Turno de noche Cláusulas de Ejemplo

Turno de noche. Cuando las empresas, por necesidades de la industria, tengan que establecer turnos de trabajo, abonarán a sus trabajadores un complemento por puesto de trabajo, consistente en plus de 25% xxx xxxxxxx base, entendiéndose por tal turno de noche el que afecta entre las 22 y las 6 horas. La ampliación de la jornada se considerará como horas extraordinarias. En la jornada continuada se dispondrá de un descanso de 15 minutos en medio de la misma.
Turno de noche. El trabajo de noche es establecerá mediante turnos fijos consistentes en un máximo de cua- tro días consecutivos de trabajo y su correspondiente descanso, optando el trabajador que en su turno de trabajo de noche coincida con un día festivo por:
Turno de noche. En Comfica Bizkaia no se realizará de manera regular turno de noche. En caso de darse una situación puntual extraordinaria, suficientemente justificada, por el tiempo mínimo necesario y siempre con acuerdo con el Comité de empresa, se compensará dicho turno con un complemento de 100€ por día de trabajo.
Turno de noche. La jornada nocturna tendrá, para cada categoría, la compensación económica reflejada en la tabla anexa. CVE-2018-4797 Cuando el turno de noche coincida con domingo o festivo, se abonará una compensación del 78% de la suma de las gratificaciones por noche más la correspondiente al domingo o festivo. El personal de turno, por el hecho de trabajar realmente en domingo, percibirá una gratificación en la cuantía que figura en la tabla anexa. Cuando se trabaje en domingo en turno de noche se abonará el complemento del 78% fijado en el Artículo 8 anterior, sin que proceda ninguna otra cuantía.
Turno de noche. La jornada nocturna tendrá, para cada categoría, la compensación económica reflejada en la tabla anexa. Cuando el turno de noche coincida con domingo o festivo, se abonará una compensación del 78% de la suma de las gratificaciones por noche más la correspondiente al domingo o festivo. Se podrá renunciar a realizar turno de noche de manera voluntaria a partir de los 55 años de edad y tal renuncia solo será viable cuando las necesidades del servicio lo permitan y exista sustituto al efecto. La no realización del turno de noche no afecta a la jornada anual que deberá cumplirse en su totalidad con los turnos diurnos correspondientes. El personal de turno, por el hecho de trabajar realmente en domingo, percibirá una gratificación en la cuantía que figura en la tabla anexa. Cuando se trabaje en domingo en turno de noche se abonará el complemento del 78% fijado en el Artículo 8 anterior, sin que proceda ninguna otra cuantía.
Turno de noche. Las tareas en turno de noche se realizarán prioritariamente desde las 23:00 horas xxx xxxxxxx hasta las 07:00 horas xxx xxxxxxx. La hora de trabajo efectivo de 23.00 a 00:00 horas xxx xxxxxxx se abonará al valor de 7,14 €. No obstante, y en tanto que la actividad productiva continúe realizándose en uno o dos turnos productivos (mañana y tarde), el turno de noche se podrá configurar de tal manera que los trabajadores de las Áreas de Entrega y Bollino Verde, así como Mantenimiento y Logística, que realicen actividades de revisión final de vehículos, completado y entrega afectos al mismo comiencen la semana laboral el lunes a las 23:00 horas y finalicen el sábado a las 07:00 horas, priorizando con trabajadores voluntarios si ello fuera posible. En este caso percibirán una compensación económica de 7,14 € por cada una de las horas realizadas entre las 0:00 y las 07:00 horas xxx xxxxxx. Durante la vigencia del presente Convenio Colectivo, y exclusivamente cuando la actividad productiva se realice en uno o dos turnos, se establece para el turno de noche un descanso acumulable de 20 minutos por cada jornada completa en turno de noche, que serán disfrutados por el trabajador como día de descanso cuando el acumulado llegue a un máximo de 8 horas, previo acuerdo entre el interesado y su mando. La acumulación de 20 minutos por cada jornada completa en turno de noche dejará de estar vigente en el momento en que la Planta en su totalidad realice la actividad productiva en régimen de 3 turnos. A opción del trabajador, se podrá compensar económicamente el tiempo acumulado al valor equivalente a su grupo profesional y nivel salarial, calculado en valores xx xxxxxxx nocturno. En caso de saturarse la capacidad productiva de la Planta, pasándose a trabajar en tres turnos (mañana, tarde y noche), se reunirá la Comisión de Aplicación e Interpretación para determinar condiciones laborales para el turno de noche.

Related to Turno de noche

  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.