Common use of SUBROGACIÓN DE DERECHOS Clause in Contracts

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Condiciones Generales, www.patrimonio.unam.mx, Condiciones Generales

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de Una vez pagada la Leyindemnización, la Compañía se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada pagada, en todos los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes y acciones contra los autores o responsables terceros que, por causa del siniestrodaño sufrido, correspondan al Asegurado. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si La Compañía podrá liberarse, en todo o en parte, de sus obligaciones respecto a este seguro, si la subrogación es impedida por hechos u omisiones que provengan del Asegurado se impide la subrogaciónSi el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía queda liberada de concurrirán a hacer valer sus obligacionesderechos, en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de en el que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Condiciones Generales Seguro De Equipo Electrónico, Condiciones Generales Seguro De Equipo Electrónico, Condiciones Generales

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley, la Compañía se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada pagada, en los derechos del Asegurado, así como corno en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstaesta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si Sin embargo cuando se trate de actos cometidos por hechos u omisiones del Asegurado se impide la personas de las que fuera legalmente responsable el Asegurado, por considerarse para estos efectos también como asegurados, no habrá subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía quedará liberada de sus obligaciones.

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Samples: Póliza De Seguro Múltiple Empresarial Condiciones Generales, Póliza De Seguro Múltiple Empresarial Condiciones Generales, Seguro De Mercancías Y/O Productos Terminados a Precio

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestroSiniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstaesta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado solo o en parte el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Seguro De Maquinaria, Condiciones Generales Seguro De Calderas Y Recipientes a Presión

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En La Compañía sustituirá al Asegurado, en todos los términos de derechos y acciones, para recuperar la Ley, la Compañía se subrogará indemnización por el daño causado por terceros. Esta subrogación será hasta por la cantidad pagada por la Compañía. El Asegurado tiene la obligación de proteger el derecho de subrogación de la Compañía desde el preciso momento en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables que se haya determinado la procedencia del siniestro. Si , en cuyo caso el Asegurado estará obligado a realizar las acciones que la Compañía lo solicitale solicite. La Compañía podrá liberarse en todo o en parte de sus obligaciones, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar si la subrogación en escritura pública. Si es impedida por hechos u omisiones que provengan del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la mismaAsegurado. Si el daño fuere fue indemnizado solo sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a harán un convenio para hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. Sin embargo, cuando se trate de actos cometidos por personas de las cuales el Asegurado sea legalmente responsable, por considerarse, para estos efectos también como Asegurados, no habrá subrogación.

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Samples: axa.mx, axa.mx

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley una vez pagada la indemnización correspondiente, la Compañía La Compañía, se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía La Compañía, lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si , si por hechos u omisiones del Asegurado Asegurado, se impide la subrogación, la Compañía queda La Compañía, quedará liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo sólo en parte, el Asegurado y la Compañía La Compañía, concurrirán a en hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. Si el Asegurado impide esa subrogación por cualquier causa, incluso porque los documentos de propiedad de los bienes sean apócrifos, La Compañía, se libera de sus obligaciones contractuales.

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Samples: www.chubb.com, Condiciones Generales De La Póliza

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el dañoDaño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño Daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Condiciones Generales

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Seguro De Incendio Condiciones Generales

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Condiciones Generales

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos Por el solo hecho del pago de la Leyindemnización de la presente Póliza, el (los) Asegurado (s) cede a la Compañía se subrogará hasta por Compañía, en la cantidad pagada medida en los que lo cubre el seguro, sus derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes a acciones contra los autores o todas las personas responsables del siniestro, a cualquier título que sea. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstaa su xxxxx, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del (de los) Asegurado (s) se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada en todo o en parte de sus obligaciones. El Sin embargo, la Compañía conviene expresamente en no hacer uso de este derecho a la subrogación no procederá en el caso contra de que el los empleados y obreros del (de los) Asegurado tenga relación conyugal (s) o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civilsu contratista, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la mismacuando éstos fueren los autores y responsables del siniestros. Si el daño fuere indemnizado solo sólo en parte, el (los) Asegurado (s) y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondientecorrespondientes.

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Samples: www.chubb.com

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada pagada, en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hace valer a sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación Subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal conyugal, o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, civil con la persona que haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: www.generaldeseguros.mx

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción que les corresponda. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, civil con la persona que le haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: www.segurosatlas.com.mx

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, civil con la persona que le haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Condiciones Generales Para El Seguro Empresarial

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley sobre el Contrato de Seguro, una vez pagada la indemnización correspondiente, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes de las acciones que procedan contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuera indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Leyley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la La Compañía lo solicita, x xxxxx de éstala misma, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si , si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño es indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: portal.primeroseguros.com

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la LeyLey Sobre el Contrato de Seguro, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fuera indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: www.gentera.com.mx

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En Una vez pagada la indemnización correspondiente, en los términos de la Leyley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada en todo o en parte de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: www.segurossura.com.mx

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada pagada, en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstala misma, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. pública Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada de sus obligaciones. Si el daño fue indemnizado sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que le haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: Convenio De Plan De Pago

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará subrogará, hasta por la cantidad pagada pagada, en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones acciones, contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda quedará liberada en todo o en parte de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona civil que le haya causado el daño, daño o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: segurosatlas.com.mx

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la La Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de éstaella, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si La empresa aseguradora podrá liberarse en todo o en parte de sus obligaciones, si la subrogación es impedida por hechos u omisiones que provengan del Asegurado se impide la subrogaciónAsegurado, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. El derecho a la subrogación no procederá en funcionarios, socios, representantes, dependientes o sus empleados según lo dispone el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, si es civilmente responsable Artículo 111 de la mismaLey sobre el Contrato de Seguro. Si el daño fuere fuera indemnizado solo sólo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá, en caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco civilmente responsable de la misma.

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Samples: www.mapfre.com.mx

SUBROGACIÓN DE DERECHOS. En los términos de la Ley, la Compañía se subrogará hasta por la cantidad pagada en los derechos del Asegurado, así como en sus correspondientes acciones contra los autores o responsables del siniestro. Si la Compañía lo solicita, x xxxxx de ésta, el Asegurado hará constar la subrogación en escritura pública. Si por hechos u omisiones del Asegurado se impide la subrogación, la Compañía queda liberada de sus obligaciones. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente. El derecho a la subrogación no procederá en el caso de que el Asegurado tenga relación conyugal o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil, con la persona que haya causado el daño, o bien, bien si es civilmente responsable de la misma. Si el daño fuere indemnizado solo en parte, el Asegurado y la Compañía concurrirán a hacer valer sus derechos en la proporción correspondiente.

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Samples: gmaseguros.com