AJUSTES DE COSTOS Cláusulas de Ejemplo

AJUSTES DE COSTOS. (ANEXO 5). SI DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO DE OBRA PÚBLICA, SE PRESENTAN CIRCUNSTANCIAS O ACONTECIMIENTOS DE CUALQUIER NATURALEZA NO PREVISTOS EN EL MISMO, PERO QUE DE HECHO Y SIN QUE EXISTA DOLO, CULPA, NEGLIGENCIA O INEPTITUD DE CUALQUIERA DE “LAS PARTES”, DETERMINEN UN AUMENTO O REDUCCIÓN DE LOS COSTOS DE LOS TRABAJOS AUN NO EJECUTADOS DE LA OBRA PÚBLICA, DICHOS COSTOS PODRÁN SER REVISADOS PARA SU AJUSTE, EN SU CASO, A SOLICITUD DE CUALQUIERA DE “LAS PARTES”. EN CASO PROCEDENTE “LA SECRETARÍA”, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUIMIENTO EVALUACIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL, NOTIFICARÁ LA DECISIÓN QUE ACUERDE EL AUMENTO O REDUCCIÓN CORRESPONDIENTE. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO LEGAL EN LOS ARTÍCULOS 202, 203, 205 FRACCIÓN II, 206 Y 207 DE LA LEY DE OBRA PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO. EL AUMENTO O REDUCCIÓN CORRESPONDIENTE DEBERÁ CONSTAR POR ESCRITO.
AJUSTES DE COSTOS. CUANDO CONCURRAN CIRCUNSTANCIAS DE ORDEN ECONOMICO NO PREVISTAS EN EL PRESENTE CONTRATO, QUE DETERMINEN UN AUMENTO O REDUCCION DE LOS COSTOS DE LOS TRABAJOS AUN NO EJECUTADOS CONFORME AL PROGRAMA PACTADO, DICHOS COSTOS DEBERAN SER REVISADOS ATENDIENDO A LO ACORDADO POR LAS PARTES EN EL PRESENTE CONTRATO. EL AUMENTO O REDUCCIÓN CORRESPONDIENTE DEBERA CONSTAR POR ESCRITO. NO DARAN LUGAR A AJUSTE DE COSTOS, LAS CUOTAS COMPENSATORIAS A QUE PUDIERA ESTAR SUJETA LA IMPORTACION DE LOS BIENES CONTEMPLADOS EN LA REALIZACION DE LA OBRA. DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 56 AL 59 DE LA LEY FEDERAL DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LAS MISMAS. - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
AJUSTES DE COSTOS. Cuando a partir de la presentación de presupuestos ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el presente instrumento que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos podrán ser revisados una vez que "EL MUNICIPIO" determine que es procedente el ajuste de costos, su cálculo se llevará a cabo, conforme a los artículos 57, 58, 59 y 60 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado xx Xxxxxxx.
AJUSTES DE COSTOS. Cuando concurran circunstancias de orden económico no previstas en el presente “CONTRATO” que determinen un aumento o reducción de los costos directos y del costo por financiamiento de los trabajos aún no ejecutados conforme al “PROGRAMA DE EJECUCIÓN”, dichos costos, cuando procedan, deberán ser ajustados conforme al siguiente procedimiento y sujetándose en todo momento a lo establecido en la “LEY” y el “REGLAMENTO”. La revisión de los costos deberá llevarse a cabo mediante la revisión de cada uno de los precios unitarios establecidos en las bases de la licitación, precisando las cantidades que se encuentran pendientes de ejecutar acordes al “PROGRAMA DE EJECUCIÓN” a través del “RESIDENTE”. La aplicación del procedimiento de ajuste de costos señalado en el párrafo anterior, se sujetará a lo siguiente:
AJUSTES DE COSTOS. Las partes acuerdan que cuando durante la ejecución de los trabajos concurran circunstancias de orden económico no previstas en este contrato administrativo, que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme el programa de ejecución de obra pública pactado en este contrato administrativo, o en su caso de existir atraso no imputable al contratista con respecto al programa vigente, dichos costos podrán ser revisados, atendiendo lo acordado por las partes en el presente contrato administrativo. El aumento o reducción correspondiente deberá constar por escrito. No darán lugar a ajustes de costos las cuotas compensatorias a que conforme a la Ley de la materia pudiera estar sujeta la importación de bienes contemplados en la realización de una obra. El ajuste de costos se sujetará a lo establecido en los artículos 53, 54 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, 38 Fracción IV, 40 Fracción III, 55 Fracción IV y VII, 57 Fracción III y 65 de su Reglamento (el procedimiento que se aplicará para determinar el factor de ajuste de costos por “EL S.T.C.”, será conforme a lo indicado en la PARTE DÉCIMA de las Bases de la Licitación Pública Nacional número EO-909009999-N9- 2014), y Secciones 19, 22 y 26 de las Políticas Administrativas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Pública. “EL S.T.C.” cubrirá a “EL CONTRATISTA” el ajuste de costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las estimaciones aceptadas, dentro de un plazo no mayor de treinta días hábiles contados a partir de la fecha en que “EL S.T.C.” emita el oficio de resolución que acuerde el aumento o reducción respectivo, el cual será emitido en un plazo no mayor a 20 días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud, mediante transferencia bancaria electrónica en la cuenta de cheques de “EL CONTRATISTA”, que oportunamente comunique a la Gerencia de Recursos Financieros de “XX X.X.X.”.
AJUSTES DE COSTOS. Los precios unitarios de este contrato serán fijos y solo se reconocerá revisión de los mismos cuando ocurran circunstancias imprevistas de orden económico que determinen el aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme a la programación pactada y en el momento de ocurrir la contingencia. Dicha revisión se hará bajo el procedimiento de revisar un grupo de precios, que multiplicados por sus correspondientes cantidades de trabajo por ejecutar, representen cuando menos el 80% (ochenta por ciento) del importe total faltante del contrato, y se sujetara a lo siguiente: Cuando los relativos que requiera “EL CONTRATISTA” o “EL INDUVIT” no se encuentren dentro de los publicados por dichas Secretarías, “EL INDUVIT” procederá a calcularlos conforme a los precios que investigue en el mercado, utilizando los lineamientos y metodología que para tal fin expida la Secretaría.
AJUSTES DE COSTOS. NO APLICA

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  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Los TRABAJOS objeto de este contrato se consideran , los cuales deberán reunir las características y especificaciones de la propuesta técnica y económica del CONTRATISTA; y su realización se ajustará a las normas mencionadas en la declaraciones II.6 y II.7 del CONTRATISTA, y a las disposiciones legales y administrativas sobre equilibrio ecológico y protección del ambiente y a las determinaciones de las autoridades competentes.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.