Sobre las medidas de seguridad Cláusulas de Ejemplo

Sobre las medidas de seguridad. El personal de la empresa adjudicataria deberá de cumplir la normativa de aplicación en materia de prevención de riesgos laborales en función de la actividad que desarrollen; en todo caso el adjudicatario deberá delimitar el recinto de las obras cuando éstas comporten riesgo para las personas, con todos los medios y elementos de protección que sean necesarios.
Sobre las medidas de seguridad. El adjudicatario deberá realizar una evaluación de riesgos en función de las actividades a desarrollar para el mantenimiento del servicio a prestar, para lo cual redactará un Plan de Seguridad y Salud, conforme se dispone en el articulado del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción e ingeniería civil, y cuya relación figura en el Anexo I de dicho Real Decreto. Dicho Plan de Seguridad será firmado por el autor del Plan y el Coordinador de Seguridad y Salud, nombrado a tal efecto. El personal de la contrata deberá utilizar los medios preventivos de carácter general conforme se fije en el citado Plan de Seguridad y Salud. En todo caso el adjudicatario deberá delimitar el recinto de las obras cuando éstas comporten riesgo para las personas, con todos los medios y elementos de protección que sean necesarios.
Sobre las medidas de seguridad. El adjudicatario será responsable de cumplir la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales sobre su personal, tanto el presencial como el no presencial. A tal efecto, el personal deberá estar dotado de los equipos de protección individual necesarios y trabajar conforme a los procedimientos y protocolos definidos por la normativa técnica vigente en materia de prevención de riesgos. Si, como consecuencia de incumplimiento de alguno de los extremos descritos en el párrafo anterior, se produjesen daños materiales en las instalaciones o edificios del Senado, el adjudicatario será responsable de su reparación. Para ello empleará personal distinto al personal presencial de mantenimiento y se hará cargo del coste de todos los materiales y repuestos, devolviendo la instalación a su estado original.‌
Sobre las medidas de seguridad. El personal de la Empresa Adjudicataria deberá de cumplir la normativa de aplicación en materia de prevención de riesgos laborales en función de la actividad que desarrollen. En todo caso el Adjudicatario deberá delimitar el recinto de las obras cuando éstas comporten riesgo para las personas, con todos los medios y elementos de protección que sean necesarios.
Sobre las medidas de seguridad. El ENCARGADO DE TRATAMIENTO deberá implantar las medidas de seguridad, técnicas y organizativas necesarias, establecidas en el Esquema Nacional de Seguridad así como todas aquellas indicadas en los pliegos del presente contrato y sus anexos. En todo caso, deberá implantar mecanismos para: a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
Sobre las medidas de seguridad. En todo caso el adjudicatario deberá delimitar el recinto de las obras cuando éstas comporten riesgo para las personas, con todos los medios y elementos de protección que sean necesarios. Ya que la conservación y el mantenimiento que se realizan al amparo de este contrato no precisa de proyecto técnico de ejecución y como consecuencia de ello, de dirección facultativa y coordinador de seguridad y salud, la organización preventiva de la empresa adjudicataria deberá ajustarse a lo reglamentado en la Ley 31/95 sobre Prevención de Riesgos Laborales y al Real Decreto 39/97, sobre los Servicios de Prevención. Como consecuencia de ello y de acuerdo con informe evacuado por el Instituto Regional de Seguridad y salud en el Trabajo de la Comunidad de Madrid al respecto, la empresa contratista presentará a la autoridad laboral, una evaluación de riesgos ajustada a las características del trabajo y firmada por su Servicio de Prevención. La contrata adjudicataria establecerá con sus empresas subcontratistas si las hubiera la coordinación de actividades que se establecen en el art. 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

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  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

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  • Contrato de Seguro Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato de Seguro. Este Contrato de Seguro está constituido por: a) Las declaraciones del Solicitante Titular proporcionadas por escrito en la solicitud del seguro. b) La Póliza. c) Las cláusulas adicionales o endosos, los cuales son documentos que modifican o condicionan en cualquier sentido los alcances del contrato. d) Las Condiciones Generales. e) Cualquier otro documento que hubiera sido materia para la celebración del mismo.

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

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