Common use of PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA Clause in Contracts

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obra.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Obras Por El Procedimiento De Licitación Abierto Y La Forma De Adjudicación Mediante La Valoración De Pluralidad De Criterios, www5.gipuzkoa.net, www5.gipuzkoa.net

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones al objeto del contrato, en la forma que se especifica más adelante, las personas naturales físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan extranjeras, con plena capacidad de obrar, obrar que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificaciónprofesional o, en su caso, la clasificación y cuya finalidad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de la persona jurídica dominantesus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, siempre y cuando éste se acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrándebidamente, y dispongan, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad una organización con el art. 48 de elementos personales y materiales suficientes para la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven debida ejecución del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume por parte de quien vaya a licitar la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego pliego, de las especificaciones y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obraprestación. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresa y quien licite individualmente no podrá suscribir propuesta en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes y ofertas suscritas. El expediente de contratación así como la documentación técnica unida al mismo podrá ser examinado en la Secretaría del Ayuntamiento de Gordexola de 09:00 horas a 14:00 horas de lunes a viernes a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Las proposiciones habrán de ser entregadas dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio de licitación -quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el XXX- en las oficinas de Secretaría del Ayuntamiento de Gordexola, sito en la Plaza Xxxxxxx nº 1, en horario de 09:00 a 14:00 horas, o a través de los procedimientos indicados en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (por correo). En Correos u otros Registros públicos (artículo 38.4 de la LRJPAC), se presentarán, dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio de licitación, según su horario de apertura al público. En el caso de que envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Ayuntamiento de Gordexola la remisión de la oferta mediante telefax, fax (000 00 00 00) o telegrama en el mismo día. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, la documentación no será admitida si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Igualmente, deberá procederse en caso de que se presentase en otro registro público al amparo del artículo 38.4 de la LRJPAC. Las ofertas se presentarán en tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación que luego se especifica (que deberá estar relacionada en hoja independiente), identificados en su exterior con los siguientes títulos: Sobre A: Documentación administrativa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rigen La Contratación

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo estará de manifiesto en las oficinas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, de 8:30 a 14:30 horas, todos los días hábiles a partir de la fecha de envío del anuncio del contrato al Diario Oficial de la Unión Europea y hasta el vencimiento del plazo para la presentación de proposiciones. Empresas licitadoras.- Podrán Asimismo, dicha documentación estará disponible en el perfil de contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano (www.amorebieta- xxxxxx.xxx). Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx-Etxano, en el mismo horario arriba señalado y dentro del plazo de 40 días naturales contados desde la fecha de envío del anuncio del contrato al Diario Oficial de la Unión Europea. Si el último día de presentación de ofertas fuera sábado o inhábil, se prorrogará hasta el lunes o el día hábil siguiente respectivamente. Esta licitación se anunciará asimismo en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar en el siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por FAX, o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos 7 días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. Las empresas licitadoras deberán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicastres sobres cerrados ( A, españolas o extranjeras B y C), en cada uno de los cuales figurará la inscripción: “ PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX-ETXANO Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS”. Se deberá presentar un sobre B y un sobre C independientes por cada lote al que tengan plena capacidad se opte. El sobre "A", subtitulado "CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR", y contendrá la Declaración Responsable de obraracuerdo con el modelo que se acompaña como Anexo III, que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por sustituirá a la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación aportación inicial de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, documentación prevista en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 48 artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen A la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económicaDeclaración Responsable, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obra.le acompañarán:

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PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.11. Empresas licitadoras.- licitadoras.‐ Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 48 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la AdministraciónSTTZ, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obra.

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PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones al objeto del contrato , en la forma que se especifica más adelante, las personas naturales físicas o jurídicasjurídicas , españolas o extranjeras que tengan , con plena capacidad de obrar, obrar que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera profesional y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad cuya finalidad tenga relación directa con el art. 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia objeto del contrato ha según resulte de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñadoacredite debidamente. La presentación de proposiciones presume por parte de quien vaya a licitar la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego pliego, de las especificaciones y del resto de los documentos contractualescontractuales , sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación contratación. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresa y quien licite individualmente no podrá suscribir propuesta en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes y ofertas suscritas. La documentación para la licitación se presentará en las oficinas de Secretaría del Ayuntamiento los lunes de 9 a 11 horas y los jueves de 12 a 14 horas sitas en la Xxxxx Xx Xxxxxx, xx 0 xx Xxxxx Xxxxx xxx Xxx en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la obrapublicación del anuncio en la Plataforma de Contratación del Sector Público y se anunciará también en el perfil del contratante xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. Asimismo podrán presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Se considera procedente la presentación manual de proposiciones y la tramitación sin utilizar medios electrónicos al amparo de la Disposición Adicional decimoquinta de la LCSP y en base al perfil tipo de los posibles licitadores, ya que supondría una restricción importante a la participación. Cuando las proposiciones se envíen por correo , el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Xxxxxxx y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día , consignándose el número de expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por la Secretaría municipal . Sin la concurrencia de ambos requisitos , no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguiente a esa fecha sin que se haya recibido la documentación , ésta no será admitida. Las proposiciones serán secretas y se dirigirán al Sr.Alcalde del Ayuntamiento , constará de DOS SOBRES , en el que figurará el nombre del proponente y la siguiente inscripción “Proposición para tomar parte en la contratación por procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, de la gestión y explotación del Bar Restaurante ” . Las ofertas se presentarán en dos sobres cerrados(A y B) , con la documentación que luego se especifica identificados en su exterior con los siguientes títulos. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre , se incluirán los siguientes documentos:

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Arrendamiento De Bar Restaurante Con Uso De Vivienda en La Primera

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1a) Las proposiciones se presentarán en la forma, lugar y plazo que se indiquen en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial correspondiente y en el perfil de contratante, debiendo presentarse íntegramente redactadas en castellano. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas La documentación redactada en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente clasificación, en traducción oficial al castellano. Su presentación por el licitador implicará su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional incondicionada de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obra. Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Dicho plazo quedará ampliado en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 relativo a las ofertas con valores anormales o desproporcionados. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 d) del TRLCSP, conllevando a su vez la incautación de la garantía provisional conforme al artículo 103, si ésta hubiera sido exigida. Podrán participar en la presente licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, con plena capacidad de obrar, que no estén incursos en ninguna prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito éste último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos que con arreglo al TRLCSP sea exigible, y se encuentren las prestaciones objeto de la presente contratación entre sus fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas participantes han de estar inscritas en el Registro General Sanitario de Alimentos. La falta de capacidad de obras o de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, debidamente acreditada, del adjudicatario, o estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP será causa de nulidad. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica y profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución del contrato. No podrán concurrir a la licitación, empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre competencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, tales como las empresas adjudicatarias de los contratos de redacción del proyecto, dirección facultativa, vigilancia, supervisión y/o control de las obras que son objeto de licitación. Tampoco podrán concurrir las empresas a éstas vinculadas en el sentido en que son definidas en el artículo 42 del Código de Comercio, ni las empresas colaboradoras de los adjudicatarios de estos contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP y en el Anexo I del presente pliego. La presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, podrá subsistir la oferta que determine de común acuerdo las citadas empresas. Los interesados presentarán sus proposiciones en el plazo que se indique en el anuncio de la convocatoria (dentro de los 8 días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el BOPA), de 9:00 a 14:00 horas, en la Sección de Contratación, o remitidas a ella por los medios establecidos en el artículo 80 del RGCAP que se establece en la presente cláusula. En caso de presentación de ofertas en sábado, no se practicará la compulsa de documentación , que se aplazará o subsanará, en su caso, posteriormente. En caso de presentación de ofertas en sábado, las proposiciones se presentarán en el Registro Municipal, en horario de 9:30 a 13:30 horas. No se admitirá la presentación de proposiciones, por teléfono, telefax, medios electrónica, información o telemáticos. Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados, para garantizar el secreto de su contenido, denominados, “A”, “B” y “C”, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. Igualmente figurará dirección, teléfono y fax, así como, en su caso, indicación expresa de que la documentación administrativa figura ya en el Ayuntamiento, indicando a tal efecto el expediente en el que se encuentra, y que no ha sufrido variación, manteniendo su vigencia. Esta opción tan sólo se podrá utilizar cuando la remisión haga referencia a un único expediente que obre en el Ayuntamiento con una antigüedad no superior a un año en que se encuentre la documentación, de manera que si al expediente al que se remite, a su vez remite a otro, no se admitirá. A modo de ejemplo , en cada uno de los sobres figurará: Número de expediente: .......................................................... Objeto de contratación............................................................. Empresa proponente:.............................................................. CIF:.......................................................................................... Dirección a efectos de notificaciones....................................... .................................................................................................. ( Teléfono/fax) En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. El sobre “A” incluirá la documentación administrativa que se relaciona en los Anexos I, II y IV a estos Pliegos En el sobre “B” los documentos acreditativos de los criterios no evaluables a través de meras fórmulas matemáticas. En el sobre “C” los documentos acreditativos de los criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas, entre los que se encuentra el precio, que deberá presentarse conforme al modelo que figura en el Anexo III de estos Pliegos, debiendo presentarse una única proposición por licitador. Las ofertas que excedan de cualquiera de los precios unitarios formulados por la Administración serán rechazadas. La documentación exigida podrá presentarla el licitador mediante documentos originales o copias de los mismos debidamente autenticadas, bien por fedatario público o bien por la Administración contratante, en cuyo caso deberán ser presentadas en la Sección de Contratación con una antelación mínima de 48 horas al fin del plazo de presentación de proposiciones. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición ni suscribir propuesta en unión temporal, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas. Cuando la documentación se envíe por correo se estará a lo dispuesto en el artículo 80.4 del Real Decreto 1098/2001 esto es, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos (Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A.) y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telegrama o fax. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. En todo caso no se admitirá ninguna oferta llegada por correo si no se recibiera dentro de los 10 días naturales a partir de la fecha límite de presentación. Cuando los pliegos y la documentación complementaria no sea accesible en la forma expuesta, los interesados podrán solicitar su envío, en la forma prevista por el artículo 158 del TRLCSP, debiendo la Administración contratante facilitarla, al menos, seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de las proposiciones, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de ocho días respecto de aquella fecha.

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PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones al objeto del contrato, en la forma que se especifica más adelante, las personas naturales físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan extranjeras, con plena capacidad de obrar, obrar que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificaciónprofesional o, en su caso, la clasificación y cuya finalidad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de la persona jurídica dominantesus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, siempre y cuando éste se acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrándebidamente, y dispongan, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad una organización con el art. 48 de elementos personales y materiales suficientes para la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven debida ejecución del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume por parte de quien vaya a licitar la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego pliego, de las especificaciones y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obraprestación. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresa y quien licite individualmente no podrá suscribir propuesta en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes y ofertas suscritas. El expediente de contratación así como la documentación técnica unida al mismo podrá ser examinado en la Secretaría del Ayuntamiento de Gordexola de 09:00 horas a 13:00 horas de lunes a viernes (laborales) a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Las proposiciones habrán de ser entregadas dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio de licitación en las oficinas de Secretaría del Ayuntamiento de Gordexola, sito en la Plaza Xxxxxxx nº 1, en horario de 09:00 a 13:00 horas, o a través de los procedimientos indicados en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (por correo). En Correos u otros Registros públicos (artículo 38.4 de la LRJPAC), se presentarán, dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio de licitación, según su horario de apertura al público. En el caso de que envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Ayuntamiento de Gordexola la remisión de la oferta mediante telefax, fax (000 00 00 00) o telegrama en el mismo día. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, la documentación no será admitida si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Igualmente, deberá procederse en caso de que se presentase en otro registro público al amparo del artículo 38.4 de la LRJPAC. Las ofertas se presentarán en tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación que luego se especifica (que deberá estar relacionada en hoja independiente), identificados en su exterior con los siguientes títulos: Sobre A: Documentación administrativa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rigen La Contratación

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- 16.1.- Normas generales.- Podrán presentar proposiciones en la licitación objeto del contrato y en la forma que se especifica más adelante, las personas naturales físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan extranjeras, con plena capacidad de obrar, obrar y que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesionalprofesional o, requisitos en su caso, la clasificación y cuya finalidad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de solvencia sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, y se acredite debidamente, y dispongan, así mismo, de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. No podrán concurrir a la licitación las empresas que serán sustituidos por hayan participado en la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificaciónelaboración, en su caso, de las especificaciones técnicas de la persona jurídica dominantepresente contratación, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente dicha participación pueda provocar restricciones a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al efecto de conformidad con el art. 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una resto de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñadolicitadoras. La presentación de proposiciones presume por parte de quien licita la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego con las especificaciones de su carátula, y del resto de los documentos contractuales, en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para esta contratación. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición (sin perjuicio de las variantes que en su caso autorice la contratación carátula) ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresas, y quien licite individualmente no podrá suscribir propuesta en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la obrano admisión de todas las ofertas suscritas en contravención a las mismas.

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PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones al objeto del contrato, en la forma que se especifica más adelante, las personas naturales físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan extranjeras, con plena capacidad de obrar, obrar que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificaciónprofesional o, en su caso, la clasificación y cuya finalidad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de la persona jurídica dominantesus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, siempre y cuando éste se acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrándebidamente, y dispongan, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad una organización con el art. 48 de elementos personales y materiales suficientes para la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven debida ejecución del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume por parte de quien vaya a licitar la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego pliego, de las especificaciones y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obraprestación. Cada licitador/a no podrá presentar más de una proposición ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresa y quien licite individualmente no podrá suscribir propuesta en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes y ofertas suscritas. El expediente de contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en la Secretaría de La Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones de 9:00 horas a 14:00 horas de lunes a viernes (laborales) a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Las proposiciones habrán de ser entregadas dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio de licitación en las oficinas de secretaría de La Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones, sita en Bº La Xxxxxxxxxx, nº 15 – Aranguren (Xxxxx), en horario de 9:00 a 14:00 horas, o a través de los procedimientos indicados en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (por correo). En correos u otros Registros públicos (artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), se presentarán, dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio de licitación, según su horario de apertura al público. En el caso de que envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar a La Mancomunidad de Municipios de Las Encartaciones la remisión de la oferta mediante telefax, fax (000000000) o telegrama en el mismo día. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por la Secretaria municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, la documentación no será admitida si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Igualmente, deberá procederse en caso de que se presentase en otro registro público al amparo del artículo 16 de la Ley 39/2015. Las ofertas se presentarán en tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación que luego se especifica (que deberá estar relacionada en hoja independiente), identificados en su exterior con los siguientes títulos: Sobre A: Documentación administrativa. Sobre B: Documentación técnica.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Rigen La Contratación

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad El expediente de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad algunaesta contratación, así como la declaración responsable documentación técnica unida al mismo estará de manifiesto en las oficinas del Ayuntamiento de Zierbena, de 9:00 a 13:00 horas, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia y hasta el vencimiento del plazo para la presentación de proposiciones. Las proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Zierbena, en el mismo horario arriba señalado y dentro del plazo de 15 días naturales contados desde la fecha de la exactitud publicación del anuncio del contrato en el Boletín Oficial de todos los datos presentados Bizkaia. Si el último día de presentación de ofertas fuera sábado o inhábil, se prorrogará hasta el lunes o el día hábil siguiente respectivamente. Esta licitación se anunciará, asimismo en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar en el siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxxxxx.xxx. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá justificar, con el resguardo correspondiente, la fecha y hora de que reúne todas imposición del envío en la Oficina de Correos y cada una anunciar al Registro del Ayuntamiento de Zierbena la remisión de la solicitud mediante telefax o telegrama en el mismo día, y siempre antes de las condiciones exigidas para 13:00. Sin la contratación concurrencia de estos requisitos o si la comunicación de la obra.remisión es recibida con posterioridad al transcurso del plazo de recepción de solicitudes, la solicitud no será admitida. Transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la solicitud, ésta no será admitida en ningún caso. En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición, debiendo estar los tres sobres también firmados. El sobre "A", subtitulado "CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR", contendrá los siguientes documentos:

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Intervencion Socio Comunitaria Con Infancia, Juventud

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo estará de manifiesto en las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su casooficinas del Organismo Autónomo Ametx, de la persona jurídica dominante9:00 horas a 14:00 horas, siempre todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios hasta el vencimiento del plazo para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de proposiciones. Las proposiciones se presentarán en el Registro del Organismo Autónomo Ametx, en el mismo horario arriba indicado y dentro del plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente a la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientesfecha de publicación del anuncio del contrato en el Boletín Oficial de Bizkaia. Si el último día de presentación de ofertas fuera sábado o inhábil, debiendo indicar se prorrogará hasta el lunes o el día hábil siguiente respectivamente. Esta licitación se anunciará, asimismo en documento privado los nombres y circunstancias el perfil de las empresas que la suscribancontratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar en el siguiente portal informático o página web: xxx.xxxxx.xxx. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la participación fecha de cada una imposición del envío en la Oficina de ellas Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por FAX, o Telegrama, la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes remisión de la Uniónproposición. Sólo Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscritolicitación. No obstante, cuando se admitan ofertas variantestranscurridos 7 días desde la terminación del plazo de presentación, quienes liciten podrán no será admitida ninguna proposición enviada por correo. Los licitadores deberán presentar más de una proposicióntres sobres cerrados ( A, conforme a los elementos B y condiciones que se determinen C), en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además uno de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume cuales figurará la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego inscripción: “ PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE ZORNOTZA ARETOA El sobre A, subtitulado "CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR", contendrá requisitos imprescindibles para poder licitar, y del resto de son los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obra.siguientes documentos:

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Gestión Del Cine Y Asistencia Tecnico Y General Del Zornotza Aretoa, Y Digitalización De La Sala

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar a) Las proposiciones las personas naturales o jurídicasse presentarán en la forma, españolas o extranjeras lugar y plazo que tengan plena capacidad se indiquen en el anuncio de obrar, que no estén incursas licitación publicado en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación Boletín Oficial de la solvencia económicaprovincia xx Xxxxxxx y en el perfil de contratante, financiera y técnica o profesional, o debiendo presentarse íntegramente redactadas en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente clasificación, traducción oficial al castellano. Los gastos de inserción del anuncio correspondiente en su caso, el Boletín Oficial de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a Provincia serán repercutidos al adjudicatario. Su presentación por el licitador implicará su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñado. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional incondicionada de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación del servicio. Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Dicho plazo quedará ampliado en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 relativo a las ofertas con valores anormales o desproporcionados. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 d) del TRLCSP, conllevando a su vez la incautación de la obragarantía provisional conforme al artículo 103, si ésta hubiera sido exigida. Los interesados podrán presentar ofertas en el plazo de los 15 días naturales siguientes al de la inserción de este anuncio en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxx de la Frontera. Lugar: Registro del Patronato Municipal de Cultura, situado en Plaza del Ayuntamiento número 1, segunda planta, en Secretaría delegada del Patronato. No se admitirá la presentación de proposiciones por teléfono, telefax, medios electrónicos o telemáticos. Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados, para garantizar el secreto de su contenido, denominados, “ A” , “ B” y “ C” , identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. Igualmente figurará dirección, teléfono, correo electrónico y fax, así como, en su caso, indicación expresa de que la documentación administrativa figura ya en el Patronato Municipal de Cultura “ Xxxxxxxx Xxxxxxxx” , indicando a tal efecto el expediente en el que se encuentra, y que no ha sufrido variación, manteniendo su vigencia. Esta opción tan sólo se podrá utilizar cuando la remisión haga referencia a un único expediente que obre en el Patronato Municipal de Cultura “ Xxxxxxxx Xxxxxxxx” con una antigüedad no superior a seis meses en que se encuentre la documentación, de manera que si al expediente al que se remite, a su vez remite a otro, no se admitirá. Número de expediente: ............................................................. Objeto de contratación.............................................................. Empresa proponente:................................................................ CIF:............................................................................................ Dirección a efectos de notificaciones....................................... (Teléfono/fax) ………………………………………………………………………… Fdo. ........................................................................................................ (Determinar el carácter con que firma la proposición) En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. En el sobre “ A” : DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, incluirá dicha documentación y que se relaciona en los Anexos I y II a estos Pliegos. En el sobre “ B” : PROPOSICIÓN TÉCNICA, los documentos acreditativos de los criterios no evaluables a través de meras fórmulas matemáticas. En el sobre “ C” : PROPOSICIÓN ECONÓMICA, los documentos acreditativos de los criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas, entre los que se encuentra el precio, que deberá presentarse conforme al modelo que figura en el Anexo III de estos Pliegos, debiendo presentarse una única proposición por licitador. Las ofertas que excedan del precio de licitación formulado por la Administración serán rechazadas. El oferente, al formular su propuesta económica, deberá contemplar el IVA en partida independiente. En aras xxx xxxxxxx de las proposiciones y de los principios de no discriminación y de igualdad de trato de los licitadores, especialmente, en orden a la valoración de los criterios que deben de servir de fundamento a la adjudicación del contrato, se prevé lo siguiente: La introducción de la “ oferta económica” , o de cualquier otro tipo de documento que permita deducir o conocer su importe dentro de los sobres A y/o B, dará lugar a la automática exclusión del procedimiento de adjudicación del licitador que incurra en dicha circunstancia. Igualmente, será excluido de la licitación el empresario que incluya dentro de los sobres A y/o B, cualquiera información o documentación que permita, en su caso, concluir o deducir la puntuación obtenida en algunos o en todos de los criterios evaluables mediante fórmulas aritméticas. La documentación exigida podrá presentarla el licitador mediante documentos originales o copias de los mismos debidamente autenticadas, bien por fedatario público o bien por la Administración contratante. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición ni suscribir propuesta en unión temporal, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas. Cuando la documentación se envíe por correo se estará a lo dispuesto en el artículo 80.4 del Real Decreto 1098/2001, esto es, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos (Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A.) y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telegrama o fax. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. En todo caso no se admitirá ninguna oferta llegada por correo si no se recibiera dentro de los 10 días naturales a partir de la fecha límite de presentación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Han De Regir en El Concurso Tramitado Mediante Procedimiento

PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 7.1. Empresas licitadoras.- Podrán presentar proposiciones al objeto del contrato, en la forma que se especifica más adelante, las personas naturales físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan extranjeras, con plena capacidad de obrar, obrar que no estén incursas en ninguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisitos de solvencia que serán sustituidos por la correspondiente clasificación en los casos que sea exigible. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificaciónprofesional (o, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre clasificación) y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad cuya finalidad tenga relación directa con el art. 48 de la Ley de Contratos del Sector Público. Cada una de las empresas que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación frente a la Administración, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales, y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas. El citado documento deberá estar firmado por quienes representen a de cada una de las empresas componentes de la Unión. Sólo en el caso de que el contrato sea adjudicado a la Unión Temporal se deberá formalizar la misma en escritura pública. No se podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros o figurar en más acredite debidamente, y dispongan, así mismo, de una unión temporal si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a organización con elementos personales y materiales suficientes para la no admisión de todas las que hubiera suscrito. No obstante, cuando se admitan ofertas variantes, quienes liciten podrán presentar más de una proposición, conforme a los elementos y condiciones que se determinen en el punto 11 de la carátula xxx xxxxxx. En tal caso, presentarán, junto con la proposición económica normal, las demás proposiciones que correspondan a las distintas soluciones que aporten, haciendo constar la justificación de cada una de ellas además de los datos exigidos en el modelo de proposición antes reseñadodebida ejecución del contrato. La presentación de proposiciones presume por parte de quien vaya a licitar la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de la obraprestación. Cada licitador/a no podrá presentar más de una proposición ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal de empresa y, quien licite individualmente no podrá suscribir propuesta en unión temporal con otros. La contravención de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes y ofertas suscritas en contravención a las mismas. El expediente de contratación así como la documentación técnica unida al mismo podrá ser examinado en la Secretaría del Ayuntamiento de Gordexola de 09:00 horas a 13:00 horas de lunes a viernes a partir del día de la invitación y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones. Aquéllos/as que estuviesen interesados/as en la obtención de copias de la documentación técnica, podrán solicitarlas en las oficinas municipales. Las proposiciones habrán de ser entregadas dentro del plazo de admisión señalado en la invitación en las oficinas de Secretaría del Ayuntamiento de Gordexola, sito en la Plaza Xxxxxxx nº 1, en horario de 09:00 a 13:00 horas, o a través de los procedimientos indicados en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (por correo). En Correos u otros Registros públicos (artículo 38.4 de la LRJPAC) se presentarán, dentro del plazo de admisión señalado en la invitación, según su horario de apertura al público. En el caso de que envíe su proposición por correo, deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Ayuntamiento de Gordexola la remisión de la oferta mediante telefax, fax (000 00 00 00) o telegrama en el mismo día. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, la documentación no será admitida si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Igualmente, deberá procederse en caso de que se presentase en otro registro público al amparo del artículo 38.4 de la LRJPAC. Las ofertas se presentarán en tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación que luego se especifica (que deberá estar relacionada en hoja independiente), identificados en su exterior con los siguientes títulos: Sobre A: Documentación administrativa.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Rigen La Contratación