Principios éticos Cláusulas de Ejemplo

Principios éticos. El Proveedor declara, garantiza y se compromete a:
Principios éticos. 1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.
Principios éticos. 1.6.1 La actuación de las empresas debe regirse, irrestricta y permanentemente, por todos y cada uno de los principios del “Código de Conducta de YPFB TRANSPORTE S.A.”. Mediante la presentación de una Propuesta en respuesta a la presente convocatoria, el Proponente reconoce que tiene conocimiento, ha tenido acceso, tiene en su poder y ha aceptado el contenido de dicho documento. A todo efecto, se adjunta el mismo como Anexo 1.
Principios éticos. 16.1 Cepsa se adhirió al Pacto Mundial de Naciones Unidas en 2005, por lo que tanto Cepsa como su Grupo de Empresas aceptan el cumplimiento de sus Diez Principios consultables en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Principios éticos. ✓ LEALTAD: Somos fieles a los intereses de FINAGRO y los asumimos como propios. ✓ TRANSPARENCIA: Obramos con integridad y revelamos de forma clara, precisa y completa la información sobre las políticas, decisiones, actividades y manejo de los recursos de FINAGRO y los que nos han sido entregados para su administración. ✓ HONESTIDAD: Actuamos con rectitud, honradez y equidad, asumiendo nuestra responsabilidad.
Principios éticos. Declara el Consultor que conoce los valores éticos y principios institucionales que prevalecen en el BCIE, en el marco del Código de Ética, disponible en la Página Web del BCIE, y en consecuencia se obliga a su observancia y cumplimiento sin ninguna restricción; cualquier incumplimiento de dicha norma dará derecho al Banco a dar por terminado anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad alguna de su parte, sin perjuicio de las acciones penales y civiles que sean pertinentes.
Principios éticos. El Proveedor declara, garantiza y se compromete a: o El Proveedor está debidamente constituido de acuerdo con las leyes que le resultan de aplicación y tiene capacidad legal necesaria para suscribir el Contrato y cumplir con sus obligaciones derivadas del mismo. o El Proveedor cumple actualmente y cumplirá en el futuro con la legislación aplicable al cumplimiento del Contrato, incluidas las leyes anti-corrupción. o El Proveedor mantendrá en vigor todas las licencias y autorizaciones requeridas para el cumplimiento del Contrato o El Proveedor acuerda cooperar en la obtención, recopilación y mantenimiento de la información que, estando en su posesión o bajo su control, pueda ser requerida por ATLAS en virtud de compromisos legales o contractuales. o Xxxxxx consejero, directivo, empleado o representante del Proveedor, ni ahora, ni durante la relación contractual, tiene, a juicio de ATLAS, ningún interés personal o negocial que pudiera suponer un conflicto de intereses actual, potencial o aparente para el cumplimiento del Contrato. Los conflictos de intereses incluyen, con carácter enunciativo y no limitativo: (i) la realización por el Proveedor y en cualquier momento de la relación contractual, de regalos o pagos, ya sea directa o indirectamente, a un empleado de ATLAS; (ii) la participación de un empleado actual de ATLAS como directivo, consejero, asesor, consultor, representante o empleado del Proveedor; o (iii) la no comunicación escrita por parte del Proveedor a ATLAS con carácter previo a la ejecución del Contrato, de cualquier relación (personal, negocial, o de cualquier otro tipo) de un directivo, consejero, empleado, entidad legal, relacionada o representante del Proveedor con un empleado de ATLAS.
Principios éticos. La actuación de las empresas debe regirse, irrestricta y permanentemente, por todos y cada uno de los principios del “Código de Conducta de YPFB Corporación”. Mediante la presentación de una Propuesta en respuesta a la presente convocatoria, el Proponente reconoce que tiene conocimiento, ha tenido acceso, tiene en su poder y ha aceptado el contenido de dicho documento. A todo efecto, se adjunta el mismo como Anexo CC-YPFB. Los invitados y proponentes se comprometen a observar los más altos niveles éticos y denunciar a Chaco Energías S.A. todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un Orden De Servicio. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica coercitiva; y (d) práctica colusoria. Por esta razón, Chaco Energías S.A. también adoptará medidas en caso de hechos o denuncias similares relacionadas con supuestos actos de fraude y corrupción. Los potenciales proponentes reconocen, que la información entregada en esta convocatoria es estrictamente confidencial, por lo que no podrán hacer ninguna declaración o anuncio publicitario en conexión con el objeto de la presente convocatoria y no podrán divulgar, usar, copiar, facilitar o poner a disposición de terceros los datos, informes, diagramas, tablas, planos, comunicaciones desarrolladas a lo largo del proceso, opiniones, procesos, formas de operar en Chaco Energías S.A. o cualquier otra información en general puesta en conocimiento de los potenciales Proponentes sea en copia dura o electrónica, medio magnético, correo electrónico u otros en relación al presente proceso. Cualquier indicio de uso o revelación no autorizada de esta información será motivo suficiente para considerar la descalificación del Proponente o, en su caso, la cancelación de la Notificación de Adjudicación y/o Orden de Compra, reservándose Chaco Energías S.A. el derecho de demandar al infractor y los a que resultaren, sea por dolo o culpa, copartícipes materiales y/o intelectuales del daño ocasionado. Chaco Energías S.A. no tiene obligación de hacer públicas las actuaciones en ninguna etapa del presente proceso ni de prestar aclaraciones o explicaciones al respecto. Chaco Energías S.A. no mantiene relación de exclusividad con ninguna empresa de servicio de provisión de personal xxx xxxxxxx. La sola presentación de la Pr...
Principios éticos. 1.6.1 La actuación de las empresas invitadas debe regirse, irrestricta y permanentemente, por todos y cada uno de los principios del “Código de Conducta de YPFB Corporación”. Mediante la presentación de una Propuesta en respuesta a la presente Invitación, el Proponente reconoce que tiene conocimiento, ha tenido acceso, tiene en su poder y ha aceptado el contenido de dicho documento. A todo efecto, se adjunta el mismo como Anexo 1.
Principios éticos. 1.6.1 La actuación de las empresas invitadas debe regirse, irrestricta y permanentemente, por todos y cada uno de los principios éticos insertos en la “Política de Desarrollo Sostenible de GTB”. Mediante la presentación de una Propuesta en respuesta a la presente Invitación, el Proponente reconoce que tiene conocimiento, ha tenido acceso, tiene en su poder y ha aceptado el contenido de dicho documento. A todo efecto, se adjunta el mismo como Anexo 1.