SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Seguro Para Obras De Arte, Seguro De Incendio Para Casa Habitación, Seguro De Incendio Para Empresa
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestroSiniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstaesta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado solo o en parte el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Seguro Para Equipo Y Maquinaria, Seguro De Maquinaria, Seguro De Calderas Y Recipientes a Presión
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de Una vez pagada la Leyindemnización, la Compañía se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada pagada, en todos los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes y acciones contra los autores o responsables terceros que, por causa del siniestrodaño sufrido, correspondan al Asegurado. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si La Compañía podrá liberarse, en todo o en parte, de sus obligaciones respecto a este seguro, si la subrogación es impedida por hechos u omisiones que provengan del Asegurado se impide la subrogaciónSi el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía queda liberada de concurrirán a hacer valer sus obligacionesderechos, en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de en el que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Condiciones Generales Seguro De Equipo Electrónico, Condiciones Generales Seguro De Equipo Electrónico, Seguro De Calderas Y Recipientes Sujetos a Presión
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley, la Compañía se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada pagada, en los derechos del Asegurado, así como corno en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstaesta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si Sin embargo cuando se trate de actos cometidos por hechos u omisiones del Asegurado se impide la personas de las que fuera legalmente responsable el Asegurado, por considerarse para estos efectos también como asegurados, no habrá subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía quedará liberada de sus obligaciones.
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Samples: Póliza De Seguro Múltiple Empresarial, Póliza De Seguro Múltiple Empresarial, Póliza De Seguro Múltiple Empresarial
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción que les corresponda. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, civil con la persona que le haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Póliza De Seguro De Transporte De Carga, Condiciones Generales De La Póliza De Seguro De Transporte De Carga
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley una vez pagada la indemnización correspondiente, la Compañía La Compañía, se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía La Compañía, lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si , si por hechos u omisiones del Asegurado Asegurado, se impide la subrogación, la Compañía queda La Compañía, quedará liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo sólo en parte, el Asegurado y la Compañía La Compañía, concurrirán a en hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. Si el Asegurado impide esa subrogación por cualquier causa, incluso porque los documentos de propiedad de los bienes sean apócrifos, La Compañía, se libera de sus obligaciones contractuales.
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Samples: Seguro Equipo De Contratistas, Condiciones Generales De La Póliza
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el dañoDaño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño Daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstaella, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si La empresa aseguradora podrá liberarse en todo o en parte de sus obligaciones, si la subrogación es impedida por hechos u omisiones que provengan del Asegurado se impide la subrogaciónAsegurado, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en funcionarios, socios, representantes, dependientes o sus empleados según lo dispone el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable Artículo 111 de la mismaLey sobre el Contrato de Seguro. Si el daño fuere fuera indemnizado solo sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá, en caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco civilmente responsable de la misma.
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Samples: Insurance Policy
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstala misma, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide totalmente la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción que les corresponda. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, civil con la persona que le haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada pagada, en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada en todo o en parte de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona civil que le haya causado el daño, daño o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Condiciones Generales Para El Seguro Múltiple Empresarial a Riesgos Nombrados
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la La Compañía lo solicita, x xxxxx de éstala misma, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si , si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño es indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Seguro Para Equipo De Contratistas Y Maquinaria Pesada Móvil
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la LeyLey Sobre el Contrato de Seguro, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del de El Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la La Compañía lo solicita, x xxxxx de éstala misma, el El Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del de El Asegurado se impide la subrogación, la La Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuera indemnizado solo en parte, El Asegurado y La Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el El Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien si es civilmente responsable de la misma.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, civil con la persona que le haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Condiciones Generales Para El Seguro Empresarial a Riesgos Nombrados
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Seguro De Incendio
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada pagada, en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstala misma, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. pública Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fue indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada pagada, en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hace valer a sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación Subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal conyugal, o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, civil con la persona que haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Seguros De Daños
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la LeyLey Sobre el Contrato de Seguro, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuera indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Insurance Policy
SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.
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Samples: Seguro Hogar