RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Licitación Pública Internacional De Obra, Public Works Contract, Licitación Pública Internacional De Obra
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA9.1. El contratista, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contract, Contract, Contrato N° Gj Gg 2023 011
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 9.1. El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contract, Condiciones Generales De Los Contratos De Ejecución De Obras, Licitación Pública Nacional De Obras
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 17.01 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Licitación De Obras, Modelo De Pliegos, Licitación De Obras
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 17.01.- El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Cotización Obras, Public Works Contract, Cotización De Obras
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contrato Menor Cuantía, Contract for Works, Contratación De Obras
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA22.1.- El contratista, no obstante obstante, la suscripción del acta de recepción definitiva, definitiva responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA9.1. El contratista, no obstante obstante, la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 19.1 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el su artículo 1940 ibídem1940, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 11.1. El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contract for Construction Works, Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA21.1.- El contratista, no obstante obstante, la suscripción del acta de recepción definitiva, definitiva responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo Art. 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo Art. 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, definitiva responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contrato Menor Cuantía
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 16.1.- El CONTRATISTA, no obstante a la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Construction Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 16.1.- El CONTRATISTA, no obstante a la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTAEl Contratista, no obstante obstante, la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el de los trabajos correspondientes al objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídemdel Código Ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 16.1.- El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Construction Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 17.01 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años contados a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Publicación Especial De Emergencia
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 15.1 El CONTRATISTA, no obstante obstante, de la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídemibidem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.diez
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Samples: Contrato De Menor Cuantía De Obras
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 16.1 El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTA14.01.- El Contratista, no obstante de la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Construction Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El 18.1.- EL CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contrato De Obra
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El CONTRATISTAEl Contratista, no obstante obstante, la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el de los trabajos correspondientes al objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo 1940 ibídemartículo1940 del Código Ibídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. 9.1.El El CONTRATISTA, no obstante la suscripción del acta de recepción definitiva, responderá por los vicios ocultos que constituyen el objeto del contrato, en los términos de la regla tercera del artículo 1937 de la Codificación del Código Civil, en concordancia con el artículo articulo 1940 ibídemIbídem, hasta por diez (10) años a partir de la fecha de recepción definitiva.
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Samples: Cotización De Obras