Asistencia y Puntualidad Cláusulas de Ejemplo

Asistencia y Puntualidad. Atendida la obligación de todo trabajador de dar un rendimiento normal de trabajo, la Empresa interpretará y vigilará el cumplimiento de las normas de asistencia, permisos y puntualidad en las entradas y salidas del trabajo, quedando facultada para implantar los controles y medidas que estime convenientes y necesarios mediante los sistemas más idóneos, informando previamente de los mismos a la representación de los trabajadores. cve: BOE-A-2010-16381 Únicamente se admitirá una tolerancia de cinco minutos en la hora de entrada al trabajo, y los deberes en relación a la puntualidad y asistencia se considerarán de acuerdo con las circunstancias específicas que concurran en cada puesto de trabajo y no en los relojes de control de entrada y salida o sistema que los sustituya. En los casos de citación judicial a algún empleado por motivos relacionados con el desempeño de sus funciones laborales, y habida cuenta de su consideración de deber inexcusable de carácter público, se compensará al trabajador del tiempo empleado, en jornadas subsiguientes por acuerdo individual entre el interesado y la línea de supervisión; todo ello, siempre que el empleado deba acudir para el cumplimiento de dicha citación fuera de la jornada laboral. Las ausencias al trabajo, no reguladas en el artículo 37, apartado 3 del Estatuto de los Trabajadores, tendrán la consideración de absentismo y a las mismas se les aplicarán los descuentos correspondientes a las retribuciones pactadas en la proporción que corresponda, tomando como valor de referencia la retribución anual acreditada, dividiendo la misma por la jornada anual pactada para cada año. Igual tratamiento recibirán las ausencias por enfermedad, sin justificante médico, de hasta dos días de duración.
Asistencia y Puntualidad. Como consecuencia de la desaparición del plus de asistencia y puntualidad, cuyo importe se ha integrado en el Salario de Nivel, y a fin de evitar un aumento del absentismo que pudiera derivarse de dicha integración, las empresas procederán a la deducción del tiempo no trabajado en proporción a la retribución y jornada anual, deducida la retribución correspondiente a las vacaciones. Así mismo, las empresas aplicarán las deducciones semanales equivalentes al anterior plus, que figuran en la tabla anexa al presente convenio, según el siguiente procedimiento: Esta deducción no se aplicará a las personas que asistan puntualmente al trabajo todos los días de la semana. Cuando se produzca una falta de puntualidad o asistencia al trabajo, en el trascurso de una semana, se aplicará la deducción semanal contemplada en la tabla anexa. Esta deducción se aplicará en el mes, tantas veces como puedan reiterarse las faltas de puntualidad y asistencia, con el límite de una vez por semana, y con independencia de las consecuencias disciplinarias que la reiteración pudiera conllevar. No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, dicha deducción no se aplicará en los siguientes supuestos, en concreto:
Asistencia y Puntualidad. Los trabajadores/as se podrán ausentar de su puesto de trabajo, sin deducción xx xxxxxxx, un máximo de 4 días al año, o la parte proporcional de ellos que pudieran corresponderle según la duración de su contrato de trabajo, en que aleguen causas de enfermedad que no den lugar a una Baja por Incapacidad Temporal. Estos días deberán ser justificados mediante partes de asistencia a urgencias o consulta médica, en los que se haga constar los días en los que se pueda faltar por este motivo. Cuando estas ausencias o faltas de puntualidad no queden fehacientemente justificadas, habrán de ser recuperadas con tiempo de trabajo efectivo, o bien darán lugar a una deducción proporcional xx xxxxxxx, sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria en que se pudiera incurrir. A los seis meses de la entrada en vigor del presente Convenio Colectivo, la Comisión de Vigilancia e Interpretación del mismo valorará la permanencia o modificación de las condiciones recogidas en el primer párrafo del presente artículo.
Asistencia y Puntualidad. Rotación Viáticos Ausentismo, etc. Asistente de Operaciones “A” 5 22,153.00 Asistente de Operaciones “B” 6 17,046.00 Operativo “A” 4 14,019.00 Operativo “B” 2 9,844.00 Operativo “X” 0 0,000.00 Xxxxxxxxx “X” 0 7,218.00 19 Evaluación Puntaje Total del Rubro Rubro Puntaje por subrubro Subrubro Criterios de Evaluación Evidencia documental 24 Capacidad de los recursos humanos. Número de recursos humanos que técnicamente estén aptos para prestar el servicio. 12 Experiencia en asuntos relacionados con la materia del servicio objeto del procedimiento de contratación. Se asignará puntuación a los licitantes que presenten los documentos especificados. Si no los presenta en su totalidad no se le asignará puntuación. 3 PUNTOS Curriculum de cuando menos un Contador Público Certificado y un Abogado titulado con especialidad o maestría en materia laboral, mismos que brindarán asesoría profesional permanente en su materia para todos los asuntos derivados del contrato resultante de esta licitación.
Asistencia y Puntualidad. 35 DEL HORARIO DE TRABAJO………………………………………………………. 11 36 DEL HORARIO DE ALMUERZO…………………………………………………… 37 DEL REGISTRO DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD…………………………. 38 DE LA TARJETA O FORMULARIO PARA REGISTRO DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD………………………………………………………………….. 39 DEL REGISTRO DE TIEMPO NO TRABAJADO……………………………….. 13 40 DE LAS TARDANZAS………………………………………………………………….
Asistencia y Puntualidad. EL TRABAJADOR está obligado a asentar personalmente la hora de entrada y salida de acuerdo al sistema de registro que establezca el PATRÓN, en las tarjetas, documentos e informes que para tal efecto se utilicen. El incumplimiento de este requisito indicará la falta injustificada a sus labores, para todos los efectos legales.
Asistencia y Puntualidad. ENFERMERAS 184,75 RESTO DE PERSONAL 146,35 KILOMETRAJE 0,19 QUEBRANTO DE MONEDA 54,10 PLUS TRANSPORTE 42,90 ENFERMERAS 78,19 RESTO DE PERSONAL 55,23 ENFERMERAS 78,78 RESTO DE PERSONAL 55,92 DIRECTOR DE ENFERMERIA 1.947,85 27.269,90 723,06 10.122,84 37.392,74 SUPERVISORA ENF. 1.947,85 27.269,90 282,99 3.961,86 31.231,76 ENFERMERA 1.947,85 27.269,90 0,00 0,00 27.269,90 DIP. BIBLIOTECONOMIA DOCUM. 1.947,85 27.269,90 0,00 0,00 27.269,90 AUX. ENFERMERIA 1.325,15 18.552,10 0,00 0,00 18.552,10 CELADOR 1.325,15 18.552,10 0,00 0,00 18.552,10 OFICIAL 1ª ADMINISTRATIVO 1.491,33 20.878,62 0,00 0,00 20.878,62 OFICIAL 2ª ADMINISTRATIVO 1.408,05 19.712,70 0,00 0,00 19.712,70 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 1.325,15 18.552,10 0,00 0,00 18.552,10 GOBERNANTA 1.325,15 18.552,10 429,25 6.009,50 24.561,60 LAVANDERA/COSTURERA 1.254,83 17.567,62 0,00 0,00 17.567,62 LIMPIADORA 1.254,83 17.567,62 0,00 0,00 17.567,62 TELEFONISTA 1.325,15 18.552,10 0,00 0,00 18.552,10 JEFE DE MANTENIMIENTO 1.325,15 18.552,10 333,13 4.663,82 23.215,92 TECNICO DE MANTENIMIENTO 1.325,15 18.552,10 0,00 0,00 18.552,10 ENFERMERAS 63,23 RESTO DE PERSONAL 45,54 ENFERMERAS 62,46 RESTO DE PERSONAL 44,64 ENFERMERAS 38,28 RESTO DE PERSONAL 26,54 ENFERMERAS 77,83 RESTO DE PERSONAL 75,49 N. BUENA/VIEJA 80,96 COMPLEMENTO LOCALIZACION 151,01
Asistencia y Puntualidad. ENFERMERAS 185,67 RESTO DE PERSONAL 147,08 KILOMETRAJE 0,19 QUEBRANTO DE MONEDA 54,37 PLUS TRANSPORTE 43,11 ENFERMERAS 78,58 RESTO DE PERSONAL 55,51 ENFERMERAS 79,17 RESTO DE PERSONAL 56,20
Asistencia y Puntualidad. Las circunstancias y naturaleza del trabajo hacen que sea muy importante tanto la asistencia como la puntualidad. Por ello, se conviene en reglamentar las faltas de asistencia y puntualidad injustificadas, de tal manera que se limite en lo posible el absentismo laboral. Así, las faltas de asistencia darán lugar a la pérdida del total de la retribución del día y de la participación en el Tronco de Xxxxxxxx, sin que en ningún caso sea considerado sanción y sin perjuicio de las cotizaciones e impuestos que correspondieren. Cuando un/a trabajador/a tenga que ausentarse de su puesto de trabajo por encontrarse indispuesto/a, tendrá derecho a cobrar dicho día de trabajo siempre y cuando haya realizado un mínimo del 44% de trabajo efectivo de la jornada, descontándose el día íntegro si no alcanza el mínimo establecido. Se entiende por trabajo efectivo el tiempo de presencia en el puesto de trabajo más los descansos correspondientes.
Asistencia y Puntualidad. Atendida la obligación de todo trabajador de dar un rendimiento normal de trabajo, la Empresa interpretará y vigilará el cumplimiento de las normas de asistencia, permisos y puntualidad en las entradas y salidas del trabajo, quedando facultada para implantar los controles y medidas que estime convenientes y necesarios mediante los sistemas más idóneos, informando previamente de los mismos a la representación de los trabajadores. Únicamente se admitirá una tolerancia de cinco minutos en la hora de entrada al trabajo, y los deberes en relación a la puntualidad y asistencia se considerarán de acuerdo con las circunstancias específicas que concurran en cada puesto de trabajo y no en los