SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA Cláusulas de Ejemplo

SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. Será el volumen anual de negocio de licitador referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluido deberá ser al menos importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato.
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. Podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. SOLVENCIA TÉCNICA
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. Se acreditará mediante una declaración responsable relativa a la cifra de negocios global de los servicios realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. En esta declaración se deberá acreditar una facturación superior a 500.000 eur. en cada uno de los ejercicios 2014, 2015 y 2016. En caso de concurrir en UTE, las compañías participantes podrán cumplir de forma complementaria todos los requisitos de solvencia técnica del apartado 5.1 y de solvencia económico-financiera indicados en el apartado 5.2 este anexo, en los términos en que se expresa en estos apartados.
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. Se acreditará mediante una declaración responsable relativa a la cifra de negocios global de la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. Para el lote nº 1, Se entenderá acreditada la solvencia económica – financiera por aquellas empresas que dispongan de una cifra de negocios global anual en el área fiscal y tributaría superior a 750.000 euros, en al menos uno de los tres últimos ejercicios cerrados. Para el lote nº 2, Se entenderá acreditada la solvencia económica – financiera por aquellas empresas que dispongan de una cifra de negocios global anual en el área laboral superior a 750.000 euros, en al menos uno de los tres últimos ejercicios cerrados.
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. La empresa licitadora acreditará la solvencia económico financiera mediante la aportación de documentación que demuestre un volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, con el requisito mínimo y los documentos siguientes: ⮚ Requisito mínimo: El importe del volumen anual de negocios del año de mayor volumen será igual o superior a 300.000,00 € (IVA excluido). ⮚ Documentación a aportar: Xxxxx importe se acreditará mediante declaración responsable, tal y como se indica en el anexo denominado “Solvencia Financiera”, incluido en el pliego de características administrativas. La empresa licitadora, acreditará la solvencia técnica mediante la aportación de documentación que demuestre la experiencia en la realización de servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, con el requisito mínimo y los documentos siguientes: ⮚ Requisito mínimo: El importe anual acumulado que se debe acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución de los cinco últimos años, en dichos servicios, será igual o superior a 150.000,00 € (IVA excluido). ⮚ Documentación a aportar: Xxxxx importe se acreditará mediante declaración responsable, tal y como se indica en el anexo denominado “Solvencia Técnica”, incluido en el pliego de características administrativas. Así mismo, las empresas licitadoras deberán presentar, además de la documentación referenciada, los siguientes documentos acreditativos de la solvencia técnica:
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. Los interesados en la contratación deberán acreditar como requisito de solvencia económico financiera para poder participar en la licitación, los dos siguientes extremos:
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. Para este procedimiento, la solvencia económico financiera se acreditará a través de los medios señalados expresamente a continuación y con el umbral indicado, en su caso: MEDIO DE SOLVENCIA UMBRAL MÍNIMO REQUERIDO Volumen anual de negocios Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Modo de Acreditación Mediante la presentación de las cuentas anua- les y declaración responsable del empresario individual indicando el volumen de negocios global de la empresa. El importe que deberán acreditar referido al mejor ejercicio, deberá ser igual o superior al umbral exigido en el Anexo X. En el supuesto de concurrir a varios lotes, el umbral a acreditar será el correspondiente al del lote de mayor importe.
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. Se acreditará mediante declaración del volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas.
SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA. Se acreditará mediante una declaración responsable firmada por persona con capacidad bastante relativa a la cifra de negocios global de la empresa en el curso de cada uno de los tres últimos ejercicios. Se entenderá cumplido el requisito de solvencia económico - financiera, con la acreditación de una cifra de negocio de un mínimo de 1.000.000 Euros/anuales (IVA excluido), durante cada uno de los tres últimos ejercicios (2013, 2014 y 2015).