Common use of SINIESTROS Clause in Contracts

SINIESTROS. En caso de siniestro que pueda dar lugar a la reclamación bajo la presente póliza, El Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, a la fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envío.

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SINIESTROS. REEMBOLSO DE GASTOS DE ASISTENCIA VETERINARIA ¿Qué hacer en caso de siniestro? Es preceptivo llamar a este número de teléfono lo más pronto posible, y dentro del plazo máximo legalmente establecido de 7 días de haberlo conocido. En caso de siniestro incumplimiento del plazo, CASER podrá rechazar los daños y perjuicios causados por esta falta o retraso en la declaración que le supongan un sobrecoste, debido a la imposibilidad de control y supervisión. ¿Qué información nos debe remitir? No se abonarán aquellas facturas que contengan asistencias veterinarias de cualquier naturaleza, que no se correspondan exclusivamente con el tratamiento terapéutico de la enfermedad diagnosticada o el accidente, que incorporen costes notoriamente por encima xx xxxxxxx o destinados a incrementar artificialmente el coste total del tratamiento para llegar al importe necesario para la activación de la cobertura tanto por la actuación del Asegurado o del propio profesional veterinario emisor de la factura. Si una vez abonadas, posteriormente se detectara que su solicitud de reembolso era fraudulenta, el Asegurado deberá devolver a CASER la cantidad total. ¿En qué consiste la supervisión y control por parte xx XXXXX? Con esta medida, CASER se reserva el derecho de gestionar el tratamiento terapéutico con una clínica veterinaria designada por ella. En este supuesto, CASER podrá solicitar el historial clínico completo de la mascota, y la misma ser examinada personalmente por el veterinario designado al efecto. Esta supervisión tiene única y exclusivamente sentido para evitar encarecimientos inadecuados o fuera xx xxxxxxx por la asistencia veterinaria que pueda dar lugar a requerir la reclamación bajo la presente póliza, El Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, a la fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente pólizamascota, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida función de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envíoenfermedad diagnosticada o accidente.

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SINIESTROS. En caso de Al ocurrir algún siniestro que pueda dar lugar a la reclamación bajo cubierto por la presente póliza, El el Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá tendrá la obligación de dar aviso a LA COMPAÑÍA la Compañía tan pronto como tenga conocimiento del hecho, salvo caso fortuito o de fuerza mayor en que el Asegurado deberá proporcionar el aviso tan pronto desaparezca el impedimento. La falta oportuna de este aviso sólo podrá dar lugar a que la ocurrencia indemnización sea reducida a la cantidad que originalmente hubiera importado el siniestro, si la Compañía hubiere tenido pronto aviso por el mismo. Una vez que el Asegurado haya dado a la Compañía el aviso del siniestro, esta tendrá la obligación de iniciar el ajuste de los daños, dentro de un plazo que no excederá de 72 horas, contado a partir del momento en que el Asegurado haya puesto el vehículo a disposición de la Compañía. Terminado el ajuste y reconocida su responsabilidad, la Compañía procederá a liquidar al Asegurado el importe de la indemnización, o a reparar los diez (10) días hábiles siguientesdaños. En caso de que la Compañía optare por reparar los daños, la reparación deberá hacerse a satisfacción del Asegurado. Si la reparación no quedare hecha a satisfacción del Asegurado, deberá acudirse al dictamen de peritos, en los términos de la Cláusula 9ª. El hecho de que la Compañía no inicie el ajuste de los daños dentro del término de 72 horas a que se hace mención en el párrafo anterior, facultará al Asegurado para proceder a la fecha reparación del vehículo y para exigir su importe a la Compañía, en los términos de esteesta póliza. Para que LA COMPAÑÍASi terminado el ajuste, efectúe la Compañía no procede a reparar el vehículo descrito, el Asegurado tendrá derecho a exigir el pago en efectivo, en los términos de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Excepción hecha del caso en que la Compañía no inicie el ajuste dentro del plazo de 72 horas a que en esta misma Cláusula se alude, la Compañía no reconocerá el daño sufrido o causado por el vehículo descrito si se ha procedido a su reparación sin autorización escrita de ella, ya que este hecho le impedirá conocer la existencia o magnitud del siniestro y los hechos que concurrieron o incluyeron en su realización. En caso de pérdida total o robo del vehículo descrito, la Compañía podrá optar por substituirlo a satisfacción del Asegurado, o por pagar en efectivo el valor real del mismo en la fecha del siniestro, pero sin exceder en ningún caso la suma asegurada en vigor. Cubierta la indemnización en esta forma, la Compañía no tendrá ninguna otra obligación, el seguro quedará automáticamente terminado y el Asegurado entregará la póliza a la Compañía. El Asegurado tendrá el deber de concurrir a todas las diligencias administrativas o judiciales para las que sea citado por la Autoridad competente con motivo del hecho que haya dado lugar a presentar alguna reclamación a la Compañía. La falta de cumplimiento de este deber por culpa del Xxxxxxxxx, liberará a la Compañía de cubrir la indemnización correspondiente a la presente responsabilidad civil del Asegurado, siempre que ello fuere causa de que se declarara responsable al Asegurado, quien de otra manera no lo hubiere sido. Tratándose de responsabilidad civil del Asegurado, este remitirá a la Compañía inmediatamente que los reciba, toda la correspondencia, demanda, reclamación, orden judicial, citatorio o requerimiento relacionado con cualquier reclamación amparada por esta póliza. La Compañía no quedará obligada por reconocimientos de adeudos, transacciones o cualesquiera otros actos jurídicos de naturaleza semejante, hechos o concertados sin el reconocimiento de ella. La confesión de la materialidad de un hecho no podrá ser asimilada a reconocimiento de una responsabilidad. En caso de robo u otro acto delictuoso, que pueda ser motivo de reclamación al amparo de esta póliza, El el Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar dará aviso inmediato a la persona aseguradaautoridad competente y cooperará con la Compañía para conseguir la recuperación del vehículo o del importe del daño resentido. Si así le fuere solicitado, mientras dure el Asegurado otorgará a la brevedad posible, poder bastante en favor de la Compañía o de quien ella misma designe para tomar por su cuenta y gestionar a nombre del Asegurado la defensa o arreglo de cualquier reclamación o de seguir a nombre de él y en provecho propio la reclamación por indemnización o se encuentre pendiente una daños o perjuicios u otra cualquiera contra terceros. La Compañía tendrá libertad plena para la gestión del proceso o arreglo de cualquier reclamación contra y el Asegurado le proporcionará todos los informes o ayuda que sean necesarios. Cualquier ayuda que la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización Compañía o sus representantes presten al Asegurado o a los Beneficiariosterceros, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados no deberá interpretarse como aceptación de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envíoresponsabilidad.

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SINIESTROS. “El Instituto” no será responsable de los daños y perjuicios causados al inmueble arrendado por sismos, incendios, inundaciones y demás accidentes que provengan de caso fortuito o de fuerza mayor, con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 2436 y 2483, fracción VI, del Código Civil Federal. Para el caso de siniestros no imputables a “El Instituto”, “El Arrendador” lo autoriza para llevar a cabo las reparaciones que resulten necesarias, cuyo costo será deducido del importe de las rentas, siempre que a juicio de “El Instituto” así convenga a sus intereses. “Las partes” convienen en que si por cualquiera de las circunstancias anteriores, no se pueda seguir utilizando el inmueble, se dará por terminado anticipadamente el Contrato. En caso de siniestro sismos, incendios, inundaciones y demás accidentes que pueda dar lugar provengan de caso fortuito o de fuerza mayor, “El Arrendador” se obliga a la reclamación bajo la presente pólizaentregar a “El Instituto” un dictamen estructural avalado por un Director Responsable de Obra autorizado por el Gobierno ________________, El Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, actualizado dentro de los diez (10) 10 días hábiles siguientesposteriores al suceso. “El Instituto” pagará a “El Arrendador” o a quien sus derechos represente, una renta mensual por la cantidad de $______________ (____________________ pesos 00/100 M.N.) más IVA, a la partir del 01 de enero al 31 de diciembre del 2018, tomando como referencia el monto que señala el Dictamen de Justipreciación xx Xxxxx número Secuencial ____________, número Genérico _____________ de fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA__________________, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata emitida por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx Instituto de Administración y termina en la fecha Avalúos de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envíoBienes Nacionales.

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Samples: reposipot.imss.gob.mx

SINIESTROS. En caso de accidente, pérdida o daños del vehículo arrendado, el arrendatario o el conductor deberá denunciar este hecho de manera inmediata en cualquier oficina de la arrendadora. En caso se sufrir un accidente o siniestro que pueda dar lugar imposibilite al vehículo para seguir movilizándose, el servicio de atención en ruta coordinará una grúa que retirará el vehículo. Si requiere un vehículo de reemplazo, el servicio de asistencia en ruta informará a la reclamación bajo sucursal más cercana y a la presente pólizasucursal de origen para coordinar una unidad de reemplazo, El Asegurado siempre que exista disponibilidad en ese momento. En caso de sufrir un siniestro o accidente el arrendatario deberá firmar una declaración jurada simple en cualquier oficina de la arrendadora, detallando las causas y circunstancias del accidente en un plazo no superior a 12 horas de ocurrido el siniestro, indicando su fecha, lugar, circunstancias y monto estimado de los daños. En caso de existir robos ya sea total como parcial del vehículo, así como choque o colisión con lesionados de cualquier índole (terceros, pasajeros, conductores) y delitos, es suma importancia acudir a la comisaría de carabineros más cercana e informar por escrito de este hecho x Xxxxxx Xxxx a Car S.A., de manera inmediata para realizar una constancia declarando los hechos ocurridos, salvo imposibilidad física debidamente justificada. La constancia de carabineros y/o Beneficiario según declaración jurada simple deberá realizarse independiente de si el casoarrendatario contrató o no seguros asociados con la empresa Xxxxxx Rent a Car S.A. Chile. De haber terceros involucrados de cualquier tipo, deberá dar aviso se debe exigir toda la información de estos; Nombre, Rut, Patente de los vehículos involucrados, Marca – Modelo, Fonos, Compañía de Seguros, etc. De ser posible, es recomendable realizar un registro visual (Fotos) del lugar y vehículos involucrados. En el caso de que no se presente la declaración o constancia correspondiente en cualquier oficina Xxxxxx Rent a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, Car S.A. dentro de los diez (10) días hábiles siguientesplazos establecidos, se cobrará la totalidad de los daños al vehículo y a terceros, a la fecha tarjeta de estecrédito del arrendatario. Para El costo del rescate del vehículo en caso de accidente no se encuentra incluido dentro de los seguros. No se deben realizar transacciones o acuerdos con terceros, ya que LA COMPAÑÍAconstituyen causal de rechazo de cobertura de todos los seguros involucrados. En el caso de que se presentara dicha situación, efectúe el pago arrendatario deberá correr con la totalidad de los costos asociados a la reparación. El arrendatario deberá abstenerse de hacer declaraciones que comprometan en cualquier forma al arrendador. El incumplimiento de esta obligación hará responsable al arrendatario de los perjuicios que esta situación ocasione al arrendador, sin perjuicio de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente denegación de la presente pólizacobertura que en su caso se hubiere contratado. 16.‐COBERTURAS: Durante la vigencia del contrato, el arrendatario puede amparar su responsabilidad pecuniaria por los daños ocasionados al vehículo arrendado, en caso de colisión, volcamiento, incendio, robo o hurto del vehículo y sus accesorios, por los daños a las personas, chofer y acompañantes, y otras emergencias específicas de responsabilidad del arrendador pagando a la arrendadora la tasa diaria correspondiente. Todas las coberturas descritas aplicarán sólo dentro del Territorio Nacional de Chile, salvo que se indique expresamente lo contrario. Todas las coberturas están condicionadas al correcto cumplimiento de los procedimientos indicados en la reclamación presentada cláusula 15 de siniestros. SEGURO CDW/LDW (Collition Damage Waiver): Exención Convencional de Responsabilidad por Daños: Para todos los efectos de este contrato, esta modalidad de exención de responsabilidad se denominará cláusula de cobertura CDW. Es obligatorio contar con seguro CDW, el cual puede ser contratado directamente con Xxxxxx Xxxx a LA COMPAÑÍA sea Car S.A.. En forma alternativa, el arrendatario puede demostrar que cuenta con dicho seguro con una tarjeta de cualquier manera fraudulenta ocrédito mostrando la documentación pertinente, si en apoyo cuyo caso deberá dejar una garantía adicional según lo estipulado en cláusula 8. Al contar con seguros externos, los cargos derivados de ella se hicieren siniestros o utilizaren declaraciones falsas accidentes serán cobrados en su totalidad al arrendatario, quien deberá solicitar los reembolsos con la compañía de tarjetas de crédito que corresponda. El CDW contempla la exención de la responsabilidad establecida en este contrato hasta el valor comercial del vehículo entregado en arriendo por los daños que este pueda sufrir y hasta por el monto indicado en las condiciones particulares para la cobertura de responsabilidad civil por daños a terceros. Este seguro cuenta con un deducible por accidentes, pérdida o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente daño a cobrar a todo evento, el cual queda definido en las condiciones particulares del contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍAarriendo, por escritoy se aplica en todas las categorías de vehículo arrendado. En caso de daños menores se aplicará el cobro del menor valor entre el deducible y el daño ocasionado. El Tomador valor del deducible será cobrado al arrendatario ya sea exista culpabilidad en los hechos que ocasionaron los daños, o no. Sea que el arrendamiento se haya pactado con o sin cláusula de cobertura CDW, el arrendatario siempre será exclusivamente responsable en tal caso de pagar todas por las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envío.siguientes situaciones:

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Samples: www.lucanorent.cl

SINIESTROS. En caso de accidente, pérdida o daños del vehículo arrendado, el arrendatario o el conductor deberá denunciar este hecho de manera inmediata en cualquier oficina de la arrendadora. En caso se sufrir un accidente o siniestro que pueda dar lugar imposibilite al vehículo para seguir movilizándose, el servicio de atención en ruta coordinará una grúa que retirará el vehículo. Si requiere un vehículo de reemplazo, el servicio de asistencia en ruta informará a la reclamación bajo sucursal más cercana y a la presente pólizasucursal de origen para coordinar una unidad de reemplazo, El Asegurado siempre que exista disponibilidad en ese momento. Fuera del país, Compañía de Leasing Xxxxxxxxxx no entrega un vehículo de reemplazo. En caso de sufrir un siniestro o accidente el arrendatario deberá firmar una declaración jurada simple en cualquier oficina de la arrendadora, detallando las causas y circunstancias del accidente en un plazo no superior a 12 horas de ocurrido el siniestro, indicando su fecha, lugar, circunstancias y monto estimado de los daños. En caso de existir robos ya sea total como parcial del vehículo, así como choque o colisión con lesionados de cualquier índole (terceros, pasajeros, conductores) y delitos, es suma importancia acudir a la comisaría de carabineros más cercana e informar por escrito de este hecho a Compañía de Leasing Xxxxxxxxxx S.A., de manera inmediata para realizar una constancia declarando los hechos ocurridos, salvo imposibilidad física debidamente justificada. La constancia de carabineros y/o Beneficiario según declaración jurada simple deberá realizarse independiente de si el casoarrendatario contrató o no seguros asociados con la empresa Europcar Chile. De haber terceros involucrados de cualquier tipo, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA se debe exigir toda la información de estos; Nombre, Rut, Patente de los vehículos involucrados, Marca – Modelo, Fonos, Compañía de Seguros, etc. De ser posible, es recomendable realizar un registro visual (Fotos) del lugar y vehículos involucrados. En el caso de que no se presente la ocurrencia del siniestro, declaración o constancia correspondiente en cualquier oficina Europcar dentro de los diez (10) días hábiles siguientesplazos establecidos, se cobrará la totalidad de los daños al vehículo y a terceros, a la fecha tarjeta de estecrédito del arrendatario. Para El costo del rescate del vehículo en caso de accidente no se encuentra incluido dentro de los seguros. No se deben realizar transacciones o acuerdos con terceros, ya que LA COMPAÑÍAconstituyen causal de rechazo de cobertura de todos los seguros involucrados. En el caso de que se presentara dicha situación, efectúe el pago arrendatario deberá correr con la totalidad de los costos asociados a la reparación. En caso que el siniestro ocurra fuera del territorio chileno, la respectiva constancia y/o denuncia deberá ser realizada ante las autoridades del país donde ocurrió el hecho. El arrendatario deberá abstenerse de hacer declaraciones que comprometan en cualquier forma al arrendador. El incumplimiento de esta obligación hará responsable al arrendatario de los perjuicios que esta situación ocasione al arrendador, sin perjuicio de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente denegación de la presente pólizacobertura que en su caso se hubiere contratado. 16.-COBERTURAS: Durante la vigencia del contrato, el arrendatario puede amparar su responsabilidad pecuniaria por los daños ocasionados al vehículo arrendado, en caso de colisión, volcamiento, incendio, robo o hurto del vehículo y sus accesorios, por los daños a las personas, chofer y acompañantes, y otras emergencias específicas de responsabilidad del arrendador pagando a la arrendadora la tasa diaria correspondiente. Todas las coberturas descritas aplicarán sólo dentro del Territorio Nacional de Chile, salvo que se indique expresamente lo contrario. Todas las coberturas están condicionadas al correcto cumplimiento de los procedimientos indicados en la reclamación presentada cláusula 15 de siniestros. SEGURO CDW/LDW (Collition Damage Waiver): Exención Convencional de Responsabilidad por Daños: Para todos los efectos de este contrato, esta modalidad de exención de responsabilidad se denominará cláusula de cobertura CDW. Es obligatorio contar con seguro CDW, el cual puede ser contratado directamente con Compañía de Leasing Xxxxxxxxxx. En forma alternativa, el arrendatario puede demostrar que cuenta con dicho seguro con una tarjeta de crédito mostrando la documentación pertinente, en cuyo caso deberá dejar una garantía adicional según lo estipulado en clásula 8. Al contar con seguros externos, los cargos derivados de siniestros o accidentes serán cobrados en su totalidad al arrendatario, quien deberá solicitar los reembolsos con la compañía de tarjetas de crédito que corresponda. El CDW contempla la exención de la responsabilidad establecida en este contrato hasta el valor comercial del vehículo entregado en arriendo por los daños que este pueda sufrir y hasta por el monto indicado en las condiciones particulares para la cobertura de responsabilidad civil por daños a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta oterceros. Este seguro cuenta con un deducible por accidentes, si pérdida o daño a cobrar a todo evento, el cual queda definido en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el las condiciones particulares del contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍAarriendo, por escritoy se aplica en todas las categorías de vehículo arrendado. En caso de daños menores se aplicará el cobro del menor valor entre el deducible y el daño ocasionado. El Tomador valor del deducible será cobrado al arrendatario ya sea exista culpabilidad en los hechos que ocasionaron los daños, o no. Sea que el arrendamiento se haya pactado con o sin cláusula de cobertura CDW, el arrendatario siempre será exclusivamente responsable en tal caso de pagar todas por las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envío.siguientes situaciones:

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Samples: www.europcar.cl

SINIESTROS. En caso el evento de siniestro parcial y sin perjuicio de que pueda dar lugar a EL LOCATARIO realice los trámites exigidos por la reclamación bajo la presente póliza, El Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, a la fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe aseguradora para el pago de la indemnización correspondiente correspondiente, éste deberá proceder por su cuenta y riesgo a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad reparación de EL BIEN y exactitud a ponerlo en buenas condiciones de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidadfuncionamiento, a través criterio de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el casoEL ARRENDADOR, dentro del mes siguiente a término que éste le indique. La reparación deberá hacerse con autorización previa y escrita de EL ARRENDADOR, y deberá ser efectuada por la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, persona autorizada por éste por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha EL ARRENDADOR por su parte deberá entregar a EL LOCATARIO el valor de la revocaciónindemnización que reciba de la aseguradora, incluyendo quedando a cargo de éste el pago del valor del deducible y/o del valor del exceso del costo de las primas reparaciones frente al valor de la indemnización más (+) el deducible. En el evento de destrucción o pérdida total de EL BIEN a prorrata juicio de la aseguradora, EL ARRENDADOR dará por terminado el período presente contrato, caso en el cual imputará la indemnización recibida más (+) el valor del deducible que comienza con reciba de EL LOCATARIO, al saldo que éste tenga pendiente. Si una vez imputada la indemnización recibida de la aseguradora más (+) el plazo xx xxxxxx y termina valor del deducible recibido de EL LOCATARIO, la suma total no fuere suficiente para pagar en la fecha su integridad el saldo pendiente a cargo de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha EL LOCATARIO, el faltante deberá ser pagado por éste dentro de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx los tres (103) días hábiles de antelación, contados siguientes a partir la presentación de la fecha respectiva cuenta de envíocobro por parte de EL ARRENDADOR. PARÁGRAFO PRIMERO.- Si la aseguradora no estuviere obligada a pagar el valor de los daños ocasionados a EL BIEN por razón del siniestro, la reparación del mismo quedará a cargo de EL LOCATARIO, y deberá cumplir con los mismos requisitos y características establecidos en esta cláusula. PARÁGRAFO SEGUNDO.- El canon de arrendamiento no podrá disminuirse con base en el argumento del deterioro de EL BIEN, evento que asume EL LOCATARIO sin alterar sus obligaciones frente a EL ARRENDADOR. PARÁGRAFO TERCERO.- EL LOCATARIO está obligado a cumplir con las obligaciones contenidas en el presente contrato aún cuando el daño de EL BIEN, total o parcial, hubiere sido causado por un tercero. EL ARRENDADOR podrá ceder sus derechos contra el tercero a EL LOCATARIO, sin que ello implique suspensión, prórroga o exoneración de las obligaciones a cargo de éste.

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Samples: Contrato De Leasing Habitacional

SINIESTROS. “El Instituto” no será responsable de los daños y perjuicios causados al inmueble arrendado por sismos, incendios, inundaciones y demás accidentes que provengan de caso fortuito o de fuerza mayor, con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 2436 y 2483, fracción VI, del Código Civil Federal. Para el caso de siniestros no imputables a “El Instituto”, “El Arrendador” lo autoriza para llevar a cabo las reparaciones que resulten necesarias, cuyo costo será deducido del importe de las rentas, siempre que a juicio de “El Instituto” así convenga a sus intereses. “Las partes” convienen en que si por cualquiera de las circunstancias anteriores, no se pueda seguir utilizando el inmueble, se dará por terminado anticipadamente el Contrato. En caso de siniestro sismos, incendios, inundaciones y demás accidentes que pueda dar lugar provengan de caso fortuito o de fuerza mayor, “El Arrendador” se obliga a la reclamación bajo la presente pólizaentregar a “El Instituto” un dictamen estructural avalado por un Director Responsable de Obra o Corresponsable de Estructuras, El Asegurado y/o Beneficiario según con autorización vigente por el casoGobierno de _______________, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, actualizado dentro de los diez (10) 10 días hábiles siguientesposteriores al suceso. “El Instituto” pagará a “El Arrendador” o a quien sus derechos represente, una renta mensual por la cantidad de $______________ (____________________ pesos 00/100 M.N.) más IVA, a la partir del 01 de enero al 31 de diciembre del 2019, tomando como referencia el monto que señala el Dictamen de Justipreciación xx Xxxxx número Secuencial ____________, número Genérico _____________ de fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA__________________, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata emitido por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx Instituto de Administración y termina en la fecha Avalúos de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envíoBienes Nacionales.

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Samples: reposipot.imss.gob.mx

SINIESTROS. En caso De acuerdo con las condiciones estipuladas en los amparos descritos en la Condición Primera – Coberturas de siniestro esta Póliza, se considera que pueda dar lugar a la reclamación bajo la presente pólizaha ocurrido el siniestro, El Asegurado y/o Beneficiario cuando han transcurrido quince (15) días comunes desde el último día de plazo en el cual los arrendatarios han debido efectuar el pago del canon según lo estipulado en el casocontrato de arrendamiento, deberá dar aviso no habiéndolo efectuado y se ha notificado de ello a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, a más tardar dentro de los diez tres (103) primeros días hábiles siguientes, del mes siguiente a la fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe se configure el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente pólizaincumplimiento. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización indemnizará al Asegurado o ASEGURADO el monto equivalente a los Beneficiariosdos (2) meses de cánones, según sea correspondientes al mes incumplido y notificado y el caso, inmediatamente siguiente. Dicho pago se realizará dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado se formalice la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, en los términos del artículo 1077 del Código de Comercio. En caso que el Arrendatario cumpla con la obligación de que pago correspondiente al monto total o parcial indemnizado bajo este primer pago realizado por LA COMPAÑÍA, EL ASEGURADO estará en la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea obligación de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado reembolsar dichos montos a LA COMPAÑÍA, por escritode acuerdo con lo estipulado en el numeral 2.6. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la Condición Octava – Obligaciones del TOMADOR / ASEGURADO de la presente Póliza. De persistir el incumplimiento, LA COMPAÑÍA continuará pagando mensualmente los cánones, con fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período pago que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados se contará a partir de la fecha en que se realice el primer pago, hasta que ocurra cualquiera de envíolas siguientes circunstancias: a) se restituya el inmueble arrendado por parte de los arrendatarios o b) se normalice la situación de pago por parte de los arrendatarios. PARÁGRAFO PRIMERO: De conformidad con los términos establecidos en la Condición Primera - Coberturas de la presente Póliza, los pagos que efectúe LA COMPAÑÍA serán realizados hasta por un término de treinta y seis (36) meses, siempre y cuando el contrato de arrendamiento haya sido renovado, la póliza haya sido renovada y se hayan pagado la(s) prima(s) correspondiente(s) a la(s) nueva(s) vigencia(s). PARÁGRAFO SEGUNDO: cuando entre EL ASEGURADO y los arrendatarios se presenten diferencias respecto de la fecha de restitución del inmueble, LA COMPAÑÍA indemnizará el lapso controvertido de acuerdo con la sentencia ejecutoriada proferida por la justicia ordinaria, o con lo demostrado por cualquier otro medio idóneo para acreditar la verdadera fecha de restitución.

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Samples: www.zurichseguros.com.co

SINIESTROS. En caso de siniestro que pueda dar lugar avería, se deberá poner en conocimiento de la Compañía de modo inmediato, y siempre antes de efectuar sobre el vehículo. Para ello, se contactará telefónicamente con los teléfonos 000000000 ó 00 000 00 00 (desde el extranjero) en el mismo día de entrada en el taller del Vehículo Asegurado. El taller reparador deberá recabar la información relativa a la reclamación bajo avería y enviarla a la presente póliza, El Asegurado y/o Beneficiario según Compañía en el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA plazo máximo de 2 días laborables desde la entrada en taller del Vehículo Asegurado. No quedará cubierta cualquier intervención sobre el Vehículo sin la autorización previa por escrito de la ocurrencia Compañía. Cuando la Compañía así lo indique, las reparaciones se llevarán a cabo en la red de Talleres Recomendados de la Compañía, siendo a su cargo el traslado del Vehículo hasta éstos. La Compañía cuenta con 3 días laborables para aceptar el siniestro, dentro de autorizar el desmontaje, o nombrar un perito inspector. El perito inspeccionará el vehículo en los diez (10) 3 días hábiles laborables siguientes, a la fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de su informe la fecha Compañía autorizará o rechazará la reparación en el plazo de envío.2 días laborables. La Compañía, a criterio de su departamento técnico, determinará el empleo de piezas nuevas o reacondicionadas, y podrá asumir el suministro directo de las mismas al Taller Reparador, siempre a su caro. Todas las reparaciones estarán sujetas a los tiempos de montaje, desmontaje y reparación establecidos por la marca en sus manuales o por una entidad independiente. Las operaciones de diagnóstico y la elección del Taller Reparador están sujetas a la aprobación por parte de la Compañía. El Taller deberá facilitar a la Compañía fotocopia de la siguiente documentación: • Permiso de Circulación del Vehículo. • DNI del Propietario del Vehículo Asegurado. • Tarjeta de Inspección Técnica, donde figure el sello de la ITV cuando así proceda. • Contrato de compra-venta del Vehículo. La Compañía hará efectivo el importe de la reparación directamente al Taller Reparador, una vez finalizada ésta. De ocurrir un siniestro, el Tomador del Seguro o el Propietario del Vehículo Asegurado están obligados a:

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Samples: www.mobile-garantie.com

SINIESTROS. En caso el evento de siniestro parcial y sin perjuicio de que pueda dar lugar a EL LOCATARIO realice los trámites exigidos por la reclamación bajo la presente póliza, El Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, a la fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe aseguradora para el pago de la indemnización correspondiente correspondiente, éste deberá proceder por su cuenta y riesgo a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad reparación de EL BIEN y exactitud a ponerlo en buenas condiciones de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidadfuncionamiento, a través criterio de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el casoEL ARRENDADOR, dentro del mes siguiente a la fecha en término que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamaciónéste le indique. El AseguradoLa reparación deberá hacerse con autorización previa y escrita de EL ARRENDADOR, y deberá ser efectuada por los Beneficiariosfabricantes de EL BIEN, los herederos legales o sus representantes personalesen el país, según el caso, quedarán privados proveedor de todo derecho procedente de EL BIEN o por la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, persona autorizada por EL ARRENDADOR por escrito. El Tomador será responsable en tal caso Los repuestos deberán ser técnicamente adecuados; no podrán cambiar la función original de pagar todas las primas causadas hasta la fecha EL BIEN, y se entenderán incorporados a éste y de propiedad de EL ARRENDADOR, sin que EL LOCATARIO tenga derecho a compensación alguna por este concepto. EL ARRENDADOR por su parte deberá entregar a EL LOCATARIO el valor de la revocaciónindemnización que reciba de la aseguradora, incluyendo quedando a cargo de éste el pago del valor del deducible y/o del valor del exceso del costo de las primas reparaciones frente al valor de la indemnización más (+) el deducible. En el evento de destrucción o pérdida total de EL BIEN a prorrata juicio de la aseguradora, EL ARRENDADOR dará por terminado el período presente contrato, caso en el cual imputará la indemnización recibida más (+) el valor del deducible que comienza con reciba de EL LOCATARIO, al saldo que éste tenga pendiente. Si una vez imputada la indemnización recibida de la aseguradora más (+) el plazo xx xxxxxx y termina valor del deducible recibido de EL LOCATARIO, la suma total no fuere suficiente para pagar en la fecha su integridad el saldo pendiente a cargo de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha EL LOCATARIO, el faltante deberá ser pagado por éste dentro de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx los tres (103) días hábiles de antelación, contados siguientes a partir la presentación de la fecha respectiva cuenta de envíocobro por parte de EL ARRENDADOR. PARÁGRAFO PRIMERO.- Si la aseguradora no estuviere obligada a pagar el valor de los daños ocasionados a EL BIEN por razón del siniestro, la reparación del mismo quedará a cargo de EL LOCATARIO, y deberá cumplir con los mismos requisitos y características establecidos en esta cláusula. PARÁGRAFO SEGUNDO.- El canon de arrendamiento no podrá disminuirse con base en el argumento del deterioro de EL BIEN, evento que asume EL LOCATARIO sin alterar sus obligaciones frente a EL ARRENDADOR. PARÁGRAFO TERCERO.- EL LOCATARIO está obligado a cumplir con las obligaciones contenidas en el presente contrato aún cuando el daño de EL BIEN, total o parcial, hubiere sido causado por un tercero. EL ARRENDADOR podrá ceder sus derechos contra el tercero a EL LOCATARIO, sin que ello implique suspensión, prórroga o exoneración de las obligaciones a cargo de éste.

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Samples: Contrato De Leasing

SINIESTROS. En caso De acuerdo con las condiciones estipuladas en los amparos descritos en la Condición Primera – Coberturas de siniestro esta Póliza, se considera que pueda dar lugar a la reclamación bajo la presente pólizaha ocurrido el siniestro, El Asegurado y/o Beneficiario cuando han transcurrido quince (15) días comunes desde el último día de plazo en el cual los arrendatarios han debido efectuar el pago del canon según lo estipulado en el casocontrato de arrendamiento, deberá dar aviso no habiéndolo efectuado y se ha notificado de ello a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, a más tardar dentro de los diez tres (103) primeros días hábiles siguientes, del mes siguiente a la fecha de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe se configure el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente pólizaincumplimiento. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización indemnizará al Asegurado o el monto equivalente a los Beneficiariosdos (2) meses de cánones, según sea correspondientes al mes incumplido y notificado y el caso, inmediatamente siguiente. Dicho pago se realizará dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado se formalice la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, en los términos del artículo 1077 del Código de Comercio. En caso que el Arrendatario cumpla con la obligación de que pago correspondiente al monto total o parcial indemnizado bajo este primer pago realizado por LA COMPAÑÍA, EL ASEGURADO estará en la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea obligación de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado reembolsar dichos montos a LA COMPAÑÍA, por escritode acuerdo con lo estipulado en el numeral 2.6. El de la Condición Octava – Obligaciones del Tomador será responsable en tal caso / Asegurado de pagar todas las primas causadas hasta la presente Póliza. De persistir el incumplimiento, LA COMPAÑÍA continuará pagando mensualmente los cánones, con fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período pago que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados se contará a partir de la fecha en que se realice el primer pago, hasta que ocurra cualquiera de envíolas siguientes circunstancias: a) se restituya el inmueble arrendado por parte de los arrendatarios o b) se normalice la situación de pago por parte de los arrendatarios. PARÁGRAFO PRIMERO: De conformidad con los términos establecidos en la Condición Primera - Coberturas de la presente Póliza, los pagos que efectúe LA COMPAÑÍA serán realizados hasta por un término de treinta y seis (36) meses, siempre y cuando el contrato de arrendamiento haya sido renovado, la póliza haya sido renovada y se hayan pagado la(s) prima(s) correspondiente(s) a la(s) nueva(s) vigencia(s). PARÁGRAFO SEGUNDO: cuando entre EL ASEGURADO y los arrendatarios se presenten diferencias respecto de la fecha de restitución del inmueble, LA COMPAÑÍA indemnizará el lapso controvertido de acuerdo con la sentencia ejecutoriada proferida por la justicia ordinaria, o con lo demostrado por cualquier otro medio idóneo para acreditar la verdadera fecha de restitución.

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Samples: www.zurichseguros.com.co

SINIESTROS. En Al ocurrir un siniestro, el tomador del seguro, el Asegurado o derechohabiente, en su caso, están obligados a denunciar el siniestro en el plazo establecido de tres días de producido; o en el caso de siniestro Responsabilidad Civil, hecho del que pueda dar lugar nace su eventual responsabilidad; o del reclamo xxx xxxxxxx, si fuera conocido por él o debiera conocerlo; o desde la reclamación xxx xxxxxxx, si antes no lo hubie- ra conocido y hubiera dado la noticia inmediata a la reclamación bajo compañía cuando el tercero haya hecho valer judicialmente su derecho. En relación a la presente pólizacobertura de Responsabilidad Civil, El el Asegurado y/o Beneficiario no podrá reconocer su respon- sabilidad ni celebrar transacción sin presencia de la compañía. Cuando estos actos se celebraran con intervención de la compañía, ésta entregará los fondos que correspondan según el casocontrato, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA en término útil para el cumplimiento diligente de las obligaciones asumidas. La compañía podrá designar uno o más expertos para verificar el siniestro y la extensión de la ocurrencia prestación a su cargo, examinar la prueba instrumental y realizar las indagaciones necesarias a tales fines. El informe del siniestroo de los expertos no compromete a la compañía; es únicamente un ele- mento de juicio para que ésta pueda pronunciarse acerca del derecho del Asegurado. El tomador, Asegurado o derechohabiente podrá hacerse representar, a su xxxxx, en el procedi- miento de verificación y liquidación del daño. Excepto para la cobertura de Responsabilidad Civil, la compañía debe pronunciarse acerca del derecho del tomador o Asegurado en su caso, dentro de los diez (10) treinta días hábiles siguientes, de recibida la informa- ción complementaria a que se refiere el segundo párrafo del artículo 46 de la ley de seguros. La omisión de pronunciarse implicará aceptación. En lo que hace a la fecha cobertura de este. Para Responsabilidad Civil, cuando la compañía no asumiera o decli- nara la defensa, se liberará de los gastos y costas que LA COMPAÑÍAse devenguen a partir del momento que deposite los importes cubiertos o la suma demandada, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente pólizaque fuera menor, El Asegurado o más los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad gastos y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente pólizacostas ya devengados, en caso de la proporción que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envíole correspondiese.

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Samples: Modelo Ilustrativo Sin Valor Contractual

SINIESTROS. En caso Al ocurrir algún siniestro cubierto por la presente Póliza, el Asegurado tendrá la obligación de siniestro que pueda dar lugar comunicarlo inmediatamente a la reclamación bajo la presente póliza, El Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, Compañía y a la fecha autoridad de este. Para que LA COMPAÑÍATránsito más cercana al lugar del accidente, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado gozaran de un plazo máximo de cinco (5) días para el aviso, salvo cuando no tenga conocimiento del hecho, en cuyo caso deberá dar tal aviso tan pronto como se entere de que el siniestro ha acontecido y probar que no tuvo conocimiento anterior de los hechos.- La falta oportuna de éste aviso dará lugar a que la reclamaciónindemnización sea reducida a la cantidad que originalmente hubiere importado el siniestro, si la Compañía hubiera tenido pronto aviso sobre el mismo. El Asegurado remitirá a la Compañía inmediatamente que las reciba, toda correspondencia, demanda, reclamación, orden judicial, citatorio o requerimiento relacionados con cualquier reclamación que haya presentado a la Compañía. En el caso de robo u otro acto criminal que puede ser objeto de reclamación conforme a esta Póliza, el Asegurado dará aviso inmediato a la autoridad competente y cooperará con la Compañía para conseguir la condenación del culpable. El Asegurado tendrá la obligación de concurrir a todas las diligencias administrativas o judiciales para las que sea citado con motivo de algún siniestro por el que haya presentado la reclamación a la Compañía. En caso de no hacerlo, la Compañía quedará relevada de sus obligaciones con relación al mismo. La Compañía no será responsable de cualquier daño sufrido o causado por el Automóvil Asegurado, si se ha procedido a la reparación del mismo, sin autorización por escrito de la Compañía. El Asegurado no podrá admitir su responsabilidad, ni hacer ofertas, promesas o pago sin el consentimiento por escrito de la Compañía, la que tendrá el derecho, si así lo deseare, de tomar por su cuenta y gestionar a nombre del Asegurado, la defensa o arreglo de cualquier reclamación o de seguir a nombre de él y en provecho propio, cualquier reclamación por indemnización o daños y perjuicios contra cualquier tercero. La Compañía tendrá libertad plena para la gestión de cualquier proceso o para el arreglo de cualquier reclamación, y el Asegurado le proporcionará todos los Beneficiariosinformes o ayuda que sean necesarios. A este efecto, los herederos legales inmediatamente que la Compañía le solicite, el Asegurado otorgará poder en favor de ella o de quien la misma designe. En caso de que el Asegurado faltare a esta condición, la Compañía quedará relevada de sus obligaciones. Cualquier ayuda que la Compañía o sus representantes personalespresten al Asegurado, según el caso, quedarán privados no podrá interpretarse como aceptación de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envíoresponsabilidad.

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Samples: www.mapfre.com.hn

SINIESTROS. En caso de accidente, pérdida o daños del vehículo arrendado, el arrendatario o el conductor deberá denunciar este hecho de manera inmediata en cualquier oficina de la arrendadora, o mediante correo electrónico al correo xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx En caso se sufrir un accidente o siniestro que pueda dar lugar imposibilite al vehículo para seguir movilizándose, el servicio de atención en ruta coordinará una grúa que retirará el vehículo. Si requiere un vehículo de reemplazo, el servicio de asistencia en ruta informará a la reclamación bajo sucursal más cercana y a la presente pólizasucursal de origen para coordinar una unidad de reemplazo, El Asegurado siempre que exista disponibilidad en ese momento. En caso de sufrir un siniestro o accidente el arrendatario deberá firmar una declaración jurada simple en cualquier oficina de la arrendadora, detallando las causas y circunstancias del accidente en un plazo no superior a 12 horas de ocurrido el siniestro, indicando su fecha, lugar, circunstancias y monto estimado de los daños. En caso de existir robos ya sea total como parcial del vehículo, así como choque o colisión con lesionados de cualquier índole (terceros, pasajeros, conductores) y delitos, es suma importancia acudir a la comisaría de carabineros más cercana e informar por escrito de este hecho x Xxxxxx Xxxx a Car S.A., de manera inmediata para realizar una constancia declarando los hechos ocurridos, salvo imposibilidad física debidamente justificada. La constancia de carabineros y/o Beneficiario según declaración jurada simple deberá realizarse independiente de si el casoarrendatario contrató o no seguros asociados con la empresa Xxxxxx Rent a Car S.A. Chile. De haber terceros involucrados de cualquier tipo, deberá dar aviso se debe exigir toda la información de estos; Nombre, Rut, Patente de los vehículos involucrados, Marca – Modelo, Fonos, Compañía de Seguros, etc. De ser posible, es recomendable realizar un registro visual (Fotos) del lugar y vehículos involucrados. En el caso de que no se presente la declaración o constancia correspondiente en cualquier oficina Xxxxxx Rent a LA COMPAÑÍA de la ocurrencia del siniestro, Car S.A. o mediante correo electrónico al correo xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx dentro de los diez (10) días hábiles siguientesplazos establecidos, se cobrará la totalidad de los daños al vehículo y a terceros, a la fecha tarjeta de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia crédito del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamaciónarrendatario. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, costo del rescate del vehículo en caso de accidente no se encuentra incluido dentro de los seguros. No se deben realizar transacciones o acuerdos con terceros, ya que constituyen causal de rechazo de cobertura de todoslos seguros involucrados. En el caso de que se presentará dicha situación, el arrendatario deberá correr con la reclamación presentada totalidad de los costos asociados a LA COMPAÑÍA sea la reparación. El arrendatario deberá abstenerse de hacer declaraciones que comprometan en cualquier manera fraudulenta oforma al arrendador. El incumplimiento de esta obligación hará responsable al arrendatario de los perjuicios que esta situación ocasione al arrendador, si sin perjuicio de la denegación de la cobertura que en apoyo su caso se hubiere contratado. SEGURO CDW/LDW (Collition Damage Waiver): Exención Convencional de ella Responsabilidad por Daños: Para todos los efectos de este contrato, esta modalidad de exención de responsabilidad se hicieren denominará cláusula de cobertura CDW. Es obligatorio contar con seguro CDW, el cual puede ser contratado directamente con Xxxxxx Xxxx a Car S.A.. En forma alternativa, el arrendatario puede demostrar que cuenta con dicho seguro con una tarjeta de crédito mostrando la documentación pertinente, en cuyo caso deberá dejar una garantía adicional según lo estipulado en cláusula 8. Al contar con seguros externos, los cargos derivados de siniestros o utilizaren declaraciones falsas accidentes serán cobrados en su totalidad al arrendatario, quien deberá solicitar los reembolsos con la compañía de tarjetas de crédito que corresponda. El CDW contempla la exención de la responsabilidad establecida en este contrato hasta el valor comercial del vehículo entregado en arriendo por los daños que este pueda sufrir y hasta por el monto indicado en las condiciones particulares para la cobertura de responsabilidad civil por daños a terceros. Este seguro cuenta con un deducible por accidentes, pérdida o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente daño a cobrar a todo evento, el cual queda definido en las condiciones particulares del contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍAarriendo, por escritoy se aplica en todas las categorías de vehículo arrendado. En caso de daños menores se aplicará el cobro del menor valor entre el deducible y el daño ocasionado. El Tomador valor del deducible será cobrado al arrendatario ya sea exista culpabilidad en los hechos que ocasionaron los daños, o no. Sea que el arrendamiento se haya pactado con o sin cláusula de cobertura CDW, el arrendatario siempre será exclusivamente responsable en tal caso de pagar todas por las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envío.siguientes situaciones:

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Samples: www.lucanorent.cl

SINIESTROS. En caso Al ocurrir el siniestro cubierto por la presente Póliza, el Asegurado tendrá la obligación de siniestro que pueda dar lugar participarlo a la reclamación bajo Compañía y a la presente pólizaautoridad de Tránsito más cercana al lugar del accidente, El Asegurado y/o Beneficiario según el salvo cuando no tenga conocimiento del hecho, en cuyo caso, deberá dar tal aviso tan pronto como se entere que el siniestro ha acontecido y para probar que no tuvo conocimiento anterior a LA COMPAÑÍA los hechos. El asegurado o el beneficiario gozarán de un plazo máximo de cinco (5) días para el aviso. La falta de este permitirá disminuir la ocurrencia indemnización a la cuantía que habría abarcado, si el aviso se hubiera dado oportunamente. Si la omisión fuere dolosa, para impedir que se comprueben las causas del siniestro, dentro la Compañía quedará liberada de los diez (10) días hábiles siguientes, sus obligaciones como tal. El Asegurado remitirá a la fecha Compañía inmediatamente que los reciba, toda correspondencia, demanda, reclamación, orden judicial, citatorio o requerimiento relacionados con cualquier reclamación que haya presentado a la Compañía. En caso de esterobo y otro acto criminal que puede ser objeto de reclamación conforme a esta Póliza, el Asegurado dará aviso inmediato a la autoridad competente y cooperará con la Compañía para conseguir la condenación del culpable. Para El Asegurado tendrá la obligación de concurrir a todas las diligencias administrativas o judiciales para las que LA COMPAÑÍA, efectúe sea citado con motivo de algún siniestro por el pago que haya presentado la reclamación a la Compañía. En caso de no hacerlo la Compañía quedará relevada de sus obligaciones con relación al mismo. La Compañía no será responsable de cualquier daño sufrido o causado por el automóvil asegurado si se ha procedido a la reparación del mismo sin autorización por escrito de la indemnización correspondiente a la presente póliza, Compañía. El Asegurado no podrá admitir su responsabilidad, ni hacer ofertas, promesas o pago sin el consentimiento por escrito de la Compañía la que tendrá el derecho, si así lo deseare, de tomar por su cuenta y gestionar a nombre del Asegurado, la defensa o arreglo de cualquier reclamación por indemnización o daños y perjuicios u otro cualquiera en contra de cualquier tercero. La Compañía tendrá libertad plena para la gestión de cualquier proceso o para el arreglo de cualquier reclamación y el Asegurado le proporcionará todos los Beneficiariosinformes o ayuda que sean necesarios. A este efecto, según sea inmediatamente que la Compañía lo solicite, el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren Asegurado otorgará poder a favor de ella o de quien la existencia del hecho amparadomisma designe. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud En caso de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado faltare a esta condición, la Compañía quedará relevada de sus obligaciones. Cualquier ayuda que la Compañía o beneficiario haya formalizado la reclamación. El su representante presente al Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados no podrá interpretarse como aceptación de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envíoresponsabilidad.

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Samples: Seguro De Automoviles

SINIESTROS. En caso de siniestro que pueda dar lugar a la reclamación bajo la presente póliza, El Tomador del Seguro o el Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA remitir después al Asegurador copia auténtica del acta de la ocurrencia declaración judicial en el plazo de 5 días, a partir de la notificación del siniestro acompañándola con un estado detallado, firmado por el propio Tomador del Seguro o el Asegurado, en el que se especificarán, con indicación de su valor, todos los bienes asegurados existentes al tiempo del siniestro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientesdestruidos, a la fecha de estelos deteriorados y los salvados con o sin daños. Para riesgo, custodiando los que LA COMPAÑÍAquedaron después del El Tomador del Seguro, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados Beneficiario deberán comunicar al Asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de todo derecho procedente de la presente póliza, en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación7 días, contados a partir de la fecha en que fue conocido, salvo que se pacte un plazo más amplio en la póliza, pudiendo reclamar el Asegurador los daños y perjuicios causados por la falta de envíoesta declaración, salvo que se demuestre que éste tuvo conocimiento del siniestro por otro medio. Tan pronto como ocurra un siniestro el Tomador del seguro o el asegurado deberán emplear los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del mismo. El incumplimiento de este deber dará derecho al asegurador a reducir su prestación en la proporción oportuna, teniendo en cuenta la importancia de los daños derivados del mismo y el grado de culpa del asegurado. Si este incumplimiento se produjera con la manifiesta intención de perjudicar o engañar al asegurador, éste quedará liberado de toda prestación derivada del siniestro. Además, el tomador del seguro o el asegurado deberá dar al asegurador toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización sólo se producirá en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave.

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Samples: inicio.grupo10mb.com

SINIESTROS. En caso de accidente, pérdida o daños del vehículo arrendado, el arrendatario o el conductor deberá denunciar este hecho de manera inmediata en cualquier oficina de la arrendadora. En caso se sufrir un accidente o siniestro que pueda dar lugar imposibilite al vehículo para seguir movilizándose, el servicio de atención en ruta coordinará una grúa que retirará el vehículo. Si requiere un vehículo de reemplazo, el servicio de asistencia en ruta informará a la reclamación bajo sucursal más cercana y a la presente pólizasucursal de origen para coordinar una unidad de reemplazo, El Asegurado siempre que exista disponibilidad en ese momento. Fuera del país, Compañía de Leasing Xxxxxxxxxx no entrega un vehículo de reemplazo. En caso de sufrir un siniestro o accidente el arrendatario deberá firmar una declaración jurada simple en cualquier oficina de la arrendadora, detallando las causas y circunstancias del accidente en un plazo no superior a 12 horas de ocurrido el siniestro, indicando su fecha, lugar, circunstancias y monto estimado de los daños. En caso de existir robos ya sea total como parcial del vehículo, así como choque o colisión con lesionados de cualquier índole (terceros, pasajeros, conductores) y delitos, es suma importancia acudir a la comisaría de carabineros más cercana e informar por escrito de este hecho a Compañía de Leasing Xxxxxxxxxx S.A., de manera inmediata para realizar una constancia declarando los hechos ocurridos, salvo imposibilidad física debidamente justificada. La constancia de carabineros y/o Beneficiario según declaración jurada simple deberá realizarse independiente de si el casoarrendatario contrató o no seguros asociados con la empresa Europcar Chile. De haber terceros involucrados de cualquier tipo, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA se debe exigir toda la información de estos; Nombre, Rut, Patente de los vehículos involucrados, Marca – Modelo, Fonos, Compañía de Seguros, etc. De ser posible, es recomendable realizar un registro visual (Fotos) del lugar y vehículos involucrados. En el caso de que no se presente la ocurrencia del siniestro, declaración o constancia correspondiente en cualquier oficina Europcar dentro de los diez (10) días hábiles siguientesplazos establecidos, se cobrará la totalidad de los daños al vehículo y a terceros, a la fecha tarjeta de este. Para que LA COMPAÑÍA, efectúe el pago de la indemnización correspondiente a la presente póliza, El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el caso, presentaran pruebas fehacientes, que demuestren la existencia crédito del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamaciónarrendatario. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente de la presente póliza, costo del rescate del vehículo en caso de accidente no se encuentra incluido dentro de los seguros. No se deben realizar transacciones o acuerdos con terceros, ya que constituyen causal de rechazo de cobertura de todos los seguros involucrados. En el caso de que se presentara dicha situación, el arrendatario deberá correr con la reclamación presentada totalidad de los costos asociados a LA COMPAÑÍA sea la reparación. En caso que el siniestro ocurra fuera del territorio chileno, la respectiva constancia y/o denuncia deberá ser realizada ante las autoridades del país donde ocurrió el hecho. El arrendatario deberá abstenerse de hacer declaraciones que comprometan en cualquier manera fraudulenta oforma al arrendador. El incumplimiento de esta obligación hará responsable al arrendatario de los perjuicios que esta situación ocasione al arrendador, si sin perjuicio de la denegación de la cobertura que en apoyo su caso se hubiere contratado. SEGURO CDW/LDW (Collition Damage Waiver): Exención Convencional de ella Responsabilidad por Daños: Para todos los efectos de este contrato, esta modalidad de exención de responsabilidad se hicieren denominará cláusula de cobertura CDW. Es obligatorio contar con seguro CDW, el cual puede ser contratado directamente con Compañía de Leasing Xxxxxxxxxx. En forma alternativa, el arrendatario puede demostrar que cuenta con dicho seguro con una tarjeta de crédito mostrando la documentación pertinente, en cuyo caso deberá dejar una garantía adicional según lo estipulado en cláusula 8. Al contar con seguros externos, los cargos derivados de siniestros o utilizaren declaraciones falsas accidentes serán cobrados en su totalidad al arrendatario, quien deberá solicitar los reembolsos con la compañía de tarjetas de crédito que corresponda. El CDW contempla la exención de la responsabilidad establecida en este contrato hasta el valor comercial del vehículo entregado en arriendo por los daños que este pueda sufrir y hasta por el monto indicado en las condiciones particulares para la cobertura de responsabilidad civil por daños a terceros. Este seguro cuenta con un deducible por accidentes, pérdida o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente daño a cobrar a todo evento, el cual queda definido en las condiciones particulares del contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍAarriendo, por escritoy se aplica en todas las categorías de vehículo arrendado. En caso de daños menores se aplicará el cobro del menor valor entre el deducible y el daño ocasionado. El Tomador valor del deducible será cobrado al arrendatario ya sea exista culpabilidad en los hechos que ocasionaron los daños, o no. Sea que el arrendamiento se haya pactado con o sin cláusula de cobertura CDW, el arrendatario siempre será exclusivamente responsable en tal caso de pagar todas por las primas causadas hasta la fecha de la revocación, incluyendo las primas a prorrata por el período que comienza con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envío.siguientes situaciones:

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Samples: convenios.laaraucana.cl

SINIESTROS. En caso de siniestro que pueda dar lugar deberá ponerlo en conocimiento de ALLIANZ TRAVEL a través de la reclamación bajo página web www.allianz- xxxxxxxxxx.xx, por correo electrónico: siniestros@allianz- xxxxxxxxxx.xx o del teléfono 000 00 00 00 o 00 000 0000 dentro del plazo de 7 días. Pasado este plazo, ALLIANZ TRAVEL podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la presente pólizafalta de comunicación. El asegurado deberá emplear todos los medios a su alcance para aminorar las consecuencias del siniestro. El Departamento de Siniestros de ALLIANZ TRAVEL, El Asegurado y/o Beneficiario según el caso, deberá dar aviso a LA COMPAÑÍA una vez tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro, dentro le enviará un formulario o requerimiento de documentación que deberá rellenar. En el mismo se le indicará la relación de documentos que necesariamente deberá aportar para que el siniestro pueda ser indemnizado. En cualquier caso siempre se adjuntarán los diez (10) días hábiles siguientesjustificantes, facturas, recibos, certificados y denuncias originales así como los informes médicos y demás documentación que justifique tanto la ocurrencia de hechos amparados bajo esta póliza, como el haber incurrido en gastos indemnizables bajo la misma. Deberá remitirlo a AWP P&C SA, Sucursal en España, Departamento de Siniestros: Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx 00, 3ª planta, 28043 Madrid. Deberá el asegurado en todos los casos comunicar a ALLIANZ TRAVEL las garantías suscritas con otros aseguradores para el mismo riesgo.  En caso de siniestro de anulación deberá comunicar con la fecha mayor rapidez posible al organizador del viaje, que ha tenido conocimiento de este. Para un hecho que LA COMPAÑÍAle impide realizar el mismo, efectúe el pago de forma que se limiten las consecuencias de la indemnización correspondiente a la presente póliza, anulación. El Asegurado o los Beneficiarios, según sea el asegurado deberá en todo caso, presentaran pruebas fehacientesy conforme a lo establecido en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que demuestren la existencia del hecho amparado. Sin embargo LA COMPAÑÍA podrá comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, teniendo derecho y la oportunidad, a través de sus médicos de examinar a la persona asegurada, mientras dure la reclamación o se encuentre pendiente una reclamación contra la presente póliza. LA COMPAÑÍA pagará la indemnización al Asegurado o a los Beneficiarios, según sea en el caso, dentro del mes siguiente a la fecha en que el Asegurado o beneficiario haya formalizado la reclamación. El Asegurado, los Beneficiarios, los herederos legales o sus representantes personales, según el caso, quedarán privados de todo derecho procedente momento de la presente póliza, suscripción o bien en caso de que la reclamación presentada a LA COMPAÑÍA sea de cualquier manera fraudulenta o, si en apoyo de ella se hicieren o utilizaren declaraciones falsas o documentos engañosos o dolosos o cualquier otro medio para sustentarla El Asegurado podrá revocar unilateralmente el contrato de seguro mediante aviso dado a LA COMPAÑÍA, por escrito. El Tomador será responsable en tal caso de pagar todas las primas causadas hasta la fecha curso de la revocacióngarantía, incluyendo declarar a ALLIANZ TRAVEL las primas a prorrata por garantías suscritas para el período que comienza mismo riesgo con el plazo xx xxxxxx y termina en la fecha de revocación. El contrato quedará revocado en la fecha de recibo de tal comunicación. LA COMPAÑÍA puede notificar al Asegurado titular la terminación del seguro, mediante noticia escrita enviada a la última dirección conocida de su domicilio, con no menos xx xxxx (10) días hábiles de antelación, contados a partir de la fecha de envíootros aseguradores.

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Samples: www.i4t.es