Viáticos. Los viáticos serán considerados como remuneración, excepto en la parte efectivamente gastada y acreditada por medio de comprobantes, salvo lo que en particular dispongan los estatutos profesionales y convenciones colectivas de trabajo.
Viáticos. No aplica para este CONTRATO.
Viáticos. Ambas partes convienen que los viáticos que se generen durante la ejecución y cumplimiento del presente CONTRATO, serán a cargo de EL PRESTADOR.
Viáticos a) En el caso del trabajador que se desempeñe en el cargo de vigilante, independiente de su turno, tendrá once o desayuno y colación, o un viático por un valor de $3.450.- (tres mil cuatrocientos cincuenta pesos) diarios. En el caso que el trabajador que se desempeñe como vigilante realice una jornada nocturna, recibirá un adicional de $1.800.- (mil ochocientos pesos) por turno, a partir de la firma del presente Contrato Colectivo.
Viáticos. 3.3 Comunicaciones
Viáticos. En caso que LA PROFESIONAL deba realizar trabajos fuera del área de su residencia, ADENEU cubrirá los costos operativos del mismo, de acuerdo a los informes presentados y previa autorización del coordinador. -------------------------------
Viáticos. El Colegio cubrirá por concepto de viáticos los gastos de alimentación y hospedaje del personal académico cuando por exigencias del trabajo tengan que trasladarse de manera temporal a un lugar diferente al de su adscripción, presentando el oficio de comisión con la autorización correspondiente. Dichos pagos se harán conforme a la tarifa oficial de viáticos vigente, a través de la cuenta de nómina del beneficiario, sin intervención de terceros ni firmas de contrato individualizadas. Así mismo, El Colegio publicará en el mes de febrero de cada año en la información interna de la página Institucional, la lista de investigadores que utilizaron viáticos por cada tipo de gasto. La información deberá contener los siguientes datos: Nombre del investigador, departamento, monto del viático, monto del pasaje, total anual y fuente del financiamiento: bolsa departamental, evento estratégico, programa estancias internacionales, docencia e institucional. El Colef cubrirá viáticos, de acuerdo a la normativa interna vigente, al personal académico que regrese a su sede de adscripción mientras goza de una licencia en términos de lo establecido en las cláusulas 76 y 78 del Contrato Colectivo de Trabajo.
Viáticos. 1. Los viáticos permanentes constituyen salario en aquella parte destinada a proporcionar al trabajador manutención y alojamiento; pero no en lo que sólo tenga por finalidad proporcionar los medios de transporte o los gastos de representación.
2. Siempre que se paguen debe especificarse el valor de cada uno de estos conceptos.
3. Los viáticos accidentales no constituyen salario en ningún caso. Son viáticos accidentales aquellos que sólo se dan con motivo de un requerimiento extraordinario, no habitual o poco frecuente.
Viáticos. Canal 13 S.A. y los ASOCIADOS acuerdan definir como viático la cantidad en dinero destinada a cubrir los gastos de alojamiento y/o alimentación en que diariamente incurre un ASOCIADO cuando un superior debidamente autorizado lo envía a trabajar fuera del área urbana en que ejerce a diario sus funciones. En consecuencia, el viático está destinado a satisfacer una necesidad real y no a incrementar la renta del ASOCIADO, porque si así lo fuera estaría sujeto a impuestos e imposiciones. Por regla general, se pagará el viático completo, en viajes nacionales e internacionales. Excepcionalmente, cuando el costo del alojamiento en viajes nacionales e internacionales sea superior al 50% del viático completo, hecho que deberá ser definido previo al viaje, Canal 13 contratará directamente una habitación single para el trabajador beneficiado y este trabajador recibirá solamente el 40% del viático. Con todo, en el caso de eventos y sucesos extraordinarios, Canal 13 podrá contratar habitaciones dobles a favor de los trabajadores y estos recibirán el 40% del respectivo viático. Para efectos de esta cláusula, se entenderá por “eventos” aquellas actividades definidas por Canal 13, en que sea necesario -por razones de buen servicio- que los trabajadores estén alojados en un mismo lugar o en dependencias contiguas o cercanas. Dentro de los eventos se considerarán, entre otros, las elecciones nacionales, regionales, parlamentarias y/o municipales, los eventos deportivos o culturales significativos, los Juegos Olímpicos, la Copa Mundial de Fútbol, la Copa América, los festivales musicales, o bien los programas de alto rating o de gran impacto noticioso. Por su parte, por “sucesos extraordinarios”, se considerarán, a modo de ejemplo, los terremotos; las catástrofes naturales de gran magnitud. Lo anterior, sin perjuicio de los acuerdos que sobre el particular pudiere adoptar la Comisión de Viático integrada por los mismos integrantes definidos para la Comisión de Jornada. Habrá los siguientes tipos de viáticos: VIÁTICO COMPLETO. Por 24 horas de viaje. Destinado a cubrir las necesidades de alojamiento y comidas.
Viáticos. En caso de que el/la consultor/a deba realizar viajes para el cumplimiento de sus tareas, los mismos serán autorizados previamente por el Coordinador del Programa, y serán liquidados como Reconocimientos de Gastos, conforme los topes y procedimientos que a tal fin establezca el Programa.