RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. El contrato se entenderá suscrito a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Cualquier modificación, cuantitativa o cualitativa, de la normativa que regule el régimen urbanístico no dará derecho alguno a exigir indemnización. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario será, asimismo, responsable de los daños y perjuicios causados a terceros, al Ayuntamiento o al personal dependiente del mismo, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ellos se deriven, así como la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contratación laboral, seguridad e higiene en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
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Samples: Consulting Agreement, Service Agreement
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. 20.4.1 El contrato Adjudicatario quedará obligado a ejecutar los trabajos completos y adecuados a su fin, en la forma que se entenderá suscrito infiere en los presentes documentos. Una vez concluido el plazo de ejecución de los trabajos, más las prórrogas (si las hubiese), el Adjudicatario solicitará al contratante la inspección para la recepción provisoria del material y trabajos realizados.
20.4.2 Las observaciones o fallas que se detecten durante el control de los trabajos, serán subsanadas por el Adjudicatario dentro de los TRES (3) días corridos. Ello, a riesgo su xxxxx.
20.4.3 Deberá reparar a su exclusiva xxxxx, sin derecho a reembolso, compensación o resarcimiento de ninguna índole, todas las roturas que se originen a causa del trabajo que se realice, con materiales iguales en tipo, textura, apariencia y xxxxxxx calidad a satisfacción de la ARMADA ARGENTINA.
20.4.4 Se obliga a iniciar las tareas contratadas en la fecha indicada en el acta de inicio de trabajos. De no ocurrir así, el contratante queda en libertad para actuar de acuerdo a sus intereses, pudiendo resolver el presente contrato.
20.4.5 Al inicio de los trabajos y durante todo su desarrollo deberá establecer con el contratante, reuniones de coordinación a efectos de actualizar el plan de trabajo y aclarar superposiciones con otras tareas ajenas a su cometido. De cada reunión / informes de problemas para el desarrollo de su tarea, se labrarán actas diarias a efectos del seguimiento refrendado por el contratante.
20.4.6 Representante/Supervisor: a los efectos de la supervisión de los trabajos y de la evacuación de cualquier tipo de consulta que produjera la ARMADA ARGENTINA, deberá encontrarse en los lugares de trabajo durante todo el tiempo que dure la misma el Adjudicatario o un Representante/Supervisor directo permanente, debidamente habilitado que ejercerá su misma responsabilidad y autoridad en caso de ausencia del adjudicatario. Cualquier modificaciónAsimismo, cuantitativa o cualitativa, con respecto a las normas de calidad y a las especificaciones exigidas por la ARMADA ARGENTINA.
20.4.7 Los datos personales de dicho representante/supervisor serán informados SETENTA Y DOS (72) horas antes de la normativa que regule el régimen urbanístico no dará derecho alguno iniciación de las tareas objeto del contrato a exigir indemnizaciónla ESCUELA DE CIENCIAS DEL MAR Av. Antártida Argentina 425 C.A.B.A., por escrito, indicando las facultades delegadas. El contratista será responsable incumplimiento de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y lo antedicho determinará el no inicio de las prestaciones y servicios realizados, así como tareas o la suspensión momentánea de las consecuencias que se deduzcan mismas hasta su presentación, no computándose dicha demora como tiempos a favor del adjudicatario para la Administración o para terceros extender los plazos de entrega. El referido representante será designado x xxxxx del Adjudicatario.
20.4.8 Dentro de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas VEINTICUATRO (24) horas de recibida la orden de compra deberá solicitar en la ejecución División Higiene y Seguridad del contrato. El adjudicatario seráTrabajo del ESCUELA DE CIENCIAS DEL MAR, asimismo, responsable de los daños y perjuicios causados a terceros, al Ayuntamiento o al personal dependiente del mismo, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ellos se deriven, así como la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento copias de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contratación laboralseguridad para empresas contratistas. Asimismo, seguridad e higiene en será su responsabilidad el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización hacer tomar conocimiento de las prestaciones contratadas y mismas a la subsanación de los defectos observados con ocasión totalidad de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratadapersonal, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en así también el exigir su caso, a la recuperación del precio satisfechocumplimiento.
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Samples: Licitación Privada
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. El contrato se entenderá suscrito a riesgo 1. Gestionar y xxxxxxx del adjudicatarioobtener las autorizaciones correspondientes ante la Prefectura Nacional Naval, Dirección Nacional de Aduanas, DINAMA, y todas aquellas que le sean requeridas de acuerdo con la legislación vigente.
2. Cualquier modificación, cuantitativa Gestionar y obtener las autorizaciones correspondientes con el propietario y/o cualitativa, de la normativa que regule el régimen urbanístico no dará derecho alguno a exigir indemnización. El contratista será responsable de la calidad técnica usuario de los trabajos predios adyacentes al lugar donde se ubica el Dique, en el caso de que, la preparación para el traslado del Dique ANP sea accediendo por vía terrestre.
3. Serán responsabilidad del adjudicatario las tareas de preparación, traslados, retiro y toda otra actividad relacionada al cumplimiento del objeto del presente llamado.
4. Adoptar todas las medidas necesarias para evitar accidentes que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración puedan afectar a bienes o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados personal del Estado o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario será, asimismo, responsable de los daños y perjuicios causados a terceros, al Ayuntamiento o al personal dependiente del mismo, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo exclusivo riesgo y responsabilidad lo que pueda suceder en omisión de estas medidas.
5. Cumplir estrictamente con las disposiciones, ordenanzas y reglamentos en el ámbito nacional. Será por cuenta exclusiva el pago de multas y el resarcimiento de los perjuicios a bienes o intereses de terceros, si cometiera cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas y reglamentos.
6. Asumir su responsabilidad total y exclusiva de todas las indemnizaciones consecuencias inherentes al objeto del presente llamado o que involucre al personal por ellos se derivensu causa y de todas las responsabilidades y ulterioridades que emerjan de la ejecución de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presentes Bases ya sea sobre personas o bienes propios o de terceros.
7. Cumplir con todas las normas de seguridad sobre toda actividad que pudieses llegar a originar riesgo para el personal que ejecute la contratación.
8. Contratar y pagar durante todo el plazo de la contratación, el seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales a que hace referencia el Artículo 61º de la Ley Nº 16.074 de todo el personal afectado a los trabajos objeto del presente llamado. Por lo tanto, aceptará la responsabilidad total y exclusiva de todas las consecuencias que sufra el citado personal por su causa y de todas las responsabilidades y ulterioridades que emerjan de la omisión de cualquiera de las obligaciones establecidas en el apartado anterior.
9. Será responsable del cuidado de todos los materiales y equipos que disponga para el cumplimiento de los fines de la contratación, así como la contratación velar porque los mismos se mantengan debidamente identificados, en adecuadas condiciones de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contratación laboralhigiene, seguridad e higiene operacional y seguridad ambiental. Será también responsable por daños, pérdidas o averías que en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad ellos pudieran producirse.
10. Serán de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, cargo la realización de todas las prestaciones contratadas actividades, y el pago de todos los costos, de cualquier índole que se pudieren generar para la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación adquisición del precio satisfechodique.
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Samples: Pliego De Condiciones
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. No es de aplicaciones para la presente contratación.
43.9.1. El contrato adjudicatario / cocontratante quedará obligado a ejecutar los trabajos completos y adecuados a su fin, en la forma que se entenderá suscrito establece en este pliego y las Especificaciones Técnicas que lo integran como Anexo (indicar lo que corresponda). Una vez concluido el plazo de ejecución de los trabajos, el Adjudicatario solicitará a riesgo la ARMADA ARGENTINA su recepción provisoria y xxxxxxx dentro del plazo xx XXXX (10) días hábiles contados desde la fecha de producción de la última, estará facultado a solicitar a la ARMADA ARGENTINA su Recepción Definitiva / Conformidad de la Recepción.
43.9.2. El Adjudicatario / cocontratante deberá subsanar a su exclusiva xxxxx, las deficiencias, falencias de cualquier especie, que al solo juicio de la ARMADA ARGENTINA evidencien los trabajos efectuados conforme a la contratación que le fue adjudicada. Ello, durante el plazo de garantía técnica de meses (indicar lo que corresponda), computado desde la fecha de concreción de la Recepción Definitiva (Conformidad de la Recepción) por parte de la ARMADA ARGENTINA de la prestación que el adjudicatario / cocontratante cumplimentará, resultando suficiente a tal efecto, la notificación fehaciente que en relación a dichas deficiencias le realice la ARMADA al adjudicatario / cocontratante, requiriendo al último su subsanación. El plazo de… meses (mencionar lo que corresponda), correspondiente a la garantía técnica que se prevé en esta cláusula deberá ser expresamente ofrecido por el cotizante, al concretar su oferta, rubricada en la fecha de apertura del procedimiento de selección de cocontratantes al que se aplica este Pliego de Bases y Condiciones Particulares. La omisión de dicho recaudo esencial determinará la desestimación como inadmisible de la respectiva oferta (artículo 66. Inciso “x”, xxx Xxxxx al Decreto N° 1030/16).
43.9.3. Deberá reparar a su exclusiva xxxxx, sin derecho a reembolso, compensación o resarcimiento de ninguna índole, todas las roturas que se originen a causa de la prestación que ejecutará con motivo de la contratación adjudicada. Ello, con materiales iguales en tipo, textura, apariencia y calidad a los que conformen el bien de la ARMADA ARGENTINA efectivamente dañado y a entera satisfacción de la última.
43.9.4. Iniciará las tareas contratadas el día hábil siguiente a la fecha en que le sea entregada por la ARMADA ARGENTINA la respectiva orden de compra. De no ocurrir así, la ARMADA ARGENTINA rescindirá la contratación adjudicada -sin reclamo alguno-. La rescisión producirá sus efectos desde la fecha de su notificación fehaciente al adjudicatario-.
43.9.5. Al inicio de los trabajos y durante todo su desarrollo deberá establecer con la ARMADA ARGENTINA reuniones de coordinación a efectos de optimizar la ejecución de los trabajos contratados. De cada reunión se labrarán Actas a efectos del seguimiento de su ejecución. Dichas Actas se rubricarán por las Partes y formarán parte de la contratación adjudicada.
43.9.6. Representante Técnico del Adjudicatario: Al efecto de la supervisión de los trabajos y de la evacuación de cualquier tipo de explicación que requiera la ARMADA ARGENTINA respecto a su ejecución, deberá encontrarse presente en el lugar de trabajo durante todo el tiempo que dure su desarrollo un Representante Técnico del adjudicatario. Cualquier modificaciónEl citado Representante Técnico -contratado por el adjudicatario a su xxxxx- y habilitado a tal fin por el título profesional pertinente verificará permanentemente que la prestación contratada observe en su ejecución las Especificaciones Técnicas que integran la contratación adjudicada y, cuantitativa también, las reglas del arte. Los datos personales de dicho representante serán indicados por el respectivo oferente, con su cotización, en la fecha de apertura del procedimiento de selección de cocontratantes al que resulta aplicable este Pliego de Bases y Condiciones Generales, acompañando con su oferta, en la misma fecha, una copia autenticada por Escribano Público del título profesional que lo habilite y del documento de identidad que posea, e indicando, también, su domicilio y teléfono. La omisión en que incurra el respectivo cotizante al realizar su oferta -en la fecha de apertura-, al no designar al Representante Técnico mencionado, resultará sustancial, esencial y, en consecuencia, determinará la desestimación de la oferta presentada (artículo 66, inciso “x”, xxx Xxxxx al Decreto N° 1030/16).
43.9.7. Deberá observar y hacer observar al personal que contrate o cualitativaintegre la Empresa del adjudicatario / cocontratante para la ejecución de la prestación correspondiente a la contratación adjudicada, todas las normas de seguridad -o de cualquier otra especie-, vigentes en el lugar donde deba efectuarse la prestación cuando aquella se realice en un ámbito físico sujeto a la jurisdicción militar de la ARMADA ARGENTINA. Asimismo, el adjudicatario / cocontratante, estará obligado a cumplir y a hacer cumplir al personal precitado la Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, su similar Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo, su normativa reglamentaria y complementaria, como también, las Resoluciones que en la materia emitan, respectivamente, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y la Superintendencia de Riesgo del Trabajo. En tal sentido, la División Higiene y Seguridad en el Trabajo de la ARMADA ARGENTINA, se encontrará facultada a constatar el efectivo cumplimiento por el adjudicatario de la normativa precitada.
43.9.8. Lista del Personal del Adjudicatario, materiales, maquinas, herramientas y vehículos – Aspectos complementarios. Con su oferta, en la fecha de apertura del procedimiento de selección de cocontratantes al que se aplicará este Pliego de Bases y Condiciones Particulares los oferentes deberán acompañar el listado del personal que -de resultar adjudicatarios-, emplearán en la ejecución de los trabajos correspondientes a la contratación adjudicada, detallando en tal sentido, nombres y apellidos completos, domicilio real, número y especie de documento del personal mencionado, agregando una foto tipo carnet de aquel. También deberán indicar en su cotización, a la apertura, los materiales -insumos-, de toda especie que emplearán en la realización de los trabajos y las maquinas, herramientas y vehículos que afectarán a su ejecución. El cumplimiento de los recaudos precitados resultará esencial y determinará la desestimación -como inadmisible-, de la normativa oferta presentada (artículo 66, inciso “j”, del Decreto N° 1030/16). La ARMADA ARGENTINA a través del personal que regule designe a tal efecto, impedirá el régimen urbanístico no dará derecho alguno ingreso a exigir indemnización. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario será, asimismo, responsable de los daños y perjuicios causados a terceros, al Ayuntamiento o al personal dependiente del mismo, como consecuencia de jurisdicción naval donde deberá ejecutarse la prestación del serviciocontratada de todo personal, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ellos se derivenmaquina, así como la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contratación laboral, seguridad e higiene vehículo o material no detallado en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecholistado que prevé esta cláusula.
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Samples: Licitación Privada
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. a) Higiene y Seguridad: El contrato Adjudicatario asumirá la total y exclusiva responsabilidad por las obligaciones emergentes de las normas de Higiene y Seguridad Laboral dispuestas por la Ley N°19.587 y sus decretos reglamentarios, debiendo adoptar toda medida conducente a la seguridad del personal afectado a la ejecución del Contrato, a fin de evitar daños a terceros.
b) Régimen de Responsabilidad Frente a Terceros y Personal: La DDNNYA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligada respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se entenderá suscrito generase por cuestiones de índole laboral entre el Adjudicatario y el personal que éste ocupare a riesgo los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y xxxxxxx que, en consecuencia, pudiera implicar o no la intervención del adjudicatariogremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Cualquier modificaciónIgual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario. Asimismo, cuantitativa o cualitativa, la DDNNYA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la normativa vigente, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas correspondientes. En el caso que regule la contratista recurra a empresas subcontratistas, las mismas deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en los pliegos licitatorios para el régimen urbanístico no dará derecho alguno a exigir indemnizacióncontratista de la Administración. El contratista será De la misma forma, el Adjudicatario es exclusivamente responsable de la calidad técnica toda reclamación o acción de los trabajos terceros que desarrolle pudiere establecerse por razón de cualquier daño o perjuicio ocasionado a personas o cosas o sus anexos; ya sea por cualquier material, maquinaria o implementos usados por negligencia, culpa, omisión o imprudencia de él y de sus empleados afectados a las prestaciones y servicios realizadostareas a su cargo. En ese sentido, así como de el Adjudicatario deberá tomar seguro por las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario será, asimismo, responsable de los responsabilidades civiles por daños y perjuicios causados a terceros o de propiedad de terceros, al Ayuntamiento o al personal dependiente incendio y siniestro; en caso de que el monto de dicho seguro no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante correrá por parte del mismoAdjudicatario. En caso de subcontratación, como consecuencia con carácter previo y por escrito, el adjudicatario deberá solicitar autorización a la DDNNYA respecto de la prestación del servicio, siendo incorporación de su cargo un subcontratista. La DDNNYA se reserva el pago derecho de las indemnizaciones que por ellos se deriven, así como revocar la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar autorización concedida cuando lo considerare conveniente para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contratación laboral, seguridad e higiene en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de la obra y sin que esto genere responsabilidad alguna a su cargo. Autorizada una subcontratación, el subcontratista se compromete a respetar todas las prestaciones contratadas exigencias establecidas en la normativa vigente y en los Pliegos que rigen la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepciónpresente contratación. Si los trabajos efectuados no Al mismo tiempo, el adjudicatario se adecuan compromete a mantener indemne a la prestación contratadaDDNNYA respecto de cualquier reclamo que la subcontratista pudiere efectuarle, como consecuencia incluidos los gastos casuísticos que pudieren derivar de vicios o defectos imputables aquel. La subcontratación no liberará al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento adjudicatario de las obligaciones asumidas con motivo de la obligación adjudicación, siendo este responsable del cumplimiento del contrato en todos y cada uno de pago o teniendo derechosus términos, con independencia de que el incumplimiento sea directamente imputable al subcontratista, en su caso, a la recuperación del precio satisfechocuyo caso éste último será solidariamente responsable con aquel.
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Samples: Licitación Privada
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. a) Higiene y Seguridad: El contrato Adjudicatario asumirá la total y exclusiva responsabilidad por las obligaciones emergentes de las normas de Higiene y Seguridad Laboral dispuestas por la Ley N°19.587 y sus decretos reglamentarios, debiendo adoptar toda medida conducente a la seguridad del personal afectado a la ejecución del Contrato, a fin de evitar daños a terceros.
b) Régimen de Responsabilidad Frente a Terceros y Personal: La DDNNYA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligada respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se entenderá suscrito generase por cuestiones de índole laboral entre el Adjudicatario y el personal que éste ocupare a riesgo los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y xxxxxxx que, en consecuencia, pudiera implicar o no la intervención del adjudicatariogremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de trasgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Cualquier modificaciónIgual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Adjudicatario. Asimismo, cuantitativa o cualitativa, la DDNNYA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la normativa vigente, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas correspondientes. En el caso que regule la contratista recurra a empresas subcontratistas, las mismas deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en los pliegos licitatorios para el régimen urbanístico no dará derecho alguno a exigir indemnizacióncontratista de la Administración. El contratista será De la misma forma, el Adjudicatario es exclusivamente responsable de la calidad técnica toda reclamación o acción de los trabajos terceros que desarrolle pudiere establecerse por razón de cualquier daño o perjuicio ocasionado a personas o cosas o sus anexos; ya sea por cualquier material, maquinaria o implementos usados por negligencia, culpa, omisión o imprudencia de él y de sus empleados afectados a las prestaciones y servicios realizadostareas a su cargo. En ese sentido, así como de el Adjudicatario deberá tomar seguro por las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario será, asimismo, responsable de los responsabilidades civiles por daños y perjuicios causados a terceros o de propiedad de terceros, al Ayuntamiento o al personal dependiente incendio y siniestro; en caso de que el monto de dicho seguro no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante correrá por parte del mismoAdjudicatario. En caso de subcontratación, como consecuencia con carácter previo y por escrito, el adjudicatario deberá solicitar autorización a la DDNNYA respecto de la prestación del servicio, siendo incorporación de su cargo un subcontratista. La DDNNYA se reserva el pago derecho de las indemnizaciones que por ellos se deriven, así como revocar la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar autorización concedida cuando lo considerare conveniente para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contratación laboral, seguridad e higiene en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de la obra y sin que esto genere responsabilidad alguna a su cargo. Autorizada una subcontratación, el subcontratista se compromete a respetar todas las prestaciones contratadas exigencias establecidas en la normativa vigente y en los Pliegos que rigen la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepciónpresente contratación. Si los trabajos efectuados no Al mismo tiempo, el adjudicatario se adecuan compromete a mantener indemne a la prestación contratadaDDNNYA respecto de cualquier reclamo que la subcontratista pudiere efectuarle, como consecuencia incluidos los gastos casuísticos que pudieren derivar de vicios o defectos imputables aquel. La subcontratación no liberará al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento adjudicatario de las obligaciones asumidas con motivo de la obligación adjudicación, siendo este responsable del cumplimiento del contrato en todos y cada uno de pago o teniendo derechosus términos, con independencia de que el incumplimiento sea directamente imputable al subcontratista, en su caso, a la recuperación del precio satisfechocuyo caso éste último será solidariamente responsable con aquel.
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Samples: Licitación Privada
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. 1.- El contrato se entenderá suscrito a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Cualquier modificación, cuantitativa o cualitativa, de la normativa que regule el régimen urbanístico no dará derecho alguno a exigir indemnización. El contratista adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios que se causaren como consecuencia de la calidad técnica explotación de las instalaciones, para lo cual vendrá obligado a suscribir una póliza de seguro de Responsabilidad Civil, por importe suficiente, según la naturaleza de la actividad correspondiente, previa consideración por el Ayuntamiento de Estepona. Igualmente, deberá suscribir una póliza de seguro con una entidad aseguradora, para cubrir el posible riesgo y daño que puedan sufrir las instalaciones, incluido el riesgo de incendio y robo, con cobertura y por cuantía suficiente para responder de las referidas contingencias. Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar al Ayuntamiento de Estepona las pólizas de seguro relacionadas así como los documentos acreditativos de pago de las primas correspondientes. La falta de contratación de los trabajos que desarrolle y seguros mencionados o la falta de pago de las prestaciones primas será causa de resolución del contrato, haciéndose el adjudicatario responsable directo de los daños que se hubieren producido.
2.- El adjudicatario será responsable ante el Ayuntamiento de Estepona y servicios realizadosante la Autoridad judicial competente de los daños y perjuicios, así como de las consecuencias faltas, que cometiera el mismo o cualquiera de sus dependientes en el ejercicio y despliegue de la actividad en las instalaciones, además de los daños que se deduzcan para causen por la Administración o para terceros defectuosa prestación de los servicios, sin perjuicio de las omisionessanciones que, erroresen su caso, métodos inadecuados pudieran imputársele. Asimismo, el adjudicatario en el desarrollo de la actividad objeto del presente, será responsable ante las respectivas autoridades del Estado, Comunidad Autónoma, Municipio y otros Organismos, por el incumplimiento de la normativa o conclusiones incorrectas cualquiera de las disposiciones emanadas al respecto.
3.- El adjudicatario deberá tener suscritos los siguientes seguros:
a) Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil para los espectáculos taurinos conforme al Decreto 68/2006, de 21 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglameto Taurino de Andalucía, en el que se cubran los riesgos derivados de la celebración de actividades taurinas. Los límites mínimos de indemnización deberán ser 900.000 euros.
b) Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil de espectáculos públicos y actividades recreativas para espectáculos no taurinos, que cubra los daños materiales y personales ocasionados a las personas asistentes, con un límite de indemnización de 1.201.000 euros. Los documentos que confirmen el cumplimiento de esta cláusula deberán aportarse antes de la formalización del correspondiente contrato. En la ejecución del contrato. El , el adjudicatario seráquedará obligado, asimismo, responsable de los daños y perjuicios causados a terceros, al Ayuntamiento o con respecto al personal dependiente que emplee en la realización del mismotrabajo, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ellos se deriven, así como la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de contratación laboralordenación laboral y social, seguridad e higiene así como las que se puedan promulgar durante la ejecución del mismo, especialmente en la referente a prevención de riesgos laborales. Esta circunstancia deberá justificarse documentalmente ante el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad Ayuntamiento mediante certificado mensual expedido por la Tesorería General de la Administración Municipal frente Seguridad Social que acredite estar al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará corriente de sus obligaciones en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechoesta materia.
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RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. 3.4.1 El contrato Adjudicatario quedará obligado a ejecutar los trabajos completos y adecuados a su fin, en la forma que se entenderá suscrito infiere en los presentes documentos. Una vez concluido el plazo de ejecución de los trabajos, más las prórrogas (si las hubiese), el Adjudicatario solicitará al contratante la inspección para la recepción provisoria del material y trabajos realizados.
3.4.2 Las observaciones o fallas que se detecten durante el control de los trabajos, serán subsanadas por el Adjudicatario dentro de los TRES (3) días corridos. Ello, a riesgo su xxxxx.
3.4.3 Deberá reparar a su exclusiva xxxxx, sin derecho a reembolso, compensación o resarcimiento de ninguna índole, todas las roturas que se originen a causa del trabajo que se realice, con materiales iguales en tipo, textura, apariencia y xxxxxxx calidad a satisfacción de la ARMADA ARGENTINA.
3.4.4 Se obliga a iniciar las tareas contratadas en la fecha indicada en el acta de inicio de trabajos. De no ocurrir así, el contratante queda en libertad para actuar de acuerdo a sus intereses, pudiendo resolver el presente contrato.
3.4.5 Al inicio de los trabajos y durante todo su desarrollo deberá establecer con el contratante, reuniones de coordinación a efectos de actualizar el plan de trabajo y aclarar superposiciones con otras tareas ajenas a su cometido. De cada reunión / informes de problemas para el desarrollo de su tarea, se labrarán actas diarias a efectos del seguimiento refrendado por el contratante.
3.4.6 Representante/Supervisor: a los efectos de la supervisión de los trabajos y de la evacuación de cualquier tipo de consulta que produjera la ARMADA ARGENTINA, deberá encontrarse en los lugares de trabajo durante todo el tiempo que dure la misma el Adjudicatario o un Representante/Supervisor directo permanente, debidamente habilitado que ejercerá su misma responsabilidad y autoridad en caso de ausencia del adjudicatario. Cualquier modificaciónAsimismo, cuantitativa o cualitativa, con respecto a las normas de calidad y a las especificaciones exigidas por la ARMADA ARGENTINA.
3.4.7 Los datos personales de dicho representante/supervisor serán informados SETENTA Y DOS (72) horas antes de la normativa que regule el régimen urbanístico no dará derecho alguno iniciación de las tareas objeto del contrato a exigir indemnizaciónla División Higiene y Seguridad del Trabajo de la BASE NAVAL PUERTO BELGRANO, indicando las facultades delegadas. El contratista incumplimiento de lo antedicho determinará el no inicio de las tareas o la suspensión momentánea de las mismas hasta su presentación, no computándose dicha demora como tiempos a favor del adjudicatario para extender los plazos de entrega. El referido representante será responsable designado x xxxxx del Adjudicatario.
3.4.8 Dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de recibida la orden de compra deberá solicitar en la División Higiene y Seguridad del Trabajo de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizadosBASE NAVAL PUERTO BELGRANO, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario será, asimismo, responsable de los daños y perjuicios causados a terceros, al Ayuntamiento o al personal dependiente del mismo, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ellos se deriven, así como la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento copias de las disposiciones legales y reglamentarias de seguridad para empresas contratistas. Asimismo, será su responsabilidad el hacer tomar conocimiento de las mismas a la totalidad de su personal, como así también el exigir su cumplimiento.
3.4.9 Normas de seguridad e higiene:
3.4.9.1 El ADJUDICATARIO deberá cumplir la legislación vigente en materia de contratación laboral, seguridad e higiene en el trabajo: LEY Nº 19.587, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad DECRETO Nº 351/79 y LEY DE RIESGO DEL TRABAJO Nº 24.557; DECRETO Nº 911/96 y todas las Resoluciones y Decretos surgidos de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO y del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
3.4.9.2 La empresa adjudicataria y el personal su A.R.T. estarán obligados en forma expresa y escrita a renunciar a toda acción de repetición o de regreso contra la mismaARMADA ARGENTINA, sus funcionarios, empleados u obreros, ya sea por terminación del contrato con fundamento en el artículo 39 apartado 5 de la Ley Nº 24.557 o por en cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización norma jurídica con motivo de las prestaciones contratadas en especie o dinerarias que se vean obligadas a abonar, contratar u otorgar a su personal dependiente o ex - dependiente, asegurado.
3.4.9.3 La División Higiene y Seguridad en el trabajo de la subsanación BASE NAVAL PUERTO BELGRANO, se encontrará autorizada a ejercer el control / verificación de todos los aspectos relativos a la norma señalada.
3.4.10 Dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de recibida la orden de compra el adjudicatario deberá presentar en la División Higiene y Seguridad del Trabajo de la BASE NAVAL PUERTO BELGRANO Lista de personas que, integrando o no la empresa (subcontratistas), intervendrán en el desarrollo y ejecución de lo contratado en todos sus aspectos, con el compromiso de informar inmediatamente cualquier posible cambio y/o ingreso de dichas personas. A dicho listado se agregarán sendos formularios (“ficha para personal de empresas”/”ficha personal”), completados con los datos y fotografías de los defectos observados causantes. Lista de materiales: con ocasión la debida anticipación, el listado de los elementos a ingresar o retirar perfectamente identificados con el nombre de la empresa y numeración a los fines de su recepcióncontrol y verificación. Si De no cumplimentarse este trámite, el Jefe del Departamento Contabilidad y Finanzas no autorizará el ingreso o retiro de los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechomismos.
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Samples: Contracting Agreement
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. Cód. Validación: 4GWQWRLHRLQ74STRTF6WAKZZY | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 19
1.- El contrato se entenderá suscrito a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Cualquier modificación, cuantitativa o cualitativa, de la normativa que regule el régimen urbanístico no dará derecho alguno a exigir indemnización. El contratista adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios que se causaran como consecuencia de la calidad técnica explotación de las instalaciones, para lo cual vendrá obligado a suscribir una póliza de seguro de Responsabilidad Civil, por importe suficiente, según la naturaleza de la actividad correspondiente, previa consideración por el Ayuntamiento de Estepona. Igualmente, deberá suscribir una póliza de seguro con una entidad aseguradora, para cubrir el posible riesgo y daño que puedan sufrir las instalaciones, incluido el riesgo de incendio y robo, con cobertura y por cuantía suficiente para responder de las referidas contingencias. Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar la Ayuntamiento de Estepona las pólizas de seguro relacionadas así como los documentos acreditativos de pago de las primas correspondientes. La falta de contratación de los trabajos que desarrolle y seguros mencionados o la falta de pago de las prestaciones primas será causa de resolución del contrato, haciéndose el adjudicatario responsable directo de los daños que se hubieren producido.
2.- El adjudicatario será responsable ante el Ayuntamiento de Estepona y servicios realizadosante la Autoridad judicial competente de los daños y perjuicios, así como de las consecuencias faltas, que se deduzcan para cometiera el mismo o cualquiera de sus dependientes en el ejercicio y despliegue de la Administración o para terceros de actividad en las omisionesinstalaciones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario será, asimismo, responsable además de los daños y perjuicios causados a tercerosque se causen por la defectuosa prestación de los servicios, al Ayuntamiento o al personal dependiente del mismo, como consecuencia de la prestación del servicio, siendo de su cargo el pago sin perjuicio de las indemnizaciones que por ellos se deriven, así como la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contratación laboral, seguridad e higiene en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendosanciones que, en su caso, pudieran imputársele. Asimismo, el adjudicatario en el desarrollo de la realización actividad objeto del presente, será responsable ante las respectivas autoridades del Estado, Comunidad Autónoma, Municipio y otros Organismos, por el incumplimiento de la normativa o cualquiera de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables disposiciones emanadas al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechorespecto.
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Samples: Contrato Administrativo Especial
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. El En el momento en que el adjudicatario comience a gestionar las instalaciones y al personal objeto de contrato, éste no podrá realizar reclamación alguna a Sogama por el estado de las mismas ya que el contrato en todo momento se entenderá suscrito entiende a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Cualquier modificaciónPrevio al inicio del contrato será necesaria la firma de un acta de traspaso entre la empresa saliente y la entrante, cuantitativa con la que se darán por aceptadas las instalaciones para proceder con su gestión de acuerdo a este contrato. El Ofertante designará un Interlocutor único ante SOGAMA, que estará localizable en todo momento 24 horas al día durante la duración del Contrato, dado el carácter del objeto del contrato. El adjudicatario pondrá a disposición del contrato todo el personal y la maquinaria móvil que sean necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones objeto de concurso. Respecto al personal propio, como mínimo el adjudicatario habrá de poner a disposición del servicio 1 Responsable de Contrato con dedicación exclusiva al mismo, con titulación técnica en ingeniería o cualitativaquímicas, y que en cualquier caso tendrá una experiencia mínima demostrada de 5 años en instalaciones de tratamiento de aguas residuales y dispondrá al menos de un curso básico en PRRLL de 60 horas. Sogama no aceptará un responsable del contrato que no acredite estas condiciones. El adjudicatario, como mínimo habrá de poner a disposición del servicio 1 vehículo para el traslado entre instalaciones de depuración dentro del CMC. Se tendrá en cuenta que las instalaciones están actualmente en funcionamiento por lo que el adjudicatario del concurso tendrá que subrogar el personal al servicio de las mismas según el CONVENIO COLECTIVO DE CENTRO DE TRABAJO DE LAS EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EN LOS CENTROS DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL XX XXXXXXX, COMO SUBCONTRATISTAS DE LA SOCIEDAD GALLEGA DE MEDIOAMBIENTE, S.A. El adjudicatario aportará los medios humanos necesarios para cubrir bajas, absentismos y vacaciones de forma que la planta sea operada en todo momento en condiciones óptimas. Relación de personal que actualmente está adscrito a la gestión de las depuradoras: CATEGORIA PROFESIONAL ANTIGÜEDAD SALARIO BRUTO € GRUPO III 08/02/2002 33.005,26 GRUPO III 01/12/2001 33.341,89 GRUPO III 01/12/2001 33.104,49 GRUPO III 01/12/2001 31.958,98 GRUPO III 15/11/2001 33.159,79 El adjudicatario cumplirá con las obligaciones que supone la legislación laboral y de la Seguridad Social respecto del personal a su servicio, no teniendo este personal relación jurídico‐laboral ni derecho alguno frente a SOGAMA, toda vez que dependerá única y exclusivamente del adjudicatario, el cual ostentará todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono, con arreglo a las disposiciones vigentes en materia laboral, de la normativa Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, sin que regule en ningún caso resulte responsable SOGAMA de las obligaciones presentes o futuras nacidas entre el régimen urbanístico no dará derecho alguno a exigir indemnizaciónadjudicatario y sus trabajadores, aun cuando los despidos o medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento o interpretación del contrato. El contratista será responsable adjudicatario cuidará en todo momento de la calidad técnica buena presencia del personal a su cargo: uniformidad y trato correcto. Los daños que el personal pudiera ocasionar en el mobiliario o instalaciones, ya sea debido a negligencia, dolo o con ocasión de la adopción de medidas de presión o conflicto, serán indemnizables por el adjudicatario. Con el fin de evitar actividades desproporcionadas que causen graves perjuicios en las instalaciones, material o mobiliario, el adjudicatario adoptará las medidas de seguridad, suficientes y adecuadas para garantizar en todo momento que la prestación de los trabajos que desarrolle servicios mínimos se realice con toda normalidad y no causen perjuicios a los usuarios. Será x xxxxx del Adjudicatario la compra y suministro de todos los repuestos necesarios para la realización del mantenimiento, y los consumibles, combustibles o productos químicos y reactivos necesarios para el correcto funcionamiento de las prestaciones y servicios realizadosdepuradoras incluidas en el objeto de este pliego de concurso, así como de las consecuencias dependencias objeto de contrato, incluyendo los vestuarios. El Adjudicatario pondrá a disposición la figura de un Consejero de Seguridad de acuerdo al RD 1566/99 o legislación vigente que se deduzcan para estará en posesión del certificado de aprobación de formación y reciclaje otorgado por la Administración Autoridad Competente. Su cometido principal será buscar medios y promover acciones que faciliten las cargas y/o para terceros descargas de productos químicos en la empresa con sujeción a la normativa aplicable y en condiciones de seguridad. Para ello, entre otras acciones, auditará y asesorará en el cumplimiento de la normativa, redactará un informe anual sobre las actividades relativas a la carga/descarga y /o transporte de productos químicos y comprobará la existencia y adecuación de procedimientos en relación a las actividades implicadas. El Adjudicatario elaborará un plan de emergencia por posibles vertidos, reboses y fallos en el proceso de depuración de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas instalaciones. Dicho plan irá encaminado principalmente a evitar cualquier vertido al cauce que no cumpla los parámetros exigidos en la ejecución del contratoautorización debiendo, si ello es necesario, paralizar inmediatamente la planta de depuración, y proponiendo diversas soluciones preventivas. El adjudicatario será, asimismo, responsable Este Plan será entregado a SOGAMA dentro de los daños dos primeros meses de explotación. Permitir el libre acceso, y perjuicios causados sin restricciones, a terceros, al Ayuntamiento o cualquier punto de las depuradoras dentro del alcance del presente documento al personal dependiente de SOGAMA. Además del mismodeber de cooperación y coordinación que debe existir entre SOGAMA y el adjudicatario, como consecuencia en la aplicación de la prestación del servicionormativa sobre prevención de riesgos laborales, siendo de su cargo el pago de las indemnizaciones que por ellos se deriven, así como la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgos. El adjudicatario estará obligado al a cumplir las disposiciones contenidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborables, y en particular: o Conocer y asumir las normas de seguridad elaboradas por SOGAMA y la evaluación de riesgos del anterior contratista, revisando aquellos aspectos que considere deben actualizarse o mejorarse. o Adoptar las medidas necesarias de vigilancia y control de la salud que se llevarán a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada. Será responsabilidad del Adjudicatario el pleno cumplimiento de las disposiciones legales leyes, reglamentos y reglamentarias en materia de contratación laboral, seguridad e higiene en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad requisitos de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan legislación vigente a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación firma del precio satisfechoContrato.
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Samples: Contract for the Integral Management of Wastewater Treatment Plants
RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. El contrato se entenderá suscrito a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Cualquier modificación, cuantitativa o cualitativa, de la normativa que regule el régimen urbanístico no dará derecho alguno a exigir indemnización5.1. El contratista es responsable de mantener un estricto control de los bienes (edificio y equipo) que está bajo su custodia, y en este sentido será responsable de la calidad técnica de pérdida, hurto, extravío y daños a los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizadosmuebles e inmuebles
5.2. El contratista responderá por el riesgo profesional, así como de los daños a las consecuencias personas o cosas que se deduzcan produzcan con motivo del servicio contratado, de ahí que debe indicarse en la oferta el tipo y alcance de las pólizas que adquirirá el contratista para tales fines y para los indicados en el punto 5.1 anterior.
5.3. El contratista quedará obligado a asumir las responsabilidades referentes a los derechos laborales de sus trabajadores. Asimismo, deberá adjuntar certificación de que, como patrono, se encuentra al día con sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, así como Póliza de Riesgos del Trabajo. Información necesaria al gestionar pagos parciales del servicio, que demuestre que se encuentra al día con sus obligaciones; de no cumplir con lo solicitado, la Administración o lo tomará como falta grave, la cual será causa para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en rescindir la ejecución del contratorelación contractual.
5.4. El adjudicatario serádeberá contar con las pólizas actualizadas de Responsabilidad Civil y Riesgos del Trabajo, asimismoriesgos profesionales del INS.
5.5. El contratista deberá contar con un eficiente y eficaz sistema de supervisión según las diferentes rondas (diurnas y nocturnas según sea el caso), responsable de los daños y perjuicios causados a terceros, al Ayuntamiento o al personal dependiente del mismo, como consecuencia lo cual debe describirse dentro de la prestación del serviciometodología a emplear en el plan de trabajo. Así mismo el adjudicatario llevará un registro de incidencias, siendo que deberán ser informado en caso que la Administración lo solicite mediante un informe detallado. Además, se deberá informar de su cargo el pago de las indemnizaciones cualquier bien que por ellos se deriven, así como la contratación de pólizas de seguros que deberá concertar para la cobertura de tales riesgosencuentre sin justificación en sitios no autorizados.
5.6. El adjudicatario estará obligado llevará un control por medio de bitácoras, la cual será remitida al cumplimiento fiscalizador del contrato una vez que esté llena o cuando se considere necesario. La misma se le dará apertura en compañía de los Administradores de cada área.
5.7. El contratista contará con suficiente personal para sustituir a los oficiales destacados en razón de vacaciones, asuetos, feriados, incapacidades, permisos, etc, no pudiendo por ninguna circunstancia dejar de prestar el servicio contratado. Asimismo, en caso de que el agente falte a sus obligaciones el contratista tomará en forma inmediata las disposiciones legales y reglamentarias medidas pertinentes con el fin de cubrir el puesto, de manera que el puesto no permanezca sin vigilancia. El personal sustituto deberá disponer de todas las condiciones solicitadas en materia este cartel para el personal fijo. En caso de contratación laboral, seguridad e higiene en que se deje sin vigilancia el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará puesto será responsabilidad de la Administración Municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio. En ningún supuesto el Ayuntamiento xx Xxxxxx se subrogará empresa cualquier acto ilícito que ocurra en las relaciones contractuales entre la entidad adjudicataria y el personal ese período de la misma, ya sea por terminación del contrato o por cualquier otra causa: extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos u otros motivos similares. El Ayuntamiento xx Xxxxxx determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechotiempo.
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Samples: Licitación Pública