RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO Cláusulas de Ejemplo

RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO. CIERRE FINANCIERO El CONCESIONARIO deberá acreditar, antes de la fecha de suscripción del Acta de Entrega del Area de Desarrollo del Tramo I y II conforme a lo dispuesto en la Cláusula 5.15, que cuenta con la totalidad de los recursos financieros o los contratos suscritos que establezcan los compromisos de financiamiento que se generen para la ejecución de las Obras Obligatorias. Para tales efectos, el CONCESIONARIO deberá presentar para aprobación al CONCEDENTE lo siguiente: copia legalizada notarialmente de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos y en general cualquier texto contractual relevante que el CONCESIONARIO haya acordado con el (los) Acreedor(es) Permitido(s), copia legalizada notarialmente de los contratos de financiamiento, garantías, fideicomisos y en general cualquier texto contractual relevante acordado con Empresas Vinculadas o un tercero(s) que no sea(n) Acreedor(es) Permitido(s). testimonio de la escritura pública donde conste el aumento de capital social respectivo, debidamente pagado e inscrito en los Registros Públicos, en caso el CONCESIONARIO decida financiarse total o parcialmente con recursos propios. Los contratos indicados en el ítem i. deberán contener expresamente una disposición referida a que en caso el financiamiento quede sin efecto o el CONCESIONARIO incurra en alguna causal que active su terminación o resolución, el Acreedor Permitido comunicará inmediatamente dicha situación al CONCEDENTE. Los contratos referidos en el ítem ii. no constituirán Endeudamiento Garantizado Permitido. Los aportes referidos en el ítem iii. son adicionales a la obligación del CONCESIONARIO de acreditar un capital social mínimo conforme a lo indicado en la Cláusula 3.6. El CONCEDENTE tendrá un plazo no mayor a treinta (30) Días Calendario para aprobar u observar la acreditación de los documentos en caso éstos contravengan lo expresamente contemplado en el Contrato de Concesión. Vencido el plazo indicado sin que el CONCEDENTE haya observado o aprobado los documentos presentados por el CONCESIONARIO, se entenderá que el cierre financiero ha sido acreditado. En caso el CONCESIONARIO no acredite el cierre financiero en la oportunidad indicada en la Cláusula 10.1, el CONCEDENTE podrá invocar la Caducidad de la Concesión por incumplimiento del CONCESIONARIO en cuyo caso se ejecutará la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de Concesión por el cien por ciento (100%) de la misma.
RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO. 61 MONTO DEL IMAG 61 PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DEL IMAG 62 OTROS INGRESOS 63 PAGOS DEL CONCESIONARIO POR CONCEPTO DE SUPERVISÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE OBRAS 63 EQUILIBRIO ECONÓMICO-FINANCIERO 64
RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO. 10.1. Los costos de inversión, Operación y Conservación en que incurra el CONCESIONARIO serán, cubiertos con la recaudación del Peaje. 10.2. El CONCEDENTE se compromete a asegurar al CONCESIONARIO, durante el periodo que resulte menor entre: (i) Quince (15) años desde la fecha de aceptación de la totalidad de las Obras o, (ii) el plazo correspondiente al repago de la deuda del CONCESIONARIO, un nivel de ingresos mínimos anuales por Peaje, conforme se indica en los párrafos siguientes. El pago del IMAG en caso se active, se efectuará a través de fondos provenientes del CONCEDENTE conforme a lo establecido en la Cláusula 10.4.
RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO. 30 AUTOFINANCIAMIENTO 30 RÉGIMEN TRIBUTARIO 30 CAPÍTULO XI: GARANTÍAS 30 APOYO DEL GRA A FAVOR DEL INVERSIONISTA 30 GARANTÍAS A FAVOR DEL GRA 30 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 30 EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA 31
RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO. 66 Componente del PPD proveniente de ingresos por Cofinanciamiento 69 Ajuste del PPD 70 Descuento por reaprovechamiento de lodos 71 Deducciones por incumplimiento de los niveles de servicio 72 Procedimiento para aprobar la liquidación del PPD 75 Equilibrio Económico Financiero 78 Régimen tributario de la Concesión 80 Otros ingresos de la Concesión 81 Capítulo IX. GARANTÍAS 81 Garantía del CONCEDENTE a favor del CONCESIONARIO 81 Garantías del CONCESIONARIO a favor del CONCEDENTE 81 Renovación 82 Ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento 83
RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO. 10.1. Los costos de inversión, Operación y Conservación en que incurra el CONCESIONARIO serán cubiertos con Ia recaudación del Peaje, salvo en los casos específicos previstos en el presente Contrato.
RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO. Para la realización de sus objetivos el Consorcio dispondrá de los siguientes medios y recursos económicos: a) Rendimiento de los servicios que preste. b) Aportaciones realizadas por las Entidades consorciadas. c) Bienes y valores que constituyan su patrimonio. d) Otras subvenciones, ayudas o donativos. e) Productos y rentas de su patrimonio. f) Ingresos ordinarios y extraordinarios que esté autorizada a percibir, según el ordenamiento jurídico. g) Donaciones y legados y cualesquiera otras aportaciones públicas y privadas que se apliquen a una finalidad determinada y hayan sido aceptadas. h) Los créditos que se obtengan. i) Cualesquiera otros recursos que pudieran serles atribuido por la normativa aplicable. Se anula párrafo 2
RÉGIMEN ECONÓMICO - FINANCIERO. Procedimiento para calcular la liquidación del PPD