Principios éticos Cláusulas de Ejemplo

Principios éticos. 1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico. PUESTO DE TRABAJO: Sello de Órgano 2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio. 3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos. 4. Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. NOMBRE: Ayuntamiento xx Xxxxxx 5. Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público. 6. No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: 71C65F31F98B07D72EF108A4014A83595A0B3CC8 personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 22002IDOC212614D7463BB8E4B8C 7. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas. 25/04/2022 8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización. 9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros. 10. Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomien...
Principios éticos. La actuación de las empresas debe regirse, irrestricta y permanentemente, por todos y cada uno de los principios del “Código de Conducta de YPFB Corporación”. Mediante la presentación de una Propuesta en respuesta a la presente convocatoria, el Proponente reconoce que tiene conocimiento, ha tenido acceso, tiene en su poder y ha aceptado el contenido de dicho documento. A todo efecto, se adjunta el mismo como Anexo CC-YPFB. Los invitados y proponentes se comprometen a observar los más altos niveles éticos y denunciar a Chaco Energías S.A. todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un Orden De Servicio. Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta; (c) práctica coercitiva; y (d) práctica colusoria. Por esta razón, Chaco Energías S.A. también adoptará medidas en caso de hechos o denuncias similares relacionadas con supuestos actos de fraude y corrupción. Los potenciales proponentes reconocen, que la información entregada en esta convocatoria es estrictamente confidencial, por lo que no podrán hacer ninguna declaración o anuncio publicitario en conexión con el objeto de la presente convocatoria y no podrán divulgar, usar, copiar, facilitar o poner a disposición de terceros los datos, informes, diagramas, tablas, planos, comunicaciones desarrolladas a lo largo del proceso, opiniones, procesos, formas de operar en Chaco Energías S.A. o cualquier otra información en general puesta en conocimiento de los potenciales Proponentes sea en copia dura o electrónica, medio magnético, correo electrónico u otros en relación al presente proceso. Cualquier indicio de uso o revelación no autorizada de esta información será motivo suficiente para considerar la descalificación del Proponente o, en su caso, la cancelación de la Notificación de Adjudicación y/o Orden de Compra, reservándose Chaco Energías S.A. el derecho de demandar al infractor y los a que resultaren, sea por dolo o culpa, copartícipes materiales y/o intelectuales del daño ocasionado. Chaco Energías S.A. no tiene obligación de hacer públicas las actuaciones en ninguna etapa del presente proceso ni de prestar aclaraciones o explicaciones al respecto. Chaco Energías S.A. no mantiene relación de exclusividad con ninguna empresa de servicio de provisión de personal xxx xxxxxxx. La sola presentación de la Pr...
Principios éticos. El Proveedor declara, garantiza y se compromete a: a) General i. El Proveedor está debidamente constituido de acuerdo con las leyes del país de su domicilio y tiene la capacidad legal necesaria para suscribir el Contrato y cumplir con sus obligaciones derivadas de la misma. ii. El Proveedor cumple actualmente y cumplirá en el futuro con la legislación aplicable al cumplimiento del Contrato, incluidas las leyes anti- corrupción. iii. El Proveedor mantendrá en vigor todas las licencias y autorizaciones requeridas para el cumplimiento del Contrato. iv. El Proveedor acuerda asimismo cooperar en la obtención, recopilación y mantenimiento de la información que, estando en su posesión o bajo su control, pueda ser requerido por Iberdrola en virtud de compromisos legales o contractuales. v. Xxxxxx consejero, directivo, empleado o representante del Proveedor, ni ahora, ni durante la relación contractual, tiene, a juicio de Iberdrola, ningún interés personal o negocial que pudiera suponer un conflicto de intereses actual, potencial o aparente para el cumplimiento del Contrato. Los conflictos de intereses incluyen, con carácter enunciativo y no limitativo: (i) la realización por el Proveedor y en cualquier momento de la relación contractual, de regalos o pagos, ya sea directa o indirectamente, a un empleado actual de Iberdrola, sus filiales o matrices; (ii) la participación de un empleado actual de Iberdrola como directivo, consejero, asesor, consultor, representante o empleado del Proveedor; o (iii) la no comunicación escrita por parte del Proveedor a Iberdrola con carácter previo a la ejecución de Contrato de cualquier relación (ya sea personal, negocial o de cualquier otro tipo) de un directivo, consejero, empleado entidad legal relacionada o representante del Proveedor con un empleado de Iberdrola.
Principios éticos. El Proveedor declara, garantiza y se compromete a:
Principios éticos. ✓ LEALTAD: Somos fieles a los intereses de FINAGRO y los asumimos como propios. ✓ TRANSPARENCIA: Obramos con integridad y revelamos de forma clara, precisa y completa la información sobre las políticas, decisiones, actividades y manejo de los recursos de FINAGRO y los que nos han sido entregados para su administración. ✓ HONESTIDAD: Actuamos con rectitud, honradez y equidad, asumiendo nuestra responsabilidad.
Principios éticos. 1.6.1 La actuación de las empresas invitadas debe regirse, irrestricta y permanentemente, por todos y cada uno de los principios del “Código de Conducta de YPFB Corporación”. Mediante la presentación de una Propuesta en respuesta a la presente Invitación, el Proponente reconoce que tiene conocimiento, ha tenido acceso, tiene en su poder y ha aceptado el contenido de dicho documento. A todo efecto, se adjunta el mismo como Anexo 1. 1.6.2 Los Invitados y Proponentes se comprometen a observar los más altos niveles éticos y denunciar a GTB todo acto sospechoso de fraude o corrupción del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. 1.6.2.1 Los actos de fraude y corrupción están prohibidos. Fraude y corrupción comprenden actos de: (a) práctica corruptiva; (b) práctica fraudulenta;
Principios éticos. 16.1 Cepsa se adhirió al Pacto Mundial de Naciones Unidas en 2005, por lo que tanto Cepsa como su Grupo de Empresas aceptan el cumplimiento de sus Diez Principios consultables en: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx 16.2 Cepsa se reserva el derecho a rescindir la relación contractual con sus clientes que incumplan los Principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas y/o los Principios del Código de Ética y Conducta del Grupo Cepsa consultables en xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx/xxxxxxxx- corporativo/etica-cumplimiento , cuya finalidad principal es establecer los valores y principios éticos que han de regir la actuación del Grupo Cepsa y la de sus empleados 16.3 Los Clientes de Cepsa pueden gestionar la comunicación de incidencias y comunicación de irregularidades en el Canal de Integridad a su disposición en la web de Cepsa: xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xx/xxx/xxxxxxxx#xxx-xxxxx- etico-cepsa1 16.4 Cada Parte se compromete a adoptar una conducta adecuada para evitar incurrir en una situación que genere un conflicto de interés en relación con las actividades que van a llevarse a cabo y, en consecuencia, cada una de ellas se compromete a evitar situaciones en las que los consejeros, altos directivos, empleados y/o sus respectivos familiares obtengan una ventaja personal del presente Contrato.
Principios éticos. Declara el Consultor que conoce los valores éticos y principios institucionales que prevalecen en el BCIE, en el marco del Código de Ética, disponible en la Página Web del BCIE, y en consecuencia se obliga a su observancia y cumplimiento sin ninguna restricción; cualquier incumplimiento de dicha norma dará derecho al Banco a dar por terminado anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad alguna de su parte, sin perjuicio de las acciones penales y civiles que sean pertinentes.
Principios éticos. Cumplir éticamente los deberes encomendados como jurado, procurando siempre la observancia de los principios de igualdad, buena fe y dignidad humana consignados en la Constitución.
Principios éticos. En el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, son normas internas y creencias básicas sobre las formas correctas como deben relacionarse los servidores públicos distritales, entre ellos, con los usuarios y con el mundo, desde las cuales se establece el sistema de valores de la entidad.