Valor estimado del acuerdo marco Cláusulas de Ejemplo

Valor estimado del acuerdo marco. El valor estimado4 del acuerdo marco, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.13 LCSP, asciende a la cantidad expresada en el apartado E) del Anexo I al presente pliego. El método de cálculo aplicado por el órgano de contratación para calcular el valor estimado será el que figura en el apartado E) del Anexo I al presente pliego. Para este acuerdo marco se establece como base de licitación la BASE DE PRECIOS que se detalla en el Anexo xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, que será tomada en consideración para formar los presupuestos de las distintas obras de los contratos basados. El valor estimado de cada lote será el que figura en el apartado 2 del Anexo I al presente pliego.
Valor estimado del acuerdo marco. Valor estimado del Acuerdo Xxxxx XXX excluido IVA Valor estimado IVA incluido 59.417.818,39 € Tipo IVA aplicable: 18% 70.113.025,70 € Importe IVA: 10.695.207,31 € POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: SI NO SISTEMA DE DETERMINACION DEL PRECIO: LOTES 1, 4, 5 y 6 a tanto alzado LOTES 2 y 3 precios unitarios
Valor estimado del acuerdo marco. El valor estimado del Acuerdo Xxxxx según los criterios establecidos en el art. 88 del TRLCSP, se ha calculado teniendo en cuenta el gasto total estimado durante los cuatro años de duración del Acuerdo Marco, por lo que de acuerdo con lo anteriormente indicado, el importe será de 39.898.423,00 € (IVA excluido), según la siguiente distribución por lotes: 1 CONSELLERIA DE PRESIDENCIA, AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN, PESCA Y AGUA 2.843.497,20 € (solo Presidencia) 2 CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 13.090.926,96 € 3 CIUDAD ADMINISTRATIVA 9 D'OCTUBRE 2.922.103,36 € 4 ALICANTE 4.902.204,08 € 5 CASTELLÓN 2.381.936,16 € 6 VALENCIA 13.757.755,24 € TOTAL 39.898.423,00 €
Valor estimado del acuerdo marco. El valor estimado del Acuerdo Marco, según los criterios establecidos en el citado art. 88 del TRLCSP, se ha calculado teniendo en cuenta el gasto total estimado durante toda la duración del contrato, incluyendo las posibles prórrogas, y considerando el importe de los suministros efectuados durante el año anterior al amparo del vigente Acuerdo Marco. En todo caso, este valor asignado tiene carácter orientativo y no vinculante, dado que las necesidades reales de suministro de las entidades incluidas en el Acuerdo Marco quedarán determinadas con posterioridad en el desarrollo de la contratación derivada. Teniendo en cuenta estos criterios, el valor estimado del Acuerdo Xxxxx asciende a 5.070.000 €. 7.3.Precio del Acuerdo Marco El precio del contrato será el resultante de aplicar el descuento general porcentual y los descuentos adicionales ofertados por el proveedor adjudicatario a los precios de venta al público en el surtidor donde se reposte y en el momento del suministro, para lo cual la empresa adjudicataria deberá comunicar con la debida antelación al responsable del contrato basado en el Acuerdo Xxxxx designado por la entidad contratante, cualquier cambio, tanto al alza o a la baja, que experimenten los precios de los carburantes que deberán coincidir con los reflejados en la página web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Geportal: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxx-xx/xxxxxxxxxxxxx/). En dichos precios se hallan incluidos la totalidad de los gastos que según los documentos contractuales y legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, y de todos los impuestos, derechos y tasas derivados de los contratos, sin que puedan ser repercutidos como partida independiente, en particular, se halla incluido el IVA y las tasas especiales aplicables a hidrocarburos. Asimismo, se hallan incluidos en el precio todos los gastos que se originen a la empresa seleccionada en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, en especial, los derivados de la implantación y mantenimiento del sistema de abono del suministro y control de gasto por la Administración mediante tarjetas de control xx xxxxx magnética, o sistema similar así como las aplicaciones informáticas necesarias para la ejecución del contrato.
Valor estimado del acuerdo marco. El valor estimado del Acuerdo Xxxxx según los criterios establecidos en el art. 88 del TRLCSP, se ha calculado teniendo en cuenta el gasto total estimado durante los cuatro años de duración del Acuerdo Marco, y las modificaciones previstas en la clausula 31 del presente pliego (hasta un máximo del 10%) por lo que conforme a lo anteriormente indicado, el importe será de 4.097.874 € (IVA exento). Presupuesto estimado anual Acuerdo Marco 931.335 € (IVA exento) Valor estimado durante 4 años duración Acuerdo Marco 3.725.340 € (IVA exento) Valor estimado Acuerdo Marco con posibles modificaciones (hasta 10%) 4.097.874 € (IVA exento)
Valor estimado del acuerdo marco. El valor estimado del acuerdo marco, (determinado por el importe del presupuesto base de licitación, sin incluir el IVA, multiplicado por los años de su duración, incluidas, en su caso, las posibles prórrogas), asciende a la cantidad recogida en el apartado 5 del Anexo I.
Valor estimado del acuerdo marco. Como se refleja en el Reglamento Regulador de la Central de Compras (ANEXO X XXX XXXXXX DE PRESCRIPCIONES ADMINISTRATIVAS), los procedimientos de contratación que la Central de Compras tramite serán vinculantes para la propia Diputación y el resto del Sector Público Provincial ( GRUPO 2 ) . Por su parte el presente Acuerdo Marco no tendrá carácter obligatorio para las Entidades pertenecientes al GRUPO 1: Ayuntamientos de la Provincia y demás entidades locales (incluidas Mancomunidades, Consorcios, Organismos Autónomos,…). Teniendo en cuenta lo anterior, se establecen los s iguientes precios máximos del contrato para cada grupo: Será obligatorio que los licitadores presenten oferta para ambos grupos. Se establecen los s iguientes precios máximos del contrato para cada grupo: a) GRUPO 2 : A los efectos de la licitación se establece una Prima Total Máxima (impuestos incluidos) para toda la duración del contrato, incluidas las posibles prorrogas de OCHOCIENTOS OCHENTA MIL EUROS (880.000 €) La Prima Total Máxima (impuestos incluidos) para cada una de las anualidades del contrato, inclusive las anualidades correspondientes a las prórrogas, se establece en DOSCIENTOS VEINTE MIL EUROS (220.000 €). Los importes anteriormente detallados se corresponden a las cuatro tomadores de las pólizas xx xxxxx del Grupo 2, en el caso de que la aseguradora emita una sola póliza xx xxxxx para este grupo, será obligatorio la emisión de un recibo para cada uno de los tomadores. b) GRUPO 1 : Prima por tipo de vehículo y garantías de los mismos, en función a la clasificación por Nº de vehículos que compongan la flota. Por el mismo motivo tampoco procede establecer valor económico global estimado del Acuerdo-Marco a efectos de esta licitación, diferenciándose también el mismo por Grupos: a) GRUPO 2: El valor económico del Acuerdo Marco será el de la Prima Total Máxima establecida en el punto anterior para este Grupo. b) GRUPO 1: El presupuesto concreto de adjudicación de cada contrato de seguros se determinará posteriormente en la formalización de estos. No obstante todo lo anterior, a efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, se establece el siguiente presupuesto estimado para el conjunto de ambos grupos: FLOTA DE VEHÍCULOS PRIMA ESTIMADA POR ANUALIDAD 220.000 € PRIMA ESTIMADA PARA TODA LA DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO (4 AÑOS) 880.000 € Las primas indicadas anteriormente, son meramente orientativas, por lo que no supone obligación de contratación/ejecución...

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