Resolución y notificación de la adjudicación Cláusulas de Ejemplo

Resolución y notificación de la adjudicación. La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días naturales. La notificación y la publicidad a que se refiere el apartado anterior deberán contener la información a que se refiere el número 2 del artículo 151 LCSP. La notificación se realizará por los medios a que se refiere el apartado 12 del cuadro de características.
Resolución y notificación de la adjudicación. 1. La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
Resolución y notificación de la adjudicación. La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores por el medio de notificación fijado según el Anexo de Características xxx xxxxxx, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. La notificación y la publicidad deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación todo ello de conformidad con artículo 151 de la LCSP. Asimismo, se comunicarán a los candidatos y a los licitadores los extremos indicados en el artículo 155 de la LCSP.
Resolución y notificación de la adjudicación o La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. o La notificación y la publicidad deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, y entre ella en todo caso deberá figurar la siguiente
Resolución y notificación de la adjudicación. La adjudicación deberá efectuarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación y no podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren este Xxxxxx. Si como consecuencia del contenido de la resolución de un recurso especial del artículo 44 fuera preciso que el órgano de contratación acordase la adjudicación del contrato a otro licitador, se concederá a este un plazo xx xxxx días hábiles para que cumplimente los trámites que resulten oportunos. La resolución de adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, se publicará en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al apartado 3 del artículo 153 de la LCSP.
Resolución y notificación de la adjudicación. La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores por el medio de notificación fijado según el Apartado D del Anexo X xxx xxxxxx, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. La notificación y la publicidad deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, todo ello de conformidad con el art. 151 de la LCSP. Asimismo se comunicarán a los candidatos y a los licitadores los extremos indicados en el artículo 155 de la LCSP. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 80.000 euros que de acuerdo con el Apartado C del Anexo I de este pliego se tramiten de forma especialmente sumaria según el artículo 159.6 de la LCSP, las ofertas presentadas y la documentación relativa a la valoración de las mismas serán accesibles de forma abierta por medios informáticos sin restricción alguna desde el momento en que se notifique la adjudicación del contrato.
Resolución y notificación de la adjudicación. De conformidad con el artículo 151.1 de la LCSP 2017, la resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 155 LCSP 2017, la notificación y la publicada notificación de adjudicación deberá contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En la notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al apartado 3 del artículo 153 LCSP 2017.
Resolución y notificación de la adjudicación. La resolución de adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 155, la notificación y la publicidad a que se refiere el apartado anterior deberán contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación La notificación se realizará por medios electrónicos de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta. Transcurridos 15 días, cuando el único criterio a valorar sea el precio, o 2 meses, cuando sea por pluralidad de criterios, desde la apertura de las proposiciones sin que la Administración hubiese dictado adjudicación, y, salvo que en las bases del mismo se hubiese establecido un plazo mayor, podrán los licitadores que lo deseen retirar sus ofertas. Una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de los recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados, según establece el artículo 87.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. No obstante, si transcurridos otros tres meses más, la documentación no ha sido retirada por persona debidamente acreditada en nombre de la empresa, se podrá proceder a su destrucción.

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