PROGRAMA DE OBRA. Convenio de diferimiento.
PROGRAMA DE OBRA. XXXXXXXX, AVANCE DE OBRA Y ESTADO DE PAGO
PROGRAMA DE OBRA. Programa General de la Obra
PROGRAMA DE OBRA. Es la declaración, en forma gráfica, del modo en que el contratista se compromete a ejecutar el proyecto, representada en cantidades de obra en función del plazo del contrato.
PROGRAMA DE OBRA. Cualquier Programa de Obra entregado conforme a las disposiciones que se señalan en esta sección 7.2.10, deberá ser elaborado de conformidad con las Prácticas Prudentes de la Industria, utilizando el método xx xxxx crítica y expresado en un diagrama de actividades. Asimismo, deberá contener el detalle suficiente para permitir que el Representante del ISSSTE o cualquier persona que para tal efecto designe o el Supervisor de Obra, o ambos, según se trate, supervisen el avance de las Obras. El Programa de Obra inicial entregado previo a la firma del presente Contrato y que se adjunta al presente como Anexo 6 (Programa de Obra) y cualquier cambio en el mismo deberá cumplir con lo previsto en el Anexo 4 (Procedimiento de Revisión) de este Contrato. El Desarrollador deberá entregar al Representante del ISSSTE una copia de cualquier versión del Programa de Obra que sea modificado de conformidad con lo previsto en esta Cláusula y el Anexo 4 (Procedimiento de Revisión) de este Contrato. Si en cualquier momento, el Representante del ISSSTE, escuchando la opinión del Supervisor de Obra, determina que el progreso real de las Obras no cumple con lo previsto en el Programa de Obra, el Representante del ISSSTE podrá requerir al Desarrollador para que le entregue a este y al Supervisor de Obra, dentro de los 2 (dos) Días Hábiles siguientes a la fecha en que reciba la solicitud, un reporte identificando las razones del retraso. Adicionalmente, salvo que la causa de dicho retraso subsista y no sea posible determinar con certidumbre cuándo terminará, el ISSSTE podrá requerir al Desarrollador que entregue al Representante del ISSSTE y al Supervisor de Obra, dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a dicha solicitud, lo siguiente:
a) Un Programa de Obra actualizado a ser revisado de conformidad con el procedimiento señalado en el Anexo 4 (Procedimiento de Revisión) de este Contrato, en el que se identifique la forma y el tiempo en que se llevarán a cabo las Obras a fin de asegurar su terminación en la Fecha Programada de Terminación de Obra; y/o
PROGRAMA DE OBRA. 6.1 El programa detallado por concepto y ubicación de las obras la supervisión gerencial de obras lo recibirá y verificará que sea factible y aceptable desde el punto de vista de su realización física, que tome en cuenta la relación entre las diversas partes de las obras, sea congruente con los recursos asignados y cumpla con lo pactado en el contrato. En caso necesario solicitará a la ejecutora las modificaciones necesarias con el presupuesto correspondiente. Dándole seguimiento para informar a la contratista, a la (s) dependencia (s) ejecutora (s) y a la COMISIÓN de las desviaciones detectadas, proponiendo las acciones necesarias para ajustar las obras a los tiempos y montos pactados.
6.2- De la misma manera recibirá los programas detallados de mano de obra, materiales y de maquinaria y equipo registrando por semana el número y disponibilidad de los mismos, así como sus rendimientos, informará a la COMISIÓN de las desviaciones que se registren.
6.3- Para su consulta rápida elaborará y mantendrá actualizados los informes de obra correspondientes a los avances físicos y a los avances financieros.
PROGRAMA DE OBRA. Es la declaración, en forma gráfica, del modo en que el contratista se compromete a ejecutar el proyecto, representada en cantidades de obra en función del plazo establecido para la ejecución del proyecto. Este programa deberá elaborarse de acuerdo con los siguientes lineamientos: El programa deberá identificar todos los ítems (actividades) que componen la obra, mostrar su orden, secuencia y la interdependencia que exista entre ellos. Adicionalmente, el programa deberá incluir el reconocimiento de aquellos procesos de adquisición, traslado, montaje o fabricación o producción de materiales o equipos que sean críticos para el desarrollo de los trabajos, así como también el período de construcción de las obras provisionales (en caso que aplique). Así mismo, para la preparación de su programa, el contratista deberá tener en cuenta las especificaciones técnicas generales y particulares establecidas para la obra, las estadísticas y registros históricos sobre las condiciones climáticas, geotécnicas y topográficas de la región, las condiciones de producción y adquisición de materiales y la obtención de los permisos o autorizaciones que se requieran para el cruce de infraestructura y los predios si son necesarios. Igualmente, deberá tener presente las acciones a realizar con la comunidad para adelantar proyectos de manejo ambiental previa, durante y posterior a la ejecución de las obras. En especial, deberá programar su secuencia de acuerdo con la interrelación que exista entre las diferentes actividades. La obtención de los permisos, autorizaciones, licencias, servidumbres y concesiones por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, así como los sitios de disposición de sobrantes, estarán bajo la responsabilidad del contratista y son requisitos indispensables para que en calidad de constructor pueda iniciar las obras. El tiempo que su obtención conlleve deberá considerarse dentro de la programación. Las demoras en la obtención de estos permisos no serán causa válida para justificar atrasos o incumplimientos.
PROGRAMA DE OBRA. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la firma del Contrato o la emisión de la Nota de Pedido, según corresponda, el Contratista entregará al Comitente el Programa de Obra detallado, con la planificación y programación de la totalidad de los trabajos, en la forma y según las especificaciones requeridas en la Nota de Pedido. La aprobación por parte del Comitente del Programa de Obra no eximirá al Contratista de cualquier otra obligación dispuesta según la Nota de Xxxxxx. No se realizará ninguna modificación al Programa de Obra contractual sin una aprobación previa por escrito por parte del Comitente. El plazo de ejecución comenzará a contar a partir de la Nota de Xxxxxx y/o del Contrato, según corresponda. El incumplimiento del plazo señalado estará sujeto a las multas establecidas en la Cláusula 12 de las Condiciones Generales.
PROGRAMA DE OBRA. Es la representación en forma gráfica del modo en que el Contratista se compromete a ejecutar el Contrato. El programa de obra considera el desarrollo de la metodología y enfoque a dar por el Contratista para la ejecución del objeto del Contrato, incluyendo de manera específica actividades de obra, secuencias, relaciones entre ellas, recursos y duraciones. Dentro de la programación de obra se debe garantizar y reflejar el trabajo para el equipo mínimo exigido y del equipo que considere necesario el contratista para efectuar dentro del plazo establecido la obra en su totalidad. La duración total del Programa de obra no podrá ser superior al plazo del Contrato. Se debe presentar una programación en donde se refleje los frentes de obra para la intervención del tramo vial, además de una programación que incluya toda la obra a ejecutar. De igual forma se debe realizar los flujos de inversión. El Contratista debe elaborar el Programa de obra de acuerdo con los lineamientos que a continuación se señalan:
a) Alcance
b) Método y presentación
1. Nombre de la actividad
2. Unidad de medida
3. Duración estimada
4. Inicio temprano
5. Final temprano
6. Inicio tardío
7. Final tardío
8. Holgura total
9. Precedencias o restricciones
10. Recursos asignados por actividad
11. Costos asignados a la actividad
PROGRAMA DE OBRA. Los archivos antes mencionados, no sustituyen a los formatos antes mencionados en la propuesta técnica y económica. En caso de encontrar deficiencias técnicas en la información proporcionada, LA DEPENDENCIA requerirá información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones. LA CONVOCANTE hará constar durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, cuales contienen la documentación solicitada en la presente convocatoria a la licitación. “LA CONVOCANTE”, sin perjuicio de la aceptación de los documentos y que los reciba para su evaluación, podrá desechar aquella proposición que: 1.-Presenten incompleta u omitan cualquier documento requerido en la convocatoria a la licitación o que los documentos no contengan la información solicitada. 2.-Incumpla las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por LA CONVOCANTE. 3.-Se acredite que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa.