Bolsa de Productos Cláusulas de Ejemplo

Bolsa de Productos. Es otro de los procedimientos a través de los cuales las entidades estatales pueden adquirir bienes de características técnicas uniformes y de común utilización. El régimen aplicable para estas adquisiciones, además del Decreto 1082 de 2015 y 1510 de 2013, se aplicará el Decreto 2555 de 2010 ( Adicionado por el Decreto Nacional 4809 de 2011, Adicionado por el Decreto Nacional 0848 de 2013) y las normas que lo modifiquen aclaren adicionen o sustituyan y los reglamentos internos de las bolsas de productos. La Secretaría Distrital de Movilidad a través del comité estructurador que designe el ordenador del gasto, debe estudiar, comparar e identificar las ventajas de utilizar la bolsa de productos para la adquisición respectiva, frente a la subasta inversa, al Acuerdo Marco de Precios o a la promoción de un nuevo Acuerdo Marco de Precios para tales bienes o servicios, incluyendo el análisis del proceso de selección del comisionista, los costos asociados a la selección, el valor de la comisión y de las garantías. El estudio mencionado debe mostrar la forma en que la Secretaría Distrital de Movilidad garantiza los principios y objetivos del sistema de compras y contratación pública. El estudio mencionado debe mostrar la forma en que la entidad garantiza los principios y objetivos del sistema de compras y contratación pública. Se seleccionará al comisionista de acuerdo con el procedimiento interno aplicable en la bolsa de productos. La Secretaría Distrital de Movilidad publicará el contrato suscrito con el comisionista seleccionado y sus modificaciones en el SECOP. Para celebrar el contrato de comisión, la Secretaría Distrital de Movilidad acreditará que cuenta con la disponibilidad presupuestal para el contrato de comisión, para la operación que por cuenta suya adelanta el comisionista en la bolsa de productos, para las garantías y los demás pagos que deba hacer como consecuencia de la adquisición en bolsa de productos, de acuerdo con el reglamento de la bolsa en la cual haga la negociación. Como requisito para la ejecución del contrato de comisión, el comisionista seleccionado debe constituir a favor de la Secretaría Distrital de Movilidad, entidad comitente la garantía única de cumplimiento, en relación con el valor de la comisión que la entidad estatal pagará al comisionista por sus servicios. La Secretaría Distrital de Movilidad y el comitente vendedor constituirán a favor del organismo de compensación de la bolsa de productos las garantías establecidas en su...
Bolsa de Productos. Foro de negociación en el cual participan las entidades estatales (comprador), a través de un comisionista; los proveedores (vendedor), a través de comisionistas, y la bolsa de productos. La bolsa estandariza, tipifica, elabora y actualiza una lista de bienes y servicios de características técnicas y de común utilización susceptibles de adquisición por entidades estatales, de tal forma que solo esos productos pueden ser adquiridos mediante este procedimiento. Los documentos de las operaciones que se realicen en bolsa de productos no tienen que ser publicados en el SECOP. (2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015) Características y desarrollo (2.2.1.2.1.2.11 del Decreto 1082 de 2015 y Siguientes): • Se podrá realizar de manera presencial o electrónica. • La lista de bienes y servicios debe ser actualizada y contendrá bienes y servicios susceptibles de adquisición y solo estos podrán ser adquirido por este procedimiento. • El listado será publicado y estará a disposición de la Entidad y del público en general. • Las entidades estatales escogerán a su comisionista mediante un procedimiento competitivo en una rueda de negocios de la bolsa respectiva, previa solicitud efectuada a la bolsa. Este procedimiento se rige por los reglamentos internos de la bolsa. • Únicamente se debe publicar en el SECOP el contrato suscrito entre la entidad estatal y el comisionista, y las modificaciones, si las hubiere. • Como requisito para la ejecución del contrato de comisión, el comisionista seleccionado debe constituir a favor de la entidad estatal comitente la garantía única de cumplimiento, en relación con el valor de la comisión que la entidad estatal pagará al comisionista por sus servicios. • En el procedimiento el postor ganador (vendedor) será el que ofrezca el mejor precio.
Bolsa de Productos. 3.1.5.1. Acuerdos marco de precios
Bolsa de Productos. Son aquellas entidades que tiene por objeto social el servir de foro de negociación de -commodities-, o de bienes y servicios de características técnicas uniformes. Aplica • Para la contratación de bienes y servicios con características técnicas uniformes y de común utilización disponibles en los listados de las bolsas respectivas e ICETEX en sus estudios previos considere que es la mejor relación costo beneficio. Cuantía • No aplica, es independiente de la cuantía Disposiciones generales • ICETEX se vinculará mediante una carta de intención a la Bolsa que se desee vincular. • La formación, celebración, perfeccionamiento, ejecución y liquidación de las operaciones que por cuenta de ICETEX se realicen dentro del foro de negociación de estas bolsas, se regirán por tales disposiciones. • Se publicarán todos los documentos del proceso desde la etapa de planeación. § Ver fichas técnicas de los procesos de selección. Anexo Nº 1
Bolsa de Productos. Conforme el reglamento interno de la Bolsa de Productos REMISIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL COMISIONISTA DE BOLSA SELECCIONADO El Grupo o dependencia solicitante de la contratación una vez se haya seleccionado al Comisionista de Bolsa, remite al Grupo de Contratos junto con el acta de constancia de la selección respectiva expedida por la Bolsa de Productos, los documentos requeridos al comisionista seleccionado en el estudio previo y la carta Intención o solicitud de convocatoria Jefe o Coordinador de la dependencia interesada y Profesional asignado. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los documentos de selección del comisionista de bolsa REVISIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL COMISIONISTA Y ELABORACIÓN DEL CONTRATO DE COMISIÓN El Grupo de Contratos revisa que la documentación del comisionista seleccionado se encuentre completa y que cumpla con la capacidad legal para suscribir el contrato. Coordinador Grupo de Contratos y Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los ACTIVIDAD RESPONSABLE TÉRMINO Una vez agotada esta revisión procede a la elaboración del contrato de comisión profesional asignado documentos en el Grupo de Contratos El Grupo de Contratos adelanta las actividades pertinentes conforme al procedimiento establecido en el Capítulo IV del presente Manual. Publica en el SECOP a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, el contrato de comisión y sus modificaciones posteriores. Coordinador Grupo Contratos profesional asignado de y Publicación dentro de los 3 días hábiles siguientes LAS FICHAS TÉCNICAS DE PRODUCTOS Dependencia De acuerdo con la asesoría y requerimientos propios de la solicitante de la negociación por Bolsa de Productos, se ajustan las fichas de contratación y N/A negociación y las fichas técnicas, previa convocatoria por la Comisionista Bolsa de Productos a las ruedas de negociación. Seleccionado
Bolsa de Productos. Es el foro de negociación en que participan las entidades estatales en calidad de compradoras, a través de un comisionista; los proveedores en calidad de vendedores, a través de comisionistas, y la bolsa de productos. La bolsa estandariza, tipifica, elabora y actualiza una lista de bienes y servicios de características técnicas y de común utilización susceptibles de adquisición por entidades estatales, de tal forma que solo esos productos pueden ser adquiridos mediante este procedimiento. Los documentos de las operaciones que sean efectuadas en bolsa de productos no tienen que ser publicados en el SECOP, según lo señalado en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015. En lo que respecta a adquisiciones realizadas mediante Bolsas de Productos, la dependencia interesada debe estudiar, comparar e identificar las ventajas de acudir a la Bolsa de Productos, frente a la Subasta Inversa, al Acuerdo Marco de Precios, incluyendo el análisis del proceso de selección del comisionista, los costos asociados a la selección, el valor de la comisión, las garantías y reflejar la forma en que INDEPORTES ATLANTICO, garantiza los objetivos y principios del sistema. Las características principales de este sistema se detallan en los artículos 2.2.1.2.1.2.11 y siguientes del Decreto 1082 de 2015.

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