PRÓTESIS Cláusulas de Ejemplo

PRÓTESIS. Pieza o dispositivo que reemplaza a un órgano, miembro y que tiene la finalidad de adoptar de forma total o parcial la funcionalidad del órgano ó miembro original.
PRÓTESIS. Todo elemento que tiene por objeto reemplazar temporal o permanentemente la falta de un órgano o parte de él, y es de naturaleza artificial (total o parcial).
PRÓTESIS. Los gastos que resulten de aparatos ortopédicos ó prótesis serán cubiertos por MAPFRE, siempre y cuando se requieran durante la vigencia del seguro como consecuencia de un padecimiento cubierto: En el caso de reposición de prótesis vitales estará cubierto siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: • MAPFRE hubiere pagado la primera prótesis, a consecuencia de un padecimiento amparado. • Xxxxx transcurrido por lo menos 5 años desde la última implantación. • La prótesis a reponer se considere como vital. La reposición de prótesis no vitales, estará cubierta siempre que se cumplan los siguientes requisitos: • MAPFRE hubiere pagado la primera prótesis, a consecuencia de un padecimiento amparado. • Xxxxx transcurrido por lo menos 2 años desde la última implantación. El costo de los aparatos ortopédicos ó prótesis estará limitado a $ 300,000 pesos (trecientos mil pesos 00/100 m.n.) y en caso de enfermedad se aplicará un incremento de 20 puntos porcentuales al coaseguro contratado, sin tope del mismo, para ambos incisos. Los gastos por lentes de cualquier tipo, armazones, dentaduras o piezas dentales no se consideran como prótesis.
PRÓTESIS. Es todo elemento, de cualquier naturaleza, que reemplaza temporal o permanentemente la ausencia de un órgano, miembro o parte de alguno de éstos. Comprende exclusivamente, previa prescripción escrita de un médico especialista del Cuadro y realizado por los servicios que el Asegurador designe, las prótesis y material implantable expresamente indicados a continuación: Lente intraocular monofocal utilizada para la cirugía de cataratas Prótesis de cadera, rodilla, y de otras articulaciones; material necesario para la fijación de columna; disco intervertebral; material de interposición intervertebral (o interespinosas); material necesario para vertebroplastia-cifoplastia; material osteo-ligamentoso biológico obtenido de bancos de tejidos nacionales; material de osteosíntesis. xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx Stent, by-pass periférico o coronario, medicalizado o no medicalizado, con exclusión de los empleados en aorta en cualquiera de sus tramos y en los conductos valvulados; válvulas cardíacas con exclusión de los conductos valvulados; marcapasos; coils y/o materiales de embolización. Reservorios. Mallas abdominales; sistemas de suspensión urológica; sistemas de derivación de líquido cefalorraquídeo (hidrocefalia); prótesis de mama y expansores, exclusivamente en la mama afectada tras mastectomía radical cubierta durante el periodo de vigencia de la póliza. Tendrá consideración de servicio de carácter avanzado a efectos de la participación del asegurado en su coste.
PRÓTESIS. Gastos erogados que resulten de aparatos ortopédicos ó prótesis serán cubiertos por MAPFRE, siempre y cuando se requieran durante la vigencia del seguro como consecuencia de un padecimiento cubierto. a) En el caso de reposición de prótesis vitales estará cubierto siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: • MAPFRE hubiere pagado la primera prótesis, a consecuencia de un padecimiento cubierto. • Xxxxx transcurrido por lo menos 5 años desde la última implantación. • La prótesis a reponer se considere como vital. b) La reposición de prótesis no vitales estará cubierta siempre que se cumplan los siguientes requisitos: • MAPFRE hubiere pagado la primera prótesis, a consecuencia de un padecimiento cubierto. • Xxxxx transcurrido por lo menos 2 años desde la última implantación. El costo de los aparatos ortopédicos ó prótesis estará limitado a $300,000 pesos (treciento mil pesos 00/100 M.N.) y en caso de enfermedad se aplicará un incremento de 20 puntos porcentuales al coaseguro contratado, sin tope del mismo, para ambos incisos.
PRÓTESIS. El personal fijo o contratado con más de un año de contratación de manera ininterrumpida, que por prescripción facultativa y previa presentación del justificante de la receta del facultativo correspondiente y factura detallada, percibirá por parte de Aguas del Huesna, el 60% de los gastos que ocasionen las prótesis indicadas por el mismo, y hasta un tope máximo de 182,09 €, limitándose a una prótesis de igual tipo al año, quedando exentas de tal limitación las prótesis dentales. En casos muy excepcionales, y siempre que exista relación con la prestación de los servicios, por la Comisión Paritaria se estudiará la posibilidad de conceder prótesis aun cuando se supere el límite establecido en el párrafo anterior.
PRÓTESIS. Es todo aquel dispositivo artificial destinado a reemplazar parcial o totalmente algún órgano o miembro del cuerpo humano, imitando o supliendo la función de dicho miembro u órgano reemplazado.
PRÓTESIS. Quedan cubiertas cualquier tipo de prótesis internas fijas de carácter temporal o definitivo: válvulas cardiacas, by-pass vascular, marcapasos, stent, prótesis de cadera, material de osteosíntesis, resto de prótesis internas fijas, lentes intraoculares y prótesis mamarias post mastectomía de origen neoplástico, siempre y cuando se haya producido la mastectomía durante el periodo de vigencia de la póliza.
PRÓTESIS. Dispositivo ortopédico aplicado de forma externa, usado para reemplazo total o en parte de una extremidad ausente o deficiente.
PRÓTESIS. La cantidad máxima a reembolsar será de 4.500 € por Asegurado y anualidad de seguro.