ACLARACIONES ADICIONALES Cláusulas de Ejemplo

ACLARACIONES ADICIONALES a. No se permitirá que trabajadores de la Contratista pernocten dentro del inmueble en ninguna circunstancia; b. Los Licitantes deberán considerar dentro de su presupuesto el equipo de seguridad necesario para todos sus trabajadores. Para el acceso al inmueble y durante su permanencia dentro del mismo se requerirá que todos los trabajadores porten un gafete de identificación con el logotipo de la empresa, cuyo color deberá ser el mismo al que sea designado para los cascos; c. El Licitante debe considerar, que previo a la entrega recepción de obra, deberá entregar a la Residencia de Obra los planos correspondientes a la construcción final de la obra (“tal como se construyó”), con fundamento en el artículo 166 Fracción VII del Reglamento. Su incumplimiento dentro del plazo de entrega pactado en el contrato dará lugar a sanciones a favor de la Convocante, por una cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 MN) por cada día de atraso en la entrega, contados a partir de la fecha del acta entrega-recepción, el cual no será rembolsable. d. Como requisito indispensable para la aprobación de cualquier estimación, el Contratista deberá adjuntar los números generadores, la impresión de las notas de la BESOP debidamente firmadas por las partes, reporte fotográfico detallado de los trabajos y pruebas de laboratorio que se hayan realizado en el periodo de la estimación, en su caso. Para efectos de los plazos para el trámite y aprobación de las estimaciones, se considerarán como recibidas las estimaciones hasta que reúnan estos requisitos a satisfacción del CFCRL. En caso de incumplimiento se tendrán como no presentadas; e. La recepción, revisión y aprobación de las estimaciones se realizará en la Residencia de Obra y su trámite para pago se realizará en la Dirección Finanzas; f. El Licitante deberá respetar en todo momento lo estipulado en los reglamentos internos del inmueble donde se ubique la obra, principalmente respecto al uso de elevadores o escaleras, medidas de seguridad para terceras personas, acopio y acarreo de materiales y escombro, etc. g. Para el caso de las instalaciones de voz y datos, es indispensable la certificación de la instalación completa a través del escaneo de todos y cada uno de los nodos con reporte impreso que será entregado al CFCRL. h. El Licitante debe considerar que en las instalaciones del CFCRL, por razones de actividades laborales, será necesario considerar en su logística de ejecución, los horarios nocturnos, horarios mixtos auna...
ACLARACIONES ADICIONALES. La participación en Escuela FLORA no conduce a una exhibición en FLORA; se organizarán jornadas de talleres abiertos para que el público visite el taller.
ACLARACIONES ADICIONALES. Los proponentes deberán examinar el contenido xxx xxxxxx de condiciones, e informarse de los requerimientos y circunstancias que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las actividades a ejecutar. Cualquier información y/o aclaración adicional, deberá ser radicada en la Oficina de Correspondencia ubicada en la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00, Xxxxxx Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, X.X.; dirigida a la Secretaría General - Grupo de Contratos de la Dirección Nacional de Estupefacientes, o enviando un fax al No. 0000000, referencia Concurso de Méritos No. 02 de 2010, durante los días estipulados en el cronograma, en el horario de 08:00 a.m. hasta las 04:00 p.m. No se atenderán solicitudes que lleguen con posterioridad a la fecha y hora señaladas. La Dirección Nacional de Estupefacientes publicará en la página Web de la entidad y/o en el Portal Único de Contratación (SECOP) la respuesta respectiva. No se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal. Sólo será tenida en cuenta en este proceso, la información que se suministre por escrito. Cualquier modificación al pliego de condiciones, se efectuará a través de ADENDAS, las cuales se incorporarán al pliego de condiciones y serán publicadas en la página Web de la entidad xxx.xxx.xxx.xx y/o en el Portal Único de Contratación (SECOP), lo anterior en los términos estipulados en el artículo 7 del Decreto 2474 de 2008.
ACLARACIONES ADICIONALES. Los proponentes, podrán solicitar las aclaraciones que consideren necesarias, durante el plazo para presentar propuestas y hasta cinco (5) días hábiles antes de la expiración del mismo, de forma escrita a la Gobernación del departamento, indicando la referencia de la Selección Abreviada No. 008 de 2011, o al correo electrónico, xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx dentro del plazo previsto en el Cronograma del Proceso, incluido en este Pliego. No se atenderán solicitudes que lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada. Las respuestas se enviarán a las personas que hubieren solicitado las aclaraciones y se publicarán en la página web de la Gobernación Departamental y en el SECOP. No se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal. Sólo será tenida en cuenta en este proceso de selección la información que la Gobernación suministre por escrito o sea publicada en la página web de la Gobernación y en el SECOP. Cuando la Gobernación realice por solicitud de los proponentes o de oficio aclaraciones, correcciones o adiciones, las dará a conocer mediante la página web de la Gobernación y en SECOP, en caso de ser necesaria la modificación xxx xxxxxx de condiciones las agregará como Adenda y las incluirá en la página web de la Gobernación - Portal de Contratación y SECOP.
ACLARACIONES ADICIONALES. Los proponentes deberán examinar el contenido de los pliegos de condiciones y de las correspondientes especificaciones e informarse de los requerimientos y circunstancias que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las actividades a ejecutar. Cualquier información y aclaración adicional, deberá ser solicitada por escrito al correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx , hasta las 18:00 horas de los dos (2) días hábiles siguientes al conocimiento de los pliegos. No se atenderán solicitudes que lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada. Cuando las aclaraciones, correcciones o adiciones, den lugar a la modificación de los pliegos de condiciones, serán consignadas en adendas, que formarán parte integral del mismo, que serán publicadas en el portal de contratación definido por la Nación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y en la página web de la entidad xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. La consulta y respuesta no producirán efecto suspensivo sobre el plazo para la presentación de la propuesta. No se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal.
ACLARACIONES ADICIONALES. Los proponentes deberán examinar el contenido de los Pliegos de Condiciones y de las correspondientes especificaciones técnicas, e informarse de los requerimientos y circunstancias que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las actividades a ejecutar. En el evento que la E.S.E XXXXX XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX -CUNDINAMARCA, de oficio realice aclaraciones, correcciones o adiciones, las dará a conocer a través de las respectivas publicaciones en los medios dispuestos para el efecto. Cuando las aclaraciones, correcciones o adiciones, den lugar a la modificación de los Pliegos de Condiciones, serán consignadas en adendas, que formarán parte integral del mismo.
ACLARACIONES ADICIONALES. Auditoría de saldos contables
ACLARACIONES ADICIONALES. Si EL CLIENTE habiendo contratado el servicio muestra su disconformidad con las especificaciones técnicas del producto, no podrá exigir servicios adicionales que no estén incluidos o mencionados en este contrato. Tampoco podrá ponerse en contacto con Xxx.xxx Ltda. exigiendo “servicios extras” no contemplados en el producto.

Related to ACLARACIONES ADICIONALES

  • CONDICIONES ADICIONALES (NO APLICA EN EL PRESENTE PROCESO DE CONTRATACIÓN)

  • Aclaraciones En caso de que "EL CLIENTE" tenga alguna aclaración o queja respecto a los movimientos de su estado de cuenta, podrá presentar su aclaración o queja por escrito a través de cualquier sucursal de "CIBANCO" o a través de la Unidad Especializada de Consultas y Reclamaciones. a) Cuando "EL CLIENTE" no esté de acuerdo con alguno de los movimientos que aparezcan en el estado de cuenta respectivo o en los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología que se hubieren pactado, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx. b) La solicitud respectiva podrá presentarse en cualquier sucursal de "CIBANCO", o bien, en la Unidad Especializada de Consultas y Reclamaciones de "CIBANCO", mediante escrito libre o correo electrónico para lo cual "CIBANCO" acusará recibo de dicha solicitud y proporcionará el número de expediente. c) Tratándose de cantidades a cargo de "EL CLIENTE", éste tendrá el derecho de no realizar el pago cuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración conforme al presente procedimiento. d) Una vez recibida la solicitud de aclaración, "CIBANCO" tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días para entregar a "EL CLIENTE" el dictamen correspondiente, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por "EL CLIENTE". e) El dictamen e informe antes se formularán por escrito y será suscrito por funcionario facultado. En el evento de que, conforme al dictamen que emita "CIBANCO", resulte procedente el cobro del monto respectivo, "EL CLIENTE" deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado, sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago.

  • DISPOSICIONES ADICIONALES El Asegurador no asumirá obligación alguna en conexión con prestaciones que no le hayan sido solicitadas o que no hayan sido efectuadas con su acuerdo previo, salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados. Cuando en la prestación de los servicios no fuera posible la intervención directa de ARAG, éste estará obligado a reembolsar al Asegurado los gastos debidamente acreditados que deriven de tales servicios, dentro del plazo máximo de 40 días a partir de la presentación de los mismos. En cualquier caso, el Asegurador se reserva el derecho de solicitar al Asegurado la presentación de documentos o pruebas razonables al objeto de hacer efectivo el pago de la prestación solicitada.

  • SERVICIOS ADICIONALES En caso de que el Cliente desee contratar los servicios de Banca Personal por Internet, Banca Telefónica para realizar los pagos del crédito o cualquier otro servicio, operación o producto, podrá consultar los requisitos de contratación, montos y comisiones en la página xxx.xxxx.xxx.xx o acudir a cualquier sucursal del Banco.

  • AMPAROS ADICIONALES MEDIANTE ACUERDO EXPRESO ENTRE LAS PARTES Y SUJETO A QUE EL ASEGURADO HAYA PAGADO LA PRIMA ADICIONAL ACORDADA, EL ASEGURADO QUEDA CUBIERTO POR LOS SIGUIENTES AMPAROS QUE ADQUIERA DE MANERA EXPRESA Y ESPECÍFICAMENTE, QUE SE ENCUENTREN CONSIGNADOS EN LAS CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA. QUEDA ENTENDIDO QUE LAS CONDICIONES ESPECIFICADAS EN LA PRESENTE PÓLIZA QUE NO SE ENCUENTREN MODIFICADAS POR LOS AMPAROS ADICIONALES, CONTINÚAN VIGENTES Y LE SON APLICABLES A LOS PRESENTES AMPAROS. 2.1. AMPARO OPCIONAL DE DAÑOS EN EQUIPOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS 2.2. AMPARO OPCIONAL DE TERREMOTO, TEMBLOR, ERUPCIÓN VOLCÁNICA, MAREMOTO, MAREJADA O TSUNAMI 1. TERREMOTO, TEMBLOR, ERUPCIÓN VOLCÁNICA O POR INCENDIO ORIGINADO POR TALES FENÓMENOS. 2. MAREMOTO, MAREJADA O TSUNAMI. LOS FENÓMENOS AMPARADOS ANTERIORMENTE, QUE OCURRAN DENTRO DE CUALQUIER PERÍODO DE SETENTA Y DOS (72) HORAS CONSECUTIVAS, SE CONSIDERARÁN COMO UN SÓLO SINIESTRO. TODOS LOS DEMÁS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA PÓLIZA, QUE NO SE ENCUENTREN MODIFICADOS MEDIANTE EL PRESENTE APARTE, LE SERÁN APLICABLES AL AMPARO OPCIONAL. 2.3. AMPARO OPCIONAL DE HURTO CALIFICADO 1. CON FUERZA O VIOLENCIA SOBRE LAS PERSONAS O LAS COSAS. 2. COLOCANDO A LA VÍCTIMA EN CONDICIONES DE INDEFENSIÓN O INFERIORIDAD O APROVECHÁNDOSE DE TALES CONDICIONES. 3. MEDIANTE PENETRACIÓN O PERMANENCIA ARBITRARIA, ENGAÑOSA O CLANDESTINA EN LUGAR HABITADO O EN SUS DEPENDENCIAS INMEDIATAS, AUNQUE ALLÍ NO SE ENCUENTREN SUS MORADORES. 4. CON ESCALAMIENTO, O CON LLAVE SUSTRAÍDA O FALSA, GANZÚA O CUALQUIER OTRO INSTRUMENTO SIMILAR, O VIOLANDO O SUPERANDO SEGURIDADES ELECTRÓNICAS U OTRAS SEMEJANTES. 5. POR PERSONA DISFRAZADA, O ADUCIENDO CALIDAD SUPUESTA, O SIMULANDO AUTORIDAD O INVOCANDO FALSA ORDEN DE LA MISMA O DEL PROPIETARIO DEL BIEN ASEGURADO. ESTE AMPARO SE EXTIENDE A CUBRIR LOS DAÑOS CAUSADOS AL INMUEBLE POR EL HURTO CALIFICADO O SU TENTATIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL INMUEBLE SE ENCUENTRE ASEGURADO, SE AMPARAN LOS DAÑOS QUE SE CAUSEN AL MISMO. ESTE AMPARO TENDRÁ UN LÍMITE MÁXIMO ASEGURADO DE DOS (2) SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES POR VIGENCIA. 2.4. AMPARO OPCIONAL DE SUSTRACCIÓN SIN VIOLENCIA Y HURTO SIMPLE

  • TÉRMINOS ADICIONALES (a) Es posible que se le solicite aceptar términos y condiciones adicionales: i. con RIM en relación con Componentes de terceros (por ej. componentes de fuente abierta) y a los fines de usar determinados Servicios de RIM o Contenido de RIM o para obtener una actualización o mejora para un Producto de RIM o un Servicio de RIM; ii. con un tercero para adquirir o usar un Elemento de terceros o Servicio de terceros, inclusive para adquirir un Producto/Servicio de terceros a través de una Tienda RIME o para usar un sitio web de terceros. iii. con un Comerciante encargado del registro para realizar una compra a través de una Tienda RIME o una compra de Producto In-App usando el Servicio de pago de BlackBerry; y iv. con un Proveedor de servicios de tiempo de conexión para Servicios de tiempo de conexión. (b) Usted es responsable de cumplir con cualquier acuerdo que Usted celebre con un tercero y RIM no será responsable de ninguna manera por ninguna pérdida o daño de cualquier clase incurrido como consecuencia de Sus acuerdos con los terceros correspondientes. Si no está seguro si RIM es la fuente de cualquier Contenido, elemento, producto o servicio, sírvase contactar a RIM en xxxxxxxxx@xxx.xxx. Si Usted trata con terceros a través de Internet o junto con Servicios de Terceros, asegúrese de conocer con quienes está Usted tratando, y de conocer los términos y las condiciones asociadas con esos sitios web y cualquier Servicio de terceros o Elementos de terceros a los que Usted pueda acceder o recibir, inclusive los términos de entrega y pago, los términos de uso, los términos de licencia del usuario final, la capacidad para devolver productos, los términos de privacidad, las configuraciones de privacidad, y las características de privacidad para proteger Su información privada y asegurar Su seguridad personal. (c) En ningún caso los términos y las condiciones adicionales correspondientes entre Usted y cualquier tercero serán vinculantes frente a RIM ni impondrán ninguna obligación adicional, u obligación contraria a los términos y las condiciones de este Acuerdo, sobre RIM en absoluto, y entre Usted y RIM, los términos y las condiciones relacionadas con Elementos de terceros y Servicios de terceros en este Acuerdo se aplicarán a esos elementos. (d) En la medida en que cualquier Componente de terceros se encuentre cubierto por términos y condiciones adicionales que le brinden a Usted derechos para usar, copiar, distribuir o modificar todo o parte de los Componentes de terceros correspondientes que sean mayores que los derechos que se le otorgan a Usted en virtud de este Contrato por el Software, en ese caso, solamente en la medida en que Usted pueda ejercer esos mayores derechos sin violar los términos y las condiciones de este Contrato para el resto del Software, Usted obtendrá el beneficio de los mayores derechos correspondientes. En relación con el Software de terceros o el Servicio de terceros (que incluyen software y Contenido) que RIM pone a Su disposición, con excepción del Software de terceros y los Servicios de terceros que se distribuyen a través de la Tienda RIME (tratada en la sección 9), si el Software de terceros o el Servicio de terceros no está acompañado de una licencia separada o los términos de servicio, el uso está sujeto a los términos y las condiciones de este Contrato como si fuera Software o Servicios de RIM (según corresponda) que forma parte de Su Solución BlackBerry; siempre que el Software de terceros y el Servicio de terceros correspondiente, se lo proporcione a Usted RIM "TAL CUAL" y "SEGÚN DISPONIBILIDAD", sin condiciones, respaldo, garantías, declaraciones o garantías, expresas o implícitas, y entre Usted y RIM, se aplicarán las limitaciones y exclusiones de responsabilidad, exenciones de responsabilidad y disposiciones sobre reembolso indicadas en este Contrato para los Elementos de terceros y los Servicios de terceros, no para el Software. Todo Software de terceros que se le entregue a Usted en un Dispositivo de mano de BlackBerry es cortesía de RIM, y si Usted desea obtener el Software de terceros en base a otros términos, Usted debe adquirir el Software de terceros directamente de sus proveedores.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • EXENCIONES Estarán exentas del pago del impuesto de delineación urbana, las siguientes obras: a. Destinados a hogares de bienestar autorizados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. b. De propiedad de las Juntas de Acción Comunal en los que se adelanten programas o proyectos de interés comunitario, avalados por el Municipio. c. En la modalidad de obra nueva, las obras correspondientes a los programas y soluciones de vivienda de interés social adelantadas por los organismos del Estado. d. En un 50% las obras de autoconstrucción de vivienda, de estratos 1 y 2, que no excedan los topes definidos por la Ley para el valor de la vivienda de interés social. e. Las obras que se realicen para reparar o reconstruir los inmuebles afectados por actos terroristas o catástrofes naturales ocurridos en el Municipio de La Plata – Huila. f. Las obras que se realicen para adecuarse al paramento establecido en las normas urbanísticas, en la parte que corresponda exclusivamente a dicha área. g. Las obras de cualquier tipo adelantadas por la Nación, el Departamento del Huila, el Municipio de La Plata – Huila y sus entidades Descentralizadas. h. Las obras que se realicen para construir nuevos inmuebles destinados a la atención de la salud humana.

  • Jubilaciones El trabajador podrá jubilarse de manera ordinaria según los requisitos establecidos en la legislación vigente, aplicable al efecto. No obstante, aquellos trabajadores que no tengan cubierto el plazo legal mínimo de cotización que les garantice la pensión de jubilación de la Seguridad Social podrán continuar en la empresa hasta que se cumpla dicho plazo o tal requisito. La jubilación podrá tener efecto al final del curso académico de la universidad a la que esté adscrita el Colegio Mayor, si hubiera acuerdo entre el empresario y el trabajador. Los empresarios y sus trabajadores, de mutuo acuerdo, podrán tramitar los sistemas de jubilaciones anticipadas previstas en la legislación vigente.

  • Omisiones o Inexactas Declaraciones El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a La Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. La omisión o inexacta declaración de los hechos importantes a que se refiere el párrafo anterior, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el Contrato, aunque no hayan influido en la ocurrencia del siniestro.