Actuación de la Mesa de contratación. Finalizado el plazo de admisión de proposiciones, se constituirá la Mesa de contratación, con objeto de proceder a la apertura del SOBRE A (documentación administrativa). Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediéndose un plazo de tres (3) días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen. Una vez examinada la documentación aportada, la Mesa determinará las empresas admitidas a licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo, según proceda. En un plazo que no podrá ser superior a siete (7) días, a contar desde la apertura de la documentación, se procederá, en su caso, a la apertura del sobre que contengan la documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor (SOBRE B), entregándose al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en los mismos, dejando constancia documental de todo lo actuado. La valoración de la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor se hará por los servicios técnicos del órgano de contratación en un plazo no superior a siete (7) días, debiendo ser suscritas por el técnico o técnicos que realicen la valoración. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados a través de correo electrónico, concediéndose un plazo no superior a cinco (5) días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. En acto público, la Mesa pondrá en conocimiento de los licitadores el resultado de la comprobación de la documentación y, en su caso, la valoración previa de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor. Seguidamente, abrirá el SOBRE C “Proposición económica y documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas”, dando lectura a las ofertas, de las empresas admitidas, y, en su caso, a la documentación relativa a los criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas. Si se celebra subasta electrónica, tras la apertura de estos sobres y la realización de una primera evaluación completa de las proposiciones, se invitará simultáneamente por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a todos los licitadores que hayan presentado ofertas admisibles a participar en la subasta. Si se identificase al...
Actuación de la Mesa de contratación a) Primer acto de la mesa de contratación. Calificación de la documentación, defectos subsanables La mesa de contratación se constituirá en sesión privada a los efectos de proceder a la apertura del sobre “A”. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a las personas interesadas mediante fax, correo electrónico, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el/la interesado/a, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que las empresas licitadoras los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
Actuación de la Mesa de contratación. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1222548902112568376794 Finalizado el plazo de admisión de proposiciones, se constituirá la Mesa de contratación con objeto proceder a la apertura del sobre que contiene la documentación administrativa. Si observase defectos u omisiones subsanables en la misma, lo comunicará a los interesados a través del tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid concediéndose un plazo no superior a tres días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios ante la propia Mesa de contratación. Una vez examinada la documentación aportada, la Mesa determinará las empresas admitidas a licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo, según proceda. Estas circunstancias se publicarán en el tablón de anuncios electrónico. En acto público, la mesa abrirá el sobre de “Proposición económica” de las empresas admitidas, asignándose la puntuación correspondiente, y establecerá el orden definitivo en que quedan clasificadas las proposiciones. Si se celebra subasta electrónica, tras la apertura de estos archivos y la realización de una primera evaluación completa de las proposiciones, se invitará simultáneamente por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a todos los licitadores que hayan presentado ofertas admisibles a participar en la subasta. Si se identificase alguna proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, de acuerdo, en su caso, con lo indicado en el apartado 6 de la cláusula 1, se realizará la tramitación prevista en el artículo 149 de la LCSP. En caso de subasta electrónica esta tramitación se llevará a cabo tras la finalización de la subasta, tomando en consideración para apreciar si existen valores anormales o desproporcionados los de la última puja de cada licitador.
Actuación de la Mesa de contratación a) Apertura del sobre B
b) Apertura pública del sobre C
c) Evaluación de ofertas y propuesta de adjudicación
Actuación de la Mesa de contratación. De todas las reuniones de la Mesa de contratación se levantará acta sucinta reflejando lo acaecido durante cada sesión. Se justificará adecuadamente la valoración que se dé a cada oferta en cada criterio. Cuando se soliciten informes técnicos de valoración, se adjuntarán al acta, incluso en el caso de que la mesa se separe del criterio de dicho informe.
Actuación de la Mesa de contratación a) Primer acto de la Mesa de Contratación. Calificación de la documentación, defectos subsanables.
b) Segundo acto de la mesa de contratación. Apertura del sobre B
c) Tercer acto de la mesa de contratación. Apertura del sobre C.
d) Cuarto acto de la mesa de contratación. Propuesta de adjudicación.
Actuación de la Mesa de contratación. El acto de apertura de plicas tendrá lugar el quinto día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de plicas, a las 14 horas, considerándose inhábil el sábado, en cuanto al día de apertura, trasladándose en este caso la misma al día hábil siguiente. La mesa iniciará su actuación dando cuenta del resultado de la calificación de documentación general presentada por los licitadores en el sobre B, indicando los licitadores excluidos y las causas de exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerían en el Acta. Cualquier asistente, a propia petición podrá examinar la documentación presentada, que a tal efecto señale. A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre A y dará lectura a la proposición económica formulada por cada uno de los licitadores. Terminado el acto público de apertura de plicas, la Mesa elevará el Acta correspondiente, en la que se recogerán las observaciones que estime pertinentes, así como la documentación administrativa y propuestas económicas respectivas a los Servicios Económicos Municipales, en su caso, para que por aquellos se emita informe acerca de la mayor o menor ventaja de las proposiciones presentadas. Evacuado el correspondiente informe por los Servicios Económicos Municipales, se pasará a los Servicios Técnicos para que informen sobre la memoria de explotación del quiosco y terraza y posteriormente se procederá, por la Mesa de Contratación reunida a tal efecto, a formular la propuesta que estime pertinente que elevará al órgano de contratación que haya de efectuar la adjudicación.
Actuación de la Mesa de contratación. 12 CLÁUSULA 12 CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS 13 CLÁUSULA 13 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 13-14
Actuación de la Mesa de contratación. 13.2.1. La apertura de los archivos electrónicos se hará, a través del Portal Licitación Electrónica de la Junta General, por la Mesa de Contratación a la que se refiere el apartado 6 del artículo 326 de la LCSP, que se constituirá el segundo día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de proposiciones.
13.2.2. La Mesa de Contratación, conforme al artículo 157 de la LCSP:
a) Calificará la documentación presentada por los licitadores en archivo electrónico nº 1. acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos a que se refieren los artículos 140 y 141, y, en su caso, acordará la exclusión de los candidatos o licitadores que no acrediten dicho cumplimiento, previo trámite de subsanación, que se realizará requiriendo al licitador, mediante notificación electrónica a través del Portal de Licitación Electrónica, para que corrija los defectos subsanables en el plazo máximo de tres días. Finalmente, la Mesa de contratación procederá a determinar las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de rechazo.
Actuación de la Mesa de contratación. Apertura del “SOBRE A”. Calificación de los documentos y subsanación de deficiencias materiales. La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en el sobre “A” en tiempo y forma una vez recibidas todas las ofertas o transcurrido el plazo establecido en el presente pliego para la apertura de ofertas. No obstante, lo anterior, la propia Mesa de Contratación, a la vista de las ofertas recibidas, podrá delegar en el Secretario de la misma la función de calificar provisionalmente la documentación presentada en el sobre “A” a los únicos efectos de agilizar la calificación de la documentación. Si existiesen defectos subsanables, podrá igualmente solicitar su subsanación. Una vez constituida la Mesa de Contratación, el Secretario dará cuenta de las actuaciones practicadas por delegación, de la calificación otorgada a la documentación presentada en el sobre “A”, señalando en su caso los defectos u omisiones que se han corregido, lo que no lo han sido, pese a ser subsanables, y los defectos que se consideran insubsanables. La Mesa de Contratación valorará, según su propio criterio, la calificación otorgada previamente, y para el supuesto de la existencia de defectos subsanables no corregidos concederá a los licitadores un plazo de TRES DÍAS HÁBILES, para su subsanación, comunicándoles telefónicamente y por correo electrónico este plazo y las deficiencias de su documentación. La no subsanación de las deficiencias supondrá la exclusión de la empresa del procedimiento.