Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. Una vez valoradas las ofertas y conocida la oferta económicamente más ventajosa, la Mesa de Contratación elevará Propuesta de Adjudicación al Órgano de Contratación indicado.
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación a) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 160 del TRLCSP, la Mesa de Contratación tras la apertura y examen de las proposiciones, formulará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario. Dicha propuesta se remitirá al Órgano de contratación, junto con el Acta, y en la misma figurarán clasificadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas e identificando la oferta económicamente más ventajosa.
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. Tras la apertura y examen de las proposiciones, la mesa valorará las distintas ofertas atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en este pliego, clasificándolas por orden decreciente de valoración. A continuación, formulará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, identificando la mejor oferta. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor de la licitadora propuesta frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Si de conformidad con lo establecido en el artículo 150.1 de la LCSP la mesa de contratación tuviera indicios fundados de conductas colusorias en el procedimiento de adjudicación, en el sentido definido en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, procederá de conformidad con lo previsto en el art. 132.3 de la LCSP.
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. 21 CLÁUSULA 20 - REQUERIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN 21 CLÁUSULA 21 - GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA 24
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. Cláusula 20. Requerimiento de la documentación previa a la adjudicación. Cláusula 21.
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. 2.3.3. Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. 22.1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 157 de la LCSP, la Mesa de contratación, tras la apertura y examen de las proposiciones, formulará la correspondiente propuesta de adjudicación a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio y Contratación de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas una vez valoradas las mismas conforme al criterio de adjudicación contemplado en la cláusula 14. Dicha propuesta clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales por el órgano de contratación conforme a lo establecido en la cláusula anterior.
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 157 de la LCSP2017, la Mesa de Contratación tras la apertura y examen de las proposiciones, formulará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección del adjudicatario. Dicha propuesta se remitirá al Órgano de contratación, junto con el Acta, y en la misma figurarán clasificadas las ofertas de forma decreciente, en función del precio o de los criterios de adjudicación seleccionados en el cuadro resumen de características, incluyendo, en su caso, la puntuación otorgada a cada una de ellas e identificando la mejor oferta. Cuando para la valoración de las proposiciones, hayan de tenerse en cuenta criterios económicos y/o cualitativos distintos al precio, la Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx. La propuesta de adjudicación no crea ningún derecho a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación se separe de la propuesta formulada, deberá motivar su decisión. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 LCSP2017 la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización.
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. Finalizada la negociación, la Comisión de Valoración, una vez valorados los aspectos económicos y técnicos detallados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, clasificará por orden decreciente las ofertas presentadas y elevará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación. Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Libro 317, Sección 3ª, Tomo 699, Folio 28, Hoja TF 1257, Inscripción 1ª, C.I.F. A-38259115
Clasificación de ofertas y propuesta de adjudicación. Para la valoración de las proposiciones económicas, el órgano de contratación será asistido por una Mesa de Contratación, cuya composición será publicada en el Perfil del Contratante con una antelación de siete días naturales con respecto a la fecha fijada para la calificación de la documentación prevista en el Sobre A. Para la válida constitución de la Mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, su Presidente y el Secretario-Interventor del Ayuntamiento. Sus acuerdos requerirán la mayoría simple de los asistentes decidiendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente. Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos externos considere precioso. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la apertura y verificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores en tiempo y forma en el antedicho SOBRE A. Si la Mesa Observare defectos u omisiones subsanables, requerirá a los licitadores, a través del domicilio indicado en la HOJA DE DATOS DEL LICITADOR, o a través de cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, para que en un plazo no superior a tres días hábiles subsane la falta u omisión indicándole que sí así no lo hiciera quedaría excluido del procedimiento de licitación. Una vez calificada la documentación administrativa y subsanados en su caso los defectos u omisiones advertidos, la Mesa procederá a determinan qué licitadores cumplen los requisitos administrativos, haciendo un pronunciamiento sobre los admitidos a licitación, los excluidos y las causas de su rechazo, que elevará al órgano de contratación. El acto público de apertura y lectura de las ofertas económicas se realizará en el día y hora fijado por la Mesa de contratación, que será objeto de publicación, al menos, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en el Perfil del Contratante. En dicho acto público, la Mesa clasificará las proposiciones presentadas en función de los criterios señalados en la clausula cuarta de estos pliegos, otorgando la puntuación que corresponda de acuerdo con la misma y elevando propuesta de adjudicación al órgano e contratación.