RESPONSABILIDADES DEL BANCO a) Proporcionarle al cliente las recomendaciones para utilizar adecuadamente el servicio; b) Proporcionar en el horario vigente, los comandos enviados por EL CLIENTE a través de SERVICIO DE MENSAJERÍA BT - 28247; TERCERO: CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIO: Las
RESPONSABILIDADES DEL BANCO. La adopción de la política del banco de operar a través de corresponsales no bancarios recaerá en la junta directiva del banco, así como también la aprobación del modelo operativo para la prestación de servicios y operaciones a través de este canal, descrito en el Artículo 10 del presente Acuerdo.
RESPONSABILIDADES DEL BANCO a) En caso que el Banco acceda a adquirir los Valores instruidos por el Cliente de acuerdo a las Instrucciones Particulares, se hace responsable por la autenticidad y validez jurídica de los Valores que adquiera por cuenta, orden y riesgo del Cliente, en cumplimiento de las Instrucciones Particulares de éste.
RESPONSABILIDADES DEL BANCO a) En caso que el Banco acceda a adquirir los Valores instruidos por el Cliente de acuerdo a las Instrucciones Particulares, se hace responsable por la autenticidad y validez jurídica de los Valores que adquiera por cuenta, orden y riesgo del Cliente, en cumplimiento de las Instrucciones Particulares de éste (artículo 183.15 del Capítulo III del Título III de la Parte Octava del Libro III de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero y sus modificativas futuras en cuanto sean aplicables).
RESPONSABILIDADES DEL BANCO. 1. La responsabilidad del Banco respecto al depositante concluye al retirar el activo depositado.
RESPONSABILIDADES DEL BANCO. 6.1.- El Banco será responsable de las operaciones efectuadas desde el momento en que se recibe la notificación del cliente del robo, extravío o falsificación de la Tarjeta de Crédito, o de su clave personal. El Banco no será responsable si prueba que las operaciones realizadas luego de la notificación fueron realizadas por el usuario o los autorizados por éste.
RESPONSABILIDADES DEL BANCO. 7.2. El Banco empleará los recursos necesarios y estará sujeto a una obligación de medios y no de resultados. El Banco no garantizará el pago o cobro de ninguna cantidad derivada o fruto de la ejecución de las órdenes recibida, ni el depósito de los valores financieros y por tanto no adelantará ni realizará pagos a cuenta al Cliente o por el Cliente a la Entidad Ejecutora. El Banco se reservará el derecho de: - No ejecutar las órdenes que no puedan transmitirse a su debido tiempo a sus corresponsales, habida cuenta de los usos locales; - No ejecutar una orden de compra de activos con el producto de la venta de otros activos hasta que la totalidad de este producto haya sido recibida; - No ejecutar una orden si el Cliente no dispone de los activos necesarios para la operación; - No ejecutar una orden de venta de activos hasta que estos hayan sido entregados; - Destinar el producto de la venta de activos a la compensación de las obligaciones del Cliente frente al Banco, sea cual sea la naturaleza de estas obligaciones; - Ser contraparte para la ejecución de órdenes de compra o de venta de activos, conservando el derecho descargar al Cliente los gastos de corretaje y otros gastos usuales; - Elegir el mercado regulado en el que comprar o vender los títulos; - Proceder a agrupar órdenes de diferentes Clientes u órdenes de Clientes con operaciones por cuenta propia.
RESPONSABILIDADES DEL BANCO. Conceder al cliente al inicio de la contratación un periodo xx xxxxxx de dos meses, en el cual aplicará el reintegro del dinero sin importar el cumplimiento de las condiciones requeridas para cada paquete, mencionadas en la cláusula II del presente contrato. Para estos dos meses xx xxxxxx se toma como mes cero el mes en el que cliente solicita la afiliación. Al tercer mes el Banco analizará si el cliente cumplió con las condiciones del paquete afiliado. En este caso, si el cliente incumple con los requisitos señalados por el banco, el contrato se dará por terminado sin previo aviso. • El Banco informará al cliente la afiliación exitosa del paquete contratado. • Hacer el reintegro mensual indicado en la cláusula número dos, de acuerdo al paquete escogido, a la cuenta corriente, de Ahorro o Universal ó tarjeta de crédito del cliente que participa en la afiliación del paquete, siempre y cuando el titular del Paquete de Beneficios Digitales cumpla con todos los requisitos mínimos para la obtención del mismo. • El reintegro de dinero se hará al medio de pago al que se cargan los servicios de Netflix, Spotify y Amazon Prime.
RESPONSABILIDADES DEL BANCO. El Banco se obliga a lo siguiente: a) Prestar un servicio adecuado al cliente. b) Atender reclamos por inconsistencias o anomalías en las cuentas propias causadas por operaciones realizadas en cualquier canal electrónico, dentro de un período no mayor a 30 días hábiles bancarios posteriores al día de la operación. Fuera de este periodo el Banco no aceptará ningún reclamo por parte del Cliente, pues se presume que el Cliente la acepta como exitosamente efectuada. b) El Banco podrá notificar a El Cliente los errores que detecte durante la verificación y hacer las correcciones que a su juicio sean convenientes o necesarias.
RESPONSABILIDADES DEL BANCO. Prestar los servicios en la forma y horario establecido, procurando el buen funcionamiento del mismo, notificar al Cliente los errores o inconsistencias detectadas en las operaciones, atender reclamos por inconsistencias o anomalías en las cuentas del Cliente derivadas de aplicaciones electrónicas a que se refiere este contrato, los cuales deberán notificarse al Banco en un período no mayor a veinte días hábiles posteriores a la fecha de la operación. Pasado este período la operación se presume aceptada como bien efectuada, quedando a salvo el derecho del cliente a efectuar sus reclamos en sede administrativa o judicial, de conformidad con la ley.