura Pública de compraventa b) El 65% restante del precio de la compraventa más las cantidades correspondientes a los intereses calculados según se describe a continuación, se abonará como máximo en TRES (3) años mediante pagos de cuotas trimestrales de amortización de capital constante a lo largo de ese período. Para el cálculo de los intereses se tomará como tipo de interés el EURIBOR a UN (1) año vigente en el momento de la firma de la Escritura Pública de compraventa o de la fecha de revisión correspondiente incrementada en TRES PUNTOS (3) porcentuales, tomando como base del cálculo un año de 360 días y por los días efectivamente trascurridos. El adjudicatario abonará los intereses así calculados junto con el principal de las cuotas trimestrales anteriormente descritas. Se entiende por EURIBOR (Euro Interbank Offered Rate) a UN (1) AÑO, el tipo publicado en la página de Reuters cada día laborable a las 11 am. El referido tipo se publica por el Banco Central Europeo en su página Web oficial de Internet y en su Boletín Mensual, en el apartado de “Tipos de Interés xxx Xxxxxxx Monetario”. A efectos de la revisión se tendrá en cuenta el tipo publicado en cualquiera de dichos medios, tan pronto como se produzca su publicación, acreditándose dicha publicación, si fuera necesario, mediante certificación que, en su caso, se solicite al propio Banco Central Europeo. En ausencia de dicho Boletín se habrá de estar a la publicación que le sustituya conteniendo la misma información. En defecto de dicho tipo de referencia o de su publicación oficial, se tomará en la fecha de revisión y para idéntico período de tiempo, con carácter supletorio, el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre vigente en el momento de la revisión, que el Banco de España publica oficial y periódicamente en el B.O.E. para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda, vigente en el momento de la revisión, con el mismo criterio de aplicación que el tipo de referencia inicialmente previsto. SEPIDES comunicará la variación del tipo de interés, por correo, antes del trascurso de los 15 días siguientes al vencimiento de cada periodo de 12 meses. El nuevo tipo de interés se aplicará automáticamente con efectos del citado vencimiento una vez transcurrido el plazo de veinte días contados a partir de la fecha de dicha comunicación, sin que el adjudicatario haya manifestado oposición alguna en contra. En caso de desacuerdo, el adjudicatario podrá cancelar la deuda o acudir a los Tribunales. La liquidación de intereses se practicará por períodos vencidos, contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente escritura. En caso de que en cualquiera de los meses de liquidación no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá como fecha de la misma el último día del mes, sin que ello suponga modificación alguna de las fechas posteriores de liquidación. No obstante lo anterior, el adjudicatario podrá, en cualquier momento, abonar total o parcialmente la parte restante del precio sin penalización por la cancelación anticipada. Se establece expresamente que ante cualquier vencimiento de los pagos establecidos en el presente Pliego no atendido en su exacta fecha devengará a favor de SEPIDES, sin necesidad de requerimiento por parte del Contratistamismo, y hasta el momento de pago de cada plazo, un interés moratorio fijo de DOCE (12) puntos porcentuales sobre las cantidades no atendidas. Parágrafo Cuarto - (escoger una SEPIDES requerirá notarialmente a la parte adjudicataria para que en el término máximo de 15 días desde el vencimiento haga efectivo el pago del plazo vencido indicándole los correspondientes intereses de demora. Transcurrido este tiempo sin que el adjudicatario abone íntegramente la cantidad debida según el procedimiento antes descrito SEPIDES ejecutará la garantía exigida según se describe a continuación. En garantía del pago del precio aplazado, el adjudicatario podrá optar por cualquiera de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento siguientes opciones: a. Aval bancario a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.primer requerimiento

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones De Venta

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será 5.1 Salvo especificación en contrario en la suma ORDEN DE COMPRA, los precios acordados serán siempre precios fijos, sin ningún aumento o indexación, y permanecerán inamovibles hasta el cumplimiento de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de todos los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación términos y condiciones de la respectiva facturaORDEN DE COMPRA, con e incluirán embalaje y costos xxx xxxxx, impuestos (sin considerar el pleno cumplimiento Impuesto al Valor Agregado) y obligaciones, y cualquier otro costo o gasto que sea responsabilidad de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta EL PROVEEDOR conforme a la condición comercial DDP (Delivery Duty Paid) al domicilio que ALPEK POLYESTER haga saber a EL PROVEEDOR anticipadamente, de acuerdo a INCOTERMS 2020 o aquellos que el Contratista presente, en las oficinas de La Compañía ubicadas en los substituyan. 5.2 El Impuesto al Valor Agregado (Dirección de la empresa contratanteIVA), impuestos de venta u otros impuestos aplicables se calcularán de forma separada en la respectiva facturafactura que EL PROVEEDOR entregue a ALPEK POLYESTER derivados de los BIENES, así como Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, misma que deberá cumplir con todos los soportes que sean requeridos requisitos de acuerdo con la normatividad legislación aplicable vigente, así como cualquier otro requisito solicitado por ALPEK POLYESTER. Asimismo, y demás documentos establecidos para el efectoa solicitud de ALPEK POLYESTER, (orden EL PROVEEDOR deberá presentar a consideración de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria ALPEK POLYESTER una factura proforma previa a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos emisión de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien factura definitiva. 5.3 El precio que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia deberá pagar ALPEK POLYESTER a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna EL PROVEEDOR por concepto de otros gastos los BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS, será cubierto por ALPEK POLYESTER conforme a lo que ambas partes acuerden en la ORDEN DE COMPRA. 5.4 Si ALPEK POLYESTER efectúa cualquier pago anticipado, EL PROVEEDOR deberá otorgar a satisfacción de ALPEK POLYESTER, una garantía bancaria irrevocable e incondicional o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir seguro de caución emitido por compañía de seguro reconocida en gastos la plaza, pagadera a favor de (i) transporte urbano o interurbanoALPEK POLYESTER al primer requerimiento, manutención por el monto correspondiente a los pagos anticipados efectuados por ALPEK POLYESTER a EL PROVEEDOR; dicha garantía deberá ser emitida por una institución financiera aceptable para ALPEK POLYESTER y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer será válida hasta la aceptación final por ALPEK POLYESTER de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados BIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempoEL PROVEEDOR, de conformidad con las políticas generales la ORDEN DE COMPRA 5.5 En caso de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos retraso en la entrega por parte de La Compañía para gastos diferentes EL PROVEEDOR de los certificados de los materiales solicitados, los documentos de calidad, documentos de importación, listas de empaque o cualquier otro documento relativo a los indicados anteriormente y con el límite indicadoBIENES Y/O SERVICIOS SUMINISTRADOS requeridos en la ORDEN DE COMPRA, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro ALPEK POLYESTER estará facultado para extender cualquier término de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presentepago acordado, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida los términos que a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financierasu solo juicio sean necesarios.

Appears in 1 contract

Samples: Términos Y Condiciones Generales De Compra

PRECIO Y FORMA DE PAGO. a) El precio acordado por las partes para la instalación y puesta de funcionamiento del servicio indicado en la cláusula segunda del presente Contrato será la suma contrato es el mismo que se detalla en el Anexo A “Orden de ______ (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en números), más incluir IVA. El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación de la respectiva factura, con el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianosServicio”. b) El valor precio mensual acordado por las partes por el servicio indicado en la cláusula segunda del presente contrato es el mismo que se detalla en el Anexo A “Orden de servicios se pactará en pesos colombianos (COP)Servicio”. c) UNIVISA cobrará al CLIENTE cuotas mensuales, las cuales deberán ser pagadas sin necesidad de notificación previa, por adelantado durante los primeros cinco días de cada mes mediante débito bancario. En caso de haberse ofertado caer en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará xxxx, el CLIENTE sufrirá el corte del servicio que recibe y previo a la reconexión deberá pagar la totalidad de los valores adeudados a UNIVISA por concepto de cuotas vencidas y sus respectivos costos administrativos por esta gestión. El CLIENTE acepta como TRM para determinar el valor a pagar la de la fecha del pago de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de el que el Contratista presente, conste en las oficinas facturas que emitirá UNIVISA sin que sea necesario ninguna otra prueba de La Compañía ubicadas valores adeudados. El CLIENTE deberá firmar a favor de UNIVISA una autorización de débito bancario automático en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura, así como los soportes las cuentas bancarias que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada tuviere en el maestro país, dicho débito se hará efectivo durante los primeros cinco días de proveedorescada mes y desde ya el CLIENTE se compromete a mantener los fondos necesarios para cubrir dichos débitos. Parágrafo Segundo. - El Contratista no También el CLIENTE podrá retener bienes autorizar que se le debite de La Compañía su tarjeta de crédito o cuenta bancaria el valor mensual que haya recibido para efectos por concepto de servicio o cualquier otro rubro que se derive de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna presente contrato, le cobrará UNIVISA. En caso de dinero que el CLIENTE no pudiera pagar a través de débito bancario o bien que tenga con débitos de La Compañía para el pago su tarjeta de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto ycrédito, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía UNIVISA se reserva el derecho de suspender el servicio, de aceptar el pago del servicio en sus oficinas o rechazar de dar por terminado el descuento presente contrato, sin perjuicio de su derecho a recaudar las cuotas impagas, más los intereses xx xxxx correspondientes. EL CLIENTE declara que acepta que su autorización para débito bancario o en tarjeta de crédito también servirá para acreditar a favor de UNIVISA valores por pronto pago ofrecido los siguientes por el Contratistalos conceptos: a) El costo de los equipos instalados en caso de que estos no sean devueltos o se encuentren en mal estado, b) Por las conexiones adicionales no autorizadas, dependiendo de acuerdo a lo establecido en la liquidez que tenga La Compañía cláusula novena de este contrato. c) El valor de las cuotas mensuales adeudadas; d) Las penalidades previstas en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastospresente contrato; e) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir Gastos administrativos generados por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro gestión de la remuneración pactada en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto cobro de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de que se incurra en ellos; para el efecto. Los gastos de transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañía, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de conformidad con las políticas generales de aquella. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes a los indicados anteriormente y con el límite indicado, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso de los gastos autorizados, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobro, acompañada de las facturas y documentación que acredite las erogaciones correspondientes. En los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financiera.cuotas vencidas;

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio del presente Contrato será la suma contrato, sin perjuicio de ______ lo estipulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (Valor del Contrato en letras) de pesos moneda legal colombiana $______ (Valor del Contrato en númerosPCAP), más incluir IVAno podrá sobrepasar la cantidad de 1.506.321,00 €, (Un Millón Quinientos Seis Mil Trescientos Veinte y Un Euros) por la primera anualidad de prestación del Servicio, incluidos todos los impuestos y gastos, es decir la totalidad del ejercicio 2009. Así pues el valor estimado del contrato, incluidas sus eventuales prórrogas, es de 5.194.210,34 € (IVA excluido). El valor antes indicado será cancelado por La Compañía así: _____________________ Las facturas se pagarán dentro precio del contrato, determinado a tanto alzado de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de radicación conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 de la respectiva facturaLCSP, con será el pleno cumplimiento de los requisitos contractuales, legales y operativos. (Redacción de cláusula cuando se cotiza en moneda extranjera y se paga en pesos colombianos.) El valor de servicios se pactará en pesos colombianos (COP). En caso de haberse ofertado en dólares americanos (USD) La Compañía utilizará como TRM para determinar el valor a pagar la que resulte de la fecha adjudicación del pago mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden todos aquellos impuestos o tributos que le sean de la factura. Parágrafo Primero. - La obligación de La Compañía de efectuar los pagos pactados queda sujeta a la condición de que el Contratista presente, en aplicación según las oficinas de La Compañía ubicadas en (Dirección de la empresa contratante), la respectiva facturadisposiciones vigentes, así como los soportes que sean requeridos de acuerdo con la normatividad vigente, y demás documentos establecidos para el efecto, (orden de compra o servicio, entrada a almacén) dirigida a La Compañía. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Contratista tenga registrada en el maestro de proveedores. Parágrafo Segundo. - El Contratista no podrá retener bienes de La Compañía que haya recibido para efectos de la ejecución del Contrato ni podrá utilizar suma alguna de dinero o bien que tenga de La Compañía para el pago de las sumas que le adeude La Compañía por cualquier concepto y, por consiguiente, renuncia a cualquier derecho de retención que le pudiere corresponder de acuerdo con la ley aplicable. Parágrafo Tercero. - La(s) factura(s) por el servicio prestado presentada(s) por el contratista deberá(n) reunir los requisitos exigidos por las normas y políticas vigentes. La Compañía podrá requerir al contratista para que sustituya la factura presentada, cuando a su juicio así lo requiera. El Contratista podrá solicitar a La Compañía descuento financiero de facturas cuyas condiciones serán fijadas por la Dirección de Tesorería y Finanzas de La Compañía. Para hacer efectiva la posibilidad del descuento de facturas El Contratista deberá acogerse a las políticas de La Compañía vigentes al momento de la solicitud y presentar la documentación que le sea requerida. La Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el descuento por pronto pago ofrecido por el Contratista, dependiendo de la liquidez que tenga La Compañía en el momento de la solicitud por parte del Contratista. Parágrafo Cuarto - (escoger una de las dos alternativas de gastos) (Alternativa 1) El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin provisión de fondos por parte de La Compañía para gastos, pues todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, beneficios, financieros, seguros, cotizaciones, honorarios y expensas salarios del personal a su La forma de pago será la estipulada en el Pliego de Cláusulas Administrativas, siendo de forma mensual por partes alícuotas del precio de una anualidad del contrato. El contratista emitirá mensualmente certificaciones parciales que el Contratista pudiera incurrir por relacionarán los trabajos realizados en dicho periodo, pudiendo estas coincidir con la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro factura mensual de la remuneración pactada parte proporcional a una anualidad del precio del contrato. Cada certificación deberá ir acompañada de una ficha de control en esta Cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. (Alternativa 2) Cuando resulte indispensable incurrir en gastos de (i) transporte urbano o interurbano, manutención y hospedaje, La Compañía podrá, a su elección, asumirlos directamente, proveer de fondos al Contratista para que éste los asuma o solicitarle a éste que los asuma directamente, para que le sean reembolsados por La Compañía. Dichos gastos deberán ser aprobados por La Compañía de manera expresa y antes de la que se incurra en ellos; detallen para el efecto. Los gastos cada edificio o Centro, aquellos trabajos de transporte urbano los de frecuencia mensual, trimestral, semestral o interurbanosuperior, manutención y hospedaje se reconocerán única y exclusivamente a las tarifas y en las formas señaladas que hayan sido realizados en el reglamento interno de gastos de viajes de La Compañíames correspondiente. Las certificaciones y facturas mensuales serán comprobadas por el Responsable del Servicio, los cuales declara conocer y aceptar el Contratista, así como declara aceptar cambios que estos puedan sufrir de tiempo en tiempo, de sin cuya conformidad con no se tramitarán las políticas generales de aquellafacturas correspondientes. El Contratista dará cumplimiento a su encargo sin que pueda solicitar o reclamar fondos por parte de La Compañía para gastos diferentes contratista tendrá derecho al abono del precio del contrato, con arreglo a los indicados anteriormente y con el límite indicadoprecios convenidos, pues todos los demás gastos y expensas en que el Contratista pudiera incurrir por la ejecución del presente Contrato se consideran comprendidos dentro de la remuneración pactada en esta cláusula. Por consiguiente, La Compañía no estará obligada a pagar o reembolsar suma alguna por concepto de otros gastos o expensas. Para el reembolso respecto de los gastos autorizadostrabajos que realmente ejecute con sujeción al mismo y a sus modificaciones, el Contratista deberá presentar una cuenta de cobrosi las hubiere. El precio del contrato será abonado al contratista por mensualidades vencidas, acompañada previa presentación de las facturas y documentación correspondientes al Responsable del contrato, que acredite tras su comprobación deberá, si procede, conformar las erogaciones correspondientesmismas. Las facturas conformadas serán el medio de constatación de la correcta ejecución de las prestaciones realizadas por el contratista. En el supuesto de que, excepcionalmente, y por causas no imputables al adjudicatario, debidamente justificadas y apreciadas por el Responsable del Contrato y el/la Director/a del Centro correspondiente, no fuera posible la sustitución inmediata de un trabajador o la contratación del personal exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el pago se efectuará por las prestaciones efectivamente realizadas, debiendo efectuarse la deducción que corresponda a los casos en que La Compañía entregue al Contratista dineros para costear los gastos, éste deberá entregar un reporte detallado de gastos acompañado de las facturas y documentación correspondientes. En todo caso, las facturas deberán haberse expedido a nombre del Contratista menos que el régimen fiscal aplicable autorice u ordene algo diferente. La obligación de La Compañía de efectuar los rembolsos pactados queda sujeta la condición de que el Contratista presente, en las oficinas de (Dirección de la empresa contratante), la respectiva factura y demás documentos establecidos para el efecto, dirigida a La Compañía. Los pagos se podrán realizar por conducto de una entidad financieraservicios no prestados.

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement